Informes

Ahora bien, vista la problemática ambiental, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor) emitirá una resolución suspendiendo las medidas tomadas en los decretos 000079-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE y 000088-2023-MIDAGRI-SERFOR-DE que excluye a las lomas costeras de Carabayllo, Villa María del Triunfo y Amancaes, esto en vista de la actualización de la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles.

Sudaca analizo el Decreto Supremo N° 011-2019-MINAM y el documento establece el ACR Sistemas de Lomas de Lima y el reconocimiento de los derechos preexistentes para actividades de minería y ocupación humana. Esto confiere que la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles debe ser conformada por áreas integradas que estén conformadas por biodiversidad (especies amenazadas y provisión de servicios eco sistémicos).

Decreto Supremo N° 011-2019-MINAM

Entonces, ¿Por qué excluir a una zona altamente vulnerable como las Lomas de Amancaes? Este ecosistema alberga la Flor de Amancaes, que pertenece a nuestra biodiversidad y que ha sido inspiración para dedicar una canción icónica para nuestra sociedad. Además, habita la vizcacha, especie que aparece en la Lista Roja de Especies Amenazadas de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UCIN) como vulnerable.

Esta problemática no es una lucha solamente del Serfor, en nuestro próximo informe escucharemos a quienes han alzado su voz de protestas en contra de los invasores y la conservación de las Lomas de Lima. Actores que han sido importantes para que las autoridades hayan frenado y, actualmente, se espere una respuesta en contra de la exclusión de las Lomas de Amancaes y otras.

Tags:

Lima, Lomas de Amancaes, Serfor

Comunicado 5

Cualquier causa natural no deslinda la responsabilidad de atención de los organizadores.
Las condiciones personales tampoco son un tema de reclamo, la atención inadecuada y la nula respuesta a la emergencia del evento organizado por Adidas y Perú Runners (y otros auspiciadores) si es causal del reclamo porque es responsabilidad completa de los
organizadores y auspiciadores como lo especifica el siguiente articulo 45 de la Ley N° 30037
https://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/decreto-supremo-que-aprueba-el-reglamento-de-la-ley-n-30037-decreto-supremo-n-007-2016-in-1398360-13/

equipamiento ambulancias

Las ambulancias tipo II según la norma del MINSA deben contar obligatoriamente con un desfibrilador, un médico, un licenciado en enfermería y un piloto todos entrenados en atención de pacientes críticos.
El equipamiento con el que contó el evento y se utilizó con Jorge solo fue una bombilla manual de oxigenación y solo un médico cirujano sin ninguna especialidad como lo recomienda la norma.

plan de contingencia lima 42k

Por medio de la solicitud de información pública a la Municipalidad de Miraflores N°1365, dicha municipalidad entregó la información presentada por los organizadores para la ejecución del evento, dentro de la documentación está el Plan de Contingencia y de dicho plan se evidencia lo siguiente:

empresa de vigilancia

La medida preventiva fue un plan de emergencias escueto e incompleto elaborado por el gerente general de una empresa de vigilancia. ¿Qué clase de medidas preventivas en seguridad y salud puede brindar una empresa de vigilancia?
La empresa no cuenta con autorización de brindar servicios de seguridad y salud, solamente tiene autorización para prestar servicios de vigilancia privada. Sin embargo, esta empresa ha sido designada para la elaboración de un plan de contingencia de seguridad y salud para un evento de 15,000 personas, cuando sus competencias son solamente brindar servicios de personal de vigilancia, sin armas.

El que elabora y firma el plan de seguridad del evento no tiene ningún estudio relacionado a seguridad y salud registrado en la SUNEDU.
De acuerdo a la información pública del Sr. Alessio de Bari Canessa, en su perfil de LinkedIn especifica ser Gerente General de la empresa SEC GROUP SERVICE SRL y haber estudiado Sociología.
Nos parece que su calificación es ineficiente para el rol que desempeño en la elaboración del plan de contingencia de seguridad en la prevención de cualquier tipo de emergencia para un evento de 15,000 personas.

Alessio de Bari Canessa

La policía Nacional del Perú no pertenece a un equipo de emergencia y no está capacitada para dar auxilio médico ni atender una emergencia médica.
Sino la próxima vez que se desmaye la hija del Sr. Gonzalo Rodríguez Larraín, la Sra. Alejandra Rodríguez Larraín le enviaremos un policía para que la atienda en la tolva de un patrullero con una bombilla manual, si es que le parece que todo estuvo de acuerdo con los estándares internacionales que declaran.

Finalmente, la familia indica que les gustaría tener paz, pero la incompetencia, la improvisación y el valor sólo al dinero la indignan aún más que la pérdida de Jorge haya sido causada por este tipo de improvisaciones burdas y lo peor es que se seguirá poniendo en peligro la vida de muchas personas y seguirá así hasta que no se haga justicia y que empresas como Adidas y Perú Runners asuman su responsabilidad.

