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Radiografía de la corrupción de la basura en Lima: Innova Ambiental y la planta de transferencia que nunca se construyó

La empresa Innova se zurra en las normas correspondientes al manejo de la planta de transferencia de residuos sólidos, en total incumplimiento del contrato con la Municipalidad de Lima. Y ésta se hace de la vista gorda.

Por más de 27 años una empresa se ha encargado de las operaciones correspondientes a los rellenos sanitarios, el transporte de basura en Cercado y las plantas de transferencia de residuos sólidos en Lima. No solo ha estado vinculada en el pasado con en el infame caso Comunicore, sino que está actualmente involucrada en un entramado de irregularidades contractuales, incumplimiento de protocolos ambientales y afectación de la salud de las personas que viven cerca a los centros de residuos.

Sudaca ha reportado las anomalías e incumplimientos de Innova Ambiental con la MML, además de los múltiples problemas que presentan en los 2 rellenos sanitarios que tienen. El caso de Innova destaca principalmente por la pasividad de las autoridades, además del atropello y burla hacia los mecanismos de fiscalización apropiados. 

Sudaca ha accedido a nueva información acerca de una grave irregularidad con respecto a las responsabilidades de la empresa y un beneficio fuera de los márgenes que ha percibido en su relación con la municipalidad. Se trata de la planta de transferencia de residuos sólidos y el total incumplimiento de las condiciones que exige el contrato con la MML

Relima, posteriormente Innova Ambiental, obtuvo la licitación para el servicio de limpieza pública en Cercado de Lima en 1995. A pesar de que en 2015 este contrato finalizó, sus labores no se han visto afectadas y por medio de adendas de 120 días, desde 2016 la empresa goza de una concesión indefinida.

Una de las bases de esta licitación establece en el apartado de propuesta técnica que “se deberá incluir la adquisición del terreno de propiedad privada en el que se ubicará la planta de transferencia, el mismo que al término del contrato pasará a propiedad de la municipalidad” (Bases del Licitación Pública Internacional Especial N° 001-95, segundo párrafo del literal g), página 017). En virtud de ello, Innova presenta una declaración en la que expresa que cederá 4 sub-lotes cuya área total asciende a aproximadamente 10 mil metros cuadrados. Estos terrenos, ubicados en Santiago de Surco, habrían de ser propiedad de la municipalidad, pero esto nunca ocurrió. 

Cláusula decimosegunda
Cláusula decimosegunda del contrato de limpieza pública del Cercado de Lima, celebrado en septiembre de 1995

Una de las obligaciones contractuales expresada en la cláusula trigésima del Contrato de Concesión indica que “al término de la concesión el CONCESIONARIO entregará a la MUNICIPALIDAD, sin derecho a pago alguno, los bienes que devengan en partes integrantes o accesorios de la concesión”. Esto incluye la planta de transferencia de residuos sólidos y los terrenos en donde está edificada. Este es un procedimiento conocido en el que la concesión de los bienes pasa a dominio del Estado, y cuenta con un fuerte marco legal señalado en D. Leg. 757 “Ley Marco del Crecimiento de la Inversión Privada” y el Art. 21 del D. Leg. 758 “Normas para la Promoción de la Inversión Privada”, normativa que al día de hoy sigue vigente. 

Menos de 5 años después de obtener la concesión, la entonces Asociación Vega Upaca-Relima vende los terrenos mencionados a diferentes entidades financieras en calidad de daciones. Así, en enero de 1998 el sub lote 4 es entregado a la constructora Upaca, parte del consorcio empresarial Vega Upaca-Relima, como una dación de pago a la Caja de Pensiones Militar Policial por un valor de 797 mil dólares. Esto se hizo infringiendo claramente la obligación taxativa del concesionario en la que “los bienes que devenguen en partes integrantes o accesorias de la concesión, no podrán ser transferidas separadamente de esta, hipotecados, prendados o sometidos a gravámenes de ningún tipo” (Art. 21 del D. Leg 758). 

Posteriormente, en 2003 la empresa entregó los sublotes 2 y 3 en calidad de dación de pago a Citibank por 752 mil dólares. Esto ocurrió en diciembre de dicho año, después de que el sublote 1 fue hipotecado a favor del BCP por 440 mil dólares, violando los términos del contrato y el marco legal correspondiente. Cabe mencionar al respecto que las acciones de la empresa se llevaron a cabo con el conocimiento tanto de la comuna de Lima como de la Empresa de Supervisión Municipal de los Servicios de Limpieza “SUMSEL”. 

Innova Ambiental percibió como beneficio un aproximado de 2 millones de dólares respecto de los terrenos que tenía que ceder según contrato a la municipalidad de Lima. En lugar de aplicarse las sanciones y procedimientos correspondientes, la comuna construyó por sí misma la planta de transferencia de residuos sólidos, y con esto eximió a Innova de su obligación contractual y asumió todos los gastos. 

En la actualidad, la planta de transferencia de residuos sólidos está ubicada en la parte lateral del parque zonal ‘Huayna Cápac’, en la avenida Mateo Pumacahua distrito de San Juan de Miraflores. Aquí los camiones recolectores descargan los residuos hacia unidades de mayor capacidad y luego son conducidos al relleno sanitario de Portillo Grande. 

 

operacion de la planta
Modalidades del servicio de limpieza estipuladas en el contrato de renovación de 2005, página 2

 

En un informe de la Gerencia de Servicios a la ciudad y Gestión Ambiental se estimó que en 2018 esta planta manejaba aproximadamente 207 mil toneladas de desechos. Entre las preocupaciones sobre las operaciones en sí, es un hecho no menor que pese al paso de los años y el notable deterioro, el programa de adecuación ambiental de la planta es del año 2003. Además, no se ha encontrado a un organismo fiscalizador externo que determine la vida útil de la planta, e Innova reporta que pese a los agrietamientos debido a que el concreto no presenta reforzamiento de acero, “la vida útil es indefinida y depende del mantenimiento de las estructuras civiles”. 

Asimismo, una resolución directoral de noviembre de 2008 resuelve denegar la aprobación del estudio de impacto ambiental de la planta, ya que no solo no cumple los requisitos estipulados, sino que no entrega los resultados del análisis del agua, aire y suelo. Así pues, las operaciones de esta planta no solo deben su génesis a un procedimiento irregular que viola un contrato municipal oficial, sino que están precarizadas en cuanto a las condiciones de fiscalización, control y seguridad. 

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Innova ambiental, Municipalidad de Lima, rellenos sanitarios, San Juan de Miraflores

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