Negligencia

[INFORMES] La tarde del viernes 18 de noviembre del 2022 fue un día que, sin lugar a dudas, quedará como un recuerdo imposible de borrar de la memoria de aquellos pasajeros del vuelo 2213 de Latam así como del personal de emergencia que acudió al lugar de la tragedia. Pero, principalmente, será una fecha que marcará por siempre la vida de los familiares y seres queridos de Ángel Torres, Nicolás Santa Gadea y Manuel Villanueva, los bomberos que perdieron la vida como consecuencia de este accidente. Sin embargo, a más de un año de la tragedia, sigue apareciendo información que expone diferentes situaciones de negligencia que precedieron al trágico desenlace.

Sudaca pudo acceder a documentos que comprometen seriamente a la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial (CORPAC) por decisiones que no sólo le costaron la vida a los tres bomberos sino que, al día de hoy, siguen poniendo en riesgo la vida de los miles de pasajeros que visitan los aeropuertos nacionales.

EL PEDIDO MORTAL

Desde septiembre del año 2021, un conjunto de reglas, preceptos, requisitos, métodos y procedimientos que se conocen como la Regulación Aeronáutica del Perú (RAP) 311 fueron aprobadas. En sus 108 páginas figuran numerosos criterios que la Dirección General de Aeronáutica Civil así como los proveedores de servicio deben seguir para que el tránsito aéreo en el Perú sea seguro.

En este texto, el apéndice 14 aparece con el título “Gestión de la fatiga” y, tal como se puede apreciar en la siguiente imagen, en él se señala que el Proveedor de Servicios de Tránsito Aéreo (ATSP) deberá establecer los horarios de trabajo siguiendo los criterios mencionados para el máximo y mínimo de horas.

No obstante, aunque fue aprobado en 2021, esta norma viendo siendo infringida desde hace un largo tiempo por los controladores de tránsito aéreo en varios aeropuertos del Perú poniendo en riesgo la vida de los pasajeros que los visitan y también del personal de estos terminales aéreos.

Aunque lo más grave de este nuevo destape es que esta infracción se viene cometiendo con la complicidad de la Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial (CORPAC). Tal como se aprecia en el siguiente documento al que tuvo acceso Sudaca, Miguel Ángel Moreno Ramírez, quien firma como gerente general del CORPAC, presentó una solicitud de exención del cumplimiento de limitaciones relacionadas con la gestión de la fatiga alegando, entre otros motivos, cantidad insuficiente de personal.

El 12 de diciembre del 2022, Donald Hildebrando Iván Castillo Gallegos, quien pertenecía a la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, respondió al pedido del gerente general de CORPAC señalando que se les concedía la exención solicitada por el periodo de un año que recién terminaría el próximo 5 de diciembre del presente año.

CONSECUENCIAS DE LA NEGLIGENCIA

El pasado 17 de noviembre, Sudaca publicó en exclusiva un video en el cuál se exponía con detalle lo vivido en la torre de control el día del trágico accidente. Las imágenes del personal durmiendo así como los intentos de coordinar una historia que los exima de la responsabilidad generaron una profunda indignación. Aunque, con la nueva información que Sudaca detalla en este informe, pareciera que el riesgo de nuevos accidentes sigue latente hasta la fecha ante la indiferencia de CORPAC.

A diferencia de lo que ocurre con el transporte terrestre, donde trágicamente los accidentes se han convertido en parte de lo cotidiano, en la industria aeronáutica, a nivel mundial, los accidentes siguen siendo lo inusual. Sin embargo, si los responsables de mantener esos estándares de seguridad continúan actuando de espaldas a las normas que buscan garantizar la tranquilidad de pasajeros y el personal que trabaja en los aeropuertos, Perú corre el riesgo de convertirse en un país en el cual viajar genere miedo ante la posibilidad de un controlador aéreo dormido que provoque un accidente mortal.

Tags:

Accidente Aéreo, Corpac, Negligencia, Regulación Aeronáutica, Vuelo 2213
x