El domingo 11 de septiembre del año pasado, en los tramos finales de la maratón organizada por Perú Runners por encargo de Adidas, una de las empresas fabricantes de zapatillas y de ropa deportiva más grande del mundo, un hombre cayó de bruces, comenzó a respirar con dificultad en medio de su inconsciencia y, al no ser auxiliado por paramédicos expertos premunidos con un desfibrilador y un equipo de oxigenación, murió encima de la tolva polvorienta de una camioneta de la Policía Nacional. Esos son los hechos conocidos; los que no se conocen solo los saben Alejandra Rodríguez Larraín y su padre Gonzalo, quienes convirtieron una humorada dominical de los vecinos de la zona del Golf de San Isidro en un negocio sin riesgos. Ahora les toca a las autoridades judiciales definir quiénes deben pagar por la cadena de negligencias que acompañaron la agonía de Jorge Lezama Yáñez y el dolor eterno de su viuda y de su hermana.

Tags:

Adidas, Lima Life 42K, maratón, Perú Runners

¿Qué pasó Julio?

El ex alcalde de San Martín de Porres, Julio Chávez, se reunió con los vecinos de Naranjal con la finalidad de dar acompañamiento y culminar la problemática limítrofe. Además, presentó un “informe final” que reconocía la zona en disputa (Naranjal) como parte del distrito de San Martín de Porres y que la creación del distrito de Los Olivos, mediante la Ley Nº 25017, no modifica los límites de este e Independencia.

A pesar de esta oportunidad, finalizó la gestión de Chávez Chiong y la problemática ha seguido. El ex burgomaestre propuso que se consulte a los vecinos de Naranjal, Mesa Redonda y Muleria sobre la posibilidad de decidir su lugar de residencia y tributar. Sin embargo, este proceso no se ha dado y ha permitido que la Municipalidad de Independencia siga adelante con su accionar en la zona.

Actualmente, la Municipalidad de Independencia sigue perturbando la tranquilidad de los vecinos de la Urbanización Naranjal y temen que la nueva administración no tome cartas en el asunto sobre el tema. Y es que varias gestiones prometen culminar con este proceso. Sin embargo, hoy por hoy, Naranjal sigue siendo el centro de disputas entre dos distritos cuyos intereses se traducen en actos de violencia que vuelven a la asociación de viviendas residencial en un lugar muy poco agradable de vivir.

Se exhorta el respeto a la Ley de Creación del distrito Nº 14965 y la aclaratoria de Ley Nº 16012 del año 1966. Los presentes documentos mencionan que los distritos se crean bajo ley y estas son dadas por el Congreso de la República. Entonces, los vecinos y, en su momento, las autoridades de San Martín de Porres, denuncian que un informe del Tribunal Constitucional o el Poder Judicial no puede modificar una ley.

Tags:

Municipalidad de Independencia, Municipalidad de San Martín de Porres, Naranjal, Tribunal Constitucional

“Conversé con muchas madres de las bases del vaso de leche y entendieron que lo que consumían sus hijos no era nutritivo, pero la mayoría de presidentas, entre ellas Pilar Brito, no quisieron dar su brazo a torcer”, señaló la dirigente ganadera. «Ellas no dicen nada, porque les dan de todo», informaron las madres del vaso de leche a Vargas.

No es la única vez que Pilar Brito estuvo presente en medidas que favorecen a la industria láctea. Cuando Patricia Chirinos presentó el proyecto de ley que se mencionó en párrafos anteriores, Pilar Brito encabezó las marchas para derogar el decreto supremo y declaró a medios de comunicación la afirmación de siempre: las mezclas lácteas son nutritivas y la leche fresca no.

Pilar Brito estuve junto a Patricia Chirinos el día que se presento el proyecto de ley en contra del decreto supremo
Pilar Brito estuvo junto a Patricia Chirinos el día que se presentó el proyecto de ley en contra del decreto supremo.

“Hubo una logística grande, se pagaron buses y alimentos para las madres que protestaron. Sería curioso saber quién financió eso”, cuestionó Vargas. Al respecto Silvia Pareja dijo que muchas madres fueron obligadas a ir a la marcha. “Si no iban las raciones de leche en sus bases iban a ser cortadas, recibí varios mensajes de madres contándome lo mismo”, aclaró la dirigente.

Días después de que las afirmaciones de Brito y la industria láctea fueron desmentidas, Pilar Brito llamó a Nivia Vargas para tener una reunión con ella. «Los de Gloria siempre nos han invitado a su planta, pero no sabíamos que los ganaderos tenían buenas vacas», se excusó Brito. “Dijo que dejaría el tema ahí, pero ha vuelto a incentivar que se derogue el decreto. Si la norma se anula, ganaderos y madres del vaso de leche haremos marchas hasta que se deje de perjudicar a los niños”, finalizó la presidenta de Agalep.

