El Presidente calificó a la prensa como un chiste, luego un cerco policial impidió que la prensa se acerque al prsidente. Castillo en Jicamarca ¿Por qué es peligrosa esta situación para todos los ciudadanos? conversamos al respecto con Rodrigo Salazar, director ejecutivo del Consejo de la Prensa Peruana.

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Gobierno, Pedro Castillo

Entre febrero y marzo de cada año, las empresas privadas suelen realizar el reparto de utilidades entre sus trabajadores. Por ello, es importante revisar algunos aspectos de este beneficio. El profesor y experto en finanzas de Pacífico Business School, Jorge Carrillo Acosta, absuelve las dudas más importantes que puedan tener sobre este tema.

¿Qué empresas deben repartir utilidades?

Todas las empresas del sector privado que tuvieron más de 20 trabajadores en planilla y generaron utilidades tributarias (rentas de Tercera Categoría) el año anterior, deben repartir un porcentaje de estas ganancias entre sus colaboradores.

Por lo tanto, no están obligadas a realizar este pago las instituciones del sector público, las organizaciones sin fines de lucro, las empresas privadas que el año anterior tuvieron 20 trabajadores o menos, y las empresas privadas con pérdidas tributarias o que arrastran pérdidas de años anteriores. Tampoco les corresponde dicha repartición a las microempresas.

¿Qué trabajadores reciben el beneficio?

Recibirán utilidades todos los trabajadores en planilla que al menos laboraron un día el año anterior.

Incluye a trabajadores temporales y de plazo indefinido, de tiempo completo y de tiempo parcial, extranjeros y peruanos.

Sin embargo, no se considera a los practicantes, a las personas que emiten recibos por honorarios, ni a los trabajadores informales.

Cabe resaltar que no es necesario que el trabajador siga laborando en la compañía para recibir este pago, por lo que, los extrabajadores que estuvieron el año anterior en la empresa, también recibirán dicha bonificación.

¿Qué porcentaje de las utilidades se debe repartir?

El porcentaje dependerá de la actividad económica de la empresa, y fluctúa entre 5% y 10% de la utilidad obtenida antes de impuestos:

  • 10% para las empresas industriales, pesqueras y de telecomunicaciones.
  • 8% para las empresas mineras, del sector comercio y restaurantes.
  • 5% para las demás empresas.

¿Cómo se reparten estas utilidades?

El 50% del total a repartir está en función de los días efectivamente laborados por el trabajador en la empresa, por lo que no depende del sueldo ni del cargo que se tenga.

El otro 50% se repartirá en función de la remuneración total percibida por el trabajador durante el año.

Por lo tanto, hay que tener claro que no todos los trabajadores reciben el mismo “número de sueldos” por utilidades (como muchas veces se cree), ya que la mitad de este beneficio se reparte sin considerar la remuneración.

Por ejemplo, en una misma empresa, un asistente que gana S/1,000 mensuales podría recibir S/5,000 de utilidades (5 veces su sueldo), mientras que un supervisor que gana S/4,000 mensuales podría recibir S/8,000 de utilidades (2 veces su sueldo).

También se debe considerar que el monto máximo de pago de utilidades por trabajador es de 18 sueldos.

¿Cuándo se pagan las utilidades?

El plazo máximo para el pago es de 30 días calendario posteriores a la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta ante la SUNAT por parte de la empresa, y tiene como fecha límite el 8 de abril para 2022.

¿Qué sucede si no se pagan las utilidades a tiempo?

Por un lado, el trabajador tiene el derecho de solicitar el pago de intereses por los días de retraso. Por otra parte, la empresa podría recibir una multa de hasta S/94,00 aproximadamente.

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2022, planilla, trabajador, Utilidades

 

Sorprende que la juventud o los colectivos organizados no se expresen activamente en las calles, en protesta por los estropicios que se vienen perpetrando tanto en el Ejecutivo como en el Congreso de la República.

Somos, en general, un país poco dado a las grandes movilizaciones, como suelen suceder con frecuencia, por ejemplo, en Argentina o España, y más recientemente en Chile o Colombia (dos naciones que tampoco tenían esa tradición). Explicaciones puede haber varias, siendo la más manida la que le atribuye a la informalidad un poder desactivador significativo. El informal es un derechista pasivo, inactivo: su trabajo o su empresa informal vive el día a día sin posibilidad de suspender labores para protestar o expresar cívicamente su disconformidad.

