Esta denuncia por traición a la patria estuvo mal efectuada entonces

Estuvo mal desde el principio. Era una manera un poco absurda de sacar al presidente, pero se caía por el tema de la tipicidad, que es un elemento esencial del derecho penal. Era más o menos obvio que esto iba a pasar. En razón de ello, se le ha regalado al presidente Castillo un triunfo innecesario.

Retomando el tema de la cuestión de confianza, aparte de que el congreso decida unirse, ¿qué se puede hacer?

No lo sé. Solo queda rezar. El primero que golpee va a ganar, bien la disolución o bien la vacancia. De eso deben darse cuenta los congresistas, porque sino ellos mismos van a contribuir a su propio cierre. Como ocurrió en el año 2019, hace 3 años ocurrió lo mismo y no hemos aprendido. Luego cuando estén en sus casas se van a lamentar.

Estamos entonces en una suerte de bucle temporal. Es extraño pensar que los congresistas son irracionales y buscan su propio cierre. En todo caso, ¿cuál sería el interés de parte de ellos en que esta situación se siga gestando?

Por un lado el congreso quiere de una manera sacar el país adelante y sacarse de encima a Castillo. Pero Castillo no tiene una línea política ni una estrategia política. Su única estrategia es sobrevivir y defenderse. Todos los que tiene al lado, el ministro Chero, Betsy Torres, Portalatino, Torres y Landa, en el fondo lo que hacen es un círculo cerrado de defensa del presidente. Ese es el único objetivo del Ejecutivo ahora: defender a Castillo. Porque si se disuelve el congreso, la denuncia de la fiscal de la nación terminará en el archivo. Mientras no haya congreso no va a prosperar ninguna denuncia en contra del presidente. Esta es la estrategia torpe y elemental que tiene la gente de Castillo.

En caso que se establezca la Asamblea Constituyente no podría proceder ningún tipo de acusación o proceso penal contra Castillo

La asamblea quiere dar sus propias reglas, la gente del ejecutivo va a dominar la asamblea. Van a ser los reyes de la película y todo lo demás va a quedar de costado, las denuncias en el archivo y los congresistas en sus casas, mirando lo que tuvieron y perdieron.

Ya hemos tenido estas amenazas de que se va a instituir la Asamblea en meses anteriores, pero ¿usted cree que este es el momento más crítico en el que realmente sí se puede dar?

Ahora estamos más cerca que nunca. Nunca antes el ejecutivo había planteado una cuestión de confianza. Nunca antes había señalado irregularmente que había rechazado la cuestión de confianza, y la constitución dice que con dos rechazos se disuelve el congreso. Basta que el ejecutivo diga por segunda vez que le han vuelto rechazar la confianza, aunque no se la hayan rechazado, para que se sienta con la libertad de cerrar el congreso, como hizo Vizcarra.

¿No hay algo que se pueda hacer frente a la interpretación que han dado los ministros de la cuestión de confianza? ¿Acaso simplemente pueden interpretar como les dé la gana y acercarse así a sus objetivos políticos? ¿Hay algún tipo de apelación que se pueda efectuar?

La interpretación que se da como rechazo no es constitucional. Se podría apelar ante el Tribunal Constitucional, pero sería ya muy tarde. Sería un proceso ex post facto (después que suceden los hechos). De momento la solución está en el propio congreso. Si vaca al presidente, ya no será disuelto, sino lo van a disolver.

Pensemos en el escenario en que el Congreso opta por perseguir la vacancia presidencial, ¿cuál espera que sea la reacción de Castillo y cómo se desenvuelven los hechos desde ese punto?

Castillo tiene que hacerle caso a lo que diga el congreso. La legitimidad va a estar del lado del congreso, y las fuerzas armadas tendrán que responder a las autoridades. En este caso el congreso tiene que entronizar a Dina Boluarte. Ella va a ser la presidenta y va a tener el comando de las fuerzas armadas. Castillo tendrá que irse a su casa y al día siguiente la fiscalía va a tocarle la puerta.

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Informe de OEFA remitido a la Supervisión Ambiental
en Infraestructura y Servicios

En palabras de una fuente en el SONARE (Sociedad Nacional de Residuos Sólidos): “en Lima tenemos botaderos, las autoridades juegan con la vida útil de los rellenos y se hacen los locos”. Estos aseguran que la vida útil de los rellenos ha terminado en ambos casos y en consecuencia la situación exige la intervención del MINAM y OEFA. “Han ido a inspeccionar, pero no han hecho nada”, señalan.

Ahora bien, acerca del asunto de la vida útil del relleno de El Zapallal, la consideración más importante que ha de tomarse en cuenta son las extrañas contrariedades en su proceso de determinación, pero sobre todo la completa falta de respeto por cumplir los plazos fijados. Para empezar, hay que observar qué es lo que sí está en regla con respecto al relleno. Un informe de enero de 2021 del OEFA señala que este cuenta con un estudio de impacto ambiental aprobado en 2008 y modificado por última vez en 2012.