Sudaca intentó comunicarse con Pilar Brito para recoger sus descargos sobre las acusaciones que se le hacen, pero hasta el cierre de este informe no recibió respuesta alguna. 

Tags:

Gloria, industria láctea, Patricia Chirinos, Vaso de Leche

Habla la hermana de Jorge Lezama Yáñez:

“Si se organiza este tipo de eventos debería haber medidas de emergencia y de seguridad alineadas a los diferentes sucesos que podrían acontecer. La organización tiene responsabilidad en el desorden que hubo en el mismo momento y después de lo que nos hemos ido enterando en relación de la prestación y de la planificación del evento. Por ejemplo, el plan de seguridad que la organización presentó a las municipalidades de Lima y de Miraflores estaba elaborado primero por una empresa de vigilantes que solamente tiene permiso para tareas de seguridad, o sea, nada de ingenieros de seguridad, nada de personal médico, nada de nada.

No sabemos cuánto tiempo han demorado en trasladarlo desde que se desvaneció. Nadie llegó a auxiliarlo; pese a que otros corredores llamaron a los policías que estaban cerca, ellos tampoco quisieron auxiliarlo. Solo debido a la presión de las personas que habían visto el desvanecimiento de Jorge, lo suben a la tolva de un patrullero que hace un recorrido corto hasta donde había una ambulancia, que, a pesar de estar ahí para auxiliar a los deportistas que pudieran tener un accidente cardiovascular, no contaba con un desfibrilador, sino con una bombilla de oxigenación manual. Además, esa ambulancia tenía la señalética que decía Rímac, pero pertenece a otra empresa y está registrada en la Dirección Regional de Salud (Diresa). Todas esas situaciones nos evidencian que la organización del evento no habría podido atender ese día ninguna emergencia. Finalmente, como le decía, la ambulancia traslada a mi hermano a la Clínica Internacional, donde no dejan entrar a los familiares, aunque sí nos buscaron para pagar los gastos supuestamente realizados en la atención de mi hermano.

patrullero
Ante la presión de las personas que habían visto caer a Jorge, lo suben a la tolva de un patrullero.

Por otro lado, como la organización no había previsto nada de nada, mucha gente decía que era posible que los participantes deberían haber corrido con un botiquín a cuestas.

Y si seguimos descubriendo los errores, las carencias y las zamarradas, tendría que decirte que el gerente general de Vip’s, la empresa de vigilantes tiene una enorme cercanía con el dueño de Perú Runners y también con la persona que firmó el permiso en la Municipalidad de Lima.

Una semana después de la muerte de Jorge, una comunidad de runners de Lima organizó un homenaje a la memoria de mi hermano. Nosotros no pudimos asistir por un problema inmanejable, pero otros familiares limeños estuvieron en la ceremonia y, también, los señores Rodríguez Larraín de Perú Runners, quienes se la pasaron repitiendo: “la situación fue irremediable y hay que sacar todo el hate que se generó en redes sociales”. Ellos -los Rodríguez Larraín- no organizaron nada, los que convocaron al homenaje fueron los colectivos de runners de la capital, los directivos de Perú Runners sólo asistieron para realizar comentarios de deslinde.

Repito, los dueños de la marca no hicieron nada; yo tuve que contratar a unas personas para que vayan a verificar qué cámaras hay en la zona y he tenido que redactar y enviar cartas solicitando las grabaciones, porque la Fiscalía no hizo nada. Solamente pidió los resultados de la necropsia y no exigió nada más, porque, evidentemente, enfocó el tema como si los corredores fueran responsables de lo que les pudiera pasar. Mira, yo creo que si pasó lo que pasó y mi hermano hubiera tenido asistencia médica inmediata de calidad, pues sólo me hubiera lamentado, mucho, pero solo lamentado. Pero nunca sabremos qué podría haber sucedido si él no lo hubieran dejado tirado como en las fotos.

El abogado que contraté para que me asesorara me dijo: ‘ante la Fiscalía tienes que demostrar que una mala organización causó su muerte y una buena organización hubiera podido salvarle la vida’. Esa premisa ha sido mi línea de acción en todo este proceso de búsqueda de información.

Me preguntas qué busco y te respondo: primero, señalar con claridad la pésima organización de Perú Runners y tratar de impedir que esa marca organice otras maratones donde podría haber otras muertes evitables. Y, segundo, que Adidas, una empresa multinacional de renombre, no confíe sus próximos eventos a personas tan negligentes como los señores Rodríguez Larraín”.

Estos son los testimonios descarnados de la esposa y de la única hermana de Jorge Lezama Yáñez. En una segunda parte, publicaremos los alcances legales del abogado de los deudos y del abogado de Adidas y, también, el descargo de Alejandra Rodríguez Larraín.

