Adelanto sueldo

Según la encuesta de Ipsos “Bancarizados en cuarentena”, el 57% de personas considera contratar algún producto financiero como préstamos o tarjetas de crédito. En caso tú también estés considerando estos productos, existe una opción similar bajo la figura del adelanto de sueldo, que puede ser solicitado a la empresa o a una entidad bancaria.

Si bien hacer esta solicitud a la empresa es viable, no es considerado un beneficio pues de igual manera se le descuenta dinero al trabajador. Para otorgar el adelanto o préstamo se consideran dos puntos básicos: si la empresa tiene liquidez y si el empleador lo autoriza.

Adelanto o préstamo a la empresa

Se trata de dos figuras distintas pero igualmente viables. Un adelanto se solicita cuando el trabajador desea tener parte de su sueldo o beneficios cuando aún no se ha cumplido la fecha de pago. En ese caso, no se aplica interés al trabajador porque llegada la fecha de pago se le descontará el íntegro del monto adelantado.

El préstamo, en cambio, sucede cuando el empleador brinda dinero y programa el pago en un número de cuotas, las cuales podrían afectar algunos de los beneficios sociales que tienen los trabajadores por ley.

¿Cómo solicitar un adelanto?

Mediante entidad bancaria: Este se hará efectivo siempre que el sueldo del trabajador esté sujeto a una cuenta corriente, o como muchos bancos llaman ahora “Cuenta Sueldo”. La persona puede solicitar el adelanto de sueldo al banco y este le entrega el monto de forma inmediata, a través del cajero o en una agencia. Dependiendo de las condiciones de cada banco es que se fija un monto máximo de adelanto de sueldo que posteriormente será cobrado de manera automática. Este cobro se hace efectivo al recibir tu remuneración en la cuenta bancaria.

Pedirlo a la empresa: En este caso, el trabajador debe emitir una solicitud por escrito o de forma electrónica, en la que indique el motivo, el monto y forma de pago que requiere. Esta solicitud pasará las aprobaciones correspondientes, una vez aprobada se realizará el desembolso de dinero.

¿Qué requisitos se requieren para el adelanto de sueldo o préstamo?

Los requisitos los establece la misma empresa, pero por lo general se pide que el trabajador tenga al menos un año laborando en la empresa y que no haya pedido tantos adelantos o préstamos en el mismo año.

Lo que se busca es que si el trabajador dejara de laborar pueda cubrir con sus beneficios truncos (liquidación, gratificación o vacaciones) la deuda que mantiene con la empresa.

¿Qué pasa si dejo de pertenecer a la emprensa que me prestó el dinero?

Se le descuenta de su liquidación, ya sea de sus vacaciones truncas o pendientes y gratificaciones.

De lo único que no se puede descontar es de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), pues es un beneficio que debe darse al trabajador sí o sí por la misma naturaleza del beneficio, que es una CTS, que debe cubrir los días o meses que el trabajador pueda demorar en conseguir un trabajo.

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