Informes

 Lo que llama a sorpresa es que una información secreta, confidencial y a la que solo tiene el acceso la Fiscalía del caso “Cuellos Blancos” que ha levantado el secreto de las comunicaciones al celular de Guido Aguila Grados, y de otras personas que se le mencionan en el recuadro previo, de pronto se utilice para golpear y denostar a un candidato a Fiscal Superior Anticorrupción que se encuentra en los primeros lugares del concurso público convocado por la Junta Nacional de Justicia y que no tiene alguna investigación pendiente ni en una Fiscalía penal ni en el ámbito disciplinario, con el único propósito de restarle opciones y querer sacarlo de carrera.

Si bien es entendible de que en el concurso para una plaza vacante en el Ministerio Público exista una competencia feroz y encarnizada sorprende que la información reservada que no tiene por qué manejarse como si fuera cualquier papel y que está en custodia de la Fiscalía de pronto se distribuya con el afán de meter una zancadilla al rival de turno y obtener a toda costa una plaza de Fiscal Superior.      

Algo curioso y semejante a lo que le pasa a Iván Melgar Cáceres, ocurre con el postulante Reggis Chávez Sánchez quien ha sido removido del equipo especial del caso “Cuellos Blancos del Puerto”, en el que se venía desempeñando como Fiscal Adjunto Supremo, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2395-2022-MP-FN que ha sido publicada en el diario El Peruano el día 14 de noviembre del 2022. Un cambio que se produce días antes de un concurso para alcanzar una plaza de Fiscal Superior que es solo un escalón interno más bajo a la de Fiscal Supremo es preocupante y lleva a la pregunta de quién está detrás de toda información inusual y los cambios sorpresivos. 

Cabe resaltar que Díaz Cabello es coordinador general del caso “Cuellos Blancos” desde el 04 de julio del 2022 y no solo tiene interés directo en lo que puede ocurrir con su postulación para ser Fiscal Superior Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios al estar en tercer lugar, sino también le preocupa la suerte de sus competidores más cercanos: Reggis Chávez Sánchez (primer lugar) e Iván Melgar Cáceres (segundo lugar).

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Minsa quita ola

Según los especialistas, la estrategia se debe enfocar en completar la vacunación de mayores de sesenta.

Sobre lo que vendrá en el futuro, Mayta-Tristán explica que el virus seguirá mutando y no cree posible un escenario en que el Covid 19 deje de existir. ”El Covid cero es una ilusión y nadie lo ha logrado. Sólo lo intentaron en países donde había una mirada dictatorial y extremo control de la población y los otros eran islas que podían aislarse del mundo”, dice el especialista. 

El panorama parece alentador ante una ola menos severa de las que afrontó el país en los últimos tres años que no afectaría el regreso de la normalidad. Sin embargo, el Ministerio de Salud, uno de los más cuestionados a raíz de la crisis sanitaria, todavía tiene tareas pendientes con la vacunación.

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Informe de OEFA remitido a la Supervisión Ambiental
en Infraestructura y Servicios

En palabras de una fuente en el SONARE (Sociedad Nacional de Residuos Sólidos): “en Lima tenemos botaderos, las autoridades juegan con la vida útil de los rellenos y se hacen los locos”. Estos aseguran que la vida útil de los rellenos ha terminado en ambos casos y en consecuencia la situación exige la intervención del MINAM y OEFA. “Han ido a inspeccionar, pero no han hecho nada”, señalan.

Ahora bien, acerca del asunto de la vida útil del relleno de El Zapallal, la consideración más importante que ha de tomarse en cuenta son las extrañas contrariedades en su proceso de determinación, pero sobre todo la completa falta de respeto por cumplir los plazos fijados. Para empezar, hay que observar qué es lo que sí está en regla con respecto al relleno. Un informe de enero de 2021 del OEFA señala que este cuenta con un estudio de impacto ambiental aprobado en 2008 y modificado por última vez en 2012.

Innova Ambiental

En 2018 OEFA supervisa El Zapallal y señala lo siguiente: el administrativo ha cumplido con los compromisos establecidos en el IGA (EIA 2008). Pero al año siguiente van a supervisar nuevamente y hubo un resultado diferente. En esta oportunidad el informe encarga el inicio de un proceso administrativo sancionador. ¿Sobre qué bases? Esto es algo que no está claro, ya que el informe donde se consignaron los hallazgos (Informe de Supervisión N 290-2019-OEFA/DSIS-CRES) no está disponible en el portal de datos abiertos del OEFA. Algo que sin duda resulta extraño, ya que en su base de datos se encuentran cerca de 2 mil informes de supervisión comprendidos en el periodo 2019-2022, pero hay una singular omisión en el informe 290-2019-OEFA/DSIS-CRES.