Tags:

Adidas, maratón, Perú Runners

LOS FISCALES Y WALTER RÍOS 

A los fiscales del equipo especial no les importa la defensa de la legalidad en el Ministerio Público y la rectitud de sus decisiones. Se sacrifican para poder lograr a toda costa una decisión fiscal de sobreseimiento del inefable y todopoderoso Walter Ríos Montalvo, el indiscutible cabecilla del caso “Los Cuellos Blancos”, que se encuentra procesado por denuncia falsa al haberle mentido al sistema de justicia.

Walter Ríos Montalvo ha sido condenado a una pena burdamente baja de 12 años de pena privativa de la libertad por los más de 50 delitos que dijo haber cometido; pero no deja de conservar su poder y manejo en cierto sector de la Fiscalía, en la que dos fiscales para limpiarlo de dos graves imputaciones, que no cubre su sentencia de colaboración eficaz, tratan de ayudarlo a costa y a riesgo de su propia carrera profesional, llamando a dos fiscales que tenían a su cargo una carpeta fiscal en la que se encontraba procesado.

Tanto es el interés de Walter Ríos Montalvo y su defensa en que el caso en el que se le procesa por denuncia falsa y encubrimiento personal sea archivado que es célebremente recordado las presiones que ejercían sobre el Fiscal Fernández Alarcón y sobre los demás fiscales de la Primera Fiscalía Suprema para que este caso pueda ser comprendido a toda costa en el acuerdo de su colaboración eficaz que tan rápidamente fue aprobado entre gallos y medianoche por el juez Núñez Julca y su asistente Castillo Nieto el 30 de diciembre del 2021, luego de  una audiencia de solo dos horas de duración en que se analizaron los casi 50 casos de su delación y que trae como hecho anecdótico que el mismo día 30 de diciembre del 2021 el redactor de la sentencia de colaboración eficaz fue designado como Fiscal Adjunto provisional por la Fiscal de la Nación Zoraida Ávalos, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1888-2021-MP-FN, publicada en el Diario Oficial “EL PERUANO”, evidentemente en un intercambio de prebendas: me ayudas con la sentencia de colaboración eficaz de Ríos y a cambio te nombro el mismo día Fiscal Adjunto.

Si Walter Ríos Montalvo fuera inocente de los cargos de denuncia falsa y encubrimiento personal, ¿por qué el año 2021 tendría que exigir y presionar a la Fiscalía Suprema que tramitaba su colaboración eficaz de que esta investigación también se comprenda en su acuerdo de colaboración eficaz como a varios fiscales del Equipo Especial de dicha instancia les consta? ¿Por qué dos años después (el año 2023) Walter Ríos y su defensa vuelven a la carga y se valen de algunos malos Fiscales de primera instancia para lograr consumar el archivo de la Carpeta Fiscal N° 60-2020 que el año 2021 no pudo ingresar a su acuerdo de colaboración eficaz?

El poder de Walter Ríos Montalvo no solo está vigente en cierto sector de la Fiscalía del sistema de justicia, sino que su capacidad de corrupción, influencia y de daño a las instituciones de justicia que se extiende como mancha de aceite, sigue vivita y coleando. El caso que se describe es mucho más grave e insólito que el caso de la Fiscal Superior Marita Barreto y su relación con la empresaria Sada Goray a través de su ex mano derecha Telmo Zavala, ya que una cosa es viajar fuera del país a tomar una declaración de una empresaria que decide confesar sus delitos, en las playas paradisíacas del Caribe y otra muy distinta es que dos fiscales llamen a otros fiscales de otros distritos fiscales para presionarlos, interferir y decir cómo deben fallar en un caso que no está dentro de su competencia y alcance, con el único propósito de favorecer y generar impunidad del Jefe de los Cuellos Blancos a través de presionar a una decisión de sobreseimiento.

 

EL PODER DE WALTER RÍOS MONTALVO: CONVENCIÓ A LA FISCALÍA SUPREMA PARA QUE SE LE PERMITA SALIR DE LA CÁRCEL POR 45 DÍAS

El año 2021 Walter Ríos convence a la Fiscalía Suprema a cargo de los fiscales Fernández Alarcón y Fanny Quispe de algo ilegal: solicita que se le permita su traslado a una casa de seguridad a cargo de la División de Alta Complejidad por el plazo máximo de cuarenta y cinco días.

