Informes

El fin de semana pasado salió publicado en El Peruano la autorización de viaje de Ninoska Chandia, Presidenta Ejecutiva del IRTP, y de Francisco Vivanco, Gerente General de la institución en mención. Lo que llama la atención son los gastos que se está corriendo para financiar este viaje a Valencia, España. 

En la publicación se da a conocer que se está financiado solo en pasajes aéreos una cantidad de 7.000 dólares americanos para los dos ejecutivos. Hablamos de 3.500 dólares por persona en pasajes aéreos, ¿Tan caro puede salir? ¿Se debió a la proximidad del día de compra del viaje o tal vez por el cargo que ejercen?

¿Que se sabe del viaje de Ninoska Chandia?

El presidente de TYRIS TV S.L. invitó a la Presidenta Ejecutiva y al Gerente General del IRTP a participar en el evento INCOM, un foro nacional sobre tecnologías de streaming que se viene celebrando en Valencia, España, del 05 al 08 de marzo de 2024. La participación de los representantes del IRTP en este evento se justifica por la oportunidad de promover la labor del IRTP, fortalecer relaciones internacionales y conocer nuevas tecnologías y tendencias en medios audiovisuales.

En virtud de estas consideraciones, se autorizó el viaje en comisión de servicios de la Presidenta Ejecutiva y el Gerente General del IRTP a Valencia, España, del 04 al 09 de marzo de 2024. Los gastos derivados de este viaje, incluyendo pasajes aéreos y viáticos, son cubiertos por el IRTP.

Se establece la obligación de presentar un informe detallado sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje, así como la rendición de cuentas correspondiente. 

¿3500 dólares por persona?

Hablamos de una cantidad exorbitante de dinero que si alguien consulta en las páginas de las aerolíneas, los pasajes por persona llegan a los 1200 dólares americanos. Salvo en el caso que el viaje esté cerca a la fecha de pago que puede costar 2300 dólares, pero hablamos de una cifra fuera de lo común. 

No solo hablamos de costos de viaje, sino también de los viáticos que por los cuatro días asciende a 4 320 dólares americanos. 

Benjamín Zevallos

 Parte de la publicación de “El Peruano” sobre el viaje de los ejecutivos

¿Qué convenios y beneficios tangibles va a tener el IRTP? 

Lamentablemente al cierre de este informe no tuvimos respuesta del área de comunicaciones del Instituto Nacional de Radio y Televisión. Es triste ver que la insistencia periodística sea respondida con en el silencio de una espera inalcanzable por comunicarse con personal del instituto. Y es que en varias ocasiones se nos colgó la llamada, se nos intentó pasar con los anexos respectivos, pero en el cambio de llamada las colgaban y, en parte, nos dieron anexos que nunca contestaron. 

¿Esta es la manera que Ninoska Chandia organiza y dirige al IRTP? Lamentablemente cuando intentamos comunicarnos con ella para ver las acciones a seguir por las irregularidades denunciadas por antiguos y activos trabajadores del instituto solo recibimos una clara evasión de una respuesta clara.

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Tal como lo reseñáramos hace más de un año la lucha solitaria de Alexander Succar contra los socios más caracterizados del Country Club de Villa, sus comités de vigilancia y de castigo y los jueces que nunca le dieron la oportunidad de conocer los expedientes de su caso, Sudaca conversó con su abogada.

A continuación, habla la doctora Nancy Olazábal, abogada defensora del socio Alexander Succar Hampton, quien desmenuza cada una de las acciones de Succar y de las reacciones cada vez más desmesuradas de uno de los socios que ocuparon la directiva del Country Club de Villa, pero creen que el inmenso centro de esparcimiento frente al mar de villa es de ellos y han terminado expulsando a Succar de modo definitivo. 

Se ve que ha habido una estrategia para poder excluir al señor Succar del Country Club de Villa. La estrategia comenzó cuando el señor Succar se quejó del maltrato recibido al haber tomado un vaso de agua fresca en el tópico del Club. En ese momento se inició el primer proceso disciplinario, no como correspondía a favor de Succar, quien fue el que sufrió el maltrato, sino por la persona que hizo cuestión de estado contra él por haber tomado un vaso de agua como lo hacía todos los días antes de dirigirse a las duchas y luego a la piscina. Como sabemos, al día siguiente del incidente Succar se dirigió al lugar donde se encuentra el libro de quejas y reclamaciones para dejar sentada su protesta contra la persona que habría pretendido impedirle tomar el vaso de agua. Pero, lejos de acoger la queja del señor Succar, el presidente del comité de disciplina de ese entonces, el señor Price Passalacqua le inicia un proceso disciplinario por supuestamente haber causado caos dentro del tópico, por haberle faltado el respeto a la denunciante -de quien nos enteramos que era una médica recientemente contratada- y no por su queja. Succar respondió preguntando en base a qué, si el asunto es exactamente al revés ya que él fue quien presentó la queja, exigiendo que le entreguen los videos y las pruebas de esa supuesta disrupción que él habría hecho en el tópico. El Club Villa no le entrega la información y resuelve antes de 10 días, violando los procedimientos y los protocolos, asumiendo que las quejas de Succar son los descargos del Comité y lo separan del Club por 30 días. Es en ese punto donde el señor Succar acude donde mi en busca de asesoría legal y me dice: “esta situación me preocupa porque me da la impresión que están utilizando esto para crearme situaciones de in conducta y para, finalmente, botarme del Club, porque hay gente en el Comité de Disciplina que me tiene animadversión”; entonces yo le respondo que eso no lo podemos saber, y vamos a presentar de acuerdo al proceso un recurso de reconsideración que está establecido dentro del proceso disciplinario para que lo vea el Consejo Directivo que es la segunda instancia, pero el Consejo Directivo tampoco tomó en cuenta los sólidos reclamos del señor Alexander Succar, en cuanto a que el Comité de Disciplina presidido por el señor Augusto Giancarlo Price Passalacqua no le había querido entregar los videos y la documentación correspondiente a esa sanción disciplinaria, el Comité de Disciplina decía que la médica había hecho su manifestación con respecto a la situación, entonces él pide esa documentación y no se le entrega, va al Consejo Directivo en segunda instancia y el Consejo Directivo obvia todo eso y ratifica la sanción, entonces en ese momento el señor Succar me indica que lo dejemos así, que prefiere cumplir con los 30 días de suspensión y que se acabe ahí, porque no quiere entrar en más discusiones con ellos, para evitar justamente la expulsión. Él cumple con sus 30 días de suspensión y va al Club, no para ingresar sino para pagar su cuota de socio porque, aunque esté sancionado tiene que seguir pagando, entonces no entra al Club.

En este segundo proceso disciplinario que le inicia el Comité de Disciplina presidido por el señor Augusto Giancarlo Price Passalacqua, Succar entra a la oficina que está fuera de los servicios del Club para averiguar sobre su estado de cuenta y se retiró; entonces cómo la persona que se encontraba en la portería sostiene que yo he dado un código de otra persona, porque ese es el segundo proceso disciplinario que se le inicia en base al informe de la persona de seguridad que dice que el señor Succar ingresó al Club dando otro número de carnet y sin esperar que lo autoricen a ingresar, y el Comité agrega que él ha ingresado cuando no podía hacerlo porque él ya estaba comprendido en la prohibición de ingresar por falta de pago de las cuotas.