 

Y ese es un problema serio de nuestra democracia. Como bien señala el filósofo Gonzalo Gamio en la Introducción de su más reciente libro (La construcción de la ciudadanía. Ensayos de filosofía política), “en sentido estricto, no existe democracia sin ciudadanos. El grado de libertad que requiere una democracia genuina procede en cierta medida de la disposición de los agentes a involucrarse de buena gana en procesos de deliberación, movilización y vigilancia del poder. El ejercicio de la ciudadanía puede otorgarle dirección y profundidad a la vida de las personas, si estas consideran la acción política como una potencial opción de sentido”.

Llama la atención que el Perú esté desmovilizado cuando, a priori, se suponía que detrás del voto a los dos contendores de la segunda vuelta (Pedro Castillo y Keiko Fujimori) existía una actitud recelosa anunciada como voto vigilante, debido a las sospechas de que ambos contenían elementos potencialmente perniciosos para las libertades políticas y económicas.

Razones hay de sobra para que la ciudadanía se indigne con lo que está haciendo el gobierno. La barbarie que se ha impuesto en sectores claves del aparato estatal (empezando por lo que se está haciendo en el sector Salud, de tan álgida relevancia en estos tiempos de pandemia) amenaza con producir el colapso de la gestión pública. También abundan los argumentos para sublevarse por la actitud reaccionaria del Legislativo, empeñado en tumbarse las reformas educativa y del transporte y ahora tratando de dinamitar la lucha anticorrupción.

Ojalá este marasmo vigente sea superado pronto y empecemos a ver actos de movilización ciudadana, protesta callejera y alzamiento de la voz popular. El país y la democracia lo necesitan. Los poderes mediocres y corruptos que se imponen, tanto en el Ejecutivo como en el Legislativo, no se la pueden llevar tan fácil, como si nada grave estuviera ocurriendo. En las calles debe desplegarse el germen de la renovación.

 

 

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Gobierno, Pedro Castillo

Todo emprendedor debe mantenerse al ritmo de las necesidades del mercado y los consumidores de hoy. Parte de ello es formarse constantemente en diversas materias que lo puedan capacitar para mejorar su gestión, formalización y ejecución de procesos más responsables y sostenibles.

En ese sentido, la iniciativa “Mejorando mi bodega”, activada por primera vez en 2016, se reinventa en el contexto de la pandemia para reactivar negocios y emprendimientos de microempresarios y emprendedores de todo el país. En el último año logró capacitar de manera gratuita y digital a más de 36 mil bodegueros en todas las ciudades del Perú, y este año retoma sus actividades para seguir capacitando a emprendedores.

“Mejorando mi Bodega permite repotenciar miles de negocios y brindar herramientas claves para que puedan alcanzar sus objetivos. En alianza con Mibanco y CENTRUM PUCP seguiremos brindando capacitaciones para que los negocios crezcan, y conviertan la crisis en una oportunidad”, comentó Eduardo Venegas, jefe de Comunicaciones Perú y Chile de Industrias San Miguel.

Capacitación a emprendedores

El programa de este año está diseñado para alcanzar a más de 100,000 microempresarios, quienes asistirán a 37 webinars. Los docentes compartirán sus conocimientos y experiencias en torno a la reactivación económica y la mejor gestión de las ventas en microempresas.

Por otro lado, el segundo grupo de webinars girará en torno a la planificación, con el objetivo de brindar herramientas útiles y prácticas que puedan ser fácilmente implementadas. Por último, se abordarán algunas técnicas para presentar una propuesta de valor responsable.

Podrán encontrar cursos como “Conociendo la capacidad de pago de mi negocio”, “Cómo solicitar un financiamiento, “Manejo eficaz de las finanzas de mi negocio”, “Cómo reinvertir de manera eficiente para crecer”, “Licencias y permisos para operar” y “Cómo trabajar con mi familia en mi negocio”, importantes tópicos en los que miles de emprendedores podrán capacitarse.

Al finalizar, la iniciativa también ofrece un curso de tres módulos para aquellos microempresarios interesados en recibir una certificación oficial de CENTRUM PUCP. Para inscribirse de manera gratuita al programa, y enterarse de todos los cursos que ofrece, los interesados pueden ingresar a https://mejorandomibodega.com/.

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Capacitación, cursos, Emprendedores

 

La evidencia empírica de muchos estudios sobre los temas de desarrollo económico en diversas partes del mundo, empezando por los estudios de nuestro compatriota Hernando De Soto, coinciden en mostrar que el otorgar títulos de propiedad (sea propiedad predial o propiedad de una empresa) constituye una de las herramientas más poderosas que tiene un Gobierno o un Estado para sacar de la extrema pobreza a los ciudadanos más desvalidos.

