Araceli Acuna

La meritocracia como pilar para fortalecer la gestión pública

Cuando hablamos de meritocracia en el sector público nos referimos al proceso de asignación de cargos donde prevalecen los méritos de los postulantes y no otros factores ajenos a sus capacidades y competencias. En esa línea, el objetivo fundamental de la meritocracia es la profesionalización de quienes sirven en la administración pública, con el fin de mejorar la calidad de los servicios y la atención a los ciudadanos. Además, una de las principales ventajas de la selección por méritos es que garantiza la eficiencia y la continuidad de la gestión pública.

No obstante, desde el 2021 el actual Gobierno ha venido realizando una serie de acciones que han puesto en grave riesgo la eficiencia del sector público, mediante designaciones cuestionadas de ministros y otros altos funcionarios que no contaban con suficiente experiencia ni capacidades técnicas y tenían cuestionamientos de orden ético. Aunado a eso, la falta de un proceso de selección transparente y de verificación del cumplimiento del marco normativo de gestión de personal ha contribuido a “normalizar” la asignación de puestos públicos clave sin cumplir con los requisitos mínimos establecidos por cada entidad en los tres niveles de gobierno.

De acuerdo con el análisis elaborado por El Comercio (2022), de las más de 3.400 designaciones oficializadas en El Peruano desde agosto de 2021 hasta mayo de 2022, se identificaron 122 casos de funcionarios con designaciones cuestionadas o inadecuadas para cargos de alta confianza entre los 19 ministerios y sus oficinas adscritas. Por otro lado, durante los 10 meses del actual Gobierno, han juramentado 56 ministros en cuatro gabinetes ministeriales, es decir, 5.6 ministros por mes, superando largamente la cantidad de nombramientos de ministros en el mismo periodo durante los últimos años. 

En este contexto, el Congreso de la República ha aprobado dos normas que favorecen el desarrollo de la meritocracia en el sector público. La primera es la Ley 31419, publicada en febrero de 2022, que establece los requisitos mínimos, así como los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción. Básicamente esta norma exige que los viceministros, secretarios generales de ministerios, titulares, adjuntos, presidentes y miembros de los órganos colegiados, gerentes y directores de gobiernos regionales y gerentes municipales deben contar con formación superior completa, años de experiencia general y específica. Mientras que, para el resto de directivos públicos, el Reglamento de la Ley establece los requisitos de formación profesional y experiencia laboral respectivos. El efecto inmediato de esta ley será depurar designaciones irregulares, al impedir que aquellos funcionarios que incumplan con los requisitos establecidos en la norma sigan ejerciendo el cargo. Además, permitirá que los futuros nombramientos se realicen con criterios objetivos, con el fin de garantizar que personas que presten servicios al Estado cuenten por lo menos con las capacidades, compromisos y valores acordes al cargo, para asegurar una gestión pública eficiente.

La segunda norma, es la Ley 31457 publicada en abril de 2022, que modifica e incorpora diversos artículos a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, con la finalidad de establecer procedimientos para el nombramiento de ministros y viceministros. Según esta norma, el Ejecutivo debe incluir como anexo a las resoluciones supremas de nombramientos de ministros y viceministros, la declaración jurada del nombrado, consignando que cumple con los requisitos para el cargo, así como las investigaciones fiscales, judiciales y administrativas en los cuales está o estuvo incurso en calidad de imputado o cómplice, el estado en que se encuentre, así como la decisión de las sentencias o resoluciones administrativas, si el proceso hubiera concluido. La finalidad de esta exigencia es transparentar el perfil básico de quien ha sido seleccionado para ejercer como ministro o viceministro de Estado, garantizando con ello que, en caso de incumplimiento de las exigencias para el cargo, se generen responsabilidades en el premier, quien es el encargado de verificar el contenido de la declaración jurada. Es decir, se trata de una norma que busca garantizar la designación de personas idóneas para ejercer como ministros y viceministros y con ello reducir el riesgo de un mal desempeño en el cargo.

En materia de gestión de recursos humanos en el sector público no existe una solución perfecta, sin embargo, las normas en mención constituyen un buen paso; por lo que, es fundamental fiscalizar su cumplimiento, a fin de contar con un Estado eficiente que preste servicios de calidad y trabaje por el bienestar de los ciudadanos.


  1. El Comercio. (2022). Gobierno de Pedro Castillo acumula 122 funcionarios cuestionados en menos de 10 meses. Publicado el 14-05-2022. Disponible en: https://elcomercio.pe/politica/gobierno/gobierno-de-pedro-castillo-acumula-122-funcionarios-cuestionados-en-menos-de-10-meses-peru-libre-ecdata-noticia/
  2. DS 053-2022-PCM

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gestión pública, Pedro Castillo

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