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Movistar es, sin lugar a dudas, la empresa de telecomunicaciones que más ha crecido en su rubro desde su llegada a Perú. Sin embargo, esta posición dominante en los mercados de telefonía celular, internet y televisión por cable no siempre ha ido acompañada de las mejores opiniones por parte de sus clientes.

Por el contrario, Movistar empezó a registrar un sinnúmero de problemas que dejaban a sus usuarios insatisfechos y, además, con la sensación de ser ignorados por esta empresa. En febrero de este año, Sudaca advirtió, en el informe titulado «MOVISTAR, ¿UN LABERINTO SIN SALIDA?», sobre las constantes falencias del servicio de Movistar que también iban acompañadas de un sinnúmero de obstáculos con los que debían lidiar sus usuarios para que Movistar los escuche y les ofrezca una solución.

Estos problemas no tardaron en verse reflejados en multas económicas. Por ello, bajo el concepto de «cometer diversas infracciones a las normas legales y obligaciones contractuales, aplicadas a empresas operadoras del sector», el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) registra a Movistar como la empresa que más multas recibió durante los últimos cinco años y esto los ha llevado a acumular sanciones que superan los 157 millones de soles.

No obstante, pese a este historial, Movistar sigue bajo la mirada crítica de sus clientes y durante las últimas semanas un gran número de usuarios ha manifestado su molestia por los inesperados aumentos de tarifas que la empresa de telecomunicaciones ha anunciado.

AUMENTO SIN AVISO

Jesús Carrasco es uno de estos usuarios que han observado con asombro e indignación cómo en los últimos meses su recibo mensual aumentaba sin que exista una explicación que lo justifique. «Inicialmente adquirí un plan de treinta o cincuenta soles que luego llegó a subir hasta cien. Pero, como ya no usaba mucho las llamadas, fui bajando hasta pedir un plan de cuarenta soles el año pasado», relata el cliente.

Sin embargo, el objetivo de Jesús al buscar un plan que se ajuste a sus necesidades y no signifique un gasto innecesario se terminaba viendo perjudicado debido a las sorpresas que Movistar le tenía preparadas a la hora de pagar sus recibos. «Cambiar de plan era una decisión motivada porque cada año me subían cinco soles la tarifa. Por ejemplo, en el 2019 me bajé el plan a setenta y cinco y después, cada seis meses, me subían cinco soles y terminé pagando casi noventa soles», cuenta Carrasco.

Ante estos aumentos, Jesús optó por bajar su plan a cuarenta soles en diciembre del año pasado. Aunque agrega que Movistar hizo que el trámite sea lo más complejo posible. «En la central telefónica te van aburriendo. Cuando por fin una persona me atendió me hizo como veinte preguntas sobre el porqué quería cambiar mi plan», cuenta.

Tras esquivar los intentos de Movistar por persuadirlo para que cambie su plan, Jesús Carrasco logró que acepten su reducción a un plan de cuarenta soles que, según lo señalado por Movistar, se vería reflejado en su recibo dos meses después. Sin embargo, a los pocos meses se llevaría una sorpresa. «Recién en febrero comencé a pagar cuarenta soles y ahora resulta que hace dos meses me subieron a cuarenta y cinco soles y este mes ya eran cuarenta y nueve soles», explica Jesús y agrega que, además de no haber sido avisado con anticipación, estos aumentos no vienen acompañados de mejoras en el servicio.

Jesús relató a Sudaca que estos aumentos también han ocurrido con el plan de Movistar que paga para la casa de su madre. «Ahí sí he recibido un correo avisando que están subiendo diez soles a la cuenta», agrega Carrasco. Sin embargo, aunque en este correo se hace mención a planes alternativos que podría adquirir, en el documento adjunto le señalan que no cuentan con planes tarifarios de menor renta.

Pero el problema de Jesús con Movistar está lejos de ser un caso aislado y así lo han demostrado un sinnúmero de publicaciones de otros usuarios de dicha empresa en redes sociales durante las últimas semanas en las que reclaman que han sufrido aumentos en sus tarifas.

 

Incluso el teléfono de quien realiza este informe periodístico ha recibido, durante el pasado mes de junio, uno de estos mensajes anunciando un aumento de cinco soles en la tarifa que se aplicaría desde ese mismo mes.