Lo interesante es que esto no se consigue sobre la base de otorgar dádivas, regalar bonos o los incentivos perversos que generan dependencia de papá gobierno, sino porque el objetivo se hace realidad de una manera sostenible.

 

 

De acuerdo a cifras del INEI, la pobreza monetaria alcanzó al 30,1% de la población del Perú durante el año 2020, afectando a 45.7% del área rural y al 26% del área urbana. Al ubicar geográficamente las zonas con mayores niveles de pobreza, constatamos que éstas se encuentran mayormente en las áreas rurales de la sierra, selva y costa, así como en las áreas marginales de las ciudades de la costa. Es decir, en las zonas ocupadas mayormente por comunidades campesinas, por poblaciones nativas y por las invasiones de asentamientos humanos alrededor de los cascos urbanos, lugares en donde -coincidentemente- nuestros compatriotas carecen de títulos de propiedad o se ven impedidos de ejercer plenamente su derecho a la propiedad.

Se trate del poblador de un pueblo joven, de un comunero campesino de la sierra, o de un nativo de la selva, el obtener el título de propiedad de un terreno es el primer hito del llamado saneamiento físico legal. Constituye la llave, no solo para acceder a los servicios básicos de electricidad, agua, desagüe, internet, vías e infraestructura básica, sino que es la herramienta para poder obtener crédito a través del préstamo hipotecario de un banco o de una caja rural y, porque además, abre un camino para su formalización a través de la bancarización. Cabe preguntarse, en época de la pandemia durante el Gobierno del Presidente Vizcarra, ¿cuántos de esos créditos del programa “Reactiva Perú” llegaron verdaderamente a los más pobres, que son mayormente los micro y pequeños empresarios informales? Pues poquísimos, porque para poder ser beneficiarios de esos programas el requisito era ser formal….

Más aún, el título de propiedad de un predio o el título de propiedad de una empresa, constituyen las rocas sobre las cuales se construirá el bienestar para una jubilación digna de aquel que vivió inicialmente en la pobreza y la informalidad. Y es que la propiedad de SU tierra, de SU terreno, de SU casa y luego de SU empresa, se capitalizarán con el tiempo y harán posible que quien inicialmente fue pobre e informal, obtenga una jubilación digna, cuando alquile esa propiedad u obtenga las utilidades por ser propietario de su empresa.

 

 

Al César lo que es del César. Curiosamente, cabe reconocer que los impulsores iniciales de la titulación de los asentamientos humanos en el Perú fueron el presidente Alan García y el alcalde de Lima, Alfonso Barrantes.  Pues fue en 1988, durante el Gobierno del Presidente García que se creo el Registro Predial Urbano, el cual permitió simplificar el registro de propietarios a bajo costo, al dejar de lado los trámites a cargo de abogados, escritura pública y notarios, reemplazándolos por formularios sencillos y estandarizados que integraban el catastro al procedimiento registral, y de esa forma ofrecieron una alternativa efectiva a los engorrosos y caros procedimientos para la inscripción de dominio. Y fue también en 1988, que a través de un dispositivo legal del Gobierno, firmado en las Pampas de San Juan en el distrito de San Juan de Miraflores, que el Alcalde Barrantes, recibió el encargo del Presidente García para iniciar la titulación masiva de asentamientos humanos en Lima, algo que se consiguió en un plazo de 120 días…

¿Quién diría que dos políticos que en ese entonces se ubicaban a la izquierda del espectro político fueran importantes iniciadores del capitalismo popular en el Perú?

Fieles a la vocación de esta columna, de plantear no solo QUÉ HACER con las políticas públicas, sino también CÓMO HACER para aterrizarlas, es que la semana entrante tocaremos el tema de cómo es que una Nueva Ley de Comunidades Campesinas podría contribuir a SOÑAR Y HACER REALIDAD ESE PERÚ DE PROPIETARIOS por el que abogaba mi amigo Mario Vargas Llosa en su campaña presidencial de 1990…

 

Los espero el próximo miércoles.