La Fiscalía Suprema se come el cuento y solicita que el Poder Judicial autorice la variación de la medida de aseguramiento personal del interno y colaborador eficaz 060F-2018 (Walter Ríos), consistente en su traslado a una casa de seguridad. La Fiscalía sustentó su pedido de que, en el marco del proceso especial de colaboración eficaz, el interno con clave 060F2018 ha realizado diversas e importantes declaraciones contra jueces, fiscales, empresarios y abogados, que en su momento han sido debidamente corroboradas y oportunamente agregadas a las diversas carpetas fiscales de la Fiscalía Suprema recurrente y/o derivadas a distintas carpetas fiscales conforme a la competencia de las mismas. Agregó que, como medida de aseguramiento a su favor, ha sido ubicado en un Área de Prevención del Establecimiento Penitenciario Ancón I, aislado de la población penitenciaria; sin embargo, por situaciones acontecidas en casos relacionados con la organización criminal Los Cuellos Blancos del Puerto, su identidad se ha visto expuesta y ha sido conocida por otros internos involucrados, por lo que han sido objeto de hostigamiento y amenaza que pone en peligro su integridad. También destaca que el cambio del colaborador a otro ambiente del mismo recinto penitenciario o el cambio de lugar de los internos hostiles o agresores no garantizan el cese de los actos de hostigamiento o amenaza, por lo que la autoridad penitenciaria sugiere la posibilidad de variar el lugar de la medida de aseguramiento.

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema conoce el recurso de apelación N.° 63-2021 que fue resuelto el 31 de enero del 2023 presentado por la Fiscalía Suprema y deniega el pedido de Walter Ríos y de la Fiscalía por considerar que no había base legal que amparara la solicitud presentada, se trataba de una medida ilógica, ya que pedir que Ríos quede fuera del control penitenciario asignado al INPE, no solo contraviene la normatividad expresa, sino que además se sale de la eficacia del propio proceso de colaboración eficaz y que si bien podía existir actos de hostilidad contra Ríos no se evidencia que tales actos tengan la intensidad que se alega.

La Corte Suprema señala que se debe distinguir que el traslado de los internos de establecimientos penitenciarios (incluyendo los colaboradores eficaces), en coordinación e incluso bajo custodia de la Policía, para un fin específico, puntual y único, es razonablemente posible; y otra cuestión es el traslado temporal con fines generales de prevención de integridad que exigen una nueva residencia temporal que solo podría realizarse en ambientes bajo control o sometidos a la seguridad penitenciaria.

Walter Ríos Montalvo, tiene un manejo a su antojo de un sector de la Fiscalía que se allana a sus caprichos, como buscar una cárcel dorada, plagada de comodidades y lujos; para ello chantajea con que si es que no se accede a sus pedidos no va a declarar en las investigaciones. Con ese mismo poder de querer salir del penal sin que haya norma legal alguna que lo permita, ahora Ríos utiliza a ciertos fiscales que se adhieren a su voluntad para archivar y sobreseer procesos penales e investigaciones en el que el mismo Ríos sabe y es consciente de que ha cometido delitos.

Se trata de una justicia delivery y a la medida en la que los supuestos colaboradores eficaces ponen condiciones ilegales y chantajean al mismo sistema de justicia, activando mecanismos de impunidad para conseguir lo que se les antoja y les viene en gana.

En SUDACA hemos develado hace poco el plan siniestro de algunos malos fiscales en contra de la Fiscal de la Nación para destituirla del cargo utilizando la plataforma de la Junta Nacional de Justicia. Por ello, con la misma autoridad moral que nos da tomar una posición acerca del Ministerio Público, exigimos que se tome medidas correctivas urgentes a fin de evitar que esta institución medular sea tomada por asalto por pseudo colaboradores eficaces y se convierta en una coladera en la que los criminales ya no busquen ni contraten abogados, sino que se consigan a fiscales que actúen como sus representantes legales para ayudar a archivar sus casos, obtener beneficios ilegales y les concedan un trato privilegiado que cualquier persona inocente le gustaría tener.

Tags:

Cuellos Blancos, Ministerio público, Walter Ríos

LOS FISCALES Y WALTER RÍOS 

A los fiscales del equipo especial no les importa la defensa de la legalidad en el Ministerio Público y la rectitud de sus decisiones. Se sacrifican para poder lograr a toda costa una decisión fiscal de sobreseimiento del inefable y todopoderoso Walter Ríos Montalvo, el indiscutible cabecilla del caso “Los Cuellos Blancos”, que se encuentra procesado por denuncia falsa al haberle mentido al sistema de justicia.

Walter Ríos Montalvo ha sido condenado a una pena burdamente baja de 12 años de pena privativa de la libertad por los más de 50 delitos que dijo haber cometido; pero no deja de conservar su poder y manejo en cierto sector de la Fiscalía, en la que dos fiscales para limpiarlo de dos graves imputaciones, que no cubre su sentencia de colaboración eficaz, tratan de ayudarlo a costa y a riesgo de su propia carrera profesional, llamando a dos fiscales que tenían a su cargo una carpeta fiscal en la que se encontraba procesado.

