teletrabajo

¿En cuántas horas incrementó el trabajo por el home office?

El 73% de los trabajadores que se encuentra realizando teletrabajo parcial o total indican que su carga laboral se incrementó entre una y cinco horas extras al día.

El estudio realizado por EY, «Retos y desafíos en la gestión de la compensación y el impacto del covid-19» reveló que actualmente el 95% de empresas formales estarían manteniendo a parte de sus trabajadores en la modalidad de home office o teletrabajo.

Esta cifra implica a un 42% de empleados formales que vienen trabajando desde sus casas, y los sectores en los que se prioriza este sistema de trabajo son los de educación, finanzas y seguros, donde un 74% y 62% de colaboradores respectivamente, hace home office.

Horas de trabajo

Según el “Barómetro Edenred Perú 2021: La situación laboral a un año de la pandemia”, el 73% de los trabajadores que se encuentra realizando teletrabajo parcial o total indican que su carga laboral se incrementó entre 1 y 5 horas al día.

Además, el 84.5% de los trabajadores encuestados indica que pese a que su carga laboral se incrementó, no recibió remuneración por horas extra. Solo el 7.8% de los empleados consultados dijo haber recibido un bono para cubrir gastos por trabajo remoto y un 18.5% recibió muebles y equipos de la compañía.

El estudio señala también que el 47% de colaboradores valoraría que la empresa les otorgue algún bono para cubrir los costos del teletrabajo, como electricidad, internet, muebles, entre otros.

Derechos laborales y teletrabajo

Cabe señalar que el trabajo remoto es una opción laboral que tiene ciertas características, deberes y derechos, que no todos conocemos, tanto por parte del colaborador como del empleador. El socio de Amrop Perú, José Torres-Llosa, recuerda que la jornada ordinaria de trabajo hoy es la misma que se tenía pactada con el empleador antes de iniciar la modalidad de trabajo remoto o la pactada al inicio de este.

“En ningún caso puede exceder de ocho horas diarias o 48 horas semanales y por un máximo de seis días a la semana”, enfatiza. Pero precisa que no se encuentran comprendidos en la jornada máxima de trabajo los ejecutivos de dirección, aquellos que no se encuentran sujetos a la fiscalización inmediata y los que prestan servicios intermitentes.

Señaló que las horas extra laboradas durante el trabajo remoto también deben ser remuneradas. El Decreto Supremo que regula el trabajo remoto indica el cumplimiento de un horario que no puede sobrepasar la jornada ordinaria de trabajo. En ese sentido, el trabajo remoto que exceda la jornada laboral podría ser sujeto al pago de horas extras debidamente autorizadas por el empleador o, en su defecto, se podría acordar convertirlas en días compensables.

Recordó que el empleador puede pedir pruebas de que el trabajador se encuentra cumpliendo sus labores, como fotos o videos. Desde el momento en que el trabajador remoto desempeña un trabajo subordinado, el empleador podrá implementar mecanismos de supervisión y reporte de labores, pudiendo ser estos mecanismos virtuales, como podría ser horarios estimados de conexión, reportes de acciones, número de acciones ejecutadas, entre otros”.

Dato:

Según el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, más de 220,000 trabajadores formales en el país realizan sus labores en la modalidad de trabajo remoto.

Tags:

EY, home office, Horas de trabajo, Teletrabajo

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