 

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Gobierno, Hernando De Soto

 

Hablar sobre el aborto o interrupción del embarazo es un tema muy tenso en el Perú. Buena parte de la población peruana, usualmente de formación católica o evangélica, se opone tajantemente porque lo considera tanto crimen como pecado. Otra parte de la población, considera que puede haber razones válidas para llevarlo a cabo en las primeras 14 semanas, pero que se trata de un tema íntimo a la par que violento y por ello es mejor esconderlo. Tocar el tema entonces, es per se una agresión que, apenas salta a la luz, de inmediato se debe acallar. Es una cuestión de creencias encontradas que puede dividir familias, separar amistades y enfrentar movimientos anti aborto contra las marchas a favor de un aborto libre. No se habla en los colegios ni en las universidades, la prensa escrita se atreve en tanto replica noticias de otros países, pero no lo discute el periodismo televisivo. La prensa religiosa es además muy dura cuando trabajadoras del sector eclesial comparten alguna publicación en redes sociales a favor del aborto libre.

Los estudios de las organizaciones que defienden el derecho de las mujeres sobre su cuerpo se acumulan desde la década de 1970 en el Perú, pero el aborto continúa penado desde 1863. Es cierto que desde 1924 se declara fuera de castigo el aborto terapéutico, pero fue ignorando hasta que recién el año 2014 se aprobó el reglamento para que pudiera ejercerse. Así que hasta hoy sólo es aprobado cuando es el único medio para salvar la vida o evitar un daño grave y permanente en la salud de la mujer, quedando como delito cuando el embrazo es producto de una violación sexual, cuando existen malformaciones fetales incompatibles con la vida extra uterina, y cuando se trata de una inseminación no consentida.

Como señaló Elizabeth Salazar Vega (Ojo Público, 2019), en nuestro país, las mujeres y adolescentes que sólo lo pueden realizar de manera ilegal son perseguidas por el Estado. Y quienes las denuncian son las personas a quienes acuden precisamente a buscar ayuda: personal de hospitales, policías y fiscales. Son ellos quienes las denuncian amparados en los artículos 114 y 120 que establecen desde tres meses hasta dos años de cárcel para ellas. ¿Y por qué lo hacen? Porque el artículo 117 establece que los profesionales que “abusen de su ciencia o arte para causar el aborto”, tendrán pena privativa de libertad de 1 a 5 años, dependiendo del consentimiento de la paciente, y serán inhabilitados para ejercer su profesión y privados de grados policiales, títulos honoríficos y demás distinciones propias de su oficio.

Desde fines de los años 90 en adelante, el espacio donde sí se discute a pesar de que no quisieran muchos congresistas, es en el ámbito legislativo. Pronto sabremos del debate en la comisión de Justicia y Derechos Humanos, pues en diciembre del año pasado, congresistas encabezados por Ruth Luque presentaron nuevamente el proyecto de Ley para despenalizar el aborto por violación, y una semana después, la congresista pastora evangélica María Jáuregui, presentó como contraparte el proyecto de Ley que reconoce los derechos al concebido.

Colombia aprobó el aborto el año 2006. Lo que ha ocurrido el lunes pasado es que la Corte Constitucional lo ha despenalizado hasta la semana 24, acción que se ha celebrado en la región, pero que levantó preguntas en las redes del por qué se aprobó hasta el segundo trimestre del embarazo si, como es sabido, es un estado de gestación que pone en riesgo la salud, es más doloroso e implica una prolongada recuperación. La Corte no puso plazo por dos razones: porque hay casos en los que la vida de la madre se pone en riesgo recién al final de la gestación, como en el caso de la mortal preeclampsia que solo se puede diagnosticar después de la semana 20. Y porque son tantos los obstáculos que establecen muchas veces las familias y las instituciones, públicas y privadas, que el plazo de 14 sólo se cumple en los países donde los programas llevan décadas y el personal está capacitado. Colombia ahora pondrá sus esfuerzos en la educación sexual. Ojalá que aquí perdamos miedo de mentarlo y aprendamos a escuchar.

 

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Aborto, Colombia

 

Esta noche. Comisión de Justicia del Congreso aprobó predictamen que modifica el proceso de colaboración eficaz. Conversamos con Sandra Castro, exfiscal del caso Cuellos Blancos y Hernando Guerra García, congresista de FP y miembro de este grupo de trabajo del parlamento.

Además, analizamos la situación del presidente Castillo y su gobierno y, por otro lado, la del Congreso, con el politólogo José Alejandro Godoy.

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Entrevista

De lunes a viernes, Alexandra Ames, David Rivera y Paolo Benza discuten los temas más importantes del día por Debate. Hoy nuestro episodio número 331.

