Terrorismo

El abogado César Nakazaki argumenta que, para que exista pertenencia a una organización criminal terrorista, esta debe estar activa en la actualidad y tener como objetivo usar la violencia para generar terror en la población o para tomar el poder político, como lo hizo Sendero Luminoso con sus atentados. “Movadef no ha realizado actos violentos ni ha planificado atentados; de hecho, intentaron inscribirse como partido político y fueron rechazados”, subraya.

Por otro lado, el periodista César Hildebrandt sostiene que Movadef ha sido un intento de crear una organización política electoral que ha renunciado a la lucha armada, en la que muchos de sus fundadores participaron en décadas pasadas. Apunta que Movadef «no tiene armas, no tiene vocación de actuar, no tiene un programa terrorista», por lo que no existe ninguna razón que justifique su encarcelamiento. Por el contrario, señala lo errado de cerrar el paso “a la conversión de una organización terrorista en un movimiento político avanzado”, brindándoles la condición de “terrorista perpetuo” a pesar de la ruta que elijan como organización. 

Años atrás, cuando se realizaron las primeras detenciones por Perseo, el periodista Gustavo Gorriti, tras revisar los fundamentos policiales, concluyó: “¿Existe alguna prueba, luego de todas las investigaciones, de que estos jóvenes desorientados estén siendo organizados hacia la violencia, de que se los esté preparando para la insurrección? Ninguna. No la hay en ninguno de los documentos que justifican esa operación”.

Desde distintos sectores políticos, tres personajes, cada uno reconocido en su medio, coinciden en un punto: condenar a los integrantes de Movadef en el juicio del caso Perseo sería un grave error del sistema judicial peruano, ya que no existen pruebas, razones ni sentido para hacerlo. 

Nosotros iniciamos este texto apoyándonos en sus dichos debido a que en los últimos tiempos se ha naturalizado invalidar a las personas que se animan a presentar argumentos que, de alguna manera, no favorezcan la quema en la hoguera de cada ex senderista que ha dejado las armas. La intención no es invalidarlos a ellos —aunque tal vez no sería posible hacerlo, sino destacar expresiones que han sido invisibilizadas, de personas que cuentan con cierto capital social para expresar sus ideas sin miedo a ser alcanzados por el “virus terrorista”. 

Si se ha logrado el cometido y estas líneas aun poseen validez para quien las esté leyendo, intentaremos desarrollar un tema sobre el que se ha impuesto una condena al silencio, a pesar de ser de gran relevancia.

El caso Perseo 

El caso Perseo, que intenta condenar a los miembros del Movimiento por Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef), es crucial para el Estado de derecho y la calidad de la democracia en el Perú. En contraposición a la narrativa dominante, considero que una sentencia absolutoria sería un avance en el fortalecimiento de la democracia.

Es erróneo pensar que el juicio solo afecta a los procesados de Movadef. Más allá de que un Estado democrático no puede condenar sin pruebas, este caso tiene implicaciones más profundas. Validar los argumentos de la Policía y la Fiscalía implicaría aceptar que aún es posible el resurgimiento de la subversión y que existen grupos que la promueven, una lógica que sirve para criminalizar movimientos sociales que cuestionan el sistema vigente. Este mecanismo ha sido utilizado en diversos conflictos sociales, tanto por quienes defienden el medio ambiente como por aquellos que demandan una nueva constitución, acusándolos de estar vinculados a antiguos grupos subversivos. La estrategia en mención, conocida como «terruqueo», se basa en acusaciones sin pruebas. Una absolución en el caso Perseo desactivaría esa amenaza constante y permitiría abordar los conflictos sociales de manera distinta, debilitando la base del terruqueo.

