El Ministerio del Interior pretendía comprar chalecos antibalas sin tener la seguridad que estos cumplían con los requerimientos de seguridad establecidos. Sudaca accedió a los documentos de esta polémica adquisición que iba a costar más de setecientos mil soles.
1732 es el número de homicidios que se han registrado en 2024 y también es el número que refleja el momento de terror que están padeciendo los millones de peruanos como producto de una crisis de inseguridad que, pese a los esfuerzos del gobierno para negarla, es una realidad ante la cual no parece existir una respuesta eficiente que le pueda poner un alto.
Si bien la lista de responsables ante esta escalada criminal es larga, resulta lógico que los reflectores apunten, principalmente, al Ministerio del Interior y a su titular, Juan José Santiváñez Antúnez. Sin embargo, el ministro, que cuenta con un 76% de desaprobación acorde a la encuesta realizada por Datum Internacional el mes pasado, parece estar más lejos que nunca de encontrar la solución a la ola de inseguridad que está golpeando al país y su ministerio se muestra, cada vez, más perdido.
Sudaca pudo acceder a una resolución del Tribunal de Contrataciones del Estado que ha sido emitida en los últimos días y que pone al descubierto que el Ministerio del Interior, en un momento tan crítico como el actual, comete errores insólitos en asuntos claves como la adquisición de chalecos antibalas.
¿INDIFERENCIA O INCAPACIDAD?
El pasado 3 de junio, el Ministerio del Interior convocó a una licitación pública que tenía como objetivo adquirir chalecos antibalas y, para ello, se había estimado un valor de poco más de setecientos mil soles. Para el 9 de septiembre se presentaron las ofertas y el 24 de este mismo mes se anunció a quien había obtenido la buena pro.
Consorcio Sourcing Group Perú S.A.C. y Sourcing Group Corp habían sido los elegidos por el comité de selección para obtener la buena pro con su oferta de S/ 708 000.00 por los más de tres mil chalecos antibalas requeridos y que, según los documentos del proceso en cuestión, iban a estar destinados a las comisarías.
Sin embargo, en los primeros días de octubre, este proceso dio un giro inesperado al conocerse que existían falencias en la oferta presentada por Consorcio Sourcing Group Perú S.A.C. y Sourcing Group Corp. En los documentos que Sudaca pudo revisar, no fue el propio Ministerio del Interior quien se percató de esto sino Caddin S.A.C., otro de los postores, el cual presentó un recurso de apelación y solicitó que se declare no admitida la oferta que había recibido la buena pro por parte del comité de selección.
La razón por la cual se solicitaba que se tome esta medida resultó ser muy grave. Según la apelación presentada, las ofertas, para ser admitidas, debían incluir un “certificado de cumplimiento del estándar de resistencia balística NIJ 0101 06, emitido por el Instituto Nacional de Justicia de EEUU y Reporte de Pruebas completo que dio lugar a la certificación en mención, emitido por un laboratorio autorizado por el Instituto Nacional de Justicia de EEUU”.
Este certificado no es una simple formalidad sino que garantiza el nivel de protección que brindarán los chalecos antibalas y cuenta con un prestigio ganado a nivel mundial desde hace varias décadas. Increíblemente, el postor que ganó la licitación no lo tenía y el comité de selección no tomó en cuenta que no cumplían con este requisito.
Tal como se puede leer en la siguiente imagen, en la resolución se explica que el postor presentó un certificado que correspondía a un producto distinto al que el Ministerio del Interior estaba solicitando. “La certificación es por el modelo P3MM-GC y, no por el modelo AXIIIA-1 que requiere la Entidad”, se lee en el documento.
En esta apelación, además, se pone atención en la responsabilidad del comité de selección ante el no cumplimiento de los criterios establecidos para la presentación de ofertas en este proceso de licitación.
Por su lado, el Ministerio del Interior, a través de su director de la Oficina de Abastecimiento, responde a estos cuestionamientos intenta minimizar la ausencia del certificado de los chalecos antibalas señalando que, si se declara fundada la apelación, el costo de la contratación aumentaría en cuarenta mil soles. Además, agregan que los aspectos cuestionados “exceden la evaluación que realiza el comité de selección”.
Pero, en la Resolución Nº 4502-2024-TCE-S6, la sala que atendió este caso señaló que, efectivamente, el modelo ofertado por el postor al que le habían otorgado la buena pro no contaba con la certificación NIJ 010106 que era una de las exigencias señaladas en las bases del proceso.
En la referida resolución, el Tribunal de Contrataciones del Estado no exime de responsabilidades al Ministerio del Interior. Según explica, el comité de selección sí tenía la obligación de verificar la vigencia de la certificación debido a que las propias bases indicaban que debía ser de esa manera.
Por ello, el pasado 12 de noviembre, el Tribunal de Contrataciones del Estado se pronunció y determinó que correspondía “No admitir la oferta del Consorcio Sourcing Group Perú S.A.C. y Sourcing Group Corp” y, por consiguiente, se les revocaría la buena pro obtenida algunos meses atrás.
El desenlace de esta adquisición de chalecos antibalas no sólo expone la falta de rigurosidad en las compras de instrumentos de trabajo que, en tiempos tan violentos como los que está atravesando el Perú, son un elemento indispensable para policías que trabajan en las comisarías sino que también evidencia que quienes están a cargo de estas compras desconocen el trabajo que deben realizar.