El abogado César Nakazaki argumenta que, para que exista pertenencia a una organización criminal terrorista, esta debe estar activa en la actualidad y tener como objetivo usar la violencia para generar terror en la población o para tomar el poder político, como lo hizo Sendero Luminoso con sus atentados. “Movadef no ha realizado actos violentos ni ha planificado atentados; de hecho, intentaron inscribirse como partido político y fueron rechazados”, subraya.
Por otro lado, el periodista César Hildebrandt sostiene que Movadef ha sido un intento de crear una organización política electoral que ha renunciado a la lucha armada, en la que muchos de sus fundadores participaron en décadas pasadas. Apunta que Movadef «no tiene armas, no tiene vocación de actuar, no tiene un programa terrorista», por lo que no existe ninguna razón que justifique su encarcelamiento. Por el contrario, señala lo errado de cerrar el paso “a la conversión de una organización terrorista en un movimiento político avanzado”, brindándoles la condición de “terrorista perpetuo” a pesar de la ruta que elijan como organización.
Años atrás, cuando se realizaron las primeras detenciones por Perseo, el periodista Gustavo Gorriti, tras revisar los fundamentos policiales, concluyó: “¿Existe alguna prueba, luego de todas las investigaciones, de que estos jóvenes desorientados estén siendo organizados hacia la violencia, de que se los esté preparando para la insurrección? Ninguna. No la hay en ninguno de los documentos que justifican esa operación”.
Desde distintos sectores políticos, tres personajes, cada uno reconocido en su medio, coinciden en un punto: condenar a los integrantes de Movadef en el juicio del caso Perseo sería un grave error del sistema judicial peruano, ya que no existen pruebas, razones ni sentido para hacerlo.
Nosotros iniciamos este texto apoyándonos en sus dichos debido a que en los últimos tiempos se ha naturalizado invalidar a las personas que se animan a presentar argumentos que, de alguna manera, no favorezcan la quema en la hoguera de cada ex senderista que ha dejado las armas. La intención no es invalidarlos a ellos —aunque tal vez no sería posible hacerlo, sino destacar expresiones que han sido invisibilizadas, de personas que cuentan con cierto capital social para expresar sus ideas sin miedo a ser alcanzados por el “virus terrorista”.
Si se ha logrado el cometido y estas líneas aun poseen validez para quien las esté leyendo, intentaremos desarrollar un tema sobre el que se ha impuesto una condena al silencio, a pesar de ser de gran relevancia.
El caso Perseo
El caso Perseo, que intenta condenar a los miembros del Movimiento por Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef), es crucial para el Estado de derecho y la calidad de la democracia en el Perú. En contraposición a la narrativa dominante, considero que una sentencia absolutoria sería un avance en el fortalecimiento de la democracia.
Es erróneo pensar que el juicio solo afecta a los procesados de Movadef. Más allá de que un Estado democrático no puede condenar sin pruebas, este caso tiene implicaciones más profundas. Validar los argumentos de la Policía y la Fiscalía implicaría aceptar que aún es posible el resurgimiento de la subversión y que existen grupos que la promueven, una lógica que sirve para criminalizar movimientos sociales que cuestionan el sistema vigente. Este mecanismo ha sido utilizado en diversos conflictos sociales, tanto por quienes defienden el medio ambiente como por aquellos que demandan una nueva constitución, acusándolos de estar vinculados a antiguos grupos subversivos. La estrategia en mención, conocida como «terruqueo», se basa en acusaciones sin pruebas. Una absolución en el caso Perseo desactivaría esa amenaza constante y permitiría abordar los conflictos sociales de manera distinta, debilitando la base del terruqueo.
Para dimensionar el riesgo que enfrenta la democracia, basta con revisar las declaraciones del exjefe de la Dircote, Max Anhuamán, quien sostiene que organizaciones populares como la CNUL y Conulp son “organismos de fachada”, en alusión a las estructuras de «organismos generados» de Sendero Luminoso. De igual manera, hace pocos días el presidente del Consejo de Ministros Gustavo Adrianzén sostuvo que Movadef estaría detrás del paro de transportistas. Se trata de la típica estrategia del terruqueo que busca invalidar cualquier demanda del grupo que es blanco de esta. Aquella estrategia hasta ahora no ha podido trascender, salvo casos muy específicos, a una abierta criminalización. Esto es así porque si bien en el imaginario colectivo se ha llegado a instaurar la idea de que hablar de “Movadef” es hablar de “Sendero Luminoso” y en consecuencia, de “actos de terrorismo” que deben ser detenidos por el Estado, aquella equivalencia aún no ha sido aceptada legalmente. Una sentencia que afirme que Movadef es una organización terrorista per sé significaría la criminalización de colectivos que suelen ser relacionados, o que efectivamente lo están, con esta agrupación, a pesar de no haber cometido ningún delito.
