[INFORMES] Innova Ambiental presentó un recurso de apelación contra la Resolución Directoral N° 00469-2023-MINAM/VMGA/DGGRS del 5 de mayo de 2023, que desaprobó el Plan de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) relacionado con la «Infraestructura para Disposición Final de Residuos Peligrosos de Centros de Atención de Salud: Relleno Sanitario El Zapallal – Celdas de Seguridad». El Tribunal de Solución de Controversias Ambientales lo ha declarado INFUNDADO.

Este proceso iniciado por la cuestionada concesionaria se originó en octubre de 2021 cuando Innova presentó una solicitud de evaluación del PAMA. La DGGRS, el 16 de diciembre del 2021 declaró INADMISIBLE la solicitud. No obstante, la concesionaria presentó un recurso de reconsideración, ampliando su alcance en febrero de 2022.
Hay que tener en cuenta que en medio del proceso y, según el documento que Sudaca pudo tener acceso, se llevaron a cabo diferentes eventos y comunicaciones relacionadas al caso, incluyendo lo que pudimos publicar en nuestras ultimas notas sobre la revocación de la autorización del funcionamiento del relleno sanitario «El Zapallal» por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima.
En el caso de Innova Ambiental que tantos cuestionamientos ha tenido, se destaca la insistencia de la concesionaria por retroceder los procesos que ha venido llevando para evitar las investigaciones y decisiones que golpean fuertemente los cimientos irregulares por los cuales fue creciendo esta concesionaria. Una de ellas es la evaluación del PAMA presentado por Innova a partir del cuestionamiento que se hicieron si el procedimiento cumple con el requisito del Artículo 20 del Decreto Supremo N° 010-2020-MINAM.
El MINAM lo rechazó. En el análisis del documento se sabe que el Ministerio de Ambiente declaró inadmisible su solicitud por un incumplimiento. Innova presentó una reconsideración y proporcionó documentos adicionales. Posteriormente, la DGGRS del MINAM aprobó el PAMA, pero la Resolución Ministerial no fue firmada y quedó en propuesta.
Después de lo acontecido, se designó a una nueva Directora General de Gestión de Residuos Sólidos del MINAM. La DGGRS solicitó una opinión actualizada debido a nuevos actos administrativos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que dispusieron el cierre temporal del relleno sanitario.

Es aquí donde la Municipalidad de Lima toma relevancia en el caso por el cambio de zonificación del área del relleno sanitario en su normativa; antes de esto, la misma municipalidad clausuró temporalmente el lugar y colocaría muretes en el acceso a las instalaciones de “El Zapallal”. Esto último no agradaría a los representantes de Innova Ambiental, ya que seguidamente -a partir del cambio de zonificación- se revocó la autorización de funcionamiento de Innova Ambiental por parte de la Municipalidad de Lima.
Días grises para Innova
En respuesta a la decisión tomada por la Municipalidad de Lima con el cambio de zonificación, la DGGRS del MINAM desaprobó el PAMA de INNOVA AMBIENTAL. La empresa apeló esta decisión.
Ahora bien, respecto a lo que se mencionaba sobre la vulneración de la colaboración entre entidades, Innova alegó que no se les había notificado sobre ciertos documentos enviados por la Municipalidad de Lima, lo que “supuestamente” habría afectado su derecho a emitir alegatos. Sin embargo, en el documento que emite el Tribunal de Solución de Controversias Ambiental considera que no hubo una violación de la colaboración entre entidades.
Por otro lado, Parlamento 10 habría solicitado ser incorporados como tercero administrador interesado, pero el tribunal desestimó este pedido alegando que no han demostrado un interés legítimo en el caso y, por lo tanto, no se les incorporará como terceros administrados.
Algo que ha llamado la atención es la vigencia de la autorización de funcionamiento de INNOVA AMBIENTAL emitida por la Municipalidad de Lima. La Resolución de Alcaldía N° 284-2023-MML revocó la autorización, pero se descubrió que también se dejó sin efecto una resolución anterior que otorgaba la autorización. Esto significa que la autorización ya no está vigente.
El Tribunal ya dispuso
La resolución del Tribunal de Solución de Controversias Ambientales confirma la decisión de la DGGRS del MINAM de RECHAZAR el PAMA debido a la revocación de la Autorización de Funcionamiento de la infraestructura por parte de la MML. Además, se declara que no es necesario incorporar al Comité de Gestión «Parlamento 10» como tercero interesado en el procedimiento.
La resolución también ordena remitir los documentos a la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos para su consideración. Además, se ha exhortado que esta dirección resuelva los procedimientos administrativos de evaluación de residuos sólidos dentro de los plazos establecidos en el TUPA del MINAM para evitar demoras.

La resolución también informa a Innova Ambiental S.A. que tenía la posibilidad de interponer un recurso de reconsideración o apelación contra la decisión dentro de un plazo de quince (15) días hábiles a partir de la notificación de la resolución.










No cabe duda que la sola presencia de Innova Ambiental es más que irregular por el buen trabajo que debe de realizarse para la comuna limeña. No solamente por este tipo de resoluciones. El 04 de agosto, la DIRIS LIMA NORTE emite el Informe Nº 225-2023-DIRIS-LN/DESAIA/OVS/4.3 en el que se refiere al “Riesgo Sanitario por emisiones de gases provenientes del relleno sanitario: El Zapallal”.
En el último informe que publico Sudaca, se habló justamente de las chimeneas que había en el relleno. El informe Nº6201-2016/DSA/DIGESA sobre la evaluación de la actualización y mejora del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental del relleno sanitario «El Zapallal» advierte en sus medidas de mitigación en lo que respecta a la alteración de la calidad del aire: «Quema del gas metano en la salida de los sistemas de drenaje de gases, de tal manera de que el gas metano y otros gases combustibles se queman, convirtiéndose en CO2. En este caso es FUNDAMENTAL ASEGURAR QUE LOS QUEMADORES ESTÉN SIEMPRE ENCENDIDOS, YA QUE EL FUERTE VIENTO DE LA ZONA PUEDE APAGAR LA LLAMA, menciona el documento.







“Este es un caso grave que amerita abrir procesos contra los que resulten responsables, pues la edificación nos costaría a los vecinos cerca de 35 millones y no podría ser utilizada como centro de salud”, refiere Mario Altuna.


Hay que señalar que si bien el SERPAR argumenta falta de fondos, destinó cerca de S/ 145,000 para una «playa artificial» en el Club Zonal Wiracocha de San Juan de Lurigancho y mantiene una planilla abultada de trabajadores . “Con esa plata nos hubieran podido pagar pero, esta es nuestra triste realidad”, añadió el ex trabajador.