Innova Ambiental

En 2018 OEFA supervisa El Zapallal y señala lo siguiente: el administrativo ha cumplido con los compromisos establecidos en el IGA (EIA 2008). Pero al año siguiente van a supervisar nuevamente y hubo un resultado diferente. En esta oportunidad el informe encarga el inicio de un proceso administrativo sancionador. ¿Sobre qué bases? Esto es algo que no está claro, ya que el informe donde se consignaron los hallazgos (Informe de Supervisión N 290-2019-OEFA/DSIS-CRES) no está disponible en el portal de datos abiertos del OEFA. Algo que sin duda resulta extraño, ya que en su base de datos se encuentran cerca de 2 mil informes de supervisión comprendidos en el periodo 2019-2022, pero hay una singular omisión en el informe 290-2019-OEFA/DSIS-CRES.

Innova Ambiental

En cualquier caso, una anotación en otro documento de la misma entidad hace referencia al archivo faltante diciendo que, según la oficina de asesoría jurídica del OEFA, el informe citado es de carácter confidencial. Este hecho no solo es desconcertante, sino que en el contexto de supervisión y sanción es tan solo natural que levante sospechas. Más aún cuando en 2020, un año después, por medio de Reporte Público de Supervisión N 32-2020 nuevamente se solicita el inicio de un proceso administrativo sancionador. Sin embargo, a la fecha no se ha visto evidencia alguna de una sanción a Innova, a pesar de que tienen dos procesos sancionadores.

Innova Ambiental

SONARE dice que la vida útil del relleno hace mucho que ha terminado, y en 2021 Innova emite la resolución directoral n 2261-2016 y el informe 6201-2016, ambos corresponden a la actualización del PAMA del relleno de El Zapallal, mediante el cual se amplía la vida útil en 4 años y 5 meses. Esto quiere decir que el llamado relleno tuvo que dejar de ser utilizado en octubre del año pasado, pero en otra contradicción la empresa sostuvo que la vida útil del relleno no puede ser calculada, pues depende de volúmenes variables. Con esto lo que tenemos es otra forma más de ampliación indefinida, algo a lo que esta empresa ya está acostumbrada en perjuicio de la ciudadanía.

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En la misma línea, en lo que respecta a la construcción de la planta de transferencia la empresa señala lo siguiente: mediante la Adenda del 25.06.1996 que modifica ese punto del contrato (segundo párrafo literal g de las bases de licitación pública internacional), la MML pone a disposición la planta de transferencia Huayna Cápac, cuya construcción había concluido. A cambio, el concesionario dejaba de cobrar S/ 66,000 mensuales por concepto de Inversión en la Instalación de la Planta de Transferencia y una reducción de 21.25% en la incidencia de dicho concepto en costos financieros, imprevistos y utilidad.

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Por otro lado, acerca de los problemas que presenta El Zapallal, las denuncias de incumplimiento de protocolos, y el impacto ambiental que supone la operación de dicho residuo sanitario, ellos responden que las buenas prácticas de Innova Ambiental en la gestión de El Zapallal se evidencian en los resultados de sus monitoreos ambientales. El último de ellos, que data de mayo de 2022, incluye estándares de calidad de aire y ruido establecidos por el MINAM y PCM correspondientemente. 

Los hallazgos concuerdan con las afirmaciones, pues los niveles se encuentran por debajo de los estándares establecidos por las autoridades. Asimismo, sostienen que la empresa es fiscalizada de forma constante por el OEFA y MML. 

Sobre la denuncia a la Fiscalía Especializada en Medio Ambiente de Lima Norte que el Comité Parlamento 10 presentó en 2021 y los reproches de que en 25 años Innova no haya creado una centralización de biogases que evite el mal olor y contaminación de la zona responden: 

“Acogiéndose al DS 010-2020-MIMNAM, el 26 de julio de 2022 Innova Ambiental remitió al MINAM un PAMA para gestionar futuras ampliaciones (seis años) de El Zapallal y mejorar procesos. Entre esas mejoras figura un sistema de centralización de biogases”. A esta declaración hay que sumar la contestación acerca de los metales pesados que un estudio de 2017 de impacto ambiental halló en la zona de Lomas de Carabayllo. 

Según este reporte, la contaminación proviene de la entrada a una mina no metálica y la zona industrial, no al relleno ni sus operaciones. De igual manera, cuando se les interrogó acerca de la vida útil del relleno sanitario, respondieron que esta no se mide en años, sino que se calcula en volúmenes. Además, ante la pregunta sobre la posibilidad de reubicar el relleno no ofrecieron respuesta. 

Por último, Innova informa a la opinión pública que cuenta a día de hoy con una certificación ISO (International Standardization Organization) Anticorrupción, la cual fue emitida en noviembre de 2019 y se encuentra en proceso de revalidación. 

