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Más de 900.000 contribuyentes con cuentas de detracciones se han visto beneficiados desde septiembre de este año, debido a la nueva funcionalidad de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) que facilita el pago de detracciones, convirtiendo el proceso en automático.

Las detracciones son un sistema que ayuda a la recaudación del IGV, y consiste en la generación de un descuento –llamado detracción– que realiza el comprador. Este último deposita un porcentaje del precio total del bien o servicio en la cuenta bancaria de detracciones de la empresa a la que le compró y el saldo es entregado de la forma que más conveniente resulte. La detracción solo puede ser usada por la empresa para pagar sus obligaciones tributarias.

Para facilitar el pago de las detracciones, la SUNAT habilitó este mes la propuesta automática de la constancia de pago de detracciones por las operaciones gravadas con IGV. Esta nueva propuesta ya no requerirá que los contribuyentes digiten y calculen los datos de manera independiente.

Practicidad para pagar

La propuesta automática es elaborada con la información consignada en las facturas electrónicas de las operaciones sujetas a detracción, la cual, una vez aceptada por el contribuyente, puede ser utilizada para realizar el pago con sus cuentas bancarias mediante la Plataforma de Mis Declaraciones y Pagos – SUNAT o generar el número de pago de detracciones (NPD) para su cancelación en la web del Banco de la Nación.

El superintendente nacional de Sunat, Luis Enrique Vera Castillo, indicó que los contribuyentes solían ingresar de manera manual o mediante la carga de archivos, la información sobre las detracciones para efectuar el depósito, lo que en diversos casos ocasionaba errores involuntarios de registro y cálculo. Ahora solo deberán ingresar a SUNAT Virtual y ver en el sistema todas las facturas electrónicas con pago de detracción pendiente, para abonarlas de manera individual o masiva.

De esta manera, al verse reducido el riesgo de errores en el ingreso manual de la información, se previenen posibles inconsistencias que afecten el uso del crédito fiscal al no poder acreditar la cancelación de la detracción. La digitalización de este proceso sería parte de la estrategia de transformación digital de la SUNAT para facilitar el cumplimiento tributario de todos los contribuyentes.

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Detracciones, Sunat

Para empezar una actividad laboral de manera independiente, un negocio propio, alquilar un inmueble, o pagar impuestos por ventas, es necesario que el emprendedor esté inscrito en Registro Único de Contribuyente (RUC) en SUNAT. Recuerda que el RUC es el número de once dígitos y único, que te identifica como contribuyente, seas persona jurídica o persona natural.

Desde mayo del 2020 es posible realizar la inscripción o reactivación del RUC desde una plataforma web, así como obtener o recuperar la Clave SOL, entre otros trámites, sin salir de casa, ingresando al Centro de Servicios Virtual (CSV).

Requisitos para la inscripción

Puedes hacer tu registro por Sunat Virtual o el App Personas, y necesitarás:

-DNI, número de celular y correo electrónico.

-Fecha de inicio de actividades económicas. Si es por APP Personas, esta fecha será la misma que la de inscripción.

-Domicilio fiscal indicado en DNI. Si es distinta, Sunat podrá verificar posteriormente la veracidad de esta información.

-Actividad económica principal en función a la lista CIIU.

-Código de Profesión u oficio, si eres contribuyente de renta de 4ta categoría.

-Régimen tributario, si eres persona natural con negocio: NRUS, Régimen Especial, Mype Tributario o Régimen General. Puedes revisar también un afiche resumen de estos regímenes.

Antes de iniciar con el registro ten a la mano tu documento de identidad y tu smartphone con el app Personas Sunat abierto. Ingresa a Sunat Virtual tu número de DNI e indica para qué necesitas inscribirte en el RUC. La plataforma te guiará hasta un código QR que deberás escanear con Personas Sunat. En tu celular, sigue las instrucciones del app para validar tus huellas dactilares. Finalmente, declara en Sunat Virtual los datos solicitados en los requisitos de este trámite y genera tu Clave SOL. Al concluir, Sunat te enviará la constancia del trámite realizado al correo electrónico que declaraste. Ten presente que puedes acceder directamente desde el Personas Sunat, accediendo a la opción ‘Inscríbete en el RUC’ y siguiendo las mismas instrucciones que para Sunat Virtual.

Esta herramienta está disponible las 24 horas del día, los 7 días de semana, ingresando a www.sunat.gob.pe; luego de lo cual el usuario debe “dar clic” en la opción Centro de Servicios Virtual, que lo llevará a un menú con los principales trámites que antes eran presenciales y que ahora pueden realizarse en línea.