Para dimensionar el riesgo que enfrenta la democracia, basta con revisar las declaraciones del exjefe de la Dircote, Max Anhuamán, quien sostiene que organizaciones populares como la CNUL y Conulp son “organismos de fachada”, en alusión a las estructuras de «organismos generados» de Sendero Luminoso. De igual manera, hace pocos días el presidente del Consejo de Ministros Gustavo Adrianzén sostuvo que Movadef estaría detrás del paro de transportistas. Se trata de la típica estrategia del terruqueo que busca invalidar cualquier demanda del grupo que es blanco de esta. Aquella estrategia hasta ahora no ha podido trascender, salvo casos muy específicos, a una abierta criminalización. Esto es así porque si bien en el imaginario colectivo se ha llegado a instaurar la idea de que hablar de “Movadef” es hablar de “Sendero Luminoso” y en consecuencia, de “actos de terrorismo” que deben ser detenidos por el Estado, aquella equivalencia aún no ha sido aceptada legalmente. Una sentencia que afirme que Movadef es una organización terrorista per sé significaría la criminalización de colectivos que suelen ser relacionados, o que efectivamente lo están, con esta agrupación, a pesar de no haber cometido ningún delito. 

El terrorismo y la condición perpetua 

El Movimiento por Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef), a pesar de su conexión ideológica con Sendero Luminoso, a partir del Pensamiento Gonzalo, no ha incitado a la violencia ni a la insurgencia armada. Su objetivo principal es la participación política y la solicitud de amnistía para quienes han sido condenados por terrorismo. Aunque su discurso pueda ser polémico, y genere rechazo en una parte de la sociedad, no constituye un delito. Acusar a Movadef de ser una «fachada» del terrorismo sin pruebas de acciones delictivas específicas no justifica su criminalización.

En el caso de Perseo, no hay evidencia de que los miembros de Movadef hayan cometido actos terroristas; los cargos se basan en afinidades ideológicas y no en acciones violentas. No obstante, un punto controvertido es la mención del «Pensamiento Gonzalo» en sus documentos, que algunos consideran como un argumento fundamental para condenar a los procesados. Sin embargo, César Nakazaki aclara que “hablar del «pensamiento Gonzalo» no es un problema en sí mismo, a menos que se utilice para incitar a la violencia”.

Gustavo Gorriti, coincide en este punto: “El llamado “pensamiento Gonzalo” posterior a las negociaciones con Montesinos y sus asesores, no tiene nada que ver con lo que antes pasaba como tal. Abimael Guzmán consiguió parar intelectualmente de cabeza a su organización, persuadirla de la necesidad de creer en y defender posiciones que antes hubieran resultado anatema. El otrora ardiente enemigo del revisionismo terminó revisando todo”.

Otro aspecto controvertido es el de la pertenencia a una organización terrorista. La acusación establece una equivalencia simplista entre Movadef y Sendero Luminoso, asumiendo que todos los miembros de la primera son automáticamente terroristas. Sin embargo, esta afirmación ignora la complejidad del caso y la necesidad de pruebas concretas para vincular a un individuo con actos terroristas. Además, la definición de «pertenencia a una organización terrorista» es un tema jurídico complejo que requiere un análisis cuidadoso.

¿Qué significa pertenecer a una organización terrorista? César Nakazaki sostiene lo siguiente: » Lo que convierte al terrorismo en un crimen es la decisión de cometer delitos para generar terror, y para hablar de pertenencia a una organización terrorista, debe haber una organización actualmente cometiendo esos delitos”, lo cual obviamente no existe en la actualidad ni en perspectiva.

Acusar de terrorismo sin pruebas concretas viola el principio de presunción de inocencia, un pilar fundamental en cualquier sistema de justicia. Criminalizar ideas disidentes no solo instrumentaliza el sistema penal, sino que también contradice los principios de reintegración y justicia restaurativa. De acuerdo con el jurista italiano Luigi Ferrajoli, «el derecho penal no puede ser un derecho de enemigos, sino un derecho de ciudadanos».

Uno de los aspectos más graves en el caso Perseo es la idea del «terrorismo perpetuo», que sostiene que las personas que alguna vez formaron parte o simpatizaron con una organización subversiva lo serán de por vida. Este enfoque es jurídicamente insostenible y contradice los principios de reintegración del derecho penal.

El sistema jurídico peruano y el derecho internacional establecen que una persona que ha cumplido su condena o ha dejado de participar en actividades delictivas debe tener la oportunidad de reintegrarse a la sociedad. Catalogar a estas personas como «terroristas perpetuos» contradice los principios de justicia restaurativa y fomenta la radicalización al crear una dinámica de exclusión permanente.

