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El golpe que los fiscales intentan dar a la Corte Suprema de Justicia

Hace pocos días el sistema de justicia se ha visto conmocionado por una recusación realizada por el Equipo Especial del caso “Lava Jato”, encabezado por el fiscal superior Rafael Vela, contra uno de los miembros más prominentes de la Corte Suprema de Justicia: el presidente de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia el juez César San Martín.

Se ha dirigido un oficio y un Informe preparado por la fiscal provincial Norma Geovana Mori Gómez en el que le pide a la Junta Nacional de Justicia que evalúe la inconducta funcional que habría cometido dicho Juez Supremo por haber conocido y tramitado la Casación N° 1095-2021. 

Los hechos que presenta la Fiscalía en su denuncia a la Junta Nacional de Justicia

La denuncia que el Equipo Especial del caso “Lava Jato” realiza, cuestiona la intervención del juez San Martín en la tramitación de la Casación N° 1095-2021 –en el que ha sido presidente de Sala Penal Permanente y ponente del recurso de calificación de dicha casación–  y que tiene como partes que buscan un pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia a las personas de Jorge Danos Ordoñez y Ana Sofia Reyna Palacios quienes presentaron en la Sala Penal Nacional una excepción de improcedencia de acción por haber sido comprendidos en el delito de colusión ilegal al haber emitido un Informe como integrantes del Estudio Echecopar y ser asesores de Proinversión en el marco del proyecto Gasoducto Sur Peruano, conformado por la empresa Odebrecht y la empresa española ENAGAS Internacional a quienes se les terminó otorgando la buena pro.

A San Martín se le acusa de no ser un juez imparcial en el conocimiento de la Casación N° 1095-2021 por dos hechos: a) El mantener una amistad notoria con los abogados de los procesados Danos Ordoñez y Reyna Palacios, en especial, con Luis Vargas Valdivia y José Ugaz Sánchez Moreno socios del estudio Benites, Vargas & Ugaz; y, b) porque en el proceso penal que lleva la iscal provincial Norma Geovana Mori Gómez, el abogado de César San Martín ante la Junta Nfacional de Justicia, Carlos Caro Coria se encuentra defendiendo también a los representantes de la empresa española, David San Frutos Tomé y Jesús Luis Saldaña Fernández. La Fiscalía considera que si la casación es favorable a los intereses de los procesados, dicha decisión puede favorecer a los defendidos del abogado Carlos Caro.

Por cierto, ha llamado la atención de los fiscales que San Martín haya variado su proceder histórico de inhibirse de todos los casos Lava Jato y que últimamente, sin motivación, haya cambiado de proceder.

Denuncia ante la JNJ

Pese a que la Fiscalía en su escrito a la Junta Nacional de Justicia no lo dice, lo que está denunciando es un contubernio entre San Martín, su abogado y los abogados de la antigua firma a la que perteneció antes de ingresar a la Corte Suprema de Justicia y que ahora representan a las personas que han ingresado el recurso judicial. La preocupación de la Fiscalía aumenta porque el resultado del proceso viene empatado con la defensa: perdieron en primera instancia y ganaron en segunda; de allí que el pronunciamiento de la Corte Suprema sea crucial en el caso.  

Lo que no señala la Fiscalía Superior denunciante en su escrito del 3 de octubre del 2022 dirigido ante la Junta Nacional de Justicia es que la Sala Penal Permanente resolvió el 20 de setiembre del presente año –trece días antes de ingresar su queja– el pedido de inhibición que presentaron en julio del 2022 la Procuraduría Pública ad hoc para el caso Odebrecht y la Primera Fiscalía Suprema en lo Penal declarando infundada dicha solicitud que cuestionaba la imparcialidad del juez San Martín. 

