[INFORMES] El 30 de mayo de 2025, el Ministerio de Cultura publicó la Resolución Ministerial N.º 000207-2025-MC, mediante la cual se modificaba el área de protección de la Reserva Arqueológica de las Líneas y Geoglifos de Nasca y Palpa. La medida implicaba una reducción de más del 42 %: el área protegida pasaba de aproximadamente 5 600 km² a 3 200 km². Para muchos, esa cifra fue más que un dato técnico: se convirtió en un símbolo del retroceso en la política de protección del patrimonio cultural.

El titular de Cultura, Fabricio Valencia, defendió la decisión como una “adecuación necesaria” basada en más de dos décadas de estudios técnicos, topográficos y arqueológicos. Según el ministro, la resolución buscaba establecer “límites más precisos” y concentrar la protección en zonas efectivamente validadas como patrimonio. Sin embargo, las explicaciones del Ejecutivo no resistieron el escrutinio público.

Organizaciones como el Colegio de Arqueólogos del Perú, especialistas independientes y colectivos de defensa del patrimonio advirtieron que, lejos de ser una decisión técnica, la resolución respondía a intereses ajenos a la protección cultural. Varios medios de comunicación revelaron que las áreas excluidas coincidían con más de 300 concesiones mineras registradas, muchas de ellas ligadas a minería informal, justamente una de las principales amenazas en la zona.

La amenaza minera y la falta de consulta

La reducción del área protegida no solo implicaba una pérdida de cobertura legal: liberaba territorio aún no estudiado completamente y lo dejaba vulnerable al avance de actividades extractivas. La región de Nazca ha sido señalada durante años por la presencia de minería ilegal o informal, que opera sin supervisión ambiental ni respeto por el valor arqueológico del suelo.

Diversas investigaciones demostraron que dentro de las zonas retiradas de protección ya existían operaciones mineras, algunas activas, otras en proceso de formalización. La eliminación de su condición como zona intangible facilitaba que estas actividades se expandieran, sin necesidad de evaluaciones patrimoniales o ambientales adicionales.

El impacto no sería menor: los geoglifos de Nazca y Palpa, Patrimonio Mundial de la Humanidad desde 1994, no se limitan a las figuras más famosas —como el colibrí o el mono— visibles desde el aire. El desierto alberga cientos de trazos, líneas, caminos ceremoniales y vestigios aún por estudiar. Los arqueólogos advirtieron que dejar fuera de protección zonas no exploradas equivalía a condenarlas a desaparecer antes de siquiera ser comprendidas.

Además, el procedimiento con que se tomó la decisión levantó serias dudas. No se consultó a los actores locales, a las organizaciones técnicas, ni a la comunidad científica. La resolución fue emitida sin pasar por un debate amplio ni transparente. Según reportes de Perú21, desde las primeras semanas de su gestión el ministro Valencia ya venía coordinando internamente la reducción, incluso antes de revisar o culminar los estudios que alegaba como sustento.

La reacción nacional e internacional

La respuesta no se hizo esperar. Desde el Congreso, se presentó una moción de interpelación contra el ministro Valencia. Los legisladores acusaron al titular de Cultura de actuar con opacidad, de omitir a los sectores técnicos y de tomar una decisión que comprometía gravemente el legado histórico del país.

En paralelo, organismos internacionales como UNESCO expresaron su preocupación por la medida, y especialistas en patrimonio cultural y ambiental de diversas universidades peruanas se pronunciaron en contra. La indignación también se sintió en Nazca, donde colectivos ciudadanos y defensores del patrimonio salieron a protestar frente a la oficina del Ministerio.

El tema escaló a nivel mediático. El País, Infobae y The Guardian publicaron informes detallados sobre el caso, haciendo énfasis en cómo esta decisión ponía en riesgo no solo el patrimonio arqueológico, sino también la imagen internacional del Perú como custodio de una de las expresiones culturales más enigmáticas de la humanidad.

El retroceso del gobierno: anulación y promesas

Presionado desde múltiples frentes, el Ministerio de Cultura anunció el 8 de junio la anulación de la resolución. La medida, informada mediante un comunicado oficial, restituía los límites originales de 5 600 km² a la reserva arqueológica y reconocía la necesidad de una “gestión más consensuada y técnica” del patrimonio.

El ministro Valencia, aunque mantuvo sus argumentos técnicos, aceptó que la decisión fue precipitada y que no consideró el impacto político ni simbólico que implicaba reducir la protección del área. Como parte de la rectificación, el gobierno anunció tres medidas:

La conformación de una Unidad Ejecutora especializada, con sede en Ica, que se encargará de gestionar, vigilar y conservar la zona protegida.

La creación de un comité técnico asesor, integrado por representantes del Ministerio, arqueólogos, universidades, sociedad civil y observadores de UNESCO.

La promesa de revisar los estudios topográficos y patrimoniales bajo estándares internacionales y con participación de actores locales.

Aunque el retroceso fue bien recibido por parte de los especialistas, varios advirtieron que la anulación de la resolución no resuelve el problema de fondo: la falta de planificación, transparencia y voluntad política sostenida para proteger el patrimonio en contextos de presión extractiva.

Un conflicto que no termina: patrimonio vs. intereses extractivos

Lo ocurrido en Nazca es un síntoma de un problema estructural en la política patrimonial del Perú. La tensión entre conservación y explotación económica sigue latente en todo el país: desde Cusco y Kuelap hasta el mismo Valle del Colca. La minería, la agroindustria, las obras viales y la expansión urbana chocan constantemente con la existencia de sitios arqueológicos no inventariados, débiles institucionalmente y sin presupuesto suficiente.

En el caso de Nazca, la amenaza sigue presente. La minería informal continúa operando en zonas cercanas, muchas veces sin sanciones ni seguimiento. Las fiscalías especializadas en patrimonio no dan abasto, y los gobiernos locales carecen de recursos y personal técnico.

El mensaje que deja este episodio es claro: la protección del patrimonio no puede depender de decisiones aisladas ni de reacciones frente a la presión pública. Requiere una política cultural de Estado, sostenida, informada y participativa. Una política que entienda que cada línea en el desierto de Nazca es más que un trazo: es una herencia de miles de años que, una vez destruida, no podrá recuperarse.

