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Acceso nebuloso

Sacar a la luz los documentos que sustentaron el toque de queda del último 5 de abril no fue sencillo. La transparencia, una característica de la que adolece el gobierno, se ha vuelto engorrosa. El periodista de Sudaca que firma este reportaje solicitó sin éxito los informes de la Policía y la DINI mediante un pedido de transparencia al Mininter. Su pedido fue denegado porque se consideró “información reservada”.

Quien sí lo consiguió fue la abogada Dania Coz, consultora en transparencia y derechos fundamentales en el Estudio Iriarte & Asociados. Su interés en conocer las motivaciones de la inmovilización social obligatoria le hizo esperar tres meses para obtener los informes. 

Coz solicitó los documentos al Mininter, la Policía y la PCM. Las tres entidades se negaron, también bajo la excusa de la reserva, pero la letrada decidió apelar al Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (TTAIP) a finales de abril. Este órgano, que depende del Ministerio de Justicia (MINJUS), cuenta con dos salas conformadas por tres vocales cada una, y desde finales del 2018 resuelve controversias relacionadas al acceso a la información pública. 

Cualquier ciudadano puede acudir al TTAIP. Lo único que debe hacer es registrar su solicitud a través de la Mesa de Partes del MINJUS. “Tu presentas la apelación, el tribunal la recibe, notifica a la entidad y les piden que eleven el expediente junto a sus descargos. Con ese material ya pueden emitir una decisión”, explica la abogada Dania Coz. Un fallo puede tardar entre 2 y 3 meses. 

Durante su fallida interpelación, el premier Aníbal Torres aseguró que fue por «información de inteligencia» que tomaron la decisión de inmovilizar Lima y Callao por un día entero. Foto: Congreso.

Coz apeló al TTAIP porque dudaba del argumento de reserva de la Policía. “Tienen la manía de catalogar toda información como reservada, pero según la Ley de Transparencia, [se niega] la divulgación de la información si entorpece la lucha contra el crimen. También existe jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC) que dice que los ciudadanos tienen derecho a saber los motivos detrás de un Estado de Emergencia”, explica la especialista en Derechos Humanos. 

Ya con la información en mano, a la letrada le quedó la misma impresión que el resto de entrevistados por Sudaca. “No hay fundamento fáctico que respete criterios jurídicos establecidos por el TC. Es claro que fue una medida de carácter político. El principio de necesidad exige que evalúes el abanico de medidas para limitar derechos y optes por la menos gravosa, no la más extrema de arranque. Podían reforzar puntos estratégicos, por ejemplo”, asegura Coz.

Así se cocinó el toque de queda del último 5 de abril. Una fecha de connotación nefasta para la historia del Perú, y que gracias al gobierno del lápiz, este año también atormentó a la capital entera. 

 

**Fotoportada por Darlen Leonardo

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