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia decidió declarar infundada la solicitud de inhibición del magistrado San Martín debido a que Procuraduría Pública ad hoc para el caso Odebrecht y la Primera Fiscalía Suprema no habían logrado acreditar que el magistrado haya tenido interés, directo o indirecto, en el proceso, más allá de presentar como prueba principal de la recusación la publicación aparecida en el semanario Hildebrant en sus trece, en su edición 595, y tampoco logró acreditar que el magistrado cuente con amistad notoria o un vínculo de compadrazgo con el imputado, la víctima o sus representantes y que el hecho de que haya laborado hace 18 años para el mismo estudio en que eran socios el procesado Danós y su abogado Vargas Valdivia no es motivo razonable para dudar de su imparcialidad, sobre todo, si la Ley de la Carrera Judicial (artículo 40.11) declara que el impedimento para conocer un caso del estudio jurídico al que se ha pertenecido solo se extiende hasta un (1) año después de producido el cese de la relación laboral o la culminación de los servicios prestados bajo cualquier modalidad contractual.

Pese a que la Corte Suprema de Justicia ya le señaló por escrito y en una resolución que ha quedado consentida a la Procuraduría y a la Fiscalía de Pablo Sánchez, que no habría ninguna razón para cuestionar la imparcialidad de un juez de la Corte Suprema, la Fiscalía Superior acude a denunciar ante la JNJ una supuesta falta de imparcialidad de un magistrado de la Corte Suprema que la misma Sala Penal Permanente ya había rechazado.  Convierten en denuncia lo que ya había sido denegado en un trámite ordinario por la Sala Suprema.

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 Lo llamativo del caso es que la Procuraduría Pública ad hoc para el caso Odebrecht y la Primera Fiscalía Suprema recién presentan el pedido de inhibición contra San Martín ocho meses después de conocer que San Martín Castro y los integrantes de la Sala Penal Permanente formalmente les notificaron que iban a decidir la Casación N° 1095-2021 y lo hacen justo luego de que se conociera que dicha Sala había declarado bien concedido el recurso de casación en junio del 2022. Desde el 7 noviembre del 2021 tanto la Procuraduría Pública ad hoc y la Fiscalía Suprema conocían de manera previa y de antemano que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de la que San Martín era presidente iba a conocer la casación que tanto les interesaba. La recusación o la inhibición la deberían haber presentado dentro del plazo de tres días, pero esperaron recién que el recurso haya sido admitido para plantear una inhibición que suena extemporánea. 

Según algunas fuentes consultadas, la Fiscalía y la Procuraduría parece que para plantear una recusación o una inhibición a un magistrado de la Corte Suprema acuden a una timba jurídica: si el recurso de casación se rechaza mediante una resolución judicial de calificación no dicen nada y guardan silencio; aquí no se duda de la imparcialidad de los jueces; pero si el recurso se admite por cualquier motivo allí recién se disparan las alarmas y los Procuradores y los fiscales se acuerdan que hay un magistrado sospechoso de parcialidad. La recusación aparece, así, como una bala guardada, según se conozca el avance del proceso o pueda haber un resultado adverso para los fiscales: si ganan se callan; pero sí el recurso pasa acusan a cualquier magistrado de no ser imparcial.       

Algo semejante y que explica el silencio estratégico e ilegal de los Fiscales de plantear recusaciones, según vayan ganando o perdiendo, lo constituye la Casación N° 41-2020/Nacional del 24 de julio del 2020 firmada por el juez supremo San Martín cuya decisión es declarar inadmisible el recurso de casación postulado por Jorge Elías Danós Ordóñez y Ana Sofía Reyna Palacios que se interpuso contra una medida restrictiva de derechos. Para los fiscales en este caso San Martín fue imparcial porque falló de acuerdo a sus intereses; pero en la Casación N° 1095-2021 lo denuncian por falta de imparcialidad, pese a que se trata de las mismas personas involucradas, los mismos abogados y existían los mismos intereses en juego. 