[INFORMES] El 8° Juzgado de Familia de Chorrillos, especializado en violencia contra la mujer, ha ordenado al exministro de Defensa Jorge Luis Chávez Cresta la devolución inmediata de las pertenencias personales de su expareja, Tamara Alexandra Gutiérrez Mendoza, en el marco de un proceso por violencia familiar. La resolución, emitida el 3 de abril de 2025, establece un plazo máximo de tres días hábiles para que el denunciado cumpla con la medida.

La orden judicial forma parte del expediente 03459-2024, en el que Gutiérrez Mendoza es reconocida como víctima de violencia por parte de quien, hasta hace poco, fue una figura clave del aparato de seguridad del país. Jorge Chávez Cresta fue titular del Ministerio de Defensa durante la presidencia de Dina Boluarte, y su rol en la respuesta militar frente a protestas sociales ha sido ampliamente cuestionado.

La violencia no solo es institucional: también es doméstica

Según consta en la resolución judicial, las pertenencias retenidas incluyen ropa, documentos y otros objetos personales que estarían bajo control del exministro en el inmueble ubicado en la urbanización Las Brisas de Villa, en Chorrillos. El juez a cargo, Wilbert García Violeta, ha dispuesto que la entrega sea acompañada por la Policía Nacional del Perú, garantizando la seguridad de la víctima durante el proceso.

Esta medida se dicta en respuesta a escritos presentados por la denunciante y el Centro de Emergencia Mujer de Chorrillos, que advirtieron sobre la retención injustificada de los bienes como una forma más de violencia patrimonial. En caso el denunciado considere que algún objeto no corresponde a Gutiérrez Mendoza, deberá probarlo por la vía judicial, pero no podrá negarse a la devolución de forma unilateral.

Sin derecho a posesión del inmueble, pero sí a sus derechos básicos

El juzgado también aclaró que esta medida no otorga a la agraviada derechos sobre el inmueble ni permite resolver, en esta vía, posibles conflictos de usurpación o tenencia. La orden es clara: el enfoque está puesto en los derechos fundamentales de la denunciante, no en una disputa patrimonial.

El caso ya fue elevado al Ministerio Público

De forma paralela, la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chorrillos —Tercer Despacho— ha solicitado copias certificadas de todas las resoluciones y medidas dictadas en favor de la víctima. El juzgado respondió que ya se han remitido los documentos pertinentes, lo que confirma que el caso ha entrado en la órbita penal.

Una señal política y judicial

El caso cobra especial relevancia no solo por el contexto de violencia de género, sino por el perfil del denunciado. Jorge Chávez Cresta es un militar en retiro con amplio poder en el sector Defensa, que ocupó altos cargos en los gobiernos de Martín Vizcarra, Pedro Castillo y más recientemente, de Dina Boluarte. Durante su paso por el Ministerio de Defensa, fue vocero de la intervención militar durante las protestas de 2022-2023, y su nombre se asoció a operativos de seguridad controvertidos.

Ahora, enfrenta una denuncia por violencia dentro del ámbito familiar, en un proceso que ya derivó en medidas de protección para la denunciante y que pone a prueba el compromiso del Estado con la erradicación de la violencia de género, incluso cuando involucra a exfuncionarios de alto nivel.

Violencia patrimonial: una forma de control invisible

Este tipo de medidas judiciales reflejan un entendimiento más amplio de la violencia de género, donde no solo se considera el daño físico o verbal, sino también las acciones que buscan controlar o empobrecer emocional y materialmente a la víctima. Negarle sus pertenencias no es un simple conflicto doméstico: es una forma de retener poder, de castigar, de seguir violentando.

La resolución N.° 12 marca un precedente importante: ni el rango militar ni el cargo político otorgan impunidad ante la justicia cuando se trata de proteger a víctimas de violencia.

[INFORMES] La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) ha presentado una apelación formal contra la Resolución Directoral N.º 00010-2025-OEFA/DSIS, emitida el pasado 3 de abril, en la que el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) ordenó la elaboración de un Plan de Cierre integral para el relleno sanitario El Zapallal en Carabayllo. Según la comuna, dicha orden impone de forma “arbitraria e ilegal” responsabilidades que corresponderían a la empresa privada Innova Ambiental S.A., antigua concesionaria del sitio.


¿Qué dice la Municipalidad?

El núcleo del argumento municipal gira en torno a lo siguiente: la responsabilidad de los daños ambientales, como filtración de lixiviados y mal manejo de residuos, corresponde exclusivamente a la empresa Innova, quien operó El Zapallal desde 1996 hasta el 30 de mayo de 2024 bajo un contrato de concesión. La MML señala que solo recibió la infraestructura “bajo protesta”, advirtiendo desde el primer momento que no asumía titularidad ni compromisos ambientales derivados de esa gestión.

La apelación se basa en principios clave del Derecho Administrativo: legalidad, debido procedimiento y verdad material. La comuna afirma que la Resolución 10-2025 carece de motivación técnica suficiente, no cumple con los requisitos legales para variar una medida administrativa y viola el derecho a defensa al haber sido emitida en un procedimiento donde la MML no fue parte.

La versión de los hechos según la MML

De acuerdo al recurso de apelación:

  • Innova Ambiental fue responsable de operar El Zapallal bajo un contrato de concesión que finalizó oficialmente el 30 de mayo de 2024.
  • Desde 2016, Innova tenía la obligación expresa de presentar un Plan de Cierre, según la Resolución Directoral N.º 2261-2016/DSA/DIGESA/SA. No lo hizo.
  • En 2023, OEFA emitió la Resolución N.º 00107-2023-OEFA/DSIS con requerimientos ambientales dirigidos a Innova. Sin embargo, en 2025, OEFA modifica esta decisión mediante la Resolución 10-2025 y traslada la obligación a la MML, sin sustento técnico ni legal.


Para la Municipalidad, esto constituye una traslación arbitraria de responsabilidades ambientales, ignorando que fue Innova quien generó los pasivos durante su tiempo de operación. Además, la comuna recalca que Innova nunca realizó una entrega formal de la infraestructura con un instrumento ambiental aprobado que garantice el proceso de cierre, como lo exige la normativa vigente.

¿Por qué rechaza la resolución del OEFA?