En su obra “En busca de las penas perdidas”,  el jurista argentino Zaffaroni critica las penas que deshumanizan y excluyen a los individuos de la sociedad, argumentando que el objetivo del sistema penal debe ser la reintegración social y no la exclusión.

Condenar a los miembros de Movadef sin pruebas de actos violentos debilita la democracia peruana al mostrar intolerancia hacia ideas radicales, incluso dentro de la legalidad, erosionando el respeto por la diversidad ideológica. Castigar opiniones disidentes sin evidencia genera un clima de miedo y autocensura, lo que socava el pluralismo y la vitalidad democrática, como señala Ronald Dworkin al afirmar que la libertad de expresión protege, sobre todo, a las ideas minoritarias.

El caso Perseo es una prueba importante para la democracia peruana. Sentar un precedente de condena en este caso sería un retroceso. El verdadero triunfo sobre la subversión es la consolidación de una democracia fuerte que respete los derechos de todos, incluso de aquellos con los que no estamos de acuerdo.

Absolver en el caso Perseo simbolizaría la victoria definitiva del Estado sobre quienes fueron sus enemigos en décadas pasadas, porque estos, como tales, ya no existen.

Tags:

Caso Perseo, Democracia, drechos humanos, gorriti, Hildebrandt, Movadef, Nakazaki, subversion, Terrorismo, terruqueo

[Cosecha Roja] Desde que empezó la actual legislatura, se han presentado en el Congreso más de 45 proyectos de ley que proponen el endurecimiento de penas y condenas en aras de frenar la actual arremetida de crimen y delincuencia que mantiene a la población en vilo. Es decir, en promedio se ha presentado un proyecto y medio por mes en los últimos dos años y pico que tiene el actual parlamento en funciones. De todas estas iniciativas, 10 han tenido el mismo objetivo: crear la figura penal de “terrorismo urbano” e incorporarla al Código Penal. Ante tanta insistencia, finalmente, la semana pasada, la Comisión de Justicia del Congreso decidió aprobar el dictamen de ley que incorpora el delito de terrorismo urbano en el Código Penal y establece penas de entre 23 a 30 años, así como sus causales. 

¿En el país donde una película, una obra de teatro, una presentación de libro y una manifestación pueden ser calificadas de “terroristas” o de “apología al terrorismo” (y lo han sido) qué significa que ahora el crimen también pueda serlo? 

Ciertamente, el terrorismo urbano existe: los atentados del 11 de setiembre de 2001 en los Estados Unidos, los ataques terroristas de Paris en 2015 y la explosión provocada en el Manchester Arena de 2017 son solo algunos ejemplos recientes. Pero, a diferencia del crimen que actualmente agravia al país, todos estos ataques fueron motivados por objetivos ideológicos, religiosos y políticos de organizaciones extremistas como Al-Qaeda y el Estado Islámico. 

Con esto no estamos buscando invisibilizar el trágico legado que ha dejado el accionar de organizaciones que en el pasado ejercieron la violencia para avanzar sus respectivas plataformas ideológicas y políticas como Sendero Luminoso y el MRTA. Pero equiparar el accionar de estas organizaciones y, sobre todo, las estrategias para combatirlas con el de organizaciones criminales como el Tren de Aragua, Los Gallegos, Los Pulpos, entre otros, puede terminar siendo más perjudicial a la larga. 

Tampoco pretendemos negar el hecho de que muchas de estas organizaciones criminales recurren a la violencia extrema y tácticas terroristas para instalar el miedo en poblaciones enteras y/o ejercer un control territorial tiránico en los espacios donde despliegan sus actividades delictivas: trata de personas, extorsión, tráfico de drogas y muchas más. Pero su lógica sigue estando motivada por las ganancias económicas de sus negocios ilícitos y no necesariamente por cuestiones ideológicas. 

Es fundamental reconocer que etiquetar la violencia y las tácticas de organizaciones criminales bajo el término de “terrorismo urbano” no solo puede diluir el significado del terrorismo verdadero, sino también complicar los esfuerzos para abordarlo eficazmente. La militarización de la respuesta al crimen organizado (y nuestra sociedad) es un riesgo real que este dictamen podría precipitar. En el país donde potencialmente todo puede ser terrorismo, esta realidad no parece estar tan alejada.  