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Gobierno, Ucrania

 

Una primera traba le ha aparecido a los partidos políticos en la carrera por hacerse de alcaldías y gobiernos regionales. Según el cronograma electoral, todo el que quisiera candidatear tenía hasta el 5 de enero para afiliarse a alguna agrupación. Los partidos eran responsables de tramitar las inscripciones ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). La autoridad electoral, sin embargo, hizo un cambio en las reglas de juego el año pasado que pasó desapercibido.

El JNE dispuso, por primera vez, que las fichas de afiliados se entreguen en mesa de partes en una sola tanda y ya no en múltiples ingresos, como lo venían haciendo varias organizaciones políticas. El 26 de noviembre se publicó la resolución que lo oficializaba en El Peruano, pero varias organizaciones no advirtieron el anuncio y hoy acusan falta de publicidad. Lo cierto es que al menos 25.000 fichas de afiliación de más de 40 partidos se han quedado fuera de los comicios. El asunto ha generado rápidas reacciones en el Congreso, que ya tiene propuestas legislativas en la puerta del horno.

LAS DEVOLUCIONES

“En mesa de partes te atendían y no te decían que ya no podías entregar más, que todo debía ser en un solo momento”, indica José Manuel Villalobos, experto en derecho electoral que representó a dos organizaciones políticas durante su proceso de apelación: el Movimiento Agua de Huancavelica y el Frente de la Esperanza.

En el caso del Frente de la Esperanza, se presentaron más de 6.000 fichas en un mismo día, pero en tres entregas. En su primera cita, el personero dejó dos cajas; y por la tarde, una tercera. Seis días después, el JNE informó que solo iban a aceptar la primera caja (la ‘primera entrega’) y que 4.327 fichas de afiliación iban a ser devueltas.

“La sanción [se refiere a la devolución de las fichas] que han aplicado no es razonable, se afecta la participación política de miles de ciudadanos porque un partido o movimiento presentó sus papeles en conjunto o separado, pero nunca lo hicieron fuera del plazo, que era el 5 de enero”, asegura Villalobos.

Fernando Olivera, fundador del Frente de la Esperanza, alega que la medida no fue suficientemente publicitada y que la sumilla de la resolución publicada en El Peruano no hacía referencia a este tema en específico. Salió con el título “Disponen el cierre del Portal Electoral Digital (PED) implementado en el marco de las Elecciones Generales 2021, y dictan otras disposiciones”. Sobre las fichas que el JNE ordenó devolverles la primera semana de febrero, nos dice: “No las hemos recogido, están ahí”.

Hasta el 19 de febrero, el pleno del JNE ha declarado infundadas, en última y definitiva instancia, 14 apelaciones de los partidos respecto a este tema. A través de los fallos sobre estos casos que han sido publicados en El Peruano, Sudaca contabilizó que hasta la fecha se han devuelto al menos 25.000 fichas de afiliados.

Devolución de padrones complementarios
«Fuente: Resoluciones publicadas en el diario oficial El Peruano por el JNE. Elaboración propia»

Uno de los partidos más afectados es Alianza para el Progreso (APP). Luis Valdez, secretario general del partido, calcula que al menos 10.000 fichas presentadas por su agrupación han sido devueltas. “Eso es antidemocrático. Son militantes de todo el Perú, de Loreto, Pasco, Puno, Ayacucho, Cusco, Moquegua y de todas las regiones”, refirió. En su opinión, el JNE está restringiendo la ley.

Villalobos asegura que varios partidos han presentado acciones de amparo. Sin embargo, para cuando estas se resuelvan, lo más probable es que ya haya pasado la etapa de verificación -que termina el 28 de febrero- y el hecho esté consumado.

En respuesta a una consulta de Sudaca, el JNE dice que el área de Servicios al Ciudadano funciona como una mesa de partes que recibe todos los documentos que presentan los ciudadanos, y que es otra unidad la que analiza si las fichas son válidas o no. Es decir, le pasa la pelota al ROP. “Corresponde a la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas [ROP] evaluar la viabilidad o no de los padrones presentados”, indican.

 

LAS PRESIONES DEL CONGRESO

José Tello Alfaro, especialista en temas electorales, asegura que al tratarse de una resolución que reglamenta el procedimiento de entrega de fichas, la medida debió ser prepublicada. “Los reglamentos electorales se prepublican para conocimiento de los ciudadanos para que envíen sus observaciones. Como especialistas también damos opiniones, pero en el caso de la resolución del JNE, no la prepublicaron”, apunta.

El tema ha desatado rápidas reacciones de los partidos con curules en el Congreso. Como principal agraviado, APP ha interpuesto una demanda constitucional para que el Poder Judicial vea el tema. Pero a través de su bancada en el Congreso también vienen planeando una salida.