El documento de apelación detalla varios puntos:

  1. Falta de motivación suficiente: La resolución del OEFA no sustenta técnicamente por qué se unificaron los requerimientos previos en uno solo, ni por qué se asigna a la MML su cumplimiento. Según la norma, toda modificación debe estar debidamente sustentada, incluyendo análisis técnico, evaluación de pertinencia, comparación normativa y análisis de impacto ambiental. Nada de esto se incluyó.
  2. Violación del debido procedimiento: La MML no fue parte del expediente original que dio lugar a las medidas ambientales dictadas en 2023. Por lo tanto, no pudo ejercer su derecho a defensa ni ser notificada conforme a ley.
  3. Inversión pública injustificada: La comuna advierte que asumir el costo del cierre del relleno significaría usar recursos públicos para cubrir una obligación que le corresponde a una empresa privada, lo cual constituye una afectación directa al presupuesto municipal y al principio de “quien contamina, paga”.
  4. Falta de entrega formal: Innova no entregó el relleno sanitario con un Plan de Cierre validado ni con un instrumento ambiental aprobado, por lo cual la MML no puede considerarse legalmente como titular de la operación.
  5. Conflicto con el principio de verdad material: El OEFA no habría verificado adecuadamente los hechos ni actuado pruebas que acrediten que la MML asumió la infraestructura como responsable ambiental. Por el contrario, existe acta de entrega bajo protesta que lo desmiente.

¿Qué busca la MML?

Con esta apelación, la Municipalidad solicita que se revoque o declare nula la Resolución Directoral N.º 10-2025-OEFA/DSIS. Además, demanda que cualquier medida ambiental posterior se dirija a Innova Ambiental S.A., empresa que, según la propia OEFA en resoluciones previas, sigue siendo responsable por los impactos ocasionados.

La comuna también se reserva el derecho de presentar nueva documentación técnica y legal complementaria, y advirtió que cualquier obligación futura sin sustento podría ser impugnada también por la vía judicial.

¿Qué está en juego?

Este caso marca un punto de inflexión en la forma en que se determina la responsabilidad ambiental post concesión en el país. Si el OEFA mantiene su resolución, establecería un precedente donde el Estado, vía gobiernos locales, termina asumiendo pasivos ambientales generados por empresas privadas, aun cuando estas no cumplieron con sus compromisos legales previos.

La controversia también expone deficiencias en los mecanismos de fiscalización del Estado frente a concesiones públicas, especialmente en servicios como el manejo de residuos sólidos, donde las consecuencias ambientales pueden extenderse por décadas.

El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) ha emitido una orden urgente que pone en evidencia un problema ambiental latente en el norte de Lima. A través de la Resolución N.° 00010-2025-OEFA/DSIS, la entidad ha dispuesto que la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) elabore y presente un Plan de Cierre completo para el relleno sanitario “El Zapallal”, tras constatar condiciones críticas de contaminación, gestión inadecuada de residuos y omisiones técnicas que comprometen gravemente la salud ambiental del área y el abastecimiento de agua subterránea.

La resolución, emitida el 3 de abril de este año, reemplaza dos medidas administrativas previas con una única exigencia clara y contundente: diseñar un Plan de Cierre integral que incluya todas las celdas de disposición de residuos —tanto municipales como de centros de salud—, así como sus componentes auxiliares. Este plan deberá detallar medidas para el tratamiento de lixiviados, control de gases, cobertura final de los residuos, monitoreo ambiental posterior al cierre, y, si es viable, el uso futuro del terreno.

¿Qué es “El Zapallal” y por qué está en el centro de la discusión?

El Zapallal es un relleno sanitario ubicado en la quebrada del mismo nombre, en el distrito de Carabayllo, entre los cerros Campana y Cabrera, en el margen derecho del río Chillón. Esta infraestructura fue creada en 1990 y funcionó durante más de tres décadas, recibiendo miles de toneladas de residuos sólidos cada día.

En sus inicios, estuvo a cargo de la Municipalidad de Lima y luego pasó por distintos concesionarios privados, como Relima y posteriormente Innova Ambiental S.A. En mayo de 2024, el sitio volvió a manos de la MML, según consta en documentos oficiales.

A pesar de que su operación fue oficialmente paralizada en febrero de 2023, OEFA detectó que siguen ocurriendo procesos que generan impactos ambientales —como la producción y recirculación de lixiviados— sin un plan de cierre ejecutado. Esta condición lo convierte en una fuente de riesgo ambiental permanente.

Parte de la resolución del OEFA sobre la problemática

¿Qué encontró OEFA en sus visitas de supervisión?

Las inspecciones técnicas revelaron un panorama preocupante. El relleno está dividido en tres celdas:

  1. Celda de la quebrada N.º 1: destinada a residuos municipales. Su permiso de funcionamiento venció en 2021, pero continuó operando hasta 2023. Superó ampliamente su capacidad autorizada.
  2. Celda para residuos hospitalarios: diseñada para manejar residuos peligrosos de centros de atención médica. También operó por encima del límite aprobado.
  3. Celda de la quebrada N.º 2: fue implementada sin contar con instrumento ambiental aprobado (IGA), lo que implica que operó al margen de la ley.

Las tres celdas comparten vías de acceso, zonas administrativas y sistemas de drenaje, pero no tienen una estrategia de gestión ambiental unificada. Esto impide una evaluación adecuada de sus impactos acumulativos.

Uno de los principales hallazgos fue la ausencia de impermeabilización en las bases de las celdas, lo que permite la infiltración de lixiviados —líquido tóxico generado por los residuos— hacia el subsuelo. Además, se verificó que el terreno donde se ubican las celdas no cumple con las características de una “barrera geológica natural”, es decir, no impide que estos contaminantes lleguen a fuentes de agua subterránea como el acuífero del río Chillón.

Lixiviados sin control y biogás en fuga

Durante la supervisión más reciente (enero de 2025), OEFA documentó la existencia de al menos 10 pozas de recirculación de lixiviados, ocho de ellas operativas. Estos líquidos estaban siendo movilizados mediante camiones cisterna hasta zonas elevadas para ser vertidos nuevamente sobre los residuos, en un ciclo que solo prolonga el problema en lugar de resolverlo.

Además, se evidenciaron grietas, canales erosionados y afloramientos de lixiviados al pie de los taludes, lo que genera riesgo de deslizamientos, proliferación de vectores sanitarios y emisiones de gases contaminantes como el metano o el sulfuro de hidrógeno.