Entonces, presentamos un descargo y adjuntamos toda la documentación diciendo que era imposible que él estuviese comprendido en el artículo 25 del estatuto y del reglamento del Club, porque Succar justamente había recibido una carta del Club diciéndole que debía ponerse al día en el pago de sus cuotas, y que si no lo hacía dentro de los 10 días de recibida la carta entonces iba a ser suspendido en sus derechos como asociado. Como Succar no acepta que los dichos del agente de seguridad sean ciertos, exige nuevamente que se le entreguen los audios y los videos que demuestren lo dicho por el agente de seguridad.

En lugar de entregarle los audios y los videos que demostrarían que no ingresó falseando la información en la caseta de seguridad, el Comité de Disciplina lo sanciona esta vez por 60 días. Entonces, presentamos la reconsideración de esa sanción disciplinaria ante el Consejo Directivo y también le solicitamos los audios y los videos, pero el Consejo Directivo nos lo negó y ratificó la sanción.

“Entonces, a partir de ahí, el señor Succar me dice que es evidente que lo que quieren es expulsarlo, por lo que no va a dar motivos para eso, inhibiéndose de ingresar al Club, porque son capaces de inventarle cualquier cosa. Justamente a raíz de esa situación que él consideraba injusta se inician las acciones judiciales para levantar los cargos que le habían hecho en la segunda sanción disciplinaria, en la cual, como es harto conocido, le enviaron una carta notarial diciéndole que está sancionado y no pueden ingresar al Club ni él ni su esposa ni sus hijos, porque la sanción se cumple a todo nivel, a pesar de que sus hijos eran socios juveniles. 

A partir de ese momento, iniciamos dos acciones: una penal contra el guardia de seguridad que había enviado el informe calumnioso, y una acción de amparo contra los miembros de la Comisión de Disciplina y los integrantes del Consejo Directivo, puesto que no le permitían ejercer su derecho de defensa ni le entregaban la información a la que él tenía derecho constitucional, porque acá no estamos hablando solamente de una cuestión administrativa: habían violado los derechos constitucionales del señor Succar, los derechos constitucionales a disfrutar de su espacio social, los derechos constitucionales a disfrutar de un club al cual él pertenecía y sigue perteneciendo y los derechos constitucionales al debido proceso, porque el Comité de Disciplina había resuelto antes de agotarse los diez días de plazo que tenía el señor Succar para poder presentar pruebas de descargo en el primer proceso administrativo y los derechos constitucionales al debido proceso y a la información que tenía el señor Succar para poder contestar en este segundo proceso administrativo con la información que requería. Dentro de estos procesos judiciales, el juez de ese entonces en el proceso penal era el magistrado Elmer Velásquez, quien rechaza esa denuncia y confunde las pruebas presentadas, como que al guardia varón lo confunde con una mujer, y se remite al proceso administrativo que no es de competencia penal y dice en el fundamento para rechazar esa denuncia que las instituciones del Club han actuado dentro de un proceso administrativo acorde al reglamento, y que, entonces, eso no se puede ventilar en una denuncia penal por calumnia, sino que tendría que haberlo ventilado en un proceso contencioso administrativo. Nosotros apelamos porque era un absurdo, sube a la sala y la sala, que está compuesta por tres jueces superiores repite exactamente lo mismo que había suscrito el juez Elmer Velásquez; entonces el señor Succar decide no seguir en la cuestión penal contra el guardia de seguridad porque está seguro que es un hombre presionado por los directivos para que diga lo que ellos quieren porque su trabajo depende de ello.

Pero como teníamos también la demanda constitucional contra los miembros del Comité de Disciplina y los del Consejo Directivo, nos centramos en ese proceso, pero, al igual que el anterior juez, este igualmente lo rechaza absolutamente, cuando de acuerdo con el artículo sexto del código procesal constitucional, los jueces están prohibidos de rechazar liminarmente una demanda constitucional, tienen que notificar a todos los demandados y esperar que todos estos contesten, y luego de dichas  contestaciones el juez recién puede resolver si considera dar por infundada la demanda, pero antes no. Pero en este caso, simplemente la rechaza bajo los mismos argumentos que se usaron en la demanda penal y que, por lo tanto, él debía reclamar dentro de un proceso ordinario, cosa totalmente absurda porque uno de los fundamentos del juez para rechazar la demanda es que hay derechos constitucionales que se estarían violando, pero dice que esos derechos se pueden reclamar en un proceso ordinario, ¡jamás!, eso es imposible, porque para eso existe un proceso constitucional para que sea rápido e inmediato y evitar la violación de los derechos constitucionales de las personas. Por supuesto que apelamos, y en ese ínterin cambian al juez Elmer Velásquez y ponen a otro en su lugar; a ese juez es al que requerimos y estuvimos ahí detrás para que notifique a todos los demandados para que sea elevado a sala, y los cargos de todas las notificaciones de todos los demandados tienen que regresar y estar adosadas al expediente para que pueda ser elevado a la sala superior y efectivamente el expediente es elevado a la sala, pero luego es devuelto porque había como seis cargos de notificación que no estaban adosados al expediente. Para esto han pasado meses de meses y luego ese juez es cambiado por la jueza Enith Violeta Juárez Escalante que es la que está actualmente esa jueza pide el expediente a su despacho para revisarlo y emite una resolución diciendo que el expediente que no puede ser elevado porque faltan cargos de notificación, entonces ahí está toda nuestra vía crucis en tramitología puesto que los cargos de notificación que se habían puesto y que no habían podido ser entregadas a las partes demandadas decían que no habían encontrado la dirección, que no era la dirección correcta, varias cosas, entonces el señor Alexander Succar se dio el trabajo de verificar las direcciones y entonces volvemos a presentar los escritos y pedimos a la jueza que notifique y efectivamente ordena que notifique pero se pasa meses sin resolver, entonces es una letanía uno tiene que ir constantemente   al juzgado para preguntar por qué no han hecho las cosas y decirles que cosas faltan y así pasan los meses. Ahora ya bajaron a dos casos los que no pueden notificar y eso que todas las direcciones han sido dadas de acuerdo con la ficha Reniec, entonces mi sugerencia fue que se notifique a esas dos personas por edicto porque lamentablemente en el poder judicial las cosas son demasiado lentas y justicia que tarda no es justicia, entonces presentamos un escrito y exigimos al juzgado que notifique para poder elevar el expediente y pasan las semanas y la jueza no resuelve y el señor Succar fue al juzgado y la jueza no lo quiso recibir, pero a través de una especialista le mando decir que no va a resolver ni va ordenar ni va a notificar porque no tiene especialista, la cuestión es que hace más de un mes que ella no tiene especialista y cómo no tiene especialista  no va hacer ningún trámite hasta el 15 de marzo que llegue un nuevo especialista, mientras tanto el único perjudicado es el señor Alexander Succar.  