Innova Ambiental

En cualquier caso, una anotación en otro documento de la misma entidad hace referencia al archivo faltante diciendo que, según la oficina de asesoría jurídica del OEFA, el informe citado es de carácter confidencial. Este hecho no solo es desconcertante, sino que en el contexto de supervisión y sanción es tan solo natural que levante sospechas. Más aún cuando en 2020, un año después, por medio de Reporte Público de Supervisión N 32-2020 nuevamente se solicita el inicio de un proceso administrativo sancionador. Sin embargo, a la fecha no se ha visto evidencia alguna de una sanción a Innova, a pesar de que tienen dos procesos sancionadores.

Innova Ambiental

SONARE dice que la vida útil del relleno hace mucho que ha terminado, y en 2021 Innova emite la resolución directoral n 2261-2016 y el informe 6201-2016, ambos corresponden a la actualización del PAMA del relleno de El Zapallal, mediante el cual se amplía la vida útil en 4 años y 5 meses. Esto quiere decir que el llamado relleno tuvo que dejar de ser utilizado en octubre del año pasado, pero en otra contradicción la empresa sostuvo que la vida útil del relleno no puede ser calculada, pues depende de volúmenes variables. Con esto lo que tenemos es otra forma más de ampliación indefinida, algo a lo que esta empresa ya está acostumbrada en perjuicio de la ciudadanía.

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Las entrevistas personales representan el 50% del peso en la evaluación.

Otra de estas contrataciones CAS que planteó la gestión de Tito Medina Warthon en Digeiriba para este año es otro puesto que es descrito como especialista y, al igual que en el caso detallado previamente, otorgará un salario extrañamente elevado de once mil soles. Sin embargo, las obligaciones de la persona que sea contratada comprenden principalmente la asesoría de la dirección general y la participación en reuniones.

Minedu
Algunos de estos nuevos puestos recibirán hasta once mil soles mensuales.

Pero estas convocatorias CAS no son la única razón que por estos días ponen la lupa en la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y Servicios Educativo en el Ámbito Rural (Digeibira). Según documentos a los que pudo acceder Sudaca, una de las personas que se ha encargado de solicitar contrataciones con salarios inesperadamente altos ha sido Saturnina Margarita Soriano Mallaupoma.

Soriano Mallaupoma, quien postuló al Congreso de la mano de Perú Libre en 2021, no es una persona ajena a las decisiones cuestionables en Digeiriba. Esto debido a que fue ella la designada para suceder en el cargo de directora de Dirección de Servicios Educativos en el Ámbito Rural a Alfonso Isuiza Pérez, el exdirector de línea que fue hostigado y retirado de su trabajo por negarse a acatar órdenes del director general Tito Medina Warthon que iban en contra de los procedimientos estipulados para la contratación de personal bajo régimen CAS.
Minedu
Según el memorándum que data del mes de septiembre, Saturnina Soriano solicitó la contratación de un servicio de locación que consistía en asistencia técnica y , paradójicamente, revisión de los requerimientos para la contratación de servicios, uno de los aspectos que más se le ha cuestionado a la gestión que hoy tiene en sus manos a la Digeiriba. El afortunado en ser seleccionado para realizar dicha labor recibiría la llamativa cifra de diez mil soles por el mes trabajado.

Minedu
Una de las personas que solicita nuevas contrataciones es una excandidata de Perú Libre

En un país con tan notorias brechas educativas por cerrarse, difícilmente se podría ser mezquino con el presupuesto destinado al sector educación. Sin embargo, ante manejos como los que se vienen cuestionando en la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y Servicios Educativo en el Ámbito Rural (Digeibira), los criterios usados en las contrataciones y el hostigamiento a quienes no se someten al autoritarismo, existen razones para creer que estas ostentosas remuneraciones poco tienen que ver con una mejora de la educación peruana. Sudaca intentó comunicarse con las autoridades del Ministerio de Educación para obtener su versión, pero no obtuvimos respuesta.