Tampoco se ha instalado un sistema de captación de biogás adecuado, ni existe cobertura vegetal o material de sellado sobre los residuos, lo que multiplica los impactos ambientales y reduce cualquier posibilidad de rehabilitación del terreno.

Disposición del OEFA sobre la Municipalidad de Lima

¿Por qué OEFA exige un nuevo Plan de Cierre?

Las medidas anteriores, dictadas en 2023, solicitaban planes específicos para cada celda. Sin embargo, OEFA consideró que ese enfoque fragmentado no garantiza una gestión adecuada ni evita los impactos acumulativos. Por ello, mediante esta nueva resolución, exige una visión integral bajo principios de indivisibilidad y complementariedad ambiental.

El nuevo Plan de Cierre debe contemplar:

  • Cobertura final de las celdas con materiales adecuados.
  • Instalación de sistemas para la captura y tratamiento de lixiviados.
  • Manejo seguro de biogás.
  • Programa de monitoreo ambiental de largo plazo.
  • Medidas de contingencia postcierre.
  • Proyecto de uso del área posterior al cierre (si es factible).

Además, el documento señala que el incremento sostenido en el volumen de residuos —que llegó a duplicar la capacidad prevista— redujo drásticamente la vida útil proyectada del sitio y empeoró los riesgos de impacto ambiental. OEFA también subraya que no se han realizado los estudios de impacto ambiental necesarios para las modificaciones introducidas, ni existe una hoja de ruta para la clausura progresiva.

Plazos y responsabilidades

La Municipalidad de Lima deberá presentar el Plan de Cierre en un plazo de 120 días hábiles desde la notificación de la resolución. Además, tiene solo 15 días hábiles para acreditar la contratación de una empresa especializada que se encargue de elaborarlo.

La resolución también deja abierta la posibilidad de ordenar nuevas medidas administrativas si se detectan más riesgos o incumplimientos en futuras inspecciones.

¿Por qué esto debería importarte?

El Zapallal no es solo un caso técnico. Es un espejo de cómo se manejan —o se desatienden— los residuos de una ciudad de casi 10 millones de habitantes. También es una advertencia sobre lo que puede ocurrir cuando la infraestructura pública carece de fiscalización efectiva y visión de largo plazo.

Además, pone sobre la mesa una pregunta crucial: ¿qué ocurre cuando los residuos que generamos siguen afectando nuestro ambiente incluso después de ser “desechados”? El riesgo no es hipotético. Si los lixiviados continúan infiltrándose en el suelo, podrían contaminar aguas subterráneas que abastecen a sectores del norte de Lima.

En resumen, el caso de El Zapallal es un llamado urgente a repensar la política pública sobre residuos, a exigir transparencia a nuestras autoridades y a fortalecer la fiscalización para que el medio ambiente —y la salud pública— no sigan siendo los últimos en la lista de prioridades.

 

[INFORME] La ejecución del proyecto de protección ante inundaciones en la quebrada Huaycoloro está en riesgo por la falta de acciones efectivas de la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN) para retirar cruces vehiculares informales, lo que impide el avance de las obras y pone en duda el cumplimiento de su objetivo principal: garantizar una capacidad hidráulica suficiente ante desastres naturales y el cambio climático.

El proyecto de protección ante inundaciones y movimiento de masas en la quebrada Huaycoloro, uno de los más ambiciosos impulsados por la Autoridad Nacional de Infraestructura (ANIN) bajo el modelo de contrato de Estado a Estado, ha enfrentado desde sus inicios obstáculos que van más allá de lo técnico. A pesar de tener un diseño aprobado desde mayo de 2023, su ejecución se ve trabada por una situación adversa persistente: la permanencia de cruces vehiculares informales que impiden el avance completo de la obra.

Lejos de ser un simple problema logístico, estos cruces —conocidos informalmente por los vecinos como “badenes”— revelan una compleja red de tensiones sociales, falta de coordinación interinstitucional y una gestión pública que, aunque activa en comunicaciones, no ha logrado resolver el nudo central: garantizar el acceso irrestricto del contratista a las zonas de intervención.

Infraestructura sin acceso: un proyecto entrampado

Desde septiembre de 2022, el contratista alertó a la Gerencia de Proyecto sobre la existencia de tres cruces vehiculares informales que obstruyen el cauce natural de la quebrada. Estos pasos improvisados, construidos con rellenos no controlados, si bien permiten conectar rápidamente ambas márgenes —mejorando el tránsito entre localidades como Nievería, Cajamarquilla y Huachipa—, comprometen la seguridad hidráulica del proyecto.

El informe de control concurrente N° 28461-2024-CG/MPROY-SCC confirma que estos cruces no han sido retirados hasta noviembre de 2024, a pesar de que su permanencia contradice los principios técnicos y contractuales. De hecho, el contrato NEC3 que rige la obra señala explícitamente que el contratante (ANIN) debe proporcionar acceso al sitio para el contratista. La no remoción de estos cruces, por tanto, no solo retrasa el cronograma, sino que debilita la meta más importante del proyecto: dotar a la quebrada de una capacidad hidráulica que resista fenómenos extremos como el Fenómeno El Niño.

Una solución técnica que no logra salir del papel

Durante 2023, el contratista y la entidad elaboraron alternativas técnicas y sociales para reemplazar los cruces informales con puentes formales. En un informe remitido en febrero, se propusieron puentes Bailey y estructuras de concreto armado para cada uno de los tres puntos críticos. Además, se desarrollaron estudios sociales que identificaban los potenciales conflictos y percepciones comunitarias frente al retiro de los pasos actuales.

La propuesta más concreta se dio en octubre de 2023, cuando la Gerencia de Proyecto aceptó el diseño básico de un puente para el cruce vehicular N°2. Sin embargo, este diseño no fue finalmente incorporado al proyecto en ejecución. Esta omisión ilustra una desconexión preocupante entre la identificación de soluciones y su incorporación efectiva en los planes de acción.

Un diálogo institucional que no logra traducirse en decisiones

La ARCC —ahora ANIN— trató de involucrar al gobierno local y regional desde inicios de 2023. Oficios fueron cursados a la Municipalidad Distrital de Lurigancho-Chosica y al Gobierno Regional de Lima solicitando atención urgente a la demanda vecinal de puentes seguros. Las poblaciones de Cajamarquilla y Nievería advirtieron en reuniones informativas que, sin una solución viable de accesibilidad, no permitirían la ejecución del proyecto.