Tras confirmarse la decisión del JNE negando las apelaciones, el congresista de APP Eduardo Salhuana presentó el proyecto de ley 1227/2021-CR, que propone modificar la Ley de Organizaciones Políticas. En el artículo correspondiente al padrón de afiliados, se incorporaría lo siguiente: “las organizaciones políticas podrán presentar su padrón de afiliados mediante entregas totales o parciales”.

Le consultamos si esto no le parecía una ley “con nombre propio”, que beneficia directamente a su partido. “Es una manera de interpretar las cosas, pero nuestro punto de vista es que el Congreso dio una ley en octubre del año pasado y en esa ley se estableció el plazo máximo. En esa ley no se estableció ninguna exigencia adicional o requisito”, señala.

A los pocos días, el congresista Alejandro Muñante, de Renovación Popular, también presentó otra iniciativa. El proyecto de ley 1271/2021-CR apunta a interpretar el numeral 4 de la Ley N° 31357, aprobada el año pasado para regular las elecciones, bajo los siguientes términos:

“Interprétese que la presentación de los padrones de afiliados para las Elecciones Regionales y Municipales de 2022 (ERM 2022), que hayan sido presentados por las organizaciones políticas hasta el 5 de enero de 2022, aun cuando no hubiese sido en conjunto ni en un solo momento, son válidos y deben ser admitidos e inscritos en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP)”.

Ambos proyectos se estaban debatiendo en la comisión de Constitución del Congreso y fueron rechazados por los organismos electorales. Pero los congresistas han insistido. El 15 de febrero los portavoces de Alianza por el Progreso, Renovación Popular, Perú Libre, Avanza País y Acción Popular firmaron un acta para exonerar el Proyecto de Ley 1271/2021 del congresista Muñante del dictamen en la comisión de Constitución, ante la proximidad del cierre de la presente legislatura, el 28 de febrero.

En sesión extraordinaria de este grupo de trabajo, realizada el viernes 11 de febrero, el presidente del JNE, Jorge Luis Salas Arenas, ya se había mostrado en contra de los dos proyectos. “Se pretende aprobar una ley para aplicarla a hechos o situaciones que ya han sido materia de pronunciamiento en el curso de un procedimiento regular ante el JNE”, indicó sobre el proyecto de ley de Salhuana. Agregó que se estaría vulnerando el numeral 2 del artículo 139 de la Constitución, sobre el principio de la independencia en la función jurisdiccional.

Respecto al segundo proyecto de ley, el de Muñante, advirtió que este podía ir en contra de la intangibilidad del proceso electoral, el principio que impide hacer cambios en medio de la carrera. “La intangibilidad no es una intención del jurado, ni un capricho del jurado, es una norma de un rango muy alto que todos debemos conservar”, aseguró. Los titulares de la ONPE, Piero Corvetto, y de RENIEC, Carmen Velarde, también mostraron su preocupación de que las iniciativas pudieran poner en riesgo el calendario electoral previamente establecido.

“El JNE dice que estaríamos afectando su autonomía. Ellos son los que han limitado con una resolución, que es una norma de inferior categoría a una ley ordinaria, [ellos] son los que han puesto una exigencia que no existía en la ley, ellos han creado el problema”, argumenta el congresista Salhuana.

En su presentación ante el Congreso, Salas Arenas sostuvo que la resolución del JNE solamente ha ordenado el proceso con el fin de evitar demasiadas interacciones presenciales, en un momento en el que se esperaba la llegada de una tercera ola de la pandemia.

Pero para José Tello Alfaro, especialista en temas electorales, la norma es un error del JNE porque no va de la mano con la realidad. Y es que, según explica, para una organización con 20.000 o 30.000 afiliados, lo más práctico es entregar los padrones de a pocos.

“Peor aún, pudiendo corregir eso cuando se dieron los casos, mantienen su postura, generando este problema. Y, sobre todo, activa al Congreso para que se meta a sacar esta norma interpretativa, que, dicho sea de paso, es una ley a la medida y ‘express’ para determinados partidos políticos”, precisa.

Agrega que es de esperar que la norma resultante se apruebe rápidamente, pues todos los partidos tienen contactos con movimientos regionales y existe el antecedente de la Ley N° 31357, aprobada en octubre del año pasado, donde todos los frentes políticos se pusieron de acuerdo muy rápido. Hasta el momento, así está ocurriendo.

 

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