Tags:

Congreso de la República, crimen organizado, Populismo Punitivo, seguridad ciudadana, Terrorismo

[EL CORAZÓN DE LAS TINIEBLAS]  Ya hace un tiempo, en mis clases, refiero como Conflicto Armado Interno y Lucha contra el terrorismo al luctuoso periodo en que SL y MRTA asolaron al país. Utilizo las dos denominaciones en simultáneo por respeto a las diferentes posturas que existen sobre aquella larga y dolorosa coyuntura.

Hoy, el Presidente Daniel Novoa, de derecha, le llama directamente Conflicto Armado Interno a la terrible situación que, súbitamente, se ha presentado en Ecuador, tras la fuga de dos cabecillas del narcotráfico (en total fugaron 39 reos de la cárcel de Ríobamba), la toma de un canal de televisión y de diferentes locales que cumplen diferentes funciones, pero que tienen en común ser lugares públicos, lo que ha motivado la toma de cientos de rehenes a manos de los grupos armados.

La expresión de Novoa puede resumirse con el siguiente parafraseo: las acciones de estos grupos son terroristas, por eso declaro el Conflicto Armado Interno. De esta manera, se valida lo que se ha señalado desde la CVR respecto de lo que sucedió en el Perú desde 1980 en adelante:  Conflicto Armado Interno, refiere un enfrentamiento que supera la delincuencia común, y que no es un Conflicto Internacional, pues este último implicaría el enfrentamiento entre dos Estados. De tal manera, CAI resultaría la denominación correcta para nuestro caso.

Además, así lo refieren los Convenios de Ginebra de 1949 que son los que hasta hoy ofrecen al mundo un marco de denominaciones oficiales para los diversos enfrentamientos entre grupos armados. Los Convenios también hacen referencia al terrorismo, pero lo entienden más como un método de acción utilizado por uno o todos los bandos en conflicto. Grosso Modo, hay terrorismo cuando alguno o todos los contendientes validan que un sector o individuos de la población civil puedan ser utilizados como blanco, como parte de sus objetivos militares. También puede entenderse como la intención de sembrar el terror entre la población con las mismas finalidades.

Por supuesto que los Convenios de Ginebra condenan duramente el uso de prácticas terroristas, las que se encuentran absolutamente al margen del derecho de la guerra. En tal sentido, lo que podríamos decir que ocurrió en nuestro país fue un Conflicto Armado Interno y podríamos añadir que este se caracterizó, principalmente, por las acciones terroristas perpetradas por los grupos armados SL y MRTA.

El problema con esta definición es que, de acuerdo con los datos de CVR, el 30% de las víctimas civiles del CAI cayeron a manos de nuestras Fuerzas armadas o policiales, aunque también es verdad que estas, finalmente, fueron las que derrotaron a las bandas terroristas y pacificaron al país. Esta situación complica alcanzar una fórmula que complazca todas las posturas que existen al respecto.

En el pasado he escrito sobre la actuación de nuestras Fuerzas Armadas y Policiales en el CAI. He dicho que poseen un doble y hasta un triple estatuto. El de víctimas, porque lo fueron muchas veces, el de victimarios, porque esta situación también se produjo, y el de vencedores de las bandas terroristas y pacificadores del país.

En tal sentido, me parece que definir o darle un nombre a lo que aquí comenzó a acontecer desde 1980 en adelante puede resultar sencillo, pero también muy complicado. Es sencillo porque Conflicto Armado Interno es el nombre oficial que establece el derecho internacional para casos como el nuestro, pero es complicado porque dicha denominación no satisface a todos los sectores de la sociedad.

A nuestro parecer, la solución pasa por una descripción más bien amplia de la escena, es decir, señalar que en el Perú se produjo un Conflicto Armado Interno en el que las bandas terroristas SL y MRTA asolaron al país, siendo responsables, además, de la mayor parte de bajas civiles que el enfrentamiento produjo. Estas bandas fueron combatidas por las fuerzas armadas y policiales las que también dañaron a un sector de la población civil. Finalmente, las fuerzas armadas y policiales lograron vencen a las bandas terroristas y pacificaron al país.

