Un riguroso seguimiento de SUDACA a recientes atropellos en el sistema de justicia ha permitido identificar el caso de la Universidad Alas Peruanas (UAP) como un ejemplo extremo de ilegalidad e inconstitucionalidad sostenida en el tiempo. Pese a que dos resoluciones firmes de la Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional declararon nula la incautación de sus bienes, el Estado continúa reteniéndolos sin mandato judicial vigente, en abierta vulneración del derecho constitucional a la propiedad y al debido proceso.
“Se trata de un proceso que se arrastra desde hace casi doce años, sin que hasta la fecha se haya acreditado la hipótesis fiscal que pretendía vincular a la UAP con un supuesto lavado de activos. Por el contrario, las propias pericias del Ministerio Público concluyeron que la universidad no presenta desbalance patrimonial alguno, confirmando que no existió beneficio ilícito. Aun así, la institución fue tratada como culpable y despojada de su patrimonio”, señala una fuente fiscal.
El origen