Un proceso judicial de nunca acabar

Un proceso judicial de nunca acabar

Sudaca.pe, ha estado siguiendo de cerca el proceso judicial que ha iniciado la empresa Innova Ambiental S.A. en contra de la Municipalidad de Lima por la presunta vulneración de sus derechos en medio del problemático proceso del Relleno Sanitario “El Zapallal”. En el presente informe veremos los cauces que han motivado a la tan cuestionada concesionaria a encontrar vías para ralentizar el proceso que siguen y puedan mantenerse en el municipio.

[INFORMES] La Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), según Innova, tomó una decisión arbitraria y sin competencia al instalar obstáculos que impedían su libre tránsito y la de sus trabajadores en el relleno; además, aseguraban que tenían autorización y licencia en virtud de un contrato de concesión (la tan cuestionada adenda de 120 días que permite su supervivencia).

INNOVA interpuso una demanda de hábeas corpus para proteger su derecho a la libertad de tránsito. La sentencia de primera instancia encontró fundada en parte la demanda. Sin embargo, el 18 de agosto de 2023, la Sala emitió la Resolución N° 07, revocando la Resolución N° 08 del 9 de junio de 2023 y declarando improcedente la demanda de hábeas corpus.

La concesionaria no está satisfecha con esta decisión y, en virtud de la Constitución y el Nuevo Código Procesal Constitucional, ha presentado un Recurso de Agravio Constitucional contra la Resolución Impugnada, con el objetivo de que el Tribunal Constitucional revoque la decisión de la Sala y declare fundada su demanda de hábeas corpus en todos sus extremos.

A pesar que esta pelea sea un resumen de un juego de: “quien se tira la pelota”. Hay que tener en cuenta que la MML ha intentado comunicarse con la concesionaria. Sin embargo, ni su representante legal ni en ningún extremo de las instalaciones de la concesionaria se escucha algún tipo de voluntad para un diálogo entre las dos partes sobre el plan de cierre.

Resumen del recurso de agravio constitucional presentado por INNOVA
Resumen del recurso de agravio constitucional presentado por INNOVA

En el texto que accedió Sudaca se argumenta por parte de la concesionaria que la Resolución Impugnada presenta una motivación insuficiente. La Sala que tomó la decisión de rechazar la demanda de hábeas corpus no proporciona razones adecuadas para respaldar su elección. En particular, se discute la falta de claridad en la legitimidad de INNOVA, una persona jurídica, para presentar una demanda de hábeas corpus por la violación del derecho a la libertad de tránsito.

Innova critica la falta de motivación adecuada en la decisión de la Sala y se destaca la capacidad de las personas jurídicas para presentar demandas de hábeas corpus en casos relacionados con la libertad de tránsito y derechos conexos.

Los otros cuestionamientos de Innova

La Resolución Directoral N° 00469-2023-MINAM/VMGA/DGGRS del Ministerio del Ambiente (MINAM) desaprobó el Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo presentado por la empresa Innova Ambiental S.A. en relación con el Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) de la «Infraestructura para Disposición Final de Residuos Peligrosos de Centros de Atención de Salud: Relleno Sanitario El Zapallal – Celdas de Seguridad».

Dicha decisión se basa en el informe N° 00833-2023-MINAM/VMGA/DGGRS/DEAA, que concluye que el programa presentado por Innova Ambiental S.A. no cumple con el requisito establecido en el Decreto Supremo N° 010-2020-MINAM, específicamente el punto c) del artículo 20, que exige la presentación de un certificado de compatibilidad de uso del terreno otorgado por la municipalidad provincial correspondiente o un documento que certifique que la actividad económica es compatible con la zonificación asignada.

La resolución también informa a Innova Ambiental S.A. que tenía la posibilidad de interponer un recurso de reconsideración o apelación contra la decisión dentro de un plazo de quince (15) días hábiles a partir de la notificación de la resolución.

Esta resolución y el informe se remitió correspondiente a organismos como el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) y la Municipalidad Metropolitana de Lima para los fines pertinentes. La Resolución está firmada digitalmente por Patricia Mónica Talavera Chaparro, Directora de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos del MINAM.

Indudablemente, la mera existencia de Innova Ambiental en el contexto de la gestión municipal de Lima plantea interrogantes debido a la calidad del trabajo que debe ser ejecutado para el beneficio de la comunidad. Esto no solo se evidencia a través de resoluciones como la reciente. Un caso relevante se presenta el 4 de agosto, cuando la Dirección de Salud (DIRIS) Lima Norte emite su Informe Nº 225-2023-DIRIS-LN/DESAIA/OVS/4.3, abordando la cuestión del «Riesgo Sanitario por emisiones de gases procedentes del Relleno Sanitario El Zapallal».

Este informe contó con la participación de los ingenieros Vargas Ramírez y Delgado Medina, quienes estuvieron acompañados por el inspector de Protección del Trabajo, Tratamiento de Residuos Sólidos y Seguridad (PPTT y RRSS) del Relleno Sanitario, Emil Bustos. Estos nombres se mencionan para verificar la labor llevada a cabo dentro de las instalaciones del relleno sanitario y confirmar las conclusiones del informe.En cuanto a la opinión técnica, en un informe previamente publicado por Sudaca, se trató específicamente el tema de las chimeneas presentes en el relleno. El Informe Nº 6201-2016/DSA/DIGESA, que evaluó la actualización y mejora del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental del Relleno Sanitario El Zapallal, hizo hincapié en las medidas de mitigación para preservar la calidad del aire. Entre estas medidas, se destacó la «quema del gas metano en la salida de los sistemas de drenaje de gases, con el propósito de convertir el gas metano y otros gases combustibles en CO2. Es crucial asegurar que los quemadores permanezcan encendidos de manera constante, ya que las condiciones ventosas de la zona podrían apagar la llama», según lo detalla el informe.

Sin embargo, una inspección realizada por el OEFA reveló que había cinco chimeneas que no eran visibles y, en realidad, no estaban funcionando. Esta situación plantea la pregunta de por qué se proporcionó información contradictoria a la ciudadanía y a los residentes de Lomas de Carabayllo en relación a este tema.

Al cierre del informe se esperan nuevas respuestas y soluciones sobre este proceso. “Aún seguimos a la espera del resultado de la decisión del tribunal de soluciones y controversias ambientales”, comentaron los representantes de Parlamento 10 – Lomas de Carabayllo sobre el proceso entre Innova y el relleno. Este parece un problema que no tiene señales de acabar pronto.

Tags:

Innova Ambiental S.A., Municipalidad de Lima, Proceso Judicial, Relleno Sanitario

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