Asamblea Constituyente

Tiene razón Pedro Francke cuando señala que no se necesita cambiar la Constitución para cambiar de política económica, por lo menos aquella que el equipo económico de Pedro Castillo encabezado por él plantea desplegar.

El único punto donde señala divergencia es en el tratamiento equitativo a la inversión nacional y extranjera. No resulta muy racional que se les distinga, pero si, en fin, quiere hacerlo, pues que proponga la reforma del artículo correspondiente y abandone la peregrina idea de llevar al país, a pie forzado, a la larga marcha de una Asamblea Constituyente.

Podría convencer a Acción Popular (17 congresistas) y Alianza para el Progreso (15) que se sumen a esa iniciativa y con los 42 que ya tiene (37 de Perú Libre más 5 de Juntos por el Perú) lograría 74 votos, el número suficiente para aprobar una reforma constitucional en primera instancia que luego sea aprobada en un referéndum.

En cambio, insistir en una Asamblea Constituyente es un suicidio político. Ni la ciudadanía lo quiere ni la realidad congresal lo permite. La única forma de llevarla cabo pasa por conducir al país al reino absoluto de la incertidumbre política por lo menos durante dos años, en desmedro de la estabilidad que justamente el eventual gobierno de Castillo va a necesitar para aplicar su nueva política económica.

Solo podría hacerlo disolviendo el Congreso, con lo cual el horizonte político pasaría por una nueva elección congresal. Si allí consigue al menos los 65 votos para aprobar el cambio del artículo 206 que agregue la potestad al Ejecutivo de convocar a un referéndum para elegir una Asamblea Constituyente, recién tendría que convocar a un primer referéndum para aprobar esa reforma.

Luego de ello, si ese referéndum le resulta favorable, tendría entonces la capacidad legal de convocar al segundo referéndum esta vez para preguntarle a la ciudadanía si está de acuerdo con convocar a una Constituyente. Si gana esa consulta popular, recién entonces podrá convocar a elecciones para conformarla. Y solo si gana a su vez esa elección y logra mayoría en la Asamblea, podrá cambiar la Constitución a su antojo, en un proceso deliberativo que no durará menos de nueves meses.

Todo ello supondrá al menos resignar dos años de gobierno en medio de absoluta zozobra política, a la espera del resultado final. Inversiones paralizadas, agentes económicos en suspenso, consecuencias negativas para la economía, que más bien debería fluir aprovechando el super ciclo de precios de materias primas que se avecina. Ojalá Francke entre en razón y consiga lo propio con el maestro Pedro Castillo.

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En reciente entrevista hecha al alimón por varios economistas a Pedro Francke, vocero oficial de Pedro Castillo, publicada en El Comercio, éste no argumenta con fundamentos respecto de por qué es necesaria una Asamblea Constituyente para llevar a cabo el plan de gobierno que, según él, van a aplicar en caso de llegar al poder.

Es una mala noticia esa ambigüedad, porque no renuncian a esa premisa política y de no hacerlo colocarán al país en una pendiente de zozobra permanente. Forzar la Asamblea Constituyente sin tener la mayoría de votos en el Congreso (tienen apenas 42), probablemente lleve al camino de la cuestión de confianza para disolver el Congreso y ver si en esa nueva elección logran la mayoría calificada para sus propósitos, escenario políticamente inseguro dada la movilización activa de la derecha, que probablemente la haga tener mayor presencia, inclusive, que la que tiene actualmente en el Legislativo (44 congresistas).

Y suponemos que no nos vamos a pasar los cinco años de gobierno forzando cuestiones de confianza y disoluciones del Congreso hasta que por fin le toque en suerte uno que le permita los 87 votos necesarios para reformar la Constitución.

Otro escenario, menos confrontacional, es que logre llegar a un acuerdo con las bancadas de centro (APP, AP, Podemos, Somos Perú y morados), que suman 44 votos y con ellos logre 86 votos, que no le alcanzan para zanjar el tema, pero sí para aprobar por mayoría la reforma que le permita al Ejecutivo convocar a referéndum y convocar a una Asamblea Constituyente (modificando el artículo 206 de la Constitución) y luego de ello convocar a un referéndum.

Habría entonces un primer referéndum para saber si se aprueba la reforma constitucional. Si lo gana, habría otro referéndum convocado ya por el Ejecutivo directamente para ver si se aprueba la Asamblea Constituyente. Si lo gana, se convocaría a dicha Asamblea. Si gana la mayoría en ella, recién podría reformar la Constitución a su antojo.

En medio de toda esta batahola, el país inversor estaría paralizado por la incertidumbre, desperdiciándose el super ciclo de precios de las materias primas que se avecina, que le podrían permitir a Castillo, si despliega un programa moderado y se olvida de la Constituyente, llegar al término de su gobierno con buenas cifras y mejores consecuencias políticas.

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