Tanto es el interés de Walter Ríos Montalvo y su defensa en que el caso en el que se le procesa por denuncia falsa y encubrimiento personal sea archivado que es célebremente recordado las presiones que ejercían sobre el Fiscal Fernández Alarcón y sobre los demás fiscales de la Primera Fiscalía Suprema para que este caso pueda ser comprendido a toda costa en el acuerdo de su colaboración eficaz que tan rápidamente fue aprobado entre gallos y medianoche por el juez Núñez Julca y su asistente Castillo Nieto el 30 de diciembre del 2021, luego de  una audiencia de solo dos horas de duración en que se analizaron los casi 50 casos de su delación y que trae como hecho anecdótico que el mismo día 30 de diciembre del 2021 el redactor de la sentencia de colaboración eficaz fue designado como Fiscal Adjunto provisional por la Fiscal de la Nación Zoraida Ávalos, mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1888-2021-MP-FN, publicada en el Diario Oficial “EL PERUANO”, evidentemente en un intercambio de prebendas: me ayudas con la sentencia de colaboración eficaz de Ríos y a cambio te nombro el mismo día Fiscal Adjunto.

Si Walter Ríos Montalvo fuera inocente de los cargos de denuncia falsa y encubrimiento personal, ¿por qué el año 2021 tendría que exigir y presionar a la Fiscalía Suprema que tramitaba su colaboración eficaz de que esta investigación también se comprenda en su acuerdo de colaboración eficaz como a varios fiscales del Equipo Especial de dicha instancia les consta? ¿Por qué dos años después (el año 2023) Walter Ríos y su defensa vuelven a la carga y se valen de algunos malos Fiscales de primera instancia para lograr consumar el archivo de la Carpeta Fiscal N° 60-2020 que el año 2021 no pudo ingresar a su acuerdo de colaboración eficaz?

El poder de Walter Ríos Montalvo no solo está vigente en cierto sector de la Fiscalía del sistema de justicia, sino que su capacidad de corrupción, influencia y de daño a las instituciones de justicia que se extiende como mancha de aceite, sigue vivita y coleando. El caso que se describe es mucho más grave e insólito que el caso de la Fiscal Superior Marita Barreto y su relación con la empresaria Sada Goray a través de su ex mano derecha Telmo Zavala, ya que una cosa es viajar fuera del país a tomar una declaración de una empresaria que decide confesar sus delitos, en las playas paradisíacas del Caribe y otra muy distinta es que dos fiscales llamen a otros fiscales de otros distritos fiscales para presionarlos, interferir y decir cómo deben fallar en un caso que no está dentro de su competencia y alcance, con el único propósito de favorecer y generar impunidad del Jefe de los Cuellos Blancos a través de presionar a una decisión de sobreseimiento.

 

EL PODER DE WALTER RÍOS MONTALVO: CONVENCIÓ A LA FISCALÍA SUPREMA PARA QUE SE LE PERMITA SALIR DE LA CÁRCEL POR 45 DÍAS

El año 2021 Walter Ríos convence a la Fiscalía Suprema a cargo de los fiscales Fernández Alarcón y Fanny Quispe de algo ilegal: solicita que se le permita su traslado a una casa de seguridad a cargo de la División de Alta Complejidad por el plazo máximo de cuarenta y cinco días.

La Fiscalía Suprema se come el cuento y solicita que el Poder Judicial autorice la variación de la medida de aseguramiento personal del interno y colaborador eficaz 060F-2018 (Walter Ríos), consistente en su traslado a una casa de seguridad. La Fiscalía sustentó su pedido de que, en el marco del proceso especial de colaboración eficaz, el interno con clave 060F2018 ha realizado diversas e importantes declaraciones contra jueces, fiscales, empresarios y abogados, que en su momento han sido debidamente corroboradas y oportunamente agregadas a las diversas carpetas fiscales de la Fiscalía Suprema recurrente y/o derivadas a distintas carpetas fiscales conforme a la competencia de las mismas. Agregó que, como medida de aseguramiento a su favor, ha sido ubicado en un Área de Prevención del Establecimiento Penitenciario Ancón I, aislado de la población penitenciaria; sin embargo, por situaciones acontecidas en casos relacionados con la organización criminal Los Cuellos Blancos del Puerto, su identidad se ha visto expuesta y ha sido conocida por otros internos involucrados, por lo que han sido objeto de hostigamiento y amenaza que pone en peligro su integridad. También destaca que el cambio del colaborador a otro ambiente del mismo recinto penitenciario o el cambio de lugar de los internos hostiles o agresores no garantizan el cese de los actos de hostigamiento o amenaza, por lo que la autoridad penitenciaria sugiere la posibilidad de variar el lugar de la medida de aseguramiento.

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema conoce el recurso de apelación N.° 63-2021 que fue resuelto el 31 de enero del 2023 presentado por la Fiscalía Suprema y deniega el pedido de Walter Ríos y de la Fiscalía por considerar que no había base legal que amparara la solicitud presentada, se trataba de una medida ilógica, ya que pedir que Ríos quede fuera del control penitenciario asignado al INPE, no solo contraviene la normatividad expresa, sino que además se sale de la eficacia del propio proceso de colaboración eficaz y que si bien podía existir actos de hostilidad contra Ríos no se evidencia que tales actos tengan la intensidad que se alega.