 

Ahora tenemos el tercer proceso administrativo que le inicia el comité de disciplina del Club al señor Succar porque hizo declaraciones a la prensa, basados en qué, en la carta notarial del señor Price Passalacqua que en ese momento ya no era miembro del comité de disciplina e instiga al nuevo comité para que se inicie un tercer proceso disciplinario contra el señor Succar por haber hecho declaraciones que atentan contra la imagen y el prestigio del Club, cosa que jamás ha hecho el señor Succar, porque más evidente que la acción que no está dirigida al Club. La acción de amparo está dirigida puntualmente contra cada uno de los integrantes del comité de disciplina y el consejo directivo, o sea no es una acción contra el Club porque el Club es una institución y las instituciones no son malas o buenas, las instituciones siempre son instituciones que pueden convertirse en un objeto de maldad dependiendo de quien las dirige y los que ocasionan eso y los actos de quienes la dirigen son los actos que son establecidos como buenos o malos y son los directivos del comité de disciplina y del consejo directivo los que han actuado con encono, con hostigamiento, con maldad contra el señor Alexander Succar y no contra el club y lo siguieron haciendo ¿Por que?, porque a pesar de que era evidente que los audios que no se estaba atacando al club y no era ningún ataque sino era el derecho constitucional del señor Succar también, de poder declarar a la prensa, es un derecho constitucional por qué le van a prohibir, más aún cuando él está haciendo atropellado en todos sus derechos y sin fundamente alguno inclusive lo citan a una audiencia en la que yo lo acompañé, a pesar de que en ese momento él se encontraba con una trombosis en la pierna, él dijo: “mejor voy porque son capaces de decir que no he querido ir  y que no tengo voluntad  de levantar ningún cargo “, y fuimos y en ese momento una mujer de los miembros  de ese comité. En una de las argumentaciones dijo que la médica no tenía por qué mentir o sea y cuando yo le retruco digo: ´Usted está diciendo que usted apriori dice que la médica no tenía por qué mentir o sea que el señor Alexander Succar para usted si tiene porque mentir, o sea que clase de proceso le están iniciando cuando ustedes ya tienen una idea prestablecida con respecto al señor Alexander Succar´, por supuesto que ahí no contestaron nada dijeron que lo iban a evaluar y que ya íbamos a recibir la resolución. Y la resolución fue sancionadora, señalando la expulsión y ahí lo expulsan definitivamente del Club, a los hijos no los pueden expulsar por ellos ya son juveniles, pero ellos ni siquiera han querido presentarse ya para ser titulares porque con miembros del comité de disciplina y del consejo directivo de ese tipo y de la forma de la que lo están acusando a su padre, ellos piensan y tienen temor de que los rechacen simplemente porque son hijos del señor Alexander Succar, entonces que es lo que pasa nosotros por supuesto presentamos el recurso de consideración para que esto lo vean en el consejo directivo y que resolución emiten, dan por recibido el recurso de reconsideración y dicen que han optado porque ese recurso de reconsideración se vea en asamblea general del club. 

Hasta la fecha no convocan a asamblea para ver la reclamación del señor Succar y no hemos querido tampoco incidir porque eso es una evidencia más de cómo se violan los derechos constitucionales al debido proceso y a la información contra el señor Alexander Succar. Y también estamos estancado en la apelación en el proceso de acción de amparo iniciado por el señor Succar porque la jueza ha dicho que no va a notificar por edicto hasta que no tenga ella su especialista, de esta acción de amparo que ha presentado el señor Succar, ya han pasado dos años, esa es la angustia y desesperación que ven como lo han atropellado y se siente totalmente indefenso y se indigna ante todos estos casos de prepotencia de acoso y sobre todo de abuso de poder que la han hecho los miembros del comité de disciplina y el consejo directivo del club.

Nosotros estamos esperando que este expediente llegue a la sala porque tenemos cuatro jurisprudencias con respecto a este tipo de casos y dos puntualmente a directivos del Club Villa, lo que pasa que los directivos del club a la hora que son directivos se sienten que pueden hacer lo que quieren y eso no es así, porque el club no es de propiedad de los directivos.

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Hace exactamente una semana, un audio causaba conmoción en las redes sociales. En esta grabación se podía escuchar al alcalde La Molina, Diego Uceda, realizar denigrantes comentarios en contra de Milagritos Quintana Mogollón, teniente alcalde de este distrito, en medio de risas del propio burgomaestre y otros funcionarios de la municipalidad.

Sin embargo, la situación de Uceda Guerra García podría estar por complicarse todavía más dentro de la Municipalidad de La Molina. Según pudo conocer Sudaca, el alcalde de La Molina podría tener que afrontar una suspensión del cargo acorde a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades.

EN MANOS DEL JNE

Sudaca tuvo acceso al documento que fue presentado el pasado 29 de febrero al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) en el cual se solicita la suspensión del alcalde Diego Uceda por falta grave. Esta solicitud fue presentada a raíz de los comentarios violentos realizados por el burgomaestre de La Molina.
Cristian Rebosio

Esta solicitud se ha amparado en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Municipalidades, la cual establece que se puede dar la suspensión del cargo de un alcalde o regidor si alguno de estos comete una falta grave de acuerdo a lo señalado en el reglamento interno del consejo municipal.

Acorde al artículo 52, el cual determina lo que se puede considerar como falta grave, se contempla que el “pronunciar palabras o frases ofensivas que afecten la reputación, el honor, la intimidad o la imagen personal” pueden ser sancionadas con una suspensión del cargo de hasta treinta días.
Cristian Rebosio
En la evidencia que se presentó se encuentra la transcripción de las expresiones de Diego Uceda en contra de Milagritos Quintana durante una conversación con otros trabajadores de la Municipalidad de La Molina y que, según detalló la propia denunciante, no serían hechos aislados sino que las situaciones de maltratos vendrían ocurriendo desde el año pasado.
Cristian Rebosio

DENUNCIADO

Como se recuerda, esta situación derivó en una denuncia contra el político miembro de Renovación Popular que, tal como expuso Sudaca en exclusiva en el informe titulado UN ALCALDE ENTRE LA TERAPIA Y LA PRISIÓN, terminó con el Décimo Juzgado de Familia ordenando al alcalde de La Molina a recibir terapia psicológica.

Además, la justicia le otorgó a Milagritos Quintana Mogollón una serie de medidas de protección al considerar que se trataba de un caso de violencia psicológica. Entre estas medidas se encontraba prohibirle expresamente al alcalde Uceda realizar algún tipo de represalia o actos de violencia contra su teniente alcalde. A ello se le suma que Quintana deberá recibir terapia para restaurar su estado emocional.
Cristian Rebosio

Con la resolución del Décimo Juzgado de Familia, el audio del alcalde de La Molina y el testimonio de Milagritos Quintana, no sería extraño que el Jurado Nacional de Elecciones le saque tarjeta roja al alcalde Uceda en los próximos días y deba alejarse durante casi un mes del puesto en el que parece sólo haber cosechado cuestionamientos.

