Padrones de afiliados: el primer bache de las elecciones municipales

Una resolución del JNE ha dejado fuera de carrera a al menos 25.000 ciudadanos que buscaban inscribirse a diferentes partidos políticos, sólo porque sus fichas no se presentaron en una sola tanda. Muchos se alistaban para competir en las elecciones regionales y municipales de este año. Esto ha enfrentado a la autoridad electoral con el Congreso, que ya tiene dos proyectos de ley para ‘enmendarle la plana’.

 

Una primera traba le ha aparecido a los partidos políticos en la carrera por hacerse de alcaldías y gobiernos regionales. Según el cronograma electoral, todo el que quisiera candidatear tenía hasta el 5 de enero para afiliarse a alguna agrupación. Los partidos eran responsables de tramitar las inscripciones ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). La autoridad electoral, sin embargo, hizo un cambio en las reglas de juego el año pasado que pasó desapercibido.

El JNE dispuso, por primera vez, que las fichas de afiliados se entreguen en mesa de partes en una sola tanda y ya no en múltiples ingresos, como lo venían haciendo varias organizaciones políticas. El 26 de noviembre se publicó la resolución que lo oficializaba en El Peruano, pero varias organizaciones no advirtieron el anuncio y hoy acusan falta de publicidad. Lo cierto es que al menos 25.000 fichas de afiliación de más de 40 partidos se han quedado fuera de los comicios. El asunto ha generado rápidas reacciones en el Congreso, que ya tiene propuestas legislativas en la puerta del horno.

LAS DEVOLUCIONES

“En mesa de partes te atendían y no te decían que ya no podías entregar más, que todo debía ser en un solo momento”, indica José Manuel Villalobos, experto en derecho electoral que representó a dos organizaciones políticas durante su proceso de apelación: el Movimiento Agua de Huancavelica y el Frente de la Esperanza.

En el caso del Frente de la Esperanza, se presentaron más de 6.000 fichas en un mismo día, pero en tres entregas. En su primera cita, el personero dejó dos cajas; y por la tarde, una tercera. Seis días después, el JNE informó que solo iban a aceptar la primera caja (la ‘primera entrega’) y que 4.327 fichas de afiliación iban a ser devueltas.

“La sanción [se refiere a la devolución de las fichas] que han aplicado no es razonable, se afecta la participación política de miles de ciudadanos porque un partido o movimiento presentó sus papeles en conjunto o separado, pero nunca lo hicieron fuera del plazo, que era el 5 de enero”, asegura Villalobos.

Fernando Olivera, fundador del Frente de la Esperanza, alega que la medida no fue suficientemente publicitada y que la sumilla de la resolución publicada en El Peruano no hacía referencia a este tema en específico. Salió con el título “Disponen el cierre del Portal Electoral Digital (PED) implementado en el marco de las Elecciones Generales 2021, y dictan otras disposiciones”. Sobre las fichas que el JNE ordenó devolverles la primera semana de febrero, nos dice: “No las hemos recogido, están ahí”.

Hasta el 19 de febrero, el pleno del JNE ha declarado infundadas, en última y definitiva instancia, 14 apelaciones de los partidos respecto a este tema. A través de los fallos sobre estos casos que han sido publicados en El Peruano, Sudaca contabilizó que hasta la fecha se han devuelto al menos 25.000 fichas de afiliados.

Devolución de padrones complementarios
«Fuente: Resoluciones publicadas en el diario oficial El Peruano por el JNE. Elaboración propia»

Uno de los partidos más afectados es Alianza para el Progreso (APP). Luis Valdez, secretario general del partido, calcula que al menos 10.000 fichas presentadas por su agrupación han sido devueltas. “Eso es antidemocrático. Son militantes de todo el Perú, de Loreto, Pasco, Puno, Ayacucho, Cusco, Moquegua y de todas las regiones”, refirió. En su opinión, el JNE está restringiendo la ley.

Villalobos asegura que varios partidos han presentado acciones de amparo. Sin embargo, para cuando estas se resuelvan, lo más probable es que ya haya pasado la etapa de verificación -que termina el 28 de febrero- y el hecho esté consumado.

En respuesta a una consulta de Sudaca, el JNE dice que el área de Servicios al Ciudadano funciona como una mesa de partes que recibe todos los documentos que presentan los ciudadanos, y que es otra unidad la que analiza si las fichas son válidas o no. Es decir, le pasa la pelota al ROP. “Corresponde a la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas [ROP] evaluar la viabilidad o no de los padrones presentados”, indican.

 

LAS PRESIONES DEL CONGRESO

José Tello Alfaro, especialista en temas electorales, asegura que al tratarse de una resolución que reglamenta el procedimiento de entrega de fichas, la medida debió ser prepublicada. “Los reglamentos electorales se prepublican para conocimiento de los ciudadanos para que envíen sus observaciones. Como especialistas también damos opiniones, pero en el caso de la resolución del JNE, no la prepublicaron”, apunta.