No obstante, la práctica de los aumentos unilaterales no sólo se han reportado en Movistar. Sudaca conversó con Francisco Pérez, cliente de Claro desde hace un año, quien ha manifestado que este operador también le anunció que su tarifa aumentará. «Tengo un servicio contratado por S/ 74.90 y por un tema de trabajo necesito la cantidad de gigas que ellos ofrecen. Pero me llegó un correo hace unas semanas diciendo que por la situación económica iban a hacer un incremento de cinco soles en el monto desde el próximo mes», relata este usuario.

Pérez García agrega que Claro le mencionó, junto con el anuncio del aumento de tarifa, la posibilidad de cambiar de operador. Pero para Francisco esto no es una opción debido a que viene de haber contratado otros operadores que han hecho lo mismo. «Difícil cambiar de operador cuando todos están cayendo en lo mismo», señaló y agrega que «puede parecer ridículo, pero cinco soles mensuales en un presupuesto familiar es complicado».

UN PROBLEMA PARA OSIPTEL E INDECOPI

Sudaca conversó con el abogado Martín Cuellar, quien es especialista en defensa del consumidor, para conocer las alternativas que los usuarios tienen ante estos inesperados aumentos de tarifa por parte de las empresas de telecomunicaciones. «Las empresas de telecomunicaciones tienen el derecho de aumentar una tarifa siempre y cuando eso esté estipulado en el contrato y eso vaya amarrado a una obligación que es la de comunicarle previamente que se va a proceder a aumentar la tarifa. Esta comunicación tiene que hacerse con anticipación a la aplicación de la nueva tarifa», señala Cuellar.

El abogado explica que estos aumentos no se pueden realizar sin el consentimiento del cliente y que no pedirlo ni hacerlo con anticipación significaría que estas empresas están «vulnerando al derecho del usuario de tener la información suficiente y oportuna» y agrega que tanto Osiptel como Indecopi tienen la capacidad de intervenir y hasta sancionar las prácticas que sus clientes tanto han criticado.

Mientras se espera por un pronunciamiento de Osiptel o Indecopi, los usuarios alegan sentirse desprotegidos ante aumentos inesperados que se anuncian a pocas semanas de la fecha límite para pagar el recibo mensual y ofrecen pocas alternativas para quienes intentan cuidar su economía.

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“Indecopi puede sancionar”

Sudaca consultó con Martín Cuellar, abogado especialista en defensa del consumidor, para conocer si esta polémica estrategia podría tener algún tipo de consecuencias para las empresas que la usan y una solución para quienes la padecen. Ante esta situación, el abogado explicó que, pese a lo común de esta práctica, existe un artículo que las prohíbe. «Específicamente el artículo 58 del Código de Protección y Defensa del Consumidor prohíbe emplear centros de llamadas y sistemas de llamados telefónicos para promover productos y servicios, así como prestar el servicio de telemercadeo a los consumidores que no hayan brindado su consentimiento previo», explica el especialista.

Cuellar señala que, ante este problema, sería oportuno que se realice una campaña que le recuerde al consumidor que puede denunciar este tipo de prácticas. «Si la ley es clara lo que está faltando es una campaña que le recuerde a los consumidores que hay esta norma e Indecopi puede sancionar», explica.

El especialista en defensa del consumidor agrega que «el límite entre el derecho a enviar información y el abuso es el consentimiento que uno puede dar para recibir la información» aunque advierte que las sanciones podrían no ser suficientes y que «las empresas lo hacen porque ,haciendo un análisis costo beneficio, ven que incluso con la multa han ganado más dinero».

La necesidad de estrategias innovadoras para captar nuevos clientes y mantener a los actuales puede llegar a ser entendida. Sin embargo, casos como el de Lady y Fernando demuestran que en esta búsqueda también se pueden estar transgrediendo los derechos del consumidor.

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Por Alba Ñaupas y Paolo Benza

Toda una trama empresarial tejió América Móvil Perú SAC, el nombre legal de la filial de Claro en nuestro país, para pagar menos impuestos por la importación de equipos de la marca Nokia. Así lo señala documentación del Tribunal Fiscal y una reciente resolución judicial a la que Sudaca tuvo acceso. La historia incluye la creación de una empresa ‘cascarón’ en Chile y un convenio bilateral al que se le sacó la vuelta.