 

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Aunque la vida en el planeta ha estado en constante cambio desde sus orígenes, el ser humano todavía se muestra cauteloso, y hasta temeroso en algunos casos, cuando se ve obligado a enfrentarse a los cambios. Sin embargo, el desarrollo de la tecnología ha permitido que estos cambios en la naturaleza puedan tener una explicación que no sólo ayuda a perder el miedo sino que brinda información para poder interactuar con esta nueva realidad.

Este parece ser el caso de la anchoveta que durante varias décadas se ha pescado en la costa peruana y que hoy se presenta en una forma inusual en lo que respecta a su talla. Sudaca pudo conversar con Luis Icochea, profesor de la Universidad Nacional Agraria de La Molina, para conocer las razones que han llevado a que la anchoveta presente nuevas características y cómo estas impactarán en la actividad pesquera.

TIEMPO DE ADAPTACIÓN

Tal como lo ha informado Sudaca en otros informes periodísticos, la anchoveta que se encuentra en el mar peruano ha presentado una serie de cambios entre los que se encuentra un tamaño diferente al que registraba décadas atrás. Sin embargo, lejos de encender las alarmas, estos cambios parecen tener una explicación que desarma cualquier teoría apocalíptica sobre el futuro de este recurso.

Luis Icochea señala que, si bien la reducción en la talla de una especie puede ser un signo de alarma, en este caso la explicación para que el tamaño de la anchoveta se haya reducido está dentro de lo previsible.  “Cuando está el recurso virgen siempre va a tener un promedio más alto. Ha sucedido con la merluza, el jurel y la pota. Lo comienzas a explotarla y se va a reducir”, explica.

Aunque en los resultados de una reciente evaluación del Instituto del Mar del Perú (IMARPE) se observa que la biomasa es menor al promedio que solía registrarse, la explicación a estos inusuales números se encuentra en un cambio en la distribución del recurso que fue provocado por las anomalías en la temperatura superficial del mar. Este escenario provocó que la anchoveta profundice a más de ciento cincuenta metros y sea imposible que el IMARPE la pueda estimar en sus evaluaciones.

Cristian Rebosio

Para el especialista en oceanografía pesquera, no existen motivos para alegar que existiría sobrepesca en este momento y agrega que “si de una especie se pueden extraer dos, cuatro o cinco millones de toneladas durante años, eso significa que esa especie está bien. Si se sigue extrayendo, eso quiere decir que el recurso no está perjudicado”. 

A esto se le suma que Perú ha dispuesto una serie de regulaciones enfocadas en evitar una pesca sin control que ponga en riesgo la sostenibilidad del recurso. Un ejemplo de estas regulaciones en que sólo se puede pescar hasta el 35% de la biomasa que representa el volumen de peses de una misma especie.

Además, entre los factores que impactan en las nuevas tallas que alcanza la anchoveta, según explica Icochea, están las condiciones cálidas. “Lo que más afecta es que vienen por corrientes y hay un alimento distinto al que la anchoveta prefiere. Eso la obliga a la anchoveta a migrar e impacta en su crecimiento”, señaló en declaraciones a Sudaca.

CAMBIOS EN TIERRA

Pero no sólo la anchoveta ha mostrado cambios. En tierra, las autoridades responsables también parecen entender que es momento de adaptarse a una nueva realidad y evitar que las regulaciones se conviertan en un obstáculo para la actividad pesquera. Esta situación es la que ocurre en Chile, donde no existe la talla mínima de captura de doce centímetros para la anchoveta debido a que estudios recientes les indicaron que esta especie alcanza la madurez sexual desde los 10 o 10.5 centímetros.

Por ello, Luis Icochea coincide con la necesidad de cambios en las regulaciones vigentes en Perú para que se saque un mayor beneficio y señala lo siguiente:  “¿Qué pasa si no hay anchoveta fuera de las cinco millas? Ese stock lo está pescando en Chile. Nosotros no lo aprovechamos como es debido”. 

En los informes científicos realizados por el IMARPE durante la última década previo al inicio de las temporadas de pesca, el porcentaje de tallas menores a los doce centímetros ha registrado un aumento sostenido que en el año 2023 registró uno de sus números más altos con un 82%.

Cristian Rebosio

“Si ves que el 90% es menor de doce centímetros, es imposible que vayas a pescar y encuentres un ochenta o noventa por ciento de anchoveta grande. Tiene que haber un poco de coherencia”, cuestiona el docente universitario sobre las restricciones actuales para la pesca de anchoveta.

Ante el escenario actual, Luis Icochea considera que hay factores indispensables al momento de establecer las cuotas de pesca. “Lo importante es dar la cuota con un porcentaje de adecuado de especímenes menores a la talla mínima permitida. Ojo que no es juvenil , porque menores de doce no significa que sea juvenil. Hay anchovetas que alcanzan su adultez a los diez u once centímetros”, comenta.

En un contexto crítico para la pesca peruana en regiones como el sur, la anchoveta representa una oportunidad que podría generar innumerables puestos de trabajo para diferentes sectores. Por ello, mantener regulaciones que dejan de lado la evidencia científica, que hasta ahora ha sido contundente, podría condenar al sector pesquero a una catástrofe histórica.

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El día de la visita al relleno sanitario “El Zapallal», la cual se dió el 20 de febrero del 2023, se vivieron una serie de acontecimientos que revelan preocupaciones graves sobre la gestión ambiental y la salud pública en la zona. La jornada comenzó con una charla informativa presentada por un ingeniero de INNOVA, la empresa a cargo del relleno, donde se expusieron diversos aspectos relacionados con la gestión de residuos. 

En esta charla, el ingeniero Milton Miranda, mostró una diapositiva que señalaba la contaminación proveniente de otros sectores, como la quema de residuos en zonas cercanas al relleno. Este hecho fue respaldado con un video que mostraba humo negro emanando de la zona cercana al límite del relleno. Para la sorpresa de los dirigentes fue que justamente para la visita al relleno sanitario, aparecía esta quema de residuos en las afueras del Zapallal. 

La presencia de recicladores en el cerro, protegidos por la policía, aumentó el riesgo percibido por los dirigentes, quienes consideraron que no había garantías para su participación en la visita, ya que a ellos se les pidió una variedad de requisitos para el ingreso al recinto mientras que los recicladores se hicieron del compromiso y se hicieron presentes contra viento y marea. 

Esta situación llevó a que los dirigentes abandonaran el relleno, ya que no sentían que en esta reunión se iba a escuchar neutralmente las partes iguales. Informaron al alcalde de Carabayllo quien también se pasó a retirar en su camioneta. Posteriormente, se mantuvieron conversaciones con la congresista Ruth Luque, quien expresó su preocupación por el retiro de los dirigentes y se comprometió a analizar la situación y tomar acciones al respecto. Parlamento 10, representación de Lomas de Carabayllo, aseguraron que la congresista atendió sus preocupaciones y que se llevó la información completa del caso.

Sobre la situación actual del relleno

En cuanto al funcionamiento actual del relleno sanitario “El Zapallal», se señaló que está cerrado y no se realizan actividades en su interior. Sin embargo, persisten preocupaciones sobre la gestión de residuos y la contaminación ambiental en la zona, especialmente debido a informes que señalan la presencia de metales en aguas subterráneas y la emisión de gases contaminantes. Informes que en Sudaca hemos analizado a profundidad.