Los Fiscales: intento de decapitar a un magistrado supremo 

Por cierto, es inusual que la Fiscalía Superior presente una denuncia disciplinaria contra un juez de mayor jerarquía cuando este procedimiento normalmente queda en manos de los Fiscales Supremos, que poseen un rango similar al de los jueces supremos, y que es llamativo que la denuncia se presente cuando el recurso presentado solo se admitió a trámite y se califica positivamente la decisión de una Sala Superior que dio por concedido el recurso de casación y, lo que es más grave, se denuncia cuando no existe algún pronunciamiento sobre el fondo del caso que puede salir favorable o desfavorable.    

¿Por qué la Fiscalía Superior, y no la Fiscalía Suprema, se adelanta a un resultado judicial que le puede ser favorable si litiga sin presión mediática y a punta de denuncias? ¿Por qué se presenta una denuncia contra un magistrado que todos vinculan al caviarismo más recalcitrante –al que muchos fiscales pertenecen y lo reconocen con orgullo– y que es autor principal de la condena de Alberto Fujimori? ¿Acaso, es posible ensayar una respuesta razonable?

Analizados fríamente los hechos y los actos precedentes del Equipo Especial del caso “Lava Jato” la denuncia contra San Martín no es una queja aislada ni un actuar en solitario, lo que se busca, en realidad, es lograr que la Junta Nacional de Justicia no ratifique en el cargo de Juez de la Corte Suprema a un magistrado que está inmerso en el proceso de ratificación que ha sido convocado y que tiene su etapa crucial en la primera semana de noviembre. Para ello la denuncia ha sido presentada estratégicamente un mes antes de que pase la entrevista del proceso de ratificación. 

La idea que se maneja dentro del Equipo Especial del caso “Lava Jato” es que si se logra la no ratificación y expulsión de San Martín de la Corte Suprema y del Poder Judicial, ningún juez del Perú se atreverá a dictar fallos adversos y en contra de los intereses de los fiscales. 

La finalidad prioritaria de sancionar y expulsar a San Martín de la Corte Suprema de Justicia no es reciente y novedoso en los integrantes del Equipo “Lava Jato”. Ya en marzo del 2020 Rafael Vela presentó una denuncia a la Junta Nacional de Justicia pidiendo que se investigue a San Martín debido a que los requerimientos fiscales de uno de los casos que lleva el Equipo especial habían sido revocados en la Corte Suprema por acciones presuntamente sistemáticas de los abogados y “con decisiones de los jueces supremos que causan sospecha”, tal como lo informa el diario Gestión en su edición del 3 de marzo del 2020.

El poder de los fiscales  

La denuncia a la JNJ con fines de expulsión de la Corte Suprema de Justicia contra el magistrado San Martín no es un acto aislado de un sector del Ministerio Público.

Se debe recordar que el Fiscal Supremo Jesús Fernández Alarcón y la Fiscal Suprema Fanny Quispe enfilaron sus baterías, mientras estuvieron dirigiendo el caso “Cuellos Blancos”, contra cuatro jueces supremos titulares: José Luis Lecaros Cornejo, Elvia Barrios Alvarado, Carlos Arias Lazarte y Héctor Lama More. A José Luis Lecaros lo acusaron de haber negociado su nombramiento frustrado como representante de la Corte Suprema de Justicia en el Jurado Nacional de Elecciones en una cena en el restaurant el Polo Marino, de propiedad del empresario Salvador Ricci, con el prófugo César Hinostroza. A Elvia Barrios, la sindicaron de haber llamado al ex Presidente de la Corte del Callao Walter Ríos Montalvo para interceder supuestamente en un caso que tenía a su hermano como una de las partes interesadas. A Carlos Arias Lazarte lo acusaron de haber recibido ayuda para lograr el cargo de juez de la Corte Suprema en el concurso a jueces Supremos de la República del año 2017. A Héctor Lama lo acusaron de haber sido el candidato en reserva favorecido por el ex juez César Hinostroza Pariachi en el concurso de jueces supremos del año 2015.   