La Sunat fue la primera en advertir la jugada y calculó que la empresa de telecomunicaciones de capitales mexicanos debía al fisco S/53.000.000, ya no solo por lo que dejó de pagar, sino por los intereses y la multa respectiva. Entonces la compañía acudió al Poder Judicial para revertir la situación, pero una reciente resolución de primera instancia terminó dándole la razón al ente recaudador.

 

LA PANTALLA CHILENA

Cuando en el 2008 se creó en Chile la empresa Arrendadora Móvil, Claro Perú dejó de importar los productos directamente de Nokia, como lo venía haciendo hasta entonces, y firmó un contrato de arrendamiento con esta compañía chilena.

Según la resolución judicial, Claro Perú le pagaba a la compañía chilena “una comisión” por el alquiler de equipos diversos. Aquella transacción obligaba a Arrendadora Móvil a pagar el impuesto a la renta correspondiente en nuestro país.

Pero al no tener un lugar físico en el Perú, Claro era la responsable de retener un porcentaje de lo que le pagaba a esta compañía y de entregárselo a la superintendencia. ¿Cuánto es lo que se debía pagar en impuestos? Lo normal hubiese sido el 30% de la transacción. Sin embargo, amparándose en un convenio entre Perú y Chile del 2001 -que tiene como objetivo evitar la doble tributación y prevenir la evasión fiscal-, Claro calculó que lo retenido debía ser apenas el 15%, una tasa especial porque consideraban a la compañía chilena encajaba en el perfil de “beneficiario efectivo”. Cuando en 2014 la Sunat inició la fiscalización de los impuestos del periodo 2010-2011, empezaron las cuestionables interpretaciones de este concepto.

Para ser considerado un “beneficiario efectivo” y acceder a una tasa especial para tributar, la Sunat sostiene que la empresa no solo debe residir en Chile, sino que debe operar y tener actividad comercial en dicho país. “La cláusula de beneficiario efectivo lo que hace es decir: ‘Mira, yo como Perú me comprometo a ayudar a evitar la doble imposición, pero lo voy a hacer siempre y cuando sepa que la empresa opera y trabaja en Chile, y que tiene sus actividades comerciales”, explica un abogado tributarista que ha seguido el caso de cerca.

Arrendadora Móvil, sin embargo, no cumplía con estos requisitos. El 2014, la Sunat encontró que la empresa chilena no ejercía la actividad de arrendamiento, “por lo tanto no podía ser considerado como beneficiario efectivo”, se lee en la resolución judicial.

“Claro Perú sostiene que la otra empresa sí es un beneficiario efectivo por estar en Chile, pero la Sunat le ha respondido: ‘Arrendadora Móvil no tiene nada en Chile, es una empresa ‘cascarón’ que no tiene operaciones en el país. Entonces no es un beneficiario efectivo’”, explica el tributarista consultado por Sudaca. Con esta jugada, Claro dejó de pagar más de S/15.000.000, según información de la Sunat.

Lo que Arrendadora Móvil hacía en el país chileno era tan poco, o casi nada, que la Sunat estableció, de acuerdo al documento judicial, que “solo cumplía un papel de intermediaria”, y ni siquiera realizaba los trámites de importación de los productos que llegaban al Perú. Los equipos, de acuerdo a la superintendencia, nunca pisaron suelo chileno, sino que eran traídos de frente a territorio nacional.

Otro de los hallazgos de la Sunat fue que la empresa chilena no contaba con “ningún inmueble, local o lugar físico para el desarrollo de sus actividades”. Además, en el 2010, la empresa arrendadora contaba con un único trabajador en planilla: Sergio Fernando Aravena Chávez. De acuerdo a la misma información, Aravena era multifacético, pues fungía como representante legal y gestor de negocios, y también realizaba labores administrativas, contables, de facturación y hasta de cobranza. Todas esas tareas las llevaba a cabo, supuestamente, él solo.

Según el Tribunal Fiscal, Arrendadora Móvil -hoy Claro Chile- era una sociedad instrumental: una empresa ‘cascarón’. Esta decisión fue ratificada por el Poder Judicial.

