Alan

La cuestión de confianza

"Se debe actuar con suma cautela en temas jurídicos para causas políticas prodemocráticas, como detener esa intentona que pretende cambiar las reglas de juego."

Desde hace unas semanas, debido a la posible aprobación de la cuestión de confianza por parte del Congreso de la República por insistencia, se viene debatiendo la posibilidad de su reforma y sus implicancias. ¿Qué propone el proyecto de ley en cuestión? Regular los artículos 132 y 133 en la que se proponga que el Ejecutivo solo pueda utilizar la cuestión de confianza para temas relacionados a políticas de gobierno en general, exceptuando de ella reformas constitucionales que competen al Congreso de la República y otras entidades autónomas. Acto seguido -en una disposición complementaria y final de la autógrafa- propone que solo el Congreso de la República puede interpretar el sentido de decisión. 

Proyecto de ley realmente cuestionable porque pone en desbalance el equilibrio de poderes. Como señala Carlo Magno Salcedo en su análisis del tema (La Mula, 11/10/21), actualmente el Congreso de la República, implícitamente, tiene la potestad de poder interpretar la Constitución para su labor legislativa, pero qué pasa cuando contraviene -por ejemplo- temas que puedan afectar la relación ejecutivo y legislativo. 

Sabemos que el contexto actual es de una polarización extrema debido al objetivo que tiene el gobierno de llevar adelante una Asamblea Constituyente, pero se debe actuar con suma cautela en temas jurídicos para causas políticas prodemocráticas, como detener esa intentona que pretende cambiar las reglas de juego. En ese sentido, y de acuerdo a la propuesta del constitucionalista y docente universitario Joel Campos, es necesario salir de esa dicotomía que contribuye a un enfrentamiento político fratricida y sin salida. 

Para ello -según el constitucionalista- se debe establecer una reforma al artículo 134 de la Constitución, sobre la disolución del Congreso de la República, en la que se proponga la “muerte cruzada” (que se usa también en el Ecuador) en la que disuelto este primero poder del Estado se proponga convocatoria a nuevas elecciones no solo para elegir nuevos parlamentarios sino también de presidente de gobierno. 

Dicha reforma limitaría el enfrentamiento permanente de los actores en el juego político. Reformas así oxigenan nuestro precario sistema político tan venido a menos en la que minorías activas (como el caso de grupos vinculados a Sendero Luminoso) tengan margen de acción para -desde el propio sistema- destruir los cimientos democráticos que tanto nos ha costado construir. 

La oposición política debe hilar fino -en tiempos turbulentos para el mantenimiento del Estado de derecho- para proceder a usar armas legales que no contravengan a la Constitución y a su estrategia de detener pretensiones que generan graves problemas a lo avanzado durante los últimos dos décadas en el país. 

 

Tags:

Asamblea Constituyente, Congreso de la República, voto de confianza

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