El tema de la gestión del relleno sanitario ha generado tensiones y disputas, tanto a nivel local como nacional. Se menciona la posibilidad de que INNOVA continúe operando el relleno, pero también se plantea la opción de que la municipalidad deje de trabajar con esta empresa y busque otras alternativas para la gestión de residuos. Y es que la posibilidad de un concurso público está más que cerca de realizarse, sin embargo, aún sigue el proceso legal que impide el trámite. 

¿Innova podría participar de este concurso?

Aunque parezco irónico tocar este tema. Lamentablemente es necesario visualizarlo en el panorama hipotético que Innova Ambiental pretenda mantenerse en la palestra de la limpieza pública, y es que se requiere que la concesionaria proporcione la maquinaria necesaria, sin embargo, una vez que se termine la concesión entre Innova y la MUNILIMA, toda la maquinaria que se ha venido utilizando en los últimos años quedaría automáticamente en dominio de la municipalidad.

Entonces, ¿Qué pasaría con Innova? No podría asegurar la facilidad de acceso a maquinaria necesaria para trabajar en Lima Cercado. Parece que el futuro de la concesionaria de limpieza pública se iría en picada.

En relación con el proceso judicial y las acciones legales emprendidas por INNOVA, existe preocupación por la posibilidad de que la empresa logre revertir las medidas tomadas en su contra, lo que podría permitirle continuar operando el relleno. Esto representaría un retroceso en los esfuerzos por mejorar la gestión ambiental y proteger la salud de la población. 

Benjamín Zevallos

Publicación de Innova Ambiental sobre la visita al relleno sanitario

Retornando a la visita al relleno sanitario. Se destacó el contexto nacional en el que se encuentra el tema de la gestión de residuos y la responsabilidad ambiental de las empresas. Se mencionó que la congresista Ruth Luque ha estado involucrada en el seguimiento de este asunto y se espera que tome medidas en base a la información proporcionada durante la visita al relleno sanitario. 

Cuando Sudaca se comunicó con la parlamentaria y presidenta de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos, Ambiente y Ecología del Congreso de la República para el periodo 2023-2024, se supo que iba a garantizar el mejor proceso, ya que había tomado en cuenta el caso de Innova Ambiental, sin embargo, era necesario estudiar la problemática para tomar la mejor decisión.

Benjamín Zevallos

 La congresista Luque en el Relleno Sanitario “El Zapallal” junto a representantes de la OEFA, Innova, de Carabayllo y otros

Además de lo ya mencionado, se destaca la preocupación expresada por los entrevistados sobre las posibles consecuencias de la judicialización del caso. Existe el temor de que, si INNOVA logra revertir las medidas en su contra mediante recursos judiciales, se abriría la posibilidad de que el relleno sanitario vuelva a operar. Esta situación representaría un retroceso en los esfuerzos por abordar los problemas ambientales y de salud pública asociados con el relleno.

En términos de seguimiento, se espera que se realicen acciones adicionales para monitorear la situación y evaluar el progreso en la implementación de medidas correctivas. Esto incluye el seguimiento de los plazos establecidos por las autoridades reguladoras, como el plazo de 120 días otorgado por OEFA para que INNOVA presente su plan de cierre del relleno sanitario.

En resumen, la situación del relleno sanitario de Zapallal plantea desafíos significativos que requieren una respuesta coordinada y eficaz por parte de las autoridades y la sociedad en su conjunto. La atención continua a este tema es crucial para garantizar la protección del medio ambiente y la salud de la población afectada.

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Sudaca accedió en exclusiva a la resolución que le ordena a Diego Uceda, alcalde de La Molina, a someterse a terapia psicológica tras los comentarios violentos contra la teniente alcalde de este distrito.

En apenas un año y dos meses de gestión, el paso de Diego Uceda por la Municipalidad de La Molina ha estado plagado de escándalos. Desde una guerra inexplicable contra un centro comercial hasta el insólito poder que ostentaba su esposa en dicho distrito, el accionar del político que ganó las elecciones de la mano de Renovación Popular en octubre del 2022 lo ha convertido en un alcalde casi tan cuestionado como su líder Rafael López Aliaga.

Sin embargo, las críticas no son producto de una guerra provocada por adversarios políticos sino que hasta los propios funcionarios de la municipalidad han empezado a cuestionar los controversiales manejos y actitudes del alcalde de turno. Lejos de mostrar una postura receptiva a las críticas constructivas, Diego Uceda parece haber elegido la confrontación y hasta la violencia psicológica.

EL AUDIO DEL ESCÁNDALO

Una de estas voces incómodas al poder de Uceda ha sido la teniente alcalde Milagritos Esther Quintana Mogollón. Desde su cargo, no ha dudado en cuestionar las decisiones polémicas y sin fundamentos que se tomaban en la Municipalidad de La Molina. No obstante, Quintana Mogollón nunca habría imaginado el costo que tendría alzar su voz en contra de lo que consideraba incorrecto.

En un audio que se difundió en los últimos días en diferentes redes sociales, todo el país pudo escuchar una conversación que el alcalde Uceda mantenía con otros funcionarios de la municipalidad en la cual denigraba a su teniente alcalde en medio de risas propias y también de sus funcionarios aliados. 

 

Pero este desagradable episodio no sería precisamente un caso aislado. En declaraciones que Quintana Mogollón brindó al Décimo Juzgado de Familia se puede observar que estos episodios ocurrían desde el año pasado cuando la gestión actual asumió el mando de este distrito.

Cristian Rebosio

Tras los detalles que brindó la teniente alcalde, el juzgado concluyó que existen indicios de violencia, más precisamente del tipo psicológico, en contra de Quintana y, según el informe social realizado por una profesional, se indicó que es un caso de riesgo moderado debido a que existen factores de riesgo.

Cristian Rebosio 2

Por ello, este martes 27 de febrero se resolvió dictar medidas de protección en favor de Milagritos Quintana contra Esteban Diego Guerra García. Una de ella ha sido la orden para que el actual alcalde de La Molina deba recibir terapia psicológica en forma obligatoria. En el documento se puede leer que esto tiene como propósito que Uceda “aprenda a controlar sus impulsos y erradique conductas violentas”.

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Además, entre las otras medidas de protección otorgadas, se le prohibió al burgomaestre ejercer cualquiera tipo de represalia o cualquier acto de violencia psicológica que pueda repercutir en el desarrollo de sus actividades diarias. Cabe señalar que, pese a la gravedad del caso, Uceda Guerra García decidió no asistir a la audiencia.

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En estos documentos a los que accedió Sudaca también se señala que el alcalde de La Molina podría recibir una pena privativa de la libertad de entre cinco y ocho años en caso no cumpla con las medias de protección que incluyen la terapia psicológica para Diego Uceda.