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CAS, contratos, Minedu

En la misma línea, en lo que respecta a la construcción de la planta de transferencia la empresa señala lo siguiente: mediante la Adenda del 25.06.1996 que modifica ese punto del contrato (segundo párrafo literal g de las bases de licitación pública internacional), la MML pone a disposición la planta de transferencia Huayna Cápac, cuya construcción había concluido. A cambio, el concesionario dejaba de cobrar S/ 66,000 mensuales por concepto de Inversión en la Instalación de la Planta de Transferencia y una reducción de 21.25% en la incidencia de dicho concepto en costos financieros, imprevistos y utilidad.

Innova Ambiental

Por otro lado, acerca de los problemas que presenta El Zapallal, las denuncias de incumplimiento de protocolos, y el impacto ambiental que supone la operación de dicho residuo sanitario, ellos responden que las buenas prácticas de Innova Ambiental en la gestión de El Zapallal se evidencian en los resultados de sus monitoreos ambientales. El último de ellos, que data de mayo de 2022, incluye estándares de calidad de aire y ruido establecidos por el MINAM y PCM correspondientemente. 

Los hallazgos concuerdan con las afirmaciones, pues los niveles se encuentran por debajo de los estándares establecidos por las autoridades. Asimismo, sostienen que la empresa es fiscalizada de forma constante por el OEFA y MML. 

Sobre la denuncia a la Fiscalía Especializada en Medio Ambiente de Lima Norte que el Comité Parlamento 10 presentó en 2021 y los reproches de que en 25 años Innova no haya creado una centralización de biogases que evite el mal olor y contaminación de la zona responden: 

“Acogiéndose al DS 010-2020-MIMNAM, el 26 de julio de 2022 Innova Ambiental remitió al MINAM un PAMA para gestionar futuras ampliaciones (seis años) de El Zapallal y mejorar procesos. Entre esas mejoras figura un sistema de centralización de biogases”. A esta declaración hay que sumar la contestación acerca de los metales pesados que un estudio de 2017 de impacto ambiental halló en la zona de Lomas de Carabayllo. 

Según este reporte, la contaminación proviene de la entrada a una mina no metálica y la zona industrial, no al relleno ni sus operaciones. De igual manera, cuando se les interrogó acerca de la vida útil del relleno sanitario, respondieron que esta no se mide en años, sino que se calcula en volúmenes. Además, ante la pregunta sobre la posibilidad de reubicar el relleno no ofrecieron respuesta. 

Por último, Innova informa a la opinión pública que cuenta a día de hoy con una certificación ISO (International Standardization Organization) Anticorrupción, la cual fue emitida en noviembre de 2019 y se encuentra en proceso de revalidación. 

La respuesta de SONARE 

Ante el descargo de Innova, fuentes en la Sociedad Nacional de Residuos Sólidos (SONARE) responden que la empresa está justificando su actividad irregular en un marco legal que no se encuentra vigente. En este sentido, el DS-010-2020-MINAM culminó en octubre de 2020, hecho por el cual ahora estarían operando sin permisos. Asimismo, de acuerdo al DL 1278, la licencia de funcionamiento del relleno sanitario debe ser otorgada por la municipalidad distrital; y ellos no cuentan con licencia, ni en Zapallal ni en Portillo. 

A pesar de todo ello, si bien ambas partes han presentado documentación que sustenta de una manera u otra sus afirmaciones, no deja de ser alarmante la pasividad de las autoridades por subsanar la concesión en materia estricta del contrato. Con todo, no deja de ser curioso que en el mismo portal institucional de INVERMET (organismo descentralizado supervisor de la municipalidad de Lima) se señala que el plazo de concesión es de 120 días, término que se sigue sucediendo en un bucle infinito desde 2015. 

Innova Ambiental

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TAFUR

Es muy probable que el abogado Pedro Grández, defensor oficial de la exfiscal de la Nación Zoraida Ávalos, así como no explicita el conflicto de intereses al criticar la decisión de la Fiscal de la Nación de remover a su esposa, la fiscal Fanny Quispe Farfán del Equipo del caso “Cuellos Blancos” y de tildar a unos periodistas como rentados que celebran el logro de su campaña previa y anota que ya pueden cobrar el presunto honorario de éxito, busque influenciar en la Junta Nacional de Justicia, donde trabaja temporalmente, para que ratifique como Fiscal Suprema a su defendida y a la vez la JNJ abra proceso disciplinario a la Fiscal de la Nación, Patricia Benavides, que se atrevió a remover de su posición de poder a su esposa que había logrado en la gestión de Zoraida Ávalos como Fiscal de la Nación.