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RUC, RUC digital, Sunat

Frente a la dificultades que afrontaron algunos contribuyentes debido a la pandemia, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) amplió los plazos para que los últimos grupos de empresas que debían incorporarse a la emisión de comprobantes de pago electrónico lo hagan desde septiembre del 2021. Según la SUNAT, su uso representa un ahorro de hasta 67% en los costos de impresión, gastos de distribución y archivo en comparación con los comprobantes físicos.

Si bien este sistema de facturación se implementó en 2014, y miles de medianas y pequeñas empresas la adoptaron de forma voluntaria, en septiembre de 2020 se determinó la obligatoriedad de su uso para todos los contribuyentes, contemplando tanto a pequeñas, medianas y grandes empresas, las mismas que deben encontrarse habilitadas y habidas.

Actualmente, y según datos de la entidad tributaria, 230 mil empresas vienen emitiendo comprobantes de pago electrónicos, lo que representa la emisión de 700 comprobantes diarios y 18 mil al mes por empresa. Sin embargo, para Renzo León-Velarde, gerente general de Digiflow, empresa de facturación electrónica, la falta de acceso a Internet es una de las principales limitaciones para lograr una transformación digital completa para muchos contribuyentes.

Cerrar las brechas

Para León-Velarde, la empresa privada en general, sin diferenciar sectores ni tamaños, debería voltear de forma decidida hacia la transformación digital como camino de crecimiento, consolidación, y más acorde a la realidad de hoy que la virtualidad ha ganado todos los espacios. “En ese marco, es el Estado el llamado a fomentar no solo desde la obligatoriedad, sino desde incentivos para los emisores electrónicos y democratización de servicios necesarios como el Internet o una adecuada plataforma pública de emisión. Existe una pero no llena las expectativas para que un emprendedor decida dejar el papel”, indica.

Lo ideal es lograr la masificación electrónica para el 2022, pero es necesario considerar factores que evitan su cumplimiento. León-Velarde recuerda que es indispensable que el emprendedor y empresario pueda acceder a una plataforma que le permita manejar su negocio, gestionar sus clientes y, al mismo tiempo, cumplir con emitir electrónicamente e iniciar su proceso hacia la transformación digital.

Beneficios de la facturación electrónica

-Es una herramienta que garantiza la transparencia tributaria de las pequeñas, medianas y grandes empresas.

-Permite a las empresas hacer consultas desde cualquier lugar, las 24 horas del día.

-Mejora la productividad de las empresas, al optimizar sus procesos, sistemas de emisión y cobranza.

-Se convierten en facturas negociables para acceder al factoring.

-Se genera menor contaminación del medio ambiente al no emitir papeles.

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Factoring, Factura, Facturación electrónica, Sunat

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Empresa, Gobierno, Sunat

La facturación electrónica es cada vez más utilizada por negocios debido a sus múltiples beneficios. Esta puede ser utilizada por los emisores electrónicos que se encuentren en el Régimen General, Régimen Mype Tributario y Régimen Especial de Renta. Además, puede ser emitida directamente en la web de SUNAT o en el APP SUNAT.

¿Pero cómo implementar la factura electrónica? Para poder emitir facturas electrónicas en tu empresa, debes adquirir la calidad de “emisor electrónico”, siguiendo algunos pasos indicados por la SUNAT:

  1. Presentar la solicitud de autorización para incorporarse al sistema de emisión electrónica, en SUNAT operaciones en línea.
  2. Tener la condición de domicilio habido y el RUC activo.
  3. Solicitar la emisión de factura electrónica y notas de débito y crédito electrónicas.
  4. Estar afecto al impuesto a la renta de tercera categoría en el RUC.
  5. Realizar la declaración jurada a través de SUNAT operaciones en línea.
  6. Registrar la dirección de correo electrónico que se utilizará como emisor.
  7. Registrar a través de SUNAT operaciones en línea, el certificado digital que se utilizará como emisor electrónico.
  8. Realizar satisfactoriamente el proceso de homologación.

Emitir facturas

Una vez que nuestro negocio haya sido incorporado al sistema de emisión electrónica, tenemos dos opciones para emitir las facturas a nuestros clientes:

Facturación propia: Esto sucede cuando deseas emitir por tu cuenta. Para ello debes implementar las especificaciones técnicas para generar los documentos electrónicos. Se trata de equipos tecnológicos y de sistemas de las empresas que se encargan de la programación, para que los documentos cumplan con los estándares y no tengan problemas en su validación. Al implementar el sistema por tu cuenta, deberás de monitorear constantemente los cambios o normativas que establece la SUNAT, para adecuar tu plataforma de facturación a cualquier nuevo requerimiento.