Cristian Rebosio 5

UN ESTILO DE VIDA

Sin embargo, este no es el primer episodio violento que se reporta en la Municipalidad de La Molina. Tal como informó Sudaca en el informe titulado LA VENGANZA DE LIZZI, la esposa del alcalde Uceda también ha mostrado conductas agresivas contra trabajadores de este distrito a los que pretendía tener bajo su mando pese a no tener ningún puesto en esta municipalidad.

Lejos de aceptar la responsabilidad y pedir disculpas, el alcalde Uceda se pronunció en las redes sociales de la municipalidad para señalar, usando una captura del informe publicado por Sudaca, que estaba siendo víctima de una campaña difamatoria que busca desprestigiarlos y hasta se ampara en que los audios difundidos son manipulados.

 

La Municipalidad de La Molina vuelve a estar en el centro de las polémicas debido a las inexplicables y cuestionables actitudes del alcalde Uceda que con sus propias acciones parece competirle al líder de su partido, Rafael López Aliaga, como uno de los burgomaestres con más críticas en su contra.

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La Molina, Renovación popular, Uceda

Desde Sudaca se ha tomado seguimiento de la construcción del Centro de Salud Municipal en el distrito de San Isidro. Se ha mostrado una gran preocupación que de la noche a la mañana se siga adelante con la construcción del proyecto y que la alcaldesa no haya tenido ningún impedimento y que esté participando de eventos del Estado.

benjamin zevallos

La alcaldesa de San Isidro tuvo que cerrar el parque Bicentenario para celebrar junto a la presidencia a los 800 mil usuarios de Pensión 65

Esta situación plantea interrogantes sobre la transparencia y la eficacia de las decisiones administrativas locales, así como sobre la priorización de los intereses públicos frente a otras consideraciones políticas. Se vio a la alcaldesa, Nancy Vizurraga, participando junto a la presidenta Dina Boluarte en la ceremonia de los 800 mil usuarios de Pensión 65.

Más allá de la presencia de la alcaldesa en este evento, causa revuelo que a pesar de las deficiencias del proyecto de San Isidro se siga adelante con ello. Se sabe que la municipalidad ha tenido contacto constante con el MINSA para este y otros asuntos de su jurisdicción.

Benjamin Zevallos

La luz verde del proyecto

El Gerente Municipal de San Isidro ha expresado optimismo respecto al futuro del proyecto del Centro de Salud Municipal, afirmando que se han superado las deficiencias técnicas y las dificultades de permisos y autorizaciones. Sin embargo, estas afirmaciones han suscitado interrogantes sobre si las irregularidades señaladas previamente en Sudaca han sido verdaderamente solucionadas.

La consulta realizada por los vecinos al MINSA (DIRIS LIMA CENTRO) reveló que, según la Norma Técnica N° 113 MINSA DGIEM V01, el terreno donde se pretende construir el centro de salud se encuentra a menos de 100 metros de una estación de combustibles, un colegio, un templo y un centro de convenciones y eventos, lo cual no es permitido para este tipo de instalaciones.

La respuesta negativa de la entidad a la viabilidad del proyecto plantea la necesidad de reevaluar la ubicación del centro de salud y tomar medidas para garantizar que cumpla con los requisitos legales y técnicos establecidos. En este sentido, se cuestiona cómo se podría trasladar el terreno a una ubicación adecuada, alejada de centros escolares y estaciones de combustible, para asegurar la viabilidad del proyecto y garantizar la seguridad y el bienestar de la comunidad.

Este proceso requeriría un análisis detallado de las opciones disponibles y la colaboración de diversas partes interesadas para encontrar una solución que satisfaga tanto las necesidades de atención médica como las preocupaciones de seguridad y regulación urbanística.

La información proveniente de la DIRIS LIMA CENTRO, remitida al Órgano de Control Institucional (OCI-MSI) el 30 de junio de 2021, es contundente: el lugar elegido para la instalación del centro médico municipal no cumple con los requisitos necesarios, por lo que se concluye que no es factible establecer el centro de salud en esa ubicación.

Esta situación se agrava por las acciones llevadas a cabo durante la gestión del exalcalde Cáceres, quien ordenó la demolición de una vivienda que, además de no cumplir con los requisitos del MINSA para ser destinada a ese fin, fue construida con ese propósito inicialmente. Posteriormente, se inició la construcción de un edificio de cinco pisos, cuya finalización se ha visto retrasada debido a una serie de problemas.

Sorprendentemente, la gestión actual no ha tomado la decisión de detener este proyecto a pesar de las irregularidades evidentes. Además, se revela que el «Proyecto de Inversión Mejoramiento de los Servicios de Salud y Bienestar de la Gerencia de Desarrollo Humano», identificado con el Código Único Nº 2369797, tenía inicialmente una inversión de S/. 21,491,037,27 Nuevos Soles. Sin embargo, con la intervención de Cáceres, esta cifra se incrementó a S/. 23 331 937,20 Nuevos Soles, lo que sugiere una posible malversación de fondos públicos durante la gestión anterior. Estos hallazgos plantean serias preocupaciones sobre la transparencia y la legalidad en la administración de recursos públicos en el municipio de San Isidro, así como la necesidad de una investigación exhaustiva para esclarecer las irregularidades y garantizar el uso adecuado de los fondos destinados a proyectos de salud pública.
Benjamin zevallos

Sobre el proyecto en el diario oficial del distrito

Al cierre de este informe se sigue adelante con un proyecto lleno de irregularidades y demandas por parte de los vecinos que exigen un mejor ambiente para vivir y que, la construcción de este centro médico, podría ser perjudicial para muchos.

Nacida en Chile en 1939, en medio de la larga crisis económica que sufre dicho país en esos años y que alcanza su punto más alto de 1970, la vida de María Victoria Márquez Alcalde es la historia de un matrimonio forzado, del secuestro de unas niñas, de problemas judiciales debido a fuertes sospechas de acusaciones de estafas y abusos policiales. 

Leamos cómo y en qué orden nos cuenta su tragedia personal la señora María Victoria: “Hace 10 años, mi última hija Felicia María Guerra Márquez se enamoró perdidamente de Marco Antonio Tamashiro Kanashiro, un peruano de origen japones que le propuso matrimonio, pero solamente convivieron. Como mi hija era la única que vivía conmigo, me pidió que les alquilara la casa a ellos para que generaran un movimiento comercial, porque él no tenía profesión. Entonces, yo acepté para ayudarlos, además que yo estaba casi ciega por un problema de cataratas en el ojo izquierdo, y la visión del derecho la había perdido cuando balearon a uno de mis nietos y la impresión de verlo casi muerto me produjo un derrame. Estando en esa situación, me trajeron el contrato; cuando mi hija me leyó el documento, que supuestamente era de alquiler, lo firmé sin reparo alguno, aún cuando ella me dijo que eran cuatro copias: una para ella misma, una segunda para el marido, una tercera para mi y una cuarta para la Municipalidad de Jesús María, porque tenían que hacer cambio de uso, pasando de uso de vivienda a uso comercial. Pero en realidad lo que firmé fue una compra-venta, que decía que me habían pagado 100 mil dólares y ahí empezó mi vía crucis, porque me encerraron en la habitación donde vivo, la casa la pusieron a nombre de ellos, la hipotecaron y no han pagado las cuotas de la hipoteca, y ahora la cooperativa está por rematar mi casa. Cuando terminó la epidemia de la Covid, yo, así con mi discapacidad, trato de movilizarme y buscar ayuda para mi caso, porque me dijeron que efectivamente había sido estafada.  El japonés se fue una vez que puso la casa a su nombre y que recibió el dinero de la hipoteca. Entonces, le dije a mi hija que hiciera la denuncia por abandono de hogar; sin embargo, ella sólo lloraba y me decía que no lo haría por vergüenza. Mi hija me llevó al estudio jurídico Sagástegui Abogados, reconociendo el daño que me había hecho. He estado muchos años confiando en ese abogado Pedro Martín Sagástegui Bardales, pero también fue otro arreglo mafioso, porque el abogado me defendía a mí, y otra abogada del mismo estudio defendía a mi hija y a su marido, o sea me tomaron el pelo durante años, porque yo no vendí mi casa, ninguno de los dos notarios me pidió un certificado médico y ninguno me preguntó si yo quería vender mi casa. Cuando me hicieron firmar yo tenía 74 años.