Audios reveladores que exponen la estrecha relación del operador Jose Luis Cavassa y el control que ejercía en el defenestrado CNM.

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“El río tiene los hidrocarburos ahí. Hay barreras en su boca que evitan su salida al Marañón. Estamos haciendo todo para mantenerlas. Esperamos pronto poder ingresar para hacer su evaluación y limpieza”, afirma Juan Gallarday, gerente corporativo de Desarrollo Sostenible en PetroPerú.

Mientras el bloqueo se mantenga, no podrán terminar de limpiar. Habrá que esperar que los frutos de las próximas reuniones comunales sean positivos. Por otro lado, también esperan que las 24 investigaciones fiscales abiertas que tiene la empresa por cortes o derrames avancen para identificar responsables. Según pudo conocer Sudaca, todas se encuentran en etapa preliminar por ahora.

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ONP, Petróleo, Petroperú

Una de las obligaciones contractuales expresada en la cláusula trigésima del Contrato de Concesión indica que “al término de la concesión el CONCESIONARIO entregará a la MUNICIPALIDAD, sin derecho a pago alguno, los bienes que devengan en partes integrantes o accesorios de la concesión”. Esto incluye la planta de transferencia de residuos sólidos y los terrenos en donde está edificada. Este es un procedimiento conocido en el que la concesión de los bienes pasa a dominio del Estado, y cuenta con un fuerte marco legal señalado en D. Leg. 757 “Ley Marco del Crecimiento de la Inversión Privada” y el Art. 21 del D. Leg. 758 “Normas para la Promoción de la Inversión Privada”, normativa que al día de hoy sigue vigente. 

Menos de 5 años después de obtener la concesión, la entonces Asociación Vega Upaca-Relima vende los terrenos mencionados a diferentes entidades financieras en calidad de daciones. Así, en enero de 1998 el sub lote 4 es entregado a la constructora Upaca, parte del consorcio empresarial Vega Upaca-Relima, como una dación de pago a la Caja de Pensiones Militar Policial por un valor de 797 mil dólares. Esto se hizo infringiendo claramente la obligación taxativa del concesionario en la que “los bienes que devenguen en partes integrantes o accesorias de la concesión, no podrán ser transferidas separadamente de esta, hipotecados, prendados o sometidos a gravámenes de ningún tipo” (Art. 21 del D. Leg 758). 

Posteriormente, en 2003 la empresa entregó los sublotes 2 y 3 en calidad de dación de pago a Citibank por 752 mil dólares. Esto ocurrió en diciembre de dicho año, después de que el sublote 1 fue hipotecado a favor del BCP por 440 mil dólares, violando los términos del contrato y el marco legal correspondiente. Cabe mencionar al respecto que las acciones de la empresa se llevaron a cabo con el conocimiento tanto de la comuna de Lima como de la Empresa de Supervisión Municipal de los Servicios de Limpieza “SUMSEL”. 

Innova Ambiental percibió como beneficio un aproximado de 2 millones de dólares respecto de los terrenos que tenía que ceder según contrato a la municipalidad de Lima. En lugar de aplicarse las sanciones y procedimientos correspondientes, la comuna construyó por sí misma la planta de transferencia de residuos sólidos, y con esto eximió a Innova de su obligación contractual y asumió todos los gastos. 

En la actualidad, la planta de transferencia de residuos sólidos está ubicada en la parte lateral del parque zonal ‘Huayna Cápac’, en la avenida Mateo Pumacahua distrito de San Juan de Miraflores. Aquí los camiones recolectores descargan los residuos hacia unidades de mayor capacidad y luego son conducidos al relleno sanitario de Portillo Grande. 

 

operacion de la planta
Modalidades del servicio de limpieza estipuladas en el contrato de renovación de 2005, página 2

 

En un informe de la Gerencia de Servicios a la ciudad y Gestión Ambiental se estimó que en 2018 esta planta manejaba aproximadamente 207 mil toneladas de desechos. Entre las preocupaciones sobre las operaciones en sí, es un hecho no menor que pese al paso de los años y el notable deterioro, el programa de adecuación ambiental de la planta es del año 2003. Además, no se ha encontrado a un organismo fiscalizador externo que determine la vida útil de la planta, e Innova reporta que pese a los agrietamientos debido a que el concreto no presenta reforzamiento de acero, “la vida útil es indefinida y depende del mantenimiento de las estructuras civiles”. 