La Corte Suprema señala que se debe distinguir que el traslado de los internos de establecimientos penitenciarios (incluyendo los colaboradores eficaces), en coordinación e incluso bajo custodia de la Policía, para un fin específico, puntual y único, es razonablemente posible; y otra cuestión es el traslado temporal con fines generales de prevención de integridad que exigen una nueva residencia temporal que solo podría realizarse en ambientes bajo control o sometidos a la seguridad penitenciaria.

Walter Ríos Montalvo, tiene un manejo a su antojo de un sector de la Fiscalía que se allana a sus caprichos, como buscar una cárcel dorada, plagada de comodidades y lujos; para ello chantajea con que si es que no se accede a sus pedidos no va a declarar en las investigaciones. Con ese mismo poder de querer salir del penal sin que haya norma legal alguna que lo permita, ahora Ríos utiliza a ciertos fiscales que se adhieren a su voluntad para archivar y sobreseer procesos penales e investigaciones en el que el mismo Ríos sabe y es consciente de que ha cometido delitos.

Se trata de una justicia delivery y a la medida en la que los supuestos colaboradores eficaces ponen condiciones ilegales y chantajean al mismo sistema de justicia, activando mecanismos de impunidad para conseguir lo que se les antoja y les viene en gana.

En SUDACA hemos develado hace poco el plan siniestro de algunos malos fiscales en contra de la Fiscal de la Nación para destituirla del cargo utilizando la plataforma de la Junta Nacional de Justicia. Por ello, con la misma autoridad moral que nos da tomar una posición acerca del Ministerio Público, exigimos que se tome medidas correctivas urgentes a fin de evitar que esta institución medular sea tomada por asalto por pseudo colaboradores eficaces y se convierta en una coladera en la que los criminales ya no busquen ni contraten abogados, sino que se consigan a fiscales que actúen como sus representantes legales para ayudar a archivar sus casos, obtener beneficios ilegales y les concedan un trato privilegiado que cualquier persona inocente le gustaría tener.

Tags:

Cuellos Blancos, Ministerio público, Walter Ríos

Luego dice que a sus hijos no los han incluido e inclusive hace una referencia desafortunada contra el señor Succar, diciendo que ellos son “harina de otro costal”, o sea minimizando el hecho, cuando está claro que en documento enviado por el Country Club de Villa a Alexander Succar dice: “y esta sanción alcanza a su cónyuge y a sus hijos”. Así está escrito, en negro sobre blanco. Yo pregunto por qué un dicho de una médica que no tiene cómo acreditarse puede tener más valor que lo dicho por Succar, quien, dicho sea de paso fue quien se quejó, y Passalacqua lo admite en la carta notarial que le envía a mi cliente.

Ahora qué cosa es rescatable de la carta notarial que le envía Price Passlacqua a Alexander Succar, que existen los videos y los testigos. Puntualmente eso que el señor Succar solicitó desde el primer momento que le iniciaron un proceso disciplinario, además, el señor Succar solicitó una cita presencial, que no se la dieron ni le contestaron. Si tenían todas estas pruebas por qué no se las alcanzaron al señor Succar, ni siquiera respondieron, o sea el Comité continuó con el proceso.

En la carta a título personal que le envía el señor Passalacqua, tampoco adjunta imágenes que efectivamente corroboren lo dicho. Pero acá el hecho fundamental es que al señor Succar se le han conculcado sus derechos constitucionales a un debido proceso, porque han violentado el proceso disciplinario, Price le da 10 días a Succar para presentar sus pruebas y sus alegatos, pero resuelven antes que culmine el plazo, a pesar que se les había solicitado los audios y los videos para poder contestar de forma debida, y eso va en contra de dos derechos constitucionales fundamentales que es al debido proceso administrativo que en este caso ha sido violado y a la efectiva defensa. Cómo alguien se puede defender si no tiene toda la documentación para poder rebatir esas acusaciones, eso es elemental en cualquier proceso administrativo, civil o penal. Eso, además de estar protegido en la Constitución, está normado en el Código Procesal Civil y en la Ley de Procedimiento Administrativo.

Por tal razón, es evidente que Succar tiene temor de entrar al club porque él no se va a prestar para que le abran un tercer proceso disciplinario que significaría que lo separen definitivamente del club.

Doctora Olazábal, usted es la persona que mejor conoce el drama vivido por señor Alexander Succar en Club de Villa, entonces díganos ¿por qué el señor no obtiene justicia?