Viviana Rodriguez
María Victoría Márquez cuenta que confió durante muchos años en el abogado Pedro Martín Sagástegui Bardales, pero fue otro arreglo mafioso, porque el abogado la defendía a alla, y otra abogada del mismo estudio defendía a su hija y a su marido. Imagen: B.Z.J.

Luego de algún tiempo, mi hija se arrepintió y me devolvió el 50% de la propiedad, pero me lo ha devuelto con maña porque no ha pagado el impuesto y el Servicio de Administración Tributaria de Lima, SAT, me embarga mi pensión; he acudido al colegio de abogados y no me quieren atender porque dicen que el CAL es para pordioseros, alegando que como yo tengo una casa buena en Jesús María no tengo derecho a que se me asesore gratuitamente. El estudio del señor Sagastegui que supuestamente me defendió, me sacó como 50 mil soles, pero ellos han hecho una mala defensa porque sabían que la forma en que estaban llevando mi juicio ya estaba perdido o sea esos abogados fueron contratados por mi hija pensando que yo ya no quería vivir porque estaba viuda, porque estaba ciega, porque estaba sola. El abogado Martín Sagastegui hizo un juicio basado en estafa agravada, ´que es cuando una persona se pone de acuerdo con otra para hacer una estafa y hay malicia y dolo´ cuando me lo leyeron yo lo entendí perfecto pero el problema es que esto ocurrió entre  2010 y 2012, pero recién se da la Ley de Estafa Agravada en 2016, así que perdí en todas las instancias, el abogado tendría que haber llevado mi juicio por lo civil no por lo penal, el abogado lo sabía pero en lugar de defenderme a mí todo el tiempo estuvo defendiendo los intereses de mi hija y de Tamashiro.

Mis otros hijos pensaron que como esta niña no fue hija de su padre yo me había vuelto contra ellos y le había regalado la casa a Felicia, pero no es así porque si lo hubiera hecho no tendría problema en admitirlo mi hija mayor tiene como 70 años y ella tiene 42 años. 

Yo sigo viviendo en la casa, de acá no me sacan porque yo no la vendí, ellos recibieron el dinero de la hipoteca que sacaron de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Pacífico y me entregan a mí 30 mil dólares por concepto de alquiler del inmueble y que era el equivalente a los tres años y medio que no habían pagado el alquiler, entonces yo por eso lo recibí, mi hija Felicia y Tamashiro reciben de la hipoteca 180 mil dólares. 

En la casa, ellos pusieron acá una institución que llaman en japones Kazoku: Calor de hogar y familia, que es un asilo exclusivo para ancianos japoneses que pagaban 1800 dólares mensuales la pensión más cara y 850 dólares la cuota más baja. Ellos tenían 6 a 7 ancianos por habitación, percibiendo un ingreso mensual de 12 a 14 mil dólares, pero no me pagaban el alquiler con el pretexto de que construyeron un piso más y modificaron la propiedad para tener más espacio y que puedan ingresar más ancianos. El albergue funcionó algunos años, pero el Ministerio de la Mujer lo cerró porque las enfermeras eran estudiantes y algunas no sabían ni tomar la presión; murieron muchos ancianos, mi casa se convirtió en la casa de la muerte, no los cuidaban como debería ser. Trajeron unas mujeres como cocineras que eran unas mujeres prófugas de la justicia, a todas esas personas las contrataba el japones Tamashiro, mucho del personal que contrató para el albergue se iba porque no le pagaba. Según el personal Tamashiro dedicaba el dinero al juego, Tamashiro era un ludópata.

Viviana Rodriguez
Marco Antonio Tamashiro Kanashiro junto a las enfermeras y una de las ancianas que vivía en el albergue. Imagen: Javier García Wong Kit.

En los tiempos de la pandemia sobreviví gracias a unas vecinas y a un hijo de la vida que me traían víveres para que yo pudiera preparar mis alimentos. Pase los días encerrada absolutamente sola en mi habitación. Una temporada pasé 18 días enteros sin comer, y no me morí pese a que todos los días le pedí al señor que ya me recoja justo en ese tiempo llegaron los hermanos de la iglesia y comenzaron a venir seguido para curar mi alma”.

Los procesos judiciales

El Abogado Manuel Chacaltana nos explica cómo se encuentra el proceso legal que esta llevando la señora María Victoria Márquez contra su hija Felicia Guerra y Marco Antonio Tamashiro 

“En este momento hay dos procesos, uno en ejecución de garantía que es sobre la hija y el exyerno de la señora, que junto a su expareja pidieron un préstamo a una cooperativa y le hicieron firmar a la señora una escritura pública de compra-venta, indicándole que eso era como un aval, pero luego de un tiempo como no tuvieron cómo pagar las cuotas comenzaron a llegarle las notificaciones a la señora Márquez indicando que iban a rematar el inmueble y recién ahí se enteró que lo que había firmado era una escritura pública de compra-venta y procedió a presentar una denuncia en el poder judicial por nulidad de acto jurídico la cual también se encuentra en trámite.

Por la edad que tenía la señora al momento de firmar ese documento, la ley indica que tenían que haberle solicitado un certificado médico, entonces lo que me indicó la señora es que cuando fue a la notaría simplemente bajaron le llevaron la escritura pública y se la hicieron firmar por eso es que se ha presentado la demanda de nulidad de acto jurídico, y presentado el certificado médico porque se ha omitido ese requisito, que sirve para que el notario pueda verificar que la señora se encontraba en pleno uso de sus facultades”, manifestó el abogado.

Felicia Guerra le devuelve a su madre el 50% de la propiedad, no cancelando el impuesto de alcabala lo cual generad que el SAT embargue la pensión de María Victoria.

“En el año 2018, como ya estaba en este proceso de ejecución de garantías la hija de la señora accede a hacerle una escritura pública de dación en pago por el 50 por ciento del valor del inmueble, se le ha transferido ya se ha inscrito en Registros Públicos y la señora Márquez figura actualmente como copropietaria de los derechos y acciones, la expareja de la hija sigue figurando con el otro 50 por ciento. 