Asimismo, una resolución directoral de noviembre de 2008 resuelve denegar la aprobación del estudio de impacto ambiental de la planta, ya que no solo no cumple los requisitos estipulados, sino que no entrega los resultados del análisis del agua, aire y suelo. Así pues, las operaciones de esta planta no solo deben su génesis a un procedimiento irregular que viola un contrato municipal oficial, sino que están precarizadas en cuanto a las condiciones de fiscalización, control y seguridad. 

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Los Fiscales: intento de decapitar a un magistrado supremo 

Por cierto, es inusual que la Fiscalía Superior presente una denuncia disciplinaria contra un juez de mayor jerarquía cuando este procedimiento normalmente queda en manos de los Fiscales Supremos, que poseen un rango similar al de los jueces supremos, y que es llamativo que la denuncia se presente cuando el recurso presentado solo se admitió a trámite y se califica positivamente la decisión de una Sala Superior que dio por concedido el recurso de casación y, lo que es más grave, se denuncia cuando no existe algún pronunciamiento sobre el fondo del caso que puede salir favorable o desfavorable.    

¿Por qué la Fiscalía Superior, y no la Fiscalía Suprema, se adelanta a un resultado judicial que le puede ser favorable si litiga sin presión mediática y a punta de denuncias? ¿Por qué se presenta una denuncia contra un magistrado que todos vinculan al caviarismo más recalcitrante –al que muchos fiscales pertenecen y lo reconocen con orgullo– y que es autor principal de la condena de Alberto Fujimori? ¿Acaso, es posible ensayar una respuesta razonable?

Analizados fríamente los hechos y los actos precedentes del Equipo Especial del caso “Lava Jato” la denuncia contra San Martín no es una queja aislada ni un actuar en solitario, lo que se busca, en realidad, es lograr que la Junta Nacional de Justicia no ratifique en el cargo de Juez de la Corte Suprema a un magistrado que está inmerso en el proceso de ratificación que ha sido convocado y que tiene su etapa crucial en la primera semana de noviembre. Para ello la denuncia ha sido presentada estratégicamente un mes antes de que pase la entrevista del proceso de ratificación. 

La idea que se maneja dentro del Equipo Especial del caso “Lava Jato” es que si se logra la no ratificación y expulsión de San Martín de la Corte Suprema y del Poder Judicial, ningún juez del Perú se atreverá a dictar fallos adversos y en contra de los intereses de los fiscales. 

La finalidad prioritaria de sancionar y expulsar a San Martín de la Corte Suprema de Justicia no es reciente y novedoso en los integrantes del Equipo “Lava Jato”. Ya en marzo del 2020 Rafael Vela presentó una denuncia a la Junta Nacional de Justicia pidiendo que se investigue a San Martín debido a que los requerimientos fiscales de uno de los casos que lleva el Equipo especial habían sido revocados en la Corte Suprema por acciones presuntamente sistemáticas de los abogados y “con decisiones de los jueces supremos que causan sospecha”, tal como lo informa el diario Gestión en su edición del 3 de marzo del 2020.

El poder de los fiscales  

La denuncia a la JNJ con fines de expulsión de la Corte Suprema de Justicia contra el magistrado San Martín no es un acto aislado de un sector del Ministerio Público.

Se debe recordar que el Fiscal Supremo Jesús Fernández Alarcón y la Fiscal Suprema Fanny Quispe enfilaron sus baterías, mientras estuvieron dirigiendo el caso “Cuellos Blancos”, contra cuatro jueces supremos titulares: José Luis Lecaros Cornejo, Elvia Barrios Alvarado, Carlos Arias Lazarte y Héctor Lama More. A José Luis Lecaros lo acusaron de haber negociado su nombramiento frustrado como representante de la Corte Suprema de Justicia en el Jurado Nacional de Elecciones en una cena en el restaurant el Polo Marino, de propiedad del empresario Salvador Ricci, con el prófugo César Hinostroza. A Elvia Barrios, la sindicaron de haber llamado al ex Presidente de la Corte del Callao Walter Ríos Montalvo para interceder supuestamente en un caso que tenía a su hermano como una de las partes interesadas. A Carlos Arias Lazarte lo acusaron de haber recibido ayuda para lograr el cargo de juez de la Corte Suprema en el concurso a jueces Supremos de la República del año 2017. A Héctor Lama lo acusaron de haber sido el candidato en reserva favorecido por el ex juez César Hinostroza Pariachi en el concurso de jueces supremos del año 2015.   