Las demandas hechas en el juzgado de Chorrillos han sido rechazadas, ni siquiera se ha podido empezar el juicio, el de la denuncia penal por difamación y calumnia, de plano se declaró improcedente; sin embargo, cuando alguien declara improcedente una denuncia penal como esa, lo que está haciendo es no poder entrar al fondo del asunto porque si la declara improcedente es porque él considera que no reúne los requisitos y que es una presentación cuyo rechazo tiene que ser flagrantemente realizado, entonces no puede pronunciarse sobre el fondo del asunto porque no ha habido juicio o sea no ha habido pruebas que se han actuado ni nada.

¿Por qué se rechazan las demandas?

Para mí o es una ignorancia de los jueces tanto de primera instancia como la de segunda instancia o tendría yo que ponerme a pensar sobre alguna mano negra que está habiendo por ahí y que no se puede demostrar. Porque los jueces tienen autonomía, lo que ellos dicen es ley en su terreno y por eso uno tiene que recurrir al superior, pero en este caso como lo han declarado ya en el superior han confirmado la de primera instancia ya no podemos ir a la vía casatoria, porque han modificado la casación y entonces ahora para que los jueces supremos trabajen cada vez menos ya no suben a la Corte Suprema muchos procesos y se quedan ahí.

Hace un montón de años, por lo menos dos generaciones atrás, el cantante Roberto Carlos sorprendió a sus seguidores con la canción ‘Cóncavo y convexo’, una suerte de simplificación del concepto asiático del Ying y el Yang, los opuestos eternos: la feminidad versus la masculinidad, la pasividad contra la actividad, la tierra, la oscuridad y la absorción frente al cielo, la luz y la penetración. Y en el fondo, la lucha permanente de la bondad contra la maldad. Por eso, tal como reseñáramos hace una semana la lucha solitaria de Alexander Succar contra los socios más caracterizados del Country Club de Villa, sus comités de vigilancia y de castigo y los jueces que nunca le dieron la oportunidad de conocer los expedientes de su caso, nosotros acudimos a escucharlos a él y a su abogada y a la parte contraria. Como el abuso se robustece cuando no hay árbitros disponibles, los “dueños del club” llegaron al colmo de sostener que habíamos apelado a la barra brava del club de fútbol más importante del país para lanzarla contra ellos. Por tales consideraciones, le pedimos a usted, apreciado lector, que sopese todas las versiones, para que usted y solo usted llegue a las mejores conclusiones.

Tags:

Alexander Succar, Chorrillos, Country Club de Villa

Desde las representaciones de los asentamientos humanos y del mismo comité de Lomas de Carabayllo unieron esfuerzos para ser escuchados. El último 14 de marzo, el Ministerio del Ambiente accedió para dialogar sobre la problemática del PAMA de Innova Ambiental. Los dirigentes mostraron su preocupación, ya que el 12 de enero del 2022 se presentó un recurso de reconsideración contra la Resolución Directoral N° 01096-2021-MINAM. Dicho documento rechazaba el PAMA que Innova Ambiental inicialmente había presentado a mesa de partes del ministerio. La respuesta del MINAM a la reconsideración fue declarar FUNDADO el recurso de reconsideración y ADMITIR la solicitud de evaluación del PAMA. Esta decisión sólo alargaría las funciones de Innova dentro del relleno sanitario.

Resolución que aprueba el recurso de reconsideración del PAMA de Innova Ambiental.

Lo más importante de este proceso, era que si el MINAM rechazaba el PAMA de Innova Ambiental; entonces, debían de cerrar definitivamente, sin necesidad de una resolución municipal. Finalmente, la Municipalidad de Lima se anticipó y puso fin a la problemática del Relleno Sanitario “El Zapallal” con el cambio de zonificación. Justamente por la mañana, después de la publicación de la resolución por el diario oficial “El Peruano”, las diferentes representaciones han mostrado su algarabía y sentido triunfalista por este tema.

Ahora, los vecinos de Lomas de Carabayllo esperan un pronunciamiento por parte del MINAM rechazando el PAMA que, en definitiva, deberían declarar nulas por el proceso que ha iniciado la MUNILIMA.

Hoy por hoy, los vecinos de Lomas de Carabayllo pueden sentirse más tranquilos por el apoyo que han tenido con esta resolución municipal. Los dirigentes han saludado que se haya podido hacer públicas sus demandas por las irregularidades de Innova Ambiental

Desde que Sudaca tomo atención del presente caso, se ha dado un estricto seguimiento al accionar de las autoridades con respecto al actuar de Innova Ambiental. No solamente por este redactor, sino también, por nuestros compañeros Jaime Riofrío con “Las autoridades juegan al pimpón: inoperancia ante Innova Ambiental y Nicolás Cisneros con Muñoz prolongó la concesión con Innova Ambiental”. Sus colaboraciones en las presentes investigaciones presentadas en este portal han servido para alzar la voz de los vecinos de Lomas de Carabayllo que hoy por hoy pueden ver una luz de esperanza.

Tags:

Innova ambiental, Lomas de Carabayllo, Municipalidad de Lima, PAMA
x