Pero había más. Arrendadora Móvil tenía el mismo domicilio que Claro Chile, “empresa del mismo grupo económico, con quien incluso compartía la misma plataforma bancaria”. En el 2014, de hecho, la empresa de alquileres fue absorbida por aquella filial de Claro. Así lo determina un expediente del Tribunal Fiscal, una de las instancias que vio el caso antes de que llegue a los pasillos del Poder Judicial.

Con las evidencias, la Sunat llegó a la conclusión de que esta empresa era en realidad una “sociedad instrumental situada en el país de Chile”. Es decir, una empresa ‘cascarón’ cuyo objetivo es beneficiarse del acuerdo para reducir la carga tributaria, dicen los especialistas consultados para este informe. 

De acuerdo al Tribunal Fiscal, “el propósito principal de la constitución de Arrendadora Móvil en Chile […] fue buscar un tratamiento tributario más favorable, a través de la aplicación de la tasa reducida de 15%, […] en perjuicio del fisco del Perú”.

 

LO QUE PIDIÓ CLARO

Como Claro Perú no cumplió con su obligación de retener el 30%, sino únicamente el 15% a Arrendadora Móvil, la Sunat le achacó la responsabilidad. Según los cálculos de la superintendencia, la cifra de los impuestos que se dejaron de pagar era de S/15.841.663. Y ese monto crecería debido a los intereses y la multa. Así se dio a conocer en resoluciones del ente fiscalizador, emitidas en el 2017.

Pero la filial peruana de la multinacional de telecomunicaciones no estaba, ni de lejos, de acuerdo con pagar esa cantidad y hasta ahora se cierra en el argumento de que Arrendadora Móvil sí es un “beneficiario efectivo”. Por ello apeló aquellas resoluciones. Sus quejas, sin embargo, fueron declaradas infundadas por la Sunat en junio de 2018.

Como seguía inconforme, Claro Perú acudió al Tribunal Fiscal, un órgano resolutivo del Ministerio de Economía y Finanzas. Otra vez, en julio del año pasado, se le volvió a dar la razón a la Sunat. 

El Tribunal Fiscal llegó a la conclusión de que “la empresa chilena era una intermediaria en la relación comercial entre el fabricante extranjero y el cliente peruano”. Y un agente intermediario no puede tener la calificación de “beneficiario efectivo”. Por lo tanto, no le correspondía tributar con la tasa preferencial de 15%, sino la tasa general del 30%.

Así, en agosto de 2020, Claro tuvo que pagar un total de S/53.668.593. El monto incluía la cantidad omitida, los intereses que se generaron con los años y la multa correspondiente. De no haber pagado, la compañía se exponía a una eventual cobranza coactiva

Claro no solo pidió que se anulen las resoluciones de la Sunat y el Tribunal Fiscal, sino que se le devuelvan «los importes pagados indebidamente».

Pero esto no fue impedimento para que sigan reclamando. Usando los caminos que les permite la ley, la empresa de telecomunicaciones tocó las puertas del Poder Judicial. Claro Perú solicitó que se anule la resolución del Tribunal Fiscal y que la Sunat le devuelva lo ya pagado más los intereses. Argumentaba que “los procedimientos de fiscalización e intercambio de información no fueron llevados dentro del marco legal establecido” e incluso señalaba que había “un evidente desconocimiento y confusión, por parte de la Sunat y el Tribunal Fiscal”.

El Poder Judicial, el 22 de octubre de este año, resolvió que “la Administración Tributaria y el Tribunal Fiscal efectuaron la calificación correcta” y declaró infundada la demanda de Claro Perú. La empresa ha apelado la decisión. De llegar a la Corte Suprema con los mismos resultados, el caso puede convertirse en un precedente para otros procesos similares.

Sudaca se comunicó con la empresa mediante la agencia de comunicaciones Azerta, quien nos respondió: “nuestra representada ha pagado todos sus impuestos, incluso aquellos que se encuentran actualmente en litigio”. Y añade que “desde su llegada al Perú en el año 2005 a la fecha, Claro ha pagado puntualmente y de acuerdo a ley todos sus impuestos, contribuyendo con el desarrollo y crecimiento económico del país”.

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