En respuesta, la municipalidad organizó mesas de trabajo y expresó su disposición para desarrollar la ingeniería básica de las estructuras necesarias. Incluso el contratista reportó en octubre de 2023 que las autoridades locales comprendieron la necesidad de ejecutar la obra pese a la situación de los puentes, comprometiéndose a articular soluciones con otras instituciones.

No obstante, en lo que parece una falta de articulación vertical entre niveles de gobierno, la solicitud enviada al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) para que asuma parte de la solución fue rechazada. Provías Nacional respondió que los cruces solicitados estaban fuera de su competencia, dejando el asunto sin una vía clara de resolución.

¿Quién es responsable?

Sin apuntar culpas individuales, el análisis de esta situación evidencia una cadena de corresponsabilidades institucionales. La ANIN, como ente ejecutor, ha mostrado actividad en la generación de informes, en la interlocución con otras entidades y en la aceptación de soluciones técnicas. Sin embargo, no ha gestionado con la efectividad necesaria el retiro de los cruces, ni ha logrado consolidar las condiciones básicas para la ejecución íntegra del proyecto.

Por su parte, el gobierno local ha demostrado cierta voluntad política, pero no ha asumido plenamente el liderazgo que le corresponde en el territorio. Mientras tanto, el gobierno central, representado por el MTC, optó por desentenderse, alegando un tecnicismo administrativo que deja sin atender una demanda social legítima.

En el centro de todo, las comunidades —quienes debían beneficiarse con una quebrada segura y adaptada al cambio climático— siguen atravesando cada día los pasos informales, esperando que la ingeniería prometida se traduzca en estructuras tangibles.

Sin puentes no hay solución

El caso de la quebrada Huaycoloro es un ejemplo claro de cómo los grandes proyectos de infraestructura no solo se juegan en los planos y en los contratos, sino en el territorio, en el consenso social y en la acción articulada de todas las instancias del Estado.

Mientras no se resuelva de manera efectiva el tema de los accesos —y con ello se garantice la continuidad de las obras—, la inversión millonaria corre el riesgo de quedar a medio camino, y con ella, también la esperanza de cientos de familias que esperan vivir sin temor a las lluvias, al desborde, al lodo.

El proyecto nació con la promesa de enfrentar los desafíos del clima. Hoy enfrenta, primero, los desafíos del sistema.

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Corte Suprema, Huaycoloro

A más de un año de su paralización, el proyecto de protección ante inundaciones y movimientos de masa en la quebrada Huaycoloro —una de las zonas más vulnerables de Lima Este— sigue sin avances. La obra, a cargo del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri), debía ejecutarse en seis tramos a lo largo de cinco distritos, pero hasta la fecha solo registra un 6,5% de avance físico, según un informe reciente de la Contraloría General de la República.

La quebrada Huaycoloro ha sido históricamente una amenaza constante para la población de San Juan de Lurigancho, Lurigancho-Chosica, El Agustino, Santa Anita y Ate. Cada temporada de lluvias, el cauce se desborda y arrastra viviendas precarias construidas en sus márgenes. El proyecto, valorizado en más de 94 millones de soles, tenía como objetivo mitigar estos riesgos mediante defensas ribereñas, encauzamientos y otras obras de ingeniería. Sin embargo, su ejecución ha estado marcada por demoras, deficiencias técnicas y una escasa capacidad de respuesta institucional.

Benjamín Zevallos 

Señalización presentada por la Contraloría General

Un hito de control publicado el 4 de abril por la Contraloría advierte que los retrasos en la ejecución podrían agravar las consecuencias de los fenómenos climatológicos extremos asociados al Fenómeno El Niño. Además, señala que la Autoridad Nacional del Agua (ANA) no emitió las autorizaciones correspondientes a tiempo y que el expediente técnico presenta observaciones no levantadas, lo que afecta la viabilidad del proyecto.

A pesar de que la obra fue adjudicada en marzo de 2023 al Consorcio Huaycoloro —integrado por dos empresas con historial en obras públicas—, los trabajos no llegaron a consolidarse en ninguno de los tramos previstos. El contrato fue resuelto por mutuo acuerdo en diciembre del mismo año, sin que se hayan definido nuevas fechas para retomar la ejecución. Mientras tanto, más de 100 mil personas siguen expuestas a posibles deslizamientos y desbordes.

Los vecinos de las zonas colindantes expresan su frustración. “Cada año es lo mismo. Llega el verano y todos tenemos miedo de que el huaico se lleve nuestras casas”, dice Clara Rodríguez, vecina de Cajamarquilla, uno de los sectores más golpeados en temporadas de lluvias. “Nos prometieron defensas, pero no hay ni un saco de arena”, agrega.

La situación evidencia una falla estructural en la planificación y ejecución de proyectos de prevención de riesgos. En su informe, la Contraloría también señala que el Midagri no presentó una estrategia adecuada para garantizar la continuidad del proyecto ni tomó acciones inmediatas para reiniciar la obra tras la resolución contractual.

En un contexto donde los efectos del cambio climático intensifican los fenómenos naturales, la demora en obras de prevención no solo refleja ineficiencia administrativa, sino que pone en peligro vidas humanas. Por ahora, el cauce de la quebrada Huaycoloro sigue expuesto, y con él, miles de familias que esperan respuestas concretas antes de la próxima temporada de lluvias.

Presupuesto duplicado y ejecución financiera

El costo inicial viable del proyecto fue de S/ 320 millones. Sin embargo, este monto fue actualizado a S/ 586 millones, de los cuales ya se han girado S/ 545 millones, según datos del Banco de Inversiones (Invierte.pe) y el Portal de Transparencia del Ministerio de Economía y Finanzas al 22 de noviembre de 2024.

El incremento del presupuesto se explica por un mayor costo en la construcción de muros de concreto en la parte baja de la quebrada, así como por el aumento de gastos en el expediente técnico y la gestión del proyecto.

De manera desagregada, la valorización acumulada del contrato —sin considerar IGV ni penalidades— asciende a más de S/ 458 millones, mientras que el total abonado al contratista, sumando adelantos, supera los S/ 527 millones.