La paja en el ojo ajeno 

La Fiscalía Suprema ha vuelto a presentar el 20 de octubre del 2022 un segundo pedido de inhibición del magistrado San Martín. Se basa en que dicho juez tiene lazos de amistad con el abogado Dino Carlos Caro Coria y dicho abogado es su abogado en los procesos instaurados ante la Junta Nacional de Justicia y destaca que Caro Coria a su vez también es defensa técnica de los investigados, representantes de la empresa Enagas Internacional. Dicho pedido sería improcedente ya que se ha presentado casi un año después de que el caso llegara a la Corte Suprema de Justicia y porque Caro Coria no defiende a las personas y a las partes que han interpuesto el recurso de Casación.

Algunos abogados consultados para esta nota destacan que pocas veces se ve el empecinamiento del Ministerio Público para excluir a un magistrado de la Corte Suprema de un proceso penal, sobre todo, proveniente de un Fiscal Supremo como el fiscal Pablo Sánchez Velarde que conoce y sabe que un pedido de esta clase es a todas luces improcedente, sobre todo porque el abogado aludido no tiene ninguna relación con alguna de las partes que recurre y ha presentado la Casación a la Corte Suprema de Justicia. El actuar del Fiscal Pablo Sánchez es, además, contradictorio.

Se resalta que, por ejemplo, nunca el Fiscal Pablo Sánchez ha pedido el apartamiento de San Martín del conocimiento de algún caso en el que el abogado Miguel Pérez Arroyo ha defendido casos de narcotráfico en alguna Sala Penal de la Corte Suprema, pese a conocer que Pérez Arroyo fue secretario de confianza de San Martín Castro por muchos años. Este trato desigual y discriminatorio en el caso de la Casación N° 1095-2021 y los casos de narcotráfico que lleva el abogado Miguel Pérez Arroyo tal vez se debe a que Pérez Arroyo fue nombrado el año 2015 por Pablo Sánchez, cuando era Fiscal de la Nación, como Gerente Central de la Escuela del Ministerio Público.

Sin embargo, una de las principales razones por las que Pablo Sánchez Velarde se habría comprado el pleito personal de los integrantes del Equipo Especial del caso “Lava Jato” en la exclusión del juez San Martín reside en el ofrecimiento de ayuda que necesita de manera urgente para pasar el proceso de ratificación sumamente complicado que le toca afrontar durante la primera semana de noviembre.

Uno de los temas más delicados y controvertidos que descalifica y pone en entredicho la denuncia que presenta los fiscales Equipo Especial del caso “LAVA JATO” en contra del juez supremo San Martín Castro es que no tienen el mismo comportamiento con fiscales que le son afines y allegados suyos. Por ejemplo, el equipo especial no ha presentado alguna denuncia, queja y no han realizado siquiera algún pronunciamiento público acerca de los graves hechos, que revisten carácter delictivo, que comprometen a la ex Fiscal de la Nación Zoraida Ávalos Rivera alrededor de su irregular nombramiento como Fiscal Suprema y en el que utilizó cinco certificados falsos sobre temas de derecho realizados en el Instituto LIBREJUR y que le permitió pasar raspando los 66 puntos que se necesitaba para aprobar la etapa curricular en el concurso de Fiscales Supremos del año 2013 en el que fue apoyada por el operador fujimontesinista -y quien logró en tiempo reciente la inscripción ilegal del partido PODEMOS-, José Luis Cavassa Roncalla

Incluso, algunos Fiscales y conocedores del sistema de justicia sostienen que la denuncia presentada contra el juez San Martín Castro es la mejor cortina de humo y el distractor más eficaz para lograr que los reflectores y los cuestionamientos en la ratificación de jueces y fiscales supremos se concentren en un juez de la Corte Suprema; y de esta manera los fiscales Pablo Sánchez Velarde y Zoraida Ávalos Rivera logren pasar el proceso de ratificación por agua caliente y sin ningún contratiempo. Total, en la guerra, siempre se sacrifica al enemigo.

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