La paja en el ojo ajeno 

La Fiscalía Suprema ha vuelto a presentar el 20 de octubre del 2022 un segundo pedido de inhibición del magistrado San Martín. Se basa en que dicho juez tiene lazos de amistad con el abogado Dino Carlos Caro Coria y dicho abogado es su abogado en los procesos instaurados ante la Junta Nacional de Justicia y destaca que Caro Coria a su vez también es defensa técnica de los investigados, representantes de la empresa Enagas Internacional. Dicho pedido sería improcedente ya que se ha presentado casi un año después de que el caso llegara a la Corte Suprema de Justicia y porque Caro Coria no defiende a las personas y a las partes que han interpuesto el recurso de Casación.

Algunos abogados consultados para esta nota destacan que pocas veces se ve el empecinamiento del Ministerio Público para excluir a un magistrado de la Corte Suprema de un proceso penal, sobre todo, proveniente de un Fiscal Supremo como el fiscal Pablo Sánchez Velarde que conoce y sabe que un pedido de esta clase es a todas luces improcedente, sobre todo porque el abogado aludido no tiene ninguna relación con alguna de las partes que recurre y ha presentado la Casación a la Corte Suprema de Justicia. El actuar del Fiscal Pablo Sánchez es, además, contradictorio.

Se resalta que, por ejemplo, nunca el Fiscal Pablo Sánchez ha pedido el apartamiento de San Martín del conocimiento de algún caso en el que el abogado Miguel Pérez Arroyo ha defendido casos de narcotráfico en alguna Sala Penal de la Corte Suprema, pese a conocer que Pérez Arroyo fue secretario de confianza de San Martín Castro por muchos años. Este trato desigual y discriminatorio en el caso de la Casación N° 1095-2021 y los casos de narcotráfico que lleva el abogado Miguel Pérez Arroyo tal vez se debe a que Pérez Arroyo fue nombrado el año 2015 por Pablo Sánchez, cuando era Fiscal de la Nación, como Gerente Central de la Escuela del Ministerio Público.

Sin embargo, una de las principales razones por las que Pablo Sánchez Velarde se habría comprado el pleito personal de los integrantes del Equipo Especial del caso “Lava Jato” en la exclusión del juez San Martín reside en el ofrecimiento de ayuda que necesita de manera urgente para pasar el proceso de ratificación sumamente complicado que le toca afrontar durante la primera semana de noviembre.

Uno de los temas más delicados y controvertidos que descalifica y pone en entredicho la denuncia que presenta los fiscales Equipo Especial del caso “LAVA JATO” en contra del juez supremo San Martín Castro es que no tienen el mismo comportamiento con fiscales que le son afines y allegados suyos. Por ejemplo, el equipo especial no ha presentado alguna denuncia, queja y no han realizado siquiera algún pronunciamiento público acerca de los graves hechos, que revisten carácter delictivo, que comprometen a la ex Fiscal de la Nación Zoraida Ávalos Rivera alrededor de su irregular nombramiento como Fiscal Suprema y en el que utilizó cinco certificados falsos sobre temas de derecho realizados en el Instituto LIBREJUR y que le permitió pasar raspando los 66 puntos que se necesitaba para aprobar la etapa curricular en el concurso de Fiscales Supremos del año 2013 en el que fue apoyada por el operador fujimontesinista -y quien logró en tiempo reciente la inscripción ilegal del partido PODEMOS-, José Luis Cavassa Roncalla

Incluso, algunos Fiscales y conocedores del sistema de justicia sostienen que la denuncia presentada contra el juez San Martín Castro es la mejor cortina de humo y el distractor más eficaz para lograr que los reflectores y los cuestionamientos en la ratificación de jueces y fiscales supremos se concentren en un juez de la Corte Suprema; y de esta manera los fiscales Pablo Sánchez Velarde y Zoraida Ávalos Rivera logren pasar el proceso de ratificación por agua caliente y sin ningún contratiempo. Total, en la guerra, siempre se sacrifica al enemigo.

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César Hinostroza, Fiscal, Fiscalía, Ministerio público

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