El tema ha desatado rápidas reacciones de los partidos con curules en el Congreso. Como principal agraviado, APP ha interpuesto una demanda constitucional para que el Poder Judicial vea el tema. Pero a través de su bancada en el Congreso también vienen planeando una salida.

Tras confirmarse la decisión del JNE negando las apelaciones, el congresista de APP Eduardo Salhuana presentó el proyecto de ley 1227/2021-CR, que propone modificar la Ley de Organizaciones Políticas. En el artículo correspondiente al padrón de afiliados, se incorporaría lo siguiente: “las organizaciones políticas podrán presentar su padrón de afiliados mediante entregas totales o parciales”.

Le consultamos si esto no le parecía una ley “con nombre propio”, que beneficia directamente a su partido. “Es una manera de interpretar las cosas, pero nuestro punto de vista es que el Congreso dio una ley en octubre del año pasado y en esa ley se estableció el plazo máximo. En esa ley no se estableció ninguna exigencia adicional o requisito”, señala.

A los pocos días, el congresista Alejandro Muñante, de Renovación Popular, también presentó otra iniciativa. El proyecto de ley 1271/2021-CR apunta a interpretar el numeral 4 de la Ley N° 31357, aprobada el año pasado para regular las elecciones, bajo los siguientes términos:

“Interprétese que la presentación de los padrones de afiliados para las Elecciones Regionales y Municipales de 2022 (ERM 2022), que hayan sido presentados por las organizaciones políticas hasta el 5 de enero de 2022, aun cuando no hubiese sido en conjunto ni en un solo momento, son válidos y deben ser admitidos e inscritos en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP)”.

Ambos proyectos se estaban debatiendo en la comisión de Constitución del Congreso y fueron rechazados por los organismos electorales. Pero los congresistas han insistido. El 15 de febrero los portavoces de Alianza por el Progreso, Renovación Popular, Perú Libre, Avanza País y Acción Popular firmaron un acta para exonerar el Proyecto de Ley 1271/2021 del congresista Muñante del dictamen en la comisión de Constitución, ante la proximidad del cierre de la presente legislatura, el 28 de febrero.

En sesión extraordinaria de este grupo de trabajo, realizada el viernes 11 de febrero, el presidente del JNE, Jorge Luis Salas Arenas, ya se había mostrado en contra de los dos proyectos. “Se pretende aprobar una ley para aplicarla a hechos o situaciones que ya han sido materia de pronunciamiento en el curso de un procedimiento regular ante el JNE”, indicó sobre el proyecto de ley de Salhuana. Agregó que se estaría vulnerando el numeral 2 del artículo 139 de la Constitución, sobre el principio de la independencia en la función jurisdiccional.

Respecto al segundo proyecto de ley, el de Muñante, advirtió que este podía ir en contra de la intangibilidad del proceso electoral, el principio que impide hacer cambios en medio de la carrera. “La intangibilidad no es una intención del jurado, ni un capricho del jurado, es una norma de un rango muy alto que todos debemos conservar”, aseguró. Los titulares de la ONPE, Piero Corvetto, y de RENIEC, Carmen Velarde, también mostraron su preocupación de que las iniciativas pudieran poner en riesgo el calendario electoral previamente establecido.

“El JNE dice que estaríamos afectando su autonomía. Ellos son los que han limitado con una resolución, que es una norma de inferior categoría a una ley ordinaria, [ellos] son los que han puesto una exigencia que no existía en la ley, ellos han creado el problema”, argumenta el congresista Salhuana.

En su presentación ante el Congreso, Salas Arenas sostuvo que la resolución del JNE solamente ha ordenado el proceso con el fin de evitar demasiadas interacciones presenciales, en un momento en el que se esperaba la llegada de una tercera ola de la pandemia.

Pero para José Tello Alfaro, especialista en temas electorales, la norma es un error del JNE porque no va de la mano con la realidad. Y es que, según explica, para una organización con 20.000 o 30.000 afiliados, lo más práctico es entregar los padrones de a pocos.

“Peor aún, pudiendo corregir eso cuando se dieron los casos, mantienen su postura, generando este problema. Y, sobre todo, activa al Congreso para que se meta a sacar esta norma interpretativa, que, dicho sea de paso, es una ley a la medida y ‘express’ para determinados partidos políticos”, precisa.

Agrega que es de esperar que la norma resultante se apruebe rápidamente, pues todos los partidos tienen contactos con movimientos regionales y existe el antecedente de la Ley N° 31357, aprobada en octubre del año pasado, donde todos los frentes políticos se pusieron de acuerdo muy rápido. Hasta el momento, así está ocurriendo.

 

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