El grupo archivó la propuesta por mayoría al considerar “innecesaria” su aprobación. “Cabe señalar que el objeto del acuerdo, es internacionalizar la gestión del territorio en aras del medio ambiente e introduce el control de la gestión territorial por ONG nacionales y extranjeras registradas en el Perú, es decir, les permite actuar como parte en temas medio ambientales”, sostuvo Bustamante en aquella ocasión, según una nota de prensa del Legislativo.
Las polémicas
Cierto o no lo dicho por Bustamante, es indudable que Escazú genera opiniones divididas. El tratado tiene 26 artículos, pero la discusión gira en torno, sobre todo, a dos de ellos: los referidos a participación ciudadana y derechos de los defensores ambientales.
El tratado plantea en su artículo 7 que cada Estado firmante “garantizará mecanismos de participación del público en los procesos de toma de decisiones, revisiones, reexaminaciones o actualizaciones relativos a proyectos y actividades”. No precisa la exclusión de algún tipo de actividad económica o zona del territorio nacional de sus alcances.
Más adelante, en su artículo 9, Escazú exhorta a los países comprometidos a tomar “medidas apropiadas, efectivas y oportunas para prevenir, investigar y sancionar ataques, amenazas o intimidaciones que los defensores de los derechos humanos en asuntos ambientales puedan sufrir”. Lo anterior incluye atentados contra su vida, opinión, reunión y más.
Para el abogado constitucionalista Alejandro Rospigliosi, los postulados de Escazú son positivos, pero no hacen falta. “Es un tratado de buena intención, pero no es imprescindible, ni necesaria su ratificación, porque Perú ya cuenta con un marco legal para tutelar y proteger los mismos derechos [que defiende el tratado regional]”, considera el ex jefe del Centro de Estudios Constitucionales y Parlamentarios del Congreso.
Rospigliosi se refiere a fuentes del derecho nacional como la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en materia ambiental o la existencia de un ente rector como el Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental (SINEFA). “Su ratificación por el contrario, generaría una sobreregulación y superposición de normas que generarían desconfianza en la inversión y desarrollo sustentable y amigable con el medio ambiente”, agrega el letrado.
En nuestro país, además, existe un vasto trasfondo legal que se relaciona a los puntos de Escazú. Por mencionar algunas tenemos la Ley del Derecho a Consulta Previa de los Pueblos Indígenas u Originarios, la Ley General del Ambiente, que crea el Sistema Nacional de Información Ambiental (SINIA); y contamos con una Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
En la misma línea que Rospigliosi opina Ángel Delgado, también abogado constitucionalista. “En el Perú hay normas que regulan el derecho de petición y mecanismos judiciales como el habeas data para obtener información, pero para hacerlo hay que tener legitimidad y proporcionalidad porque hay información de carácter privado que no se puede difundir así no más”, sostiene.
Bajo la mirada de Delgado, ratificar Escazú también es un riesgo de que se desnaturalicen otras normativas. “El mecanismo perverso de este tipo de tratados es que extienden derechos como una liga. Los pueblos indígenas tienen derecho a consulta por la relación ancestral con sus territorios, pero eso no puede generalizarse a cualquier grupo de vecinos que viva en Asia y no quiera un proyecto determinado”, afirma el abogado.
Contrario a sus colegas, Dania Coz, abogada especialista en Derecho Internacional de los Derechos Humanos, no ve con malos ojos las exigencias de Escazú. “No lo veo como un problema. Es un tema básico de transparencia permitir la fiscalización ciudadana. Nosotros hemos dado poder a nuestras autoridades para que gobiernen, pero se nos olvida que no nos hacen un favor, lo hacen por delegación. Lo que busca [el tratado] es garantizar espacios”, asegura.