Supervisión y cambios en la administración del contrato

El proyecto cuenta con servicios de supervisión en calidad, seguridad y medio ambiente (SSOMA), a cargo de la empresa TAKESHI S.A.C., contratada inicialmente por la ARCC (Autoridad para la Reconstrucción con Cambios) y posteriormente transferida a la ANIN (Autoridad Nacional de Infraestructura) mediante adenda al contrato suscrita en diciembre de 2023.

El servicio de TAKESHI contempla acompañamiento durante 18 meses de obra y 12 meses para la subsanación de defectos. Su inicio fue el 15 de agosto de 2023.

Fechas clave y penalidades

El proyecto ha enfrentado modificaciones en las fechas contractuales. Por ejemplo, el hito de aceptación del diseño final, previsto para mayo de 2023, se alcanzó con una semana de retraso, generando una penalidad de S/ 82 mil.

La fecha clave para la culminación de obras, inicialmente prevista para octubre de 2024, fue reprogramada al 10 de enero de 2025, como resultado del Evento Compensable (EC) N.º 14, derivado de demoras en el trámite de inscripción registral de predios afectados.

Eventos compensables y controversias

Durante la ejecución del contrato, el contratista notificó 72 Eventos Compensables. De estos, 49 fueron aceptados, 18 rechazados y 5 se encuentran en evaluación. Además, se han presentado cuatro Sumisiones Formales al Dispute Adjudication Board (DAB), de las cuales tres ya han sido resueltas.

El contrato NEC3 permite la aplicación de penalidades por incumplimiento de fechas clave. Estas pueden ser deducidas directamente de órdenes de pago, del fondo de garantía o cualquier otra garantía vigente.

Al cierre del informe (noviembre de 2024), solo los paquetes 4.1A y 4.1B habían sido concluidos, mientras que el paquete 1 no contaba con confirmación para su inicio debido a problemas de expropiación y acceso, por lo que se evalúa su exclusión del contrato.

A pesar de la gravedad de los hechos, la Fiscalía no ha tomado acciones concretas para esclarecer las amenazas contra Ruth Cuno ni el asesinato de John Valverde. Este vacío institucional deja en evidencia la ineficacia del sistema judicial para responder a la creciente violencia política y la infiltración de organizaciones criminales en la gestión municipal.

Un elemento clave en este entramado es la empresa Industrias Argüelles, encargada del servicio de recolección de residuos en Santa Anita. Su contrato vence este año y varios regidores, incluida Cuno, han solicitado su rescisión debido a presuntas irregularidades. No obstante, el alcalde Olimpio Alegría se ha negado a revisar dichos contratos, lo que ha generado una fuerte fractura dentro del concejo municipal.

Asimismo, Limber Bustamante, impulsor de la vacancia de Alegría, ha denunciado amenazas similares, lo que refuerza la hipótesis de un esquema de coerción sistemática contra quienes intentan alterar el status quo en la municipalidad. En este contexto, el alcalde ha defendido su gestión, argumentando que no existe ilegalidad en la contratación de su exasesor de campaña dentro de la administración pública.

Este caso se inscribe en un escenario de creciente tensión dentro de la alcaldía de Santa Anita, donde las amenazas y atentados parecen estar directamente ligados a los intereses que giran en torno a la gestión de residuos sólidos. A un año y medio del asesinato de Valverde, las mafias locales han puesto en la mira a Cuno, quien asumiría el cargo si se concreta la vacancia de Alegría.

El hostigamiento en su contra se intensificó en las últimas semanas. Primero, un desconocido le advirtió desde un vehículo que detuviera sus acciones en favor de la vacancia. Luego, seis días después, en la medianoche, sujetos no identificados prendieron fuego en la puerta de su vivienda y dejaron un sobre con tres balas, acompañado de un mensaje amenazante: «Sigue con la vacancia y te pasará lo mismo que a John».

Cuno sostiene que las amenazas están directamente vinculadas a la disputa por el control del servicio de recolección de basura en el distrito. En paralelo, la investigación sobre el asesinato de Valverde sigue sin avances significativos, lo que refuerza la hipótesis de la existencia de una red mafiosa con conexiones en múltiples distritos de Lima.

Un patrón de violencia e impunidad

El caso de Santa Anita no es un hecho aislado. La violencia vinculada al control de recursos municipales y ambientales se replica en otras jurisdicciones. Un ejemplo es el asesinato de Santiago Guardamino, defensor de derechos territoriales en la comunidad de Quipán, quien fue ultimado horas antes de testificar ante el Ministerio Público. Guardamino denunciaba la apropiación ilegal de tierras comunales por parte de Industrias Argüelles, a través de la falsificación de documentos y el soborno a funcionarios públicos.

Aunque el Ministerio Público inició una investigación preliminar sobre presuntos delitos ambientales y corrupción en el manejo de residuos sólidos, las acciones tomadas hasta el momento no han dado resultados tangibles. La impunidad con la que operan estas redes refleja un problema estructural dentro del sistema judicial y la falta de voluntad política para erradicar la corrupción en el manejo de los servicios públicos.

Mientras tanto, Ruth Cuno continúa con su labor, a pesar del riesgo que implica desafiar intereses enquistados en la gestión municipal. «Lo que quiero es llegar hasta las últimas consecuencias, porque de por medio está mi vida. Temo por mi familia», sentencia.

El caso de Santa Anita ilustra con crudeza cómo el negocio de la basura en Lima no solo es una fuente de corrupción, sino también de violencia y muerte. Sin una respuesta efectiva de las autoridades, la impunidad seguirá siendo el mayor aliado de estas mafias.

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Arguelles, Santa Anita

Pesquera Mar, al igual que varias empresas peruanas fueron expropiadas durante el gobierno de Velasco sin ningún tipo de compensación. “El Estado nunca pagó la compensación correspondiente. A finales de los años ochenta, Pesquera Mar solicitó el abandono y caducidad de la expropiación debido a la falta de pago”, comentó Machado mientras recuerda que para el 28 de septiembre de 1992, el Noveno Juzgado Civil de Lima falló a favor de la empresa, y esta decisión fue confirmada por la Tercera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, el 20 de diciembre de 1993.