Entiendo cabalmente que explicar no es lo mismo que nombrar, y que, además, existen sectores radicales, a ambos lados, que, de seguro, no estarán de acuerdo con la descripción propuesta. En todo caso, saber que existe una definición que intenta reflejar todo lo ocurrido, sin negar nada y en una sola oración, podría resultar tranquilizador y hasta cierto punto consensual si la sociedad conoce que dicha definición está impresa y se difunde, por ejemplo, en los manuales escolares del Estado, tanto como en aquellos divulgados por casas editoriales privadas.

En fin, me temo que esta discusión no va a terminar nunca, pero quizá sí resulte posible generar un contexto en el cual podamos conversar del tema sin necesidad de atacarnos, dividirnos, ni de levantar la voz, así maduraremos, aunque sea un poco, como sociedad. ¿Será posible?

Tags:

Análisis Histórico, conflicto armado interno, fuerzas armadas, Reflexiones, Terrorismo

Se cumplen hoy 20 años de la entrega del informe de la Comisión de la Verdad al país y fue y sigue siendo un hecho fundamental que es menester destacar.

Primero, se dejó muy bien establecido que los principales responsables del baño de sangre fueron Sendero Luminoso y el MRTA, dos movimientos terroristas que emergieron en la década de los 80, y que en ese trance murieron cerca de 70 mil peruanos.

Segundo, se dejó muy en claro que la mayor parte de los muertos ocurrieron a manos de los terroristas y en menor medida, pero no menos importante, por las propias fuerzas armadas y policiales.

Tercero, se fijaron cifras que mostraron que, contrariamente a lo que Toledo quería utilizar como munición contra el fujimorismo al crear la CVR, la mayor cantidad de violaciones a los derechos humanos ocurrieron durante los gobiernos democráticos de Belaunde y García (por eso, de paso, no se explica el sesgo antifujimorista mayoritario de la muestra del Lugar de la Memoria).

Cuarto, se fijaron pautas de reparaciones y atribución de responsabilidades que luego han servido para acciones judiciales eficaces, aunque aún incompletas, a pesar del tiempo transcurrido.

El país maduró democráticamente con la dación del Informe y no se explica, honestamente, la reticencia de cierto sector de la derecha a administrarlo y apoyarlo, al amparo de tonterías como que se use el universal y legal término “conflicto armado interno” que no rebaja responsabilidad alguna a los terroristas y no les otorga rango jurídico de protección.

El Informe de la CVR es un hito liberal en la defensa de los derechos humanos y debe ser visto así, por ende, por los sectores pensantes de la derecha, sin que sorprenda ya la reacción cavernaria de los sectores conservadores que quizás hubieran querido que se eche tierra por encima de las violaciones ejecutadas por los institutos armados, como si ello fuera posible y saludable.

La verdad repara, la memoria es socialmente terapéutica y ayuda a que sucesos semejantes no se repitan. Y, por último, se trata de un acto de justicia histórica con las decenas de miles de deudos de las víctimas del terror originado en las demenciales tesis senderistas y las sanguinarias tácticas del “guevarismo” emerretista, grupo que no merece mejor consideración que los radicales maoístas de Sendero.

 

Tags:

Comisión de la Verdad, exsenderistas, Informe de la CVR, MRTA, sendero luminos, Terrorismo

En tiempos de terruqueo masivo en donde subyace el racismo, se decide darle la posibilidad a cualquier ciudadano/a para que acuse a otro de un delito sumamente grave, dejando que este interprete qué es “apología para el terrorismo”. ¿Hasta dónde vamos a llegar? Evidentemente no estamos en un país con autoridades democráticas. 