La hija al momento de hacer la dación en pago, tenía que hacer un pago de impuesto de alcabala, entonces qué hizo la hija: se acercó al SAT de Lima y liquidó la alcabala a nombre de ella y no a nombre de la señora Márquez que eso era lo correcto, entonces de oficio el SAT liquidó un impuesto que debía cancelar la señora Márquez y como ese pago pendiente, le vienen embargando la jubilación a la señora, hecho que como ya sabemos eso está prohibido por ley.

Viviana Rodriguez
Felicia al momento de hacer la dación en pago, se acercó al SAT de Lima y liquidó la alcabala a nombre de ella y no a nombre de la señora Márquez.

Recordemos que el abogado que estaba llevando el caso anteriormente también era el abogado de su hija, entonces ahí había un conflicto de intereses; eso no es lo único este mismo abogado presento una denuncia por estafa agravada pero el Ministerio Público rechazó esa denuncia indicando que ya había prescrito porque en el año 2013, cuando sucedieron los hechos, no aplicaba el delito de estafa agravada únicamente se establecía en el Código Penal como una estafa simple, entonces en el 2023 el Ministerio Público determinó que no procedía esa denuncia al no existir ese tipo de delitos”, indicó Chacaltana.

En pocas palabras, el abogado Sagastegui no solo defendió mal a la señora Márquez, sino que se coludió con su exyerno y su hija para consumar la estafa a un mujer ciega, sola y abandonada.

 

  

 

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Estos documentos revelan una situación preocupante que requiere una acción inmediata. Basado en el Proyecto de Monitoreo de la Calidad Ambiental, el informe identifica una serie de problemas significativos, incluida la contaminación del aire debido a la actividad industrial, la contaminación del suelo por metales pesados y el ruido ambiental generado por las operaciones de ladrilleras en la zona. Este análisis detallado destaca la necesidad urgente de medidas correctivas y preventivas para proteger la salud pública y preservar el medio ambiente en esta zona.

Entre los aspectos más relevantes se encuentra la contaminación del aire. Los resultados del monitoreo indican que la actividad industrial, especialmente aquella relacionada con fundiciones, metalurgia y metalistería, es la principal fuente de contaminación del aire en la zona. Puntos de monitoreo como CA-VR-03A y CA-CN-01 muestran concentraciones significativas de material particulado PM10, superando los Estándares de Calidad Ambiental establecidos. Además, se han identificado altos niveles de metales como cadmio, plomo, cobre y zinc en el aire, lo que sugiere una importante contribución de la actividad industrial a la contaminación atmosférica.

Otro de los aspectos que se tocaron fueron la calidad de los suelos. Los análisis de suelos revelan concentraciones elevadas de metales pesados en áreas cercanas a las instalaciones industriales, especialmente fundiciones. Cadmio, plomo, níquel y cobre se encuentran en niveles que superan los estándares ambientales, lo que indica una contaminación significativa y potencialmente dañina para la salud humana y el medio ambiente local. 

En Sudaca también contamos el tema del ruido ambiental generado en el lugar. Las mediciones de ruido muestran que las actividades industriales, como la cocción de ladrillos en hornos, generan niveles de ruido que exceden los estándares establecidos para zonas residenciales durante el horario nocturno. Esto plantea preocupaciones sobre el impacto negativo en la calidad de vida de los residentes locales y destaca la necesidad de implementar medidas correctivas para mitigar el ruido en las instalaciones industriales.

La entidad hace diferentes recomendaciones para realizar una vigilancia continua de la calidad del aire y del suelo en la zona, así como caracterizar las emisiones industriales y modelar la dispersión de contaminantes atmosféricos. Además, se insta a las empresas a implementar controles acústicos y barreras de amortiguamiento para reducir la propagación del ruido generado por sus operaciones. Es esencial que las autoridades y la concesionaria trabajen en colaboración para abordar estas problemáticas y proteger la salud pública y el medio ambiente.

Benjamín Zevallos - relleno sanitario

 Resumen de los componentes evaluados y los resultados obtenidos

Lo mencionado por el Minsa

El presente informe detalla el proceso y los resultados del monitoreo de la calidad del aire en la zona de Lomas de Carabayllo, específicamente en las cercanías del relleno sanitario El Zapallal, realizado durante el período del 18 al 23 de diciembre de 2023. Este monitoreo se llevó a cabo con el objetivo de evaluar el impacto ambiental generado por diversas actividades industriales y la presencia del mencionado relleno sanitario en la zona.

El objetivo principal del monitoreo fue determinar el estado de la calidad del aire en la población cercana al relleno sanitario y a otras fuentes de contaminación en la zona, con un enfoque específico en la concentración de partículas menores a 10 micras (PM10) y metales presentes en el aire.

Además, para llevar a cabo este monitoreo, se instalaron tres estaciones de monitoreo de la calidad del aire en diferentes Centros de Salud (C.S. San Pedro de Carabayllo, C.S. San Pablo II y C.S. San Benito) con el fin de obtener acceso seguro y suministro eléctrico para los equipos. Estas estaciones permitieron obtener datos representativos de la calidad del aire en varias zonas de Lomas de Carabayllo.

Se evaluaron parámetros como las PM10, metales en PM10 (incluyendo cobre, plomo, manganeso, hierro, zinc, cromo, entre otros) y variables meteorológicas. Los resultados obtenidos fueron comparados con los estándares de calidad ambiental establecidos por la normativa vigente, incluyendo el Decreto Supremo N° 003-2017-MINAM y los Criterios de Calidad del Aire de Canadá (AAQC).

Ahora bien, este monitoreo indicó que las concentraciones de PM10 se encuentran dentro de los límites establecidos por los estándares de calidad ambiental. Se observó una mínima concentración diaria de 76.22 ug/m3 en la estación C.S. San Pablo II y una máxima de 86.80 ug/m3 en la estación C.S. San Pedro de Carabayllo.

En cuanto a los metales pesados evaluados, se encontraron concentraciones por debajo de los valores establecidos en la normativa vigente. Aunque se detectó la presencia de sílice en algunos casos, esta se atribuyó a fuentes naturales de suelo y/o actividades como la fabricación de ladrillos.

La dirección predominante del viento durante el período de monitoreo fue del sur y suroeste, según se observó en las estaciones de San Pedro y San Pablo II.

Los resultados obtenidos sugieren que, en términos generales, la calidad del aire en Lomas de Carabayllo, cerca del relleno sanitario El Zapallal, se mantiene dentro de los límites establecidos por la normativa vigente. Sin embargo, se recomienda continuar con el monitoreo periódico de la calidad del aire y tomar medidas preventivas para mitigar cualquier impacto ambiental negativo.

Al cierre de este informe, se ha constatado que miembros de DIGESA, representantes de la Municipalidad de Lima y parlamentarios están visitando el relleno sanitario para seguir de cerca el caso de Innova Ambiental. Según lo expresado por Ruth Luque, se pretende llevar a cabo una investigación exhaustiva y tomar medidas concretas respecto a esta cuestión.

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