Nota de redacción: La Corte Suprema de la República declara infundada la queja interpuesta por el Procurador Público del Ministerio de Pesquería, el 24 de noviembre de 1994. Quedando expedito para que se le entreguen sus bienes y los derechos administrativos de una expropiación que nunca prosperó; pesquera Mar nunca fue expropiada.

“La primera sentencia ordenó que se devolvieran todos los derechos de Pesquera Mar incluyendo acciones y bienes, como se detalla en el expediente 390-99. Sin embargo, dicha Sentencia NUNCA fue cumplida por el Estado (PRODUCE)”, menciona Bulos. “Firmamos contratos con PESQUERA MAR S.A.C. para recibir honorarios profesionales a través de un acuerdo de cuota litis. Inicialmente, los contratos se establecieron con los señores Saavedra Montero por un 25% de las acciones y bienes de la empresa. Luego, se firmó un segundo contrato que les otorgaba el 50% de los bienes y derechos de la empresa, añadió.

Mientras conversamos con Machado hizo hincapié al trabajo de su hermano Guillermo quien, en palabras de Rolando Machado, este vaivén de juicios y problemática de Pesquera Mar terminarían consumiéndolo y acabando con su vida.

“Ahora bien, durante el proceso culminado de expropiación que declaró EL ABANDONO Y CADUCIDAD DE LA EXPROPIACIÓN DE LA EMPRESA PESQUERA MAR S.A. que encuentra en Estado de Ejecución, conforme lo ha ordenado la Corte Suprema en el Exp: 1756-2010, se envió un memorando interno por parte del procurador Fernando Vidal Malca quien aceptó que la Ejecutoria Suprema en cuestión no se habría cumplido, sin embargo, a pesar de haberlo manifestado y reconocido dicho procurador persiste sin acatar la Ejecutoria Suprema”, mencionó Bulos.

La relación de la problemática con Oscar Peña

Oscar Peña Aparicio, más conocido como “el Rey de la Pesca Negra” y quien estuvo investigado por varios años y prófugo de la justicia,  sin embargo, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema ordenó que se anule la condena de cinco años que en primera instancia recibió por estar implicado en el caso Fundo Oquendo junto al expresidente regional del Callao, Félix Moreno.

Peña Aparicio, durante el gobierno de Alejandro Toledo, utilizó su empresa HOPE TRADING S.A.C. y creó la empresa: Pesquera Mar y Mundo Sac, empresas que conjuntamente con la empresa Tasa del grupo Brescia fueron denunciados penalmente y multados con 4 UIT. “Dichas  empresas celebraron un contrato de asociación y participación para usufructuar los derechos pesqueros y la licencia de la planta de procesamiento de harina y aceite de pescado. Peña realizó prácticas ilegales, como la falsificación de firmas y documentos, para obtener resoluciones judiciales que le permitiera apropiarse de los derechos administrativos que son de propiedad de PESQUERA MAR S.A. y que aún no le han sido Restituidos”, mencionaron Machado y Bulos refiriendo a que esto representó un segundo atropello contra la empresa, ya que el primero había sido el incumplimiento de una sentencia de la Corte Suprema que declaró infundada la queja del Procurador del ex Ministerio de Pesquería, debiendo haber entregado los bienes y parte de derechos a la empresa PESQUERA MAR S.A.C. como dice la sentencia.


“Hope Trading de Oscar Peña Aparicio, sin ser propietario de ningún bien ni derecho administrativo de Pesquera Mar S.A., se hace pasar como dueño de Pesquera Mar S.A.C. en complicidad con el Ministerio de la Producción utilizando la Empresa Pesquera Mar y Mundo y Pesquera Buena Vista (también de Peña) celebrando dos contratos a perpetuidad con la Empresa T.A.S.A. debidamente representados por MARIO BRESCIA MOREYRA y OTROS”, menciona Machado mientras recuerda que se firmó dos contratos, uno por las cuotas de pesca y otro por la licencia para fábrica de harina de pescado.

“Ahí no termina la cosa, Peña también se beneficia de los derechos de Pesquera Mar S.A.C., ya que con la R.D. N° 253-2003 – PRODUCE/DNEPP y la R.D. N° 150-2004 – PRODUCE/DNEPP, emitidas por Flor de María Alvarado Barriga, directora de Extracción de aquel entonces, se le entrega ilegalmente a la empresa Hope Trading y parte de los derechos de Pesquera Mar S.A.C. para constituir una embarcación nueva de 350 m3 de CBOD, llamada “Osquitar” (hoy PDA-03) con matrícula CO-21696-PM, ¿cómo le otorgan el derecho y la licencia pesquera si Oscar Peña si no es absolutamente dueño de nada ni compró nada de Pesquera Mar S.A.C.”, se pregunta indignado el investigador.

“Debemos señalar que en los contratos antes mencionados no se desligan, PEÑA y TASA son socios para siempre, hasta el día de hoy”, advierte el investigador mientras hace hincapié  que estos contratos son NULOS y, por lo tanto, todo lo que pescan los Brescia con estos derechos es ilegal y también lo que procesa su planta de planta de harina y aceite de pescado en Malabrigo (Chicama), hasta el 5% que recibe Peña, según contrato.

El 15 de diciembre del 2004, el Ministerio de la producción SANCIONA y DENUNCIA PENALMENTE A PEÑA, a los BRESCIA y a sus empresas por falsificación de firmas y documentación fraguada al tratar de ingresar documentación para pescar ilegalmente, luego con el actuar de malos funcionarios y Javier Reátegui Roselló como Ministro de Producción quién también se benefició ilegalmente, apoderándose de 70 m3 de Capacidad de Bodega (CBOD) aumentando la capacidad de la bodega de la embarcación que administra. “Se verifica que continúan con sus fechorías, logrando ilegalmente apropiarse  de los derechos de pesca y licencia para fábrica de harina , así como las cuotas de pesca de la Empresa Pesquera Mar S.A.C. la verdadera propietaria, comprobándose la falta de buena fe”, mencionan Machado y Bulos.

“Puedes pedirle su versión a TASA, pero no te van a dar nada por qué no tienen ningún fundamento, contrato o prueba legal que presentar. Los Brescia son socios de Oscar Peña Aparicio a perpetuidad en un contrato que es nulo”, sentencia Bulos recordando que la Ejecutoria Suprema 1756-2010 y la Sentencia del TC del 2019 no estarían siendo cumplidas por el Ministerio de la Producción.