Tags:

Redes sociales, Terrorismo

Por ello, pensamos que una narrativa más aceptable para un sector mayoritario de la sociedad debería plantear que en el periodo estudiado se produjo una guerra iniciada por las bandas terroristas contra el Estado y la sociedad, y que la actuación de dichas bandas se caracterizó por el nulo respeto a la vida humana y la violación indiscriminada de los derechos humanos. En esta guerra, las FFAA y policiales actuaron en defensa del Estado y de la sociedad y derrotaron a las bandas terroristas. Sin embargo, en su actuación violaron los derechos humanos de la población; es decir, de la sociedad. Al respecto, dejo las siguientes recomendaciones:  

  1. Es necesario un profundo trabajo de reconciliación entre las FFAA y los pobladores o descendientes de pobladores víctimas de dichas violaciones a sus derechos humanos. Es decir, entre las FFAA y la sociedad. 
  2. Las bandas terroristas no formarán parte de ninguna política de reconciliación en tanto que únicas responsables del conflicto armado o terrorismo. La reconciliación debe darse exclusivamente entre la sociedad y sus Fuerzas Armadas. 
  3. Las políticas específicas, las dejo para otra columna. 

  

 

Tags:

Minedu, Terrorismo

Solo diciendo las cosas por su nombre, sembraremos las bases para una verdadera reconciliación.


  1. Real Academia Española define Terrorismo como : 1. m. Dominación por el terror. 2. m. Sucesión de actos de violencia ejecutados para infundir terror. 3. m. Actuación criminal de bandas organizadas, que, reiteradamente y por lo común de modo indiscriminado, pretende crear alarma social con fines políticos. https://dle.rae.es/terrorismo 

Tags:

Terrorismo

“Las compañías se encuentran ante un nuevo escenario, en donde sus líderes tienen que pensar en cómo mejorar sus modelos de negocio, y al mismo tiempo, adaptarse a una era de transformación e incertidumbre, que implica adoptar un nuevo rol, generando valor más allá del tema financiero. En todo ese proceso de cambio las personas ocupan un lugar relevante en la ecuación”, finalizó Quinteros.

Tags:

Buenas prácticas, Crisis económica, Incertidumbre política, Terrorismo

Tremendo alboroto ha causado en un sector de la derecha peruana que el gobierno declare Patrimonio Cultural de la Nación el monumento El ojo que llora. Han salido voceros ultristas a denunciar que la ministra de Cultura, Gisela Ortiz, está, merced a ese acto, reivindicando al terrorismo e igualando al Estado con los movimientos subversivos, añadiendo que en ese monumento se rinde homenaje también a exintegrantes de los dos grupos terroristas que dieron inicio al mayor periodo de violencia interna de nuestra historia.

Se trata, claramente, de una grosera mentira. El conjunto escultórico de la artista Lika Mutal, inaugurado el 2005, busca rendir reconocimiento a las víctimas del periodo de violencia entre 1980 y el año 2000, y en esa medida forma parte del proceso de memoria que el país ha emprendido respecto de la violencia terrorista y la represiva, que ocasionó cerca de 70 mil muertos, según la Comisión de la Verdad.

No hay un solo terrorista en el Registro Nacional de Víctimas, que es en el que se ha basado la lista de nombres que aparecen en El ojo que llora. Se señala explícitamente: “No se consideran víctimas, para los efectos específicos de su inclusión en el Registro Único de Víctimas de la Violencia, a los miembros de las organizaciones subversivas”. Hubo un intenso debate hace muchos años respecto de si se debía considerar, para ser reparados, también a quienes se alzaron en armas contra el Estado de Derecho (en otros países, se ha hecho extensivo a tales el reconocimiento reparador), pero en el Perú se zanjó claramente de que dichas personas no iban a integrarse al referido registro.

Lo que, en verdad, un sector reaccionario de la derecha peruana no quiere que se recuerde, es que no solo hubo muertos ocasionados por Sendero Luminoso o el MRTA, sino que también existieron, y en demasía, por excesos militares y policiales, que merecen ser registrados por la memoria colectiva del país. De modo decreciente, el mayor número de muertos o desaparecidos ilegalmente, por obra de las fuerzas del orden, ocurrió durante los gobiernos de Belaunde, García y Fujimori, mayormente en plena democracia. Es una dolorosa realidad, pero si se quiere restañar las profundas heridas colectivas que ese periodo ha dejado en la colectividad ciudadana, no se puede soslayar ese hecho. Todo lo contrario, hay que resaltarlo como corresponde para que nunca más vuelva a suceder.

Tags:

Comisión de la Verdad, Derecha, El ojo que llora, Patrimonio Cultural de la Nación, Registro Nacional de Víctimas, Terrorismo
Página 1 de 3 1 2 3
x