La respuesta de SONARE 

Ante el descargo de Innova, fuentes en la Sociedad Nacional de Residuos Sólidos (SONARE) responden que la empresa está justificando su actividad irregular en un marco legal que no se encuentra vigente. En este sentido, el DS-010-2020-MINAM culminó en octubre de 2020, hecho por el cual ahora estarían operando sin permisos. Asimismo, de acuerdo al DL 1278, la licencia de funcionamiento del relleno sanitario debe ser otorgada por la municipalidad distrital; y ellos no cuentan con licencia, ni en Zapallal ni en Portillo. 

A pesar de todo ello, si bien ambas partes han presentado documentación que sustenta de una manera u otra sus afirmaciones, no deja de ser alarmante la pasividad de las autoridades por subsanar la concesión en materia estricta del contrato. Con todo, no deja de ser curioso que en el mismo portal institucional de INVERMET (organismo descentralizado supervisor de la municipalidad de Lima) se señala que el plazo de concesión es de 120 días, término que se sigue sucediendo en un bucle infinito desde 2015. 

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Una de las obligaciones contractuales expresada en la cláusula trigésima del Contrato de Concesión indica que “al término de la concesión el CONCESIONARIO entregará a la MUNICIPALIDAD, sin derecho a pago alguno, los bienes que devengan en partes integrantes o accesorios de la concesión”. Esto incluye la planta de transferencia de residuos sólidos y los terrenos en donde está edificada. Este es un procedimiento conocido en el que la concesión de los bienes pasa a dominio del Estado, y cuenta con un fuerte marco legal señalado en D. Leg. 757 “Ley Marco del Crecimiento de la Inversión Privada” y el Art. 21 del D. Leg. 758 “Normas para la Promoción de la Inversión Privada”, normativa que al día de hoy sigue vigente. 

Menos de 5 años después de obtener la concesión, la entonces Asociación Vega Upaca-Relima vende los terrenos mencionados a diferentes entidades financieras en calidad de daciones. Así, en enero de 1998 el sub lote 4 es entregado a la constructora Upaca, parte del consorcio empresarial Vega Upaca-Relima, como una dación de pago a la Caja de Pensiones Militar Policial por un valor de 797 mil dólares. Esto se hizo infringiendo claramente la obligación taxativa del concesionario en la que “los bienes que devenguen en partes integrantes o accesorias de la concesión, no podrán ser transferidas separadamente de esta, hipotecados, prendados o sometidos a gravámenes de ningún tipo” (Art. 21 del D. Leg 758). 

Posteriormente, en 2003 la empresa entregó los sublotes 2 y 3 en calidad de dación de pago a Citibank por 752 mil dólares. Esto ocurrió en diciembre de dicho año, después de que el sublote 1 fue hipotecado a favor del BCP por 440 mil dólares, violando los términos del contrato y el marco legal correspondiente. Cabe mencionar al respecto que las acciones de la empresa se llevaron a cabo con el conocimiento tanto de la comuna de Lima como de la Empresa de Supervisión Municipal de los Servicios de Limpieza “SUMSEL”. 

Innova Ambiental percibió como beneficio un aproximado de 2 millones de dólares respecto de los terrenos que tenía que ceder según contrato a la municipalidad de Lima. En lugar de aplicarse las sanciones y procedimientos correspondientes, la comuna construyó por sí misma la planta de transferencia de residuos sólidos, y con esto eximió a Innova de su obligación contractual y asumió todos los gastos. 

En la actualidad, la planta de transferencia de residuos sólidos está ubicada en la parte lateral del parque zonal ‘Huayna Cápac’, en la avenida Mateo Pumacahua distrito de San Juan de Miraflores. Aquí los camiones recolectores descargan los residuos hacia unidades de mayor capacidad y luego son conducidos al relleno sanitario de Portillo Grande. 

 

operacion de la planta
Modalidades del servicio de limpieza estipuladas en el contrato de renovación de 2005, página 2

 

En un informe de la Gerencia de Servicios a la ciudad y Gestión Ambiental se estimó que en 2018 esta planta manejaba aproximadamente 207 mil toneladas de desechos. Entre las preocupaciones sobre las operaciones en sí, es un hecho no menor que pese al paso de los años y el notable deterioro, el programa de adecuación ambiental de la planta es del año 2003. Además, no se ha encontrado a un organismo fiscalizador externo que determine la vida útil de la planta, e Innova reporta que pese a los agrietamientos debido a que el concreto no presenta reforzamiento de acero, “la vida útil es indefinida y depende del mantenimiento de las estructuras civiles”. 

Asimismo, una resolución directoral de noviembre de 2008 resuelve denegar la aprobación del estudio de impacto ambiental de la planta, ya que no solo no cumple los requisitos estipulados, sino que no entrega los resultados del análisis del agua, aire y suelo. Así pues, las operaciones de esta planta no solo deben su génesis a un procedimiento irregular que viola un contrato municipal oficial, sino que están precarizadas en cuanto a las condiciones de fiscalización, control y seguridad. 

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