Para Coz, que nuestra legislación vigente ya contemplealgunas exigencias de Escazú tampoco es un problema, sino una oportunidad de mejora. “Es parte del principio del derecho internacional pacta sunt servanda. Firmar un tratado es indiferente ante tus propias obligaciones, defender a los representantes ambientales igual se debe cumplir, pero si tú adoptas más herramientas para que ese derecho se ejerza es porque precisamente tienes esa buena voluntad de garantizarlo”, considera Coz que también es jefa de la división de Derecho Constitucional del Estudio Iriarte & Asociados.
Normativa nacional sobre ac… by Alessandro Azurín Astorga
Aunque también hay opiniones contrarias en ese punto. “Dirán que lo abunda, no daña, pero no es verdad. El Perú tiene una democracia representativa. Participamos a través de nuestras autoridades. Tenemos tribunales, a los congresistas e instituciones como la Defensoría del Pueblo [para tutelar los derechos que toca Escazú]”, manifiesta Ángel Delgado, abogado constitucionalista.
Precisamente la Defensoría se pronunció a favor de la ratificación de Escazú el último 21 de agosto. recordando algunos datos alarmantes. Hasta julio, el 60% de los conflictos sociales activos en territorio nacional estaban vinculados a temas ambientales. Además, 14 defensores ambientales fueron asesinados entre marzo del 2020 y agosto del 2022, con una pandemia encima y todo.
El acuerdo internacional no solo genera diversas corrientes de opinión entre constitucionalistas. En zonas de nuestra Amazonía, como Loreto, también se pueden encontrar posturas opuestas. Como prueba, un botón.
La Organización Regional de Pueblos Indígenas del Oriente (Orpio) busca la ratificación de Escazú al menos desde el 2020. En agosto de ese año, Orpio lanzó un comunicado exigiendo que el Congreso emita un dictamen favorable sobre el tratado.
“Orpio se pronuncia para exigir que el Congreso de la República ratifique el Acuerdo de Escazú, como reconocimiento a la defensa y protección del medio ambiente que por décadas venimos desarrollando como pueblos indígenas, y que cientos de hermanos y hermanas desarrollan a nivel nacional, incluso entregando su vida. Labor que, actualmente, no cuenta con mecanismos de protección de parte del Estado para su implementación”, señala el documento de la organización que agrupa a 26 federaciones indígenas de Loreto.
Pero también hay grupos que se oponen. Está, por ejemplo, la Coordinadora por el Desarrollo Sostenible de Loreto (CDL), antes conocida como el colectivo “No A Escazú». La razón, aseguran sus voceros, es por la posibilidad de que se frustren iniciativas necesarias para la región amazónica.
“Escazú puede tener una buena intención, pero en realidad hay un trasfondo de organizaciones internacionales para tomar control de nuestra Amazonía y que los defensores ambientales tengan derechos superiores. Nos oponemos porque el desarrollo de Loreto ha sido postergado bastantes años precisamente por la intervención de los ambientalistas”, dice Christian Pinasco, presidente de la CDL.
Según Pinasco, la lista de proyectos paralizados por intervención de organizaciones ambientalistas es larga. “El último gran proyecto frustrado es la carretera Iquitos-Saramiza [que conecta con la Costa Norte]. Ha sido denunciada por la Federación de la Nacionalidad Achuar del Perú, que se encuentran en el Marañón. Dicen que no se puede pasar por sus territorios porque son una nación independiente a la nuestra y que, si algún profesional quiere pasar, ellos no garantizan su vida”, afirma la cabeza de la organización loretana.
Si Escazú es el camino para mejorar las cifras de la Defensoría y la ejecución de proyectos ambientales es la interrogante. Seguir su aplicación regional puede ser la clave para obtener una respuesta.
El tratado ya está vigente desde el 22 de abril del año pasado luego de alcanzar 11 ratificaciones, el mínimo necesario, gracias a la adhesión mexicana. El más reciente es Colombia, que aprobó su ratificación el último lunes. Perú no se les sumará por ahora. Al menos hasta nuevo aviso.