El terrorismo y la condición perpetua
El Movimiento por Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef), a pesar de su conexión ideológica con Sendero Luminoso, a partir del Pensamiento Gonzalo, no ha incitado a la violencia ni a la insurgencia armada. Su objetivo principal es la participación política y la solicitud de amnistía para quienes han sido condenados por terrorismo. Aunque su discurso pueda ser polémico, y genere rechazo en una parte de la sociedad, no constituye un delito. Acusar a Movadef de ser una «fachada» del terrorismo sin pruebas de acciones delictivas específicas no justifica su criminalización.
En el caso de Perseo, no hay evidencia de que los miembros de Movadef hayan cometido actos terroristas; los cargos se basan en afinidades ideológicas y no en acciones violentas. No obstante, un punto controvertido es la mención del «Pensamiento Gonzalo» en sus documentos, que algunos consideran como un argumento fundamental para condenar a los procesados. Sin embargo, César Nakazaki aclara que “hablar del «pensamiento Gonzalo» no es un problema en sí mismo, a menos que se utilice para incitar a la violencia”.
Gustavo Gorriti, coincide en este punto: “El llamado “pensamiento Gonzalo” posterior a las negociaciones con Montesinos y sus asesores, no tiene nada que ver con lo que antes pasaba como tal. Abimael Guzmán consiguió parar intelectualmente de cabeza a su organización, persuadirla de la necesidad de creer en y defender posiciones que antes hubieran resultado anatema. El otrora ardiente enemigo del revisionismo terminó revisando todo”.
Otro aspecto controvertido es el de la pertenencia a una organización terrorista. La acusación establece una equivalencia simplista entre Movadef y Sendero Luminoso, asumiendo que todos los miembros de la primera son automáticamente terroristas. Sin embargo, esta afirmación ignora la complejidad del caso y la necesidad de pruebas concretas para vincular a un individuo con actos terroristas. Además, la definición de «pertenencia a una organización terrorista» es un tema jurídico complejo que requiere un análisis cuidadoso.
¿Qué significa pertenecer a una organización terrorista? César Nakazaki sostiene lo siguiente: » Lo que convierte al terrorismo en un crimen es la decisión de cometer delitos para generar terror, y para hablar de pertenencia a una organización terrorista, debe haber una organización actualmente cometiendo esos delitos”, lo cual obviamente no existe en la actualidad ni en perspectiva.
Acusar de terrorismo sin pruebas concretas viola el principio de presunción de inocencia, un pilar fundamental en cualquier sistema de justicia. Criminalizar ideas disidentes no solo instrumentaliza el sistema penal, sino que también contradice los principios de reintegración y justicia restaurativa. De acuerdo con el jurista italiano Luigi Ferrajoli, «el derecho penal no puede ser un derecho de enemigos, sino un derecho de ciudadanos».
Uno de los aspectos más graves en el caso Perseo es la idea del «terrorismo perpetuo», que sostiene que las personas que alguna vez formaron parte o simpatizaron con una organización subversiva lo serán de por vida. Este enfoque es jurídicamente insostenible y contradice los principios de reintegración del derecho penal.
El sistema jurídico peruano y el derecho internacional establecen que una persona que ha cumplido su condena o ha dejado de participar en actividades delictivas debe tener la oportunidad de reintegrarse a la sociedad. Catalogar a estas personas como «terroristas perpetuos» contradice los principios de justicia restaurativa y fomenta la radicalización al crear una dinámica de exclusión permanente.
En su obra “En busca de las penas perdidas”, el jurista argentino Zaffaroni critica las penas que deshumanizan y excluyen a los individuos de la sociedad, argumentando que el objetivo del sistema penal debe ser la reintegración social y no la exclusión.
Condenar a los miembros de Movadef sin pruebas de actos violentos debilita la democracia peruana al mostrar intolerancia hacia ideas radicales, incluso dentro de la legalidad, erosionando el respeto por la diversidad ideológica. Castigar opiniones disidentes sin evidencia genera un clima de miedo y autocensura, lo que socava el pluralismo y la vitalidad democrática, como señala Ronald Dworkin al afirmar que la libertad de expresión protege, sobre todo, a las ideas minoritarias.
El caso Perseo es una prueba importante para la democracia peruana. Sentar un precedente de condena en este caso sería un retroceso. El verdadero triunfo sobre la subversión es la consolidación de una democracia fuerte que respete los derechos de todos, incluso de aquellos con los que no estamos de acuerdo.
Absolver en el caso Perseo simbolizaría la victoria definitiva del Estado sobre quienes fueron sus enemigos en décadas pasadas, porque estos, como tales, ya no existen.