bejamin zevallos

La burocracia limeña: Una espera que desespera

Mientras la capital celebra la llegada de los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos para el 2027. Sigue la intriga sobre los procesos que se tiene que llevar a cabo para solucionar los problemas de lleno que sufre nuestra capital sobre procesos empañados en irregularidades y silencios administrativos.

La Municipalidad Metropolitana de Lima ha emitido una respuesta a una serie de consultas y observaciones en relación con la convocatoria para el servicio de alquiler de vehículos destinados al lavado y desinfección de espacios públicos en el Cercado de Lima. Sudaca accedió al documento de las consultas realizadas.

Benjamín Zevallos

 

Elevación al OSCE del pliego de absolución de consultas y observaciones

Entre las cuestiones abordadas, una de las principales inquietudes giró en torno a la capacidad de las cisternas de agua utilizadas en el servicio. En este sentido, el documento menciona que la Municipalidad precisó que solo se aceptarán unidades con una capacidad de hasta 4000 galones. Esta restricción se fundamenta en la necesidad de adaptarse a las condiciones de las calles estrechas y empedradas presentes en el área de operación, evitando así posibles problemas de acceso y maniobrabilidad.

Otro aspecto abordado fue la exigencia de certificación de cubicaje para cada vehículo propuesto. Frente a la confusión sobre qué entidad debería otorgar esta certificación, la Municipalidad aclaró que debe ser emitida por un organismo acreditado por el Instituto Nacional de Calidad (INACAL). Esta medida busca asegurar la competencia técnica de las empresas proveedoras y garantizar que los vehículos cumplan con las especificaciones requeridas para el servicio.

En lo que respecta al suministro de agua, se aclaró que esta debe contar con el permiso de uso de agua otorgado por la Autoridad Nacional del Agua (ANA), en cumplimiento de la normativa vigente sobre recursos hídricos. Esta medida tiene como objetivo garantizar que el agua utilizada en el proceso de limpieza y desinfección cumpla con los estándares de calidad y seguridad establecidos por las autoridades competentes.

Además, se abordaron inquietudes sobre la habilitación legal de las empresas proveedoras. Si bien se sugirió que este requisito debería recaer sobre cada unidad en lugar de sobre la empresa en su conjunto, la Municipalidad defendió la necesidad de garantizar que todas las unidades utilizadas en el servicio estén debidamente autorizadas para prestar el servicio, asegurando así la calidad y eficacia del mismo.

Finalmente, se proporcionaron detalles sobre la metodología para determinar las horas de inicio y fin del servicio. Según lo especificado por la Municipalidad, el cómputo de las horas del servicio se inicia desde la salida de las bases operativas y se supervisa mediante tecnología GPS y partes diarios. Esta medida tiene como objetivo garantizar un adecuado control y seguimiento de la prestación del servicio, asegurando su eficiencia y cumplimiento de los estándares establecidos.

Sobre Innova Ambiental 

La empresa INNOVA AMBIENTAL S.A. ha levantado una serie de interrogantes sobre los requisitos de representación legal en procesos de contratación estatal, generando cierta controversia en la última convocatoria emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima. En su consulta número siete, la empresa solicitó aclaraciones sobre la antigüedad máxima permitida para los certificados de vigencia de poder del representante legal, apoderado o mandatario designado para tales efectos. A pesar de la consulta, la entidad convocante no encontró fundamentos claros en la normativa vigente que respaldaran la solicitud de INNOVA AMBIENTAL.

Otra área de debate surgió con respecto a los requisitos de calidad de agua para el lavado y desinfección de espacios públicos. Innova Ambiental planteó interrogantes sobre los términos «turbidez» y «mal olor» en relación con el agua requerida para el servicio, así como la necesidad de especificaciones en la autorización o licencia de pozo de agua. Sin embargo, la entidad convocante defendió la claridad de los términos establecidos en las bases del contrato y señaló que no hay ambigüedad en los requisitos de calidad del agua.

Discrepancia en penalidades

Innova Ambiental observó que respecto a las penalidades contempladas en el contrato fue objeto de escrutinio por parte de la entidad convocante. La empresa cuestionó la falta de mecanismos objetivos y acreditados para determinar la presencia de turbidez o mal olor en el agua, requisito fundamental para la aplicación de penalidades. Sin embargo, la entidad convocante defendió la validez de los mecanismos establecidos y la objetividad de los criterios de penalización, desestimando las objeciones planteadas por Innova Ambiental.

Con estas respuestas detalladas, la Municipalidad de Lima busca garantizar la transparencia y la adecuada implementación del proceso de contratación para este importante servicio de limpieza y desinfección en el corazón de la ciudad, asegurando así la salud y bienestar de todos los ciudadanos.

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