Esto no es entre dos personas particulares y dos empresas. Porque acá la responsabilidad la tiene el Estado. Aquí se cumplen delitos continuados y de organización criminal”, menciona Machado. “Lo que estamos exigiendo es que se cumpla la ejecutoria. Si hablamos de T.A.S.A, simplemente en el 2004 a la actualidad (21 años), tienen una deuda exorbitante por Lucro Cesante, tanto de la extracción de anchoveta como el procesamiento de harina y aceite de pescado por utilizar la licencia ilegalmente ; deuda con el Estado en materia administrativa por las multas establecidas tanto en el RISPAC como en el actual REFISAPA del Ministerio de la Producción, por pescar y elaborar harina sin contar con el derecho pesquero; y por último, los daños y perjuicios que ha originado esta empresa por 20 años, su deuda es mucho más de lo que vale la empresa, Tasa”, sentencia.

La participación de Exalmar:

Según menciona Machado, en el mes de julio del 2011, tiempo después que se emite la Ejecutoria Suprema 1956-2010, Víctor Matta Curotto conjuntamente con Martin Belaunde Lossio y Martin Kohatsu ofrecen comprar las cuotas de Pesquera Mar SAC, sin embargo, el origen del dinero que ofrecían no era legal.

“El Dr. Machado desestimó la venta a la empresa Exalmar sin embargo el abogado de Exalmar Martin Kohatsu celebró una compra ficticia, sin tracto sucesivo con firmas falsas y sin que el número de acciones cuadre debidamente. Así y todo presentaron  dicho documento al Ministerio de la Producción  haciéndose de las cuotas de Pesquera Mar creando una duplicidad de cuotas ya que los Brescia con su empresa Tasa también las venían utilizando sin ningún derecho”, menciona Machado. “Se desató una pugna en la que la SNP expulsa  Exalmar de dicha sociedad por haberse atrevido a comprar las cuotas de Pesquera Mar defendiendo claramente la pesca ilegal de la sociedad Tasa Peña – los actos cometidos con la participación de Exalmar fueron investigados por el fiscal José Domingo Pérez quien sospechosamente dejo caducar el caso sin investigar  a cabalidad”, añade Bulos.

“Cabe resaltar que Exalmar pagó cinco  millones de dólares a través de una venta ficticia para obtener los derechos de Pesquera Mar. Al verse descubierto vende ilegalmente la empresa Pesquera Mar a  su hijo Víctor Matta Dall’Orso a través de su empresa  Cedes Management Corp offshore de Víctor Matta Dallorso, hijo de Víctor Matta Curotto propietario de pesquera EXALMAR por 750.000 dólares para que éste liquide la empresa y deshacerse del problema”, menciona Bulos.

“Cuando intentaron desaparecer la empresa Pesquera Mar, lo hicieron todo mal. Esta  transferencia no tiene valor alguno. En  el encabezado dice que el que hace el llamado de conocimiento es el anterior gerente (10 de agosto del 2012) cuando supuestamente renuncia éste el 06 agosto 2012. No podría intervenir en esa fecha y mayor razón si la transferencia a esa empresa no ha sido autorizada por el gerente”, añade Bulos.

Al cierre de esta nota, el abogado y el investigador de temas pesqueros sentencian que se ha extendido esta problemática por bastantes años. “Ellos (TASA, Oscar Peña Aparicio, y otras empresas pesqueras), que tienen los bienes y derechos de Pesquera Mar, no pueden probar que tienen contratos válidos con Pesquera Mar, esto es una gran corrupción, más grande que Odebrecht”, menciona Machado recordando que este caso ha durado más de lo debido y que se tiene que sanear lo antes posible. Sigo siendo el acreedor, rescaté la empresa de la estatización de Velasco  cumpliendo así con mis obligaciones mientras que los Brescia de tasa y su socio Oscar Peña siguen trabajando. He cumplido con mis obligaciones, mientras que ellos siguen trabajando con documentos nulos y sin efecto legal”, culmina.

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Cuellos Blancos, Erick Bulos, Oscar Peña, Pesquera Mar

En un contexto de creciente preocupación, el Consejo Internacional de Archivos (ICA) y la Asociación Latinoamericana de Archivos (ALA) han alzado la voz sobre la crítica situación del Archivo General de la Nación del Perú (AGN). Este valioso repositorio documental, que ha sido un bastión de la memoria histórica del país durante 163 años, enfrenta la inminente amenaza de desalojo de su sede histórica, ubicada en el Palacio de Justicia.

La posible pérdida de este espacio sin los procesos archivísticos adecuados plantea un grave riesgo para la conservación de sus fondos documentales, que son esenciales no solo para Perú, sino también para el estudio de las relaciones históricas con la Península Ibérica y otros territorios del Pacífico. La urgencia de esta situación se ve reflejada en la creciente inquietud de académicos, archiveros y conservadores de Iberoamérica, quienes reconocen el AGN como un patrimonio cultural invaluable.

El ICA, fundado en 1948 bajo el auspicio de la UNESCO, ha enfatizado la importancia de la preservación y el uso del patrimonio archivístico mundial. En este sentido, instan a las autoridades peruanas a suspender el desalojo y priorizar la construcción de una sede propia y adecuada para el AGN. Esta nueva sede no solo debe ser un espacio físico, sino también un entorno diseñado específicamente para garantizar la conservación y el acceso de investigadores y usuarios a un patrimonio documental de incalculable valor.

A pesar del tiempo transcurrido desde su fundación, la necesidad de contar con un edificio construido especialmente para el AGN es más apremiante que nunca. La construcción de un inmueble adecuado asegurará la protección de sus fondos documentales y facilitará el acceso al público, permitiendo así que las futuras generaciones puedan seguir explorando y comprendiendo su rica herencia cultural.

El Consejo Internacional de Archivos ha manifestado su compromiso de seguir de cerca esta situación y exhorta a las autoridades peruanas a tomar medidas inmediatas. La conservación del patrimonio documental del AGN es una responsabilidad que trasciende fronteras, y su salvaguarda debe ser una prioridad absoluta. La historia del Perú y su legado cultural dependen de decisiones que se tomen ahora para asegurar un futuro sostenible para el Archivo General de la Nación.

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AGN, Ica, Perú
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