También puedes contratar los servicios de un operador de servicios electrónicos (OSE), que se encargan de validar informáticamente las facturas electrónicas según las especificaciones establecidas por la SUNAT. El OSE se encarga de enviar el comprobante a la Sunat y remitirlo al receptor.

Contratar un PSE: Otra opción es solicitar a un Proveedor de Servicios Electrónicos que realice parte o todas las actividades vinculadas a la facturación electrónica. El proveedor pone a disposición una plataforma de facturación electrónica que facilita a sus clientes el envío de un documento con las especificaciones técnicas necesarias para que llegue sin problemas a la SUNAT y el adquiriente.

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Facturación electrónica, requisitos, Sunat

Aumentar el presupuesto en educación y salud es una de las prioridades del plan de emergencia para los 100 primeros días del gobierno de Pedro Castillo, en caso sea electo presidente. El documento de 17 páginas, publicado ayer por Perú Libre en sus redes sociales, traza el camino para lograrlo: la «nacionalización de nuestras riquezas»; la creación de impuestos a las sobreganancias; y, por último, la reforma de la administración tributaria.

 

Este último punto no es más que la “reestructuración” de la Sunat. Entre sus objetivos está empezar a cobrar millonarias deudas tributarias que grandes empresas aún mantienen en litigio. Sudaca ha podido acceder a un informe preliminar del equipo económico de Perú Libre, cuyo coordinador es el excongresista e ingeniero economista Juan Pari Choquecota, en el que explican cómo y por qué -según el equipo del lápiz- es necesario hacer cambios en la administración tributaria. 

“Actualmente, mientras los pequeños empresarios son coaccionados por la Sunat por unos pocos soles [que adeudan], los grandes deben miles de millones y nadie les cobra”, dice el documento. El texto, al que llamaremos “Plan Pari”, no precisa el número ni el monto de dinero específico de la deuda que tienen las grandes empresas con el Estado.

El informe preliminar del equipo económico de Juan Pari presenta el porqué se debe reestructurar la Sunat y da las justificaciones para crear nuevos impuestos a la riqueza.

El Plan Pari by Juan C Chamorro

Un reciente fallo del Tribunal Constitucional (TC), de septiembre de 2020, impidió que S/9.256 millones en deudas tributarias impugnadas por 158 grandes empresas del país prescriban. Entre las que se habrían visto beneficiadas estaban, por ejemplo, Buenaventura, Antapaccay, Telefónica, Latam Airlines, Supermercados Peruanos, Unacem, Odebrecht, Southern o Interbank.

Muchas de estas deudas tributarias, sin embargo, aún no son cobradas. Ello puntualmente no se debe a la inacción de la Sunat -que peleó en el TC para que no prescriban-, sino a que siguen en litigio tras no haber prescrito. Las grandes empresas juran que los montos no son correctos y tienen capacidad financiera para apelarlos hasta las últimas instancias legales. 

Pero desde Perú Libre echar mano de ese dinero parece ser crucial. Según el documento del equipo económico, han detectado que algunas empresas deudoras “reciben una devolución equivalente al 10% de sus ingresos”. Se refieren a la devolución fiscal que hace la propia Sunat, de la cual el sector minero ha sido el más favorecido en los últimos años. «Esto es inaceptable», concluyen.

Cabe precisar, no obstante, que la devolución del IGV a las exportaciones (como son los minerales) es estándar global. Ello, bajo la lógica de que «los impuestos no se exportan», lo que haría menos competitivos a nuestros productos. 

 

Este es el tuit del coordinador del equipo económico de Perú Libre, Juan Pari, en el que confirma el presente informe.

 

Nuevos impuestos a los más ricos

El análisis que hace el informe de Perú Libre es que “este gobierno [el de Francisco Sagasti] reconoce que la presión tributaria peruana (16.9% para el 2019) está por debajo de los estándares de América Latina (23.2%) y de la OCDE (34.3%). Se recauda aquí menos que el promedio de América Latina”. 

El diagnóstico apunta su artillería contra los funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas a quienes tilda de defender “los intereses de los más ricos”. Según el documento, en el informe de proyección económica llamado Marco Macroeconómico Multianual (2021-2024) elaborado por el MEF “no hay ningún cambio y ningún tributo aplicable a los estratos de mayores ingresos del país”.

De acuerdo al partido del lápiz, esta realidad desnivela la cancha entre los grandes y pequeños empresarios y contribuyentes. “Los funcionarios del MEF, en vez de hacer lo posible para que cada uno pague en función a la riqueza, proponen aumentar los impuestos municipales y los dirigidos a profesionales y pequeños empresarios formales”. Esta situación, añade el documento, “promueve la informalidad, la elusión y la evasión [de impuestos]”.

Otro análisis que brindan los técnicos de Perú Libre es que las grandes empresas cada vez pagan menos impuestos: “La recaudación tributaria por el Impuesto a la Renta es cada vez menor en el tiempo (…) Y en el  2020, con pandemia, mucho menos”, remarca el documento. Por lo tanto, añaden, “los trabajadores tienden a contribuir más a la recaudación tributaria. ¿Es eso equitativo?”, se preguntan en el partido del lápiz. La recaudación por Impuesto a la Renta suele ir de la mano con el crecimiento (o ralentización) de la economía.

El “informe Pari” le desinfla la llanta al sector minero y dice que es un mito que la minería sea el que aporta la mayor carga tributaria en el país. “Los resultados de la recaudación tributaria por actividad económica muestran que no es la minería la que aporta más. Son los impuestos recaudados a los servicios, a la industria no primaria y al comercio los que aportan en su conjunto el 81% frente al aporte del 7% de la minería en el año 2020”, dice el informe que muestra cifras de la Sunat.

“Los registros de la Sunat muestran que las empresas nacionales y los trabajadores que no gozan de ningún convenio de estabilidad tributaria son los que contribuyen más. Los pequeños empresarios, transportistas, comerciantes y trabajadores son además sujetos a sanciones de diverso tipo y cobranzas coactivas”, concluye.

El informe, en esa línea, propone “la eliminación de las devoluciones a sectores económicos que no generan industria ni tecnología” y la “transformación” de la estructura tributaria “hacia otra que enfatice los impuestos directos (Renta), bajo el principio de equidad y justicia fiscal”.  

Aunque no entra en detalles, también promete eliminar todos los “trucos” contables y de gestión en las empresas para evadir impuestos, que hacen que se pague poco o nada en tributos por parte de las empresas y propone la “elevación” del impuesto selectivo al consumo (ISC) a actividades como casinos y similares.

En el debate de los equipos técnicos del próximo domingo 23 de este mes, organizado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), en el que participará Juan Pari, se conocerán más detalles de este plan programático.

 

(*) Fotocomposición de portada: Leyla López

 

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Juan Pari, Pedro Castillo, Perú Libre, Sunat

Para que se haga efectiva la devolución, debes indicar tu Código de Cuenta Interbancario en el sistema de la SUNAT.

 

Para la quincena de marzo de este año, la SUNAT atendió a más del 65% de las solicitudes de devolución de impuestos. Para este año se proyectó una devolución de más de S/70 millones en total provenientes del anterior periodo fiscal.

 

Si eres contribuyente de cuarta y/o quinta categoría, es decir emites recibos por honorarios o estás en planilla, existen dos tipos de devoluciones en caso tuvieras un saldo a tu favor, producto de retenciones en exceso o gastos deducibles. Estas se dividen en devolución de oficio y devolución a pedido de parte.

 

¿Qué es la devolución de oficio?

Se trata del trámite que inicia la SUNAT para devolver el importe que el contribuyente tiene a su favor, sin necesidad de trámites adicionales, salvo informar el Código de Cuenta Interbancario que permita a la SUNAT realizar el abono del importe en una cuenta bancaria.

 

Una vez registrado tu CCI, y luego de haberse validado, de encontrarte como beneficiario de la devolución de oficio, la SUNAT emitirá una Resolución donde resuelve devolver el importe que tienes a tu favor, la misma que se enviará a tu Buzón electrónico de la Clave SOL, y realizará el depósito del importe en la cuenta que has informado. El tiempo aproximado para este trámite es de 30 días hábiles.

 

Solicitudes de Devolución más frecuentes

Entre las distintas clases de Solicitudes de Devolución, destacan por su recurrencia:

 

Devolución de Pago indebido: Se considera así si se efectuó un pago sin tener la obligación de hacerlo. Ejemplo, si por pagar IGV (Código 1011) de un determinado mes, se termina cancelando por error el código 1016 relacionado con la venta del arroz pilado, este pago es indebido porque no está relacionado con el giro del negocio.

 

Devolución de Pago en Exceso: Se da cuando se cancela un importe mayor al que corresponde por un determinado tributo. Ejemplo, si pagaste por concepto de IGV la suma de S/ 1.500 cuando la deuda tributaria solo era S/ 1.000, la diferencia de S/500 es el pago en exceso.

 

Devolución de Percepciones – Nuevo RUS:  Aplica cuando el contribuyente acogido a este régimen se encuentra al día en el pago de sus cuotas, en ese caso puede solicitar la devolución de percepciones del IGV que le hayan sido cobradas durante el desarrollo de su negocio, por la compra de determinados bienes sujetos al régimen de percepciones del IGV.

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