Encubrimiento policial

[PIE DERECHO]  El pedido de prisión preventiva de 18 meses contra el suboficial de la policía, Joe Erick Torres Lobón, por la muerte del ciudadano de 22 años, Rosalino Flores Valverde, quien murió a causa de una ráfaga de perdigones el pasado 11 de enero, en Cusco, durante la realización de las protestas contra el gobierno de Dina Boluarte, es ejemplar.

Primero, porque el fallo del juez va a contrapelo de los intentos institucionales de la propia policía, por encubrir al agente, modificando fechas y horarios de asistencia y entrega de armamento, para tratar de ocultar su participación en el crimen. Segundo, porque en la propia sentencia se advierte que “no fue un crimen aislado, sino una respuesta estatal desproporcionada. No solo fue afectada la vida, sino los derechos de las personas a manifestar su disconformidad”. De proceder con esta línea, habrá responsabilidades penales en el gobierno por lo sucedido.

Este hecho, inédito en el país, debería constituir un parteaguas respecto de las políticas represivas de protestas sociales. Tarde o temprano, este tipo de protestas volverá a ocurrir y se espera que las fuerzas del orden hayan aprendido que se debe responder a ellas dentro del marco constitucional.

La violencia debe ser reprimida y acarrear sanciones penales para sus gestores. Inclusive, el uso de las armas policiales debe ser autorizado en caso se ponga en riesgo la integridad vital de las propias fuerzas del orden o de la sociedad civil, pero nunca cuando se ejerce otro tipo de violencia, como toma de carreteras o puentes.

No hay pena de muerte contemplada en nuestro código penal contra la protesta social. La policía no puede, por ende, arrogarse esa función a su libre albedrío, ni siquiera cuando algo semejante, como se investiga, parece haber provenido de órdenes superiores, cuyo escalafón está aún por determinarse (Boluarte y Otárola no están exentos, a priori, de responsabilidad).

Rosalino Flores es una de las 49 personas fallecidas en las protestas y la violenta represión. Cada caso deberá merecer similar investigación judicial a la que ha conducido el juez Leodán Cristóbal Ayala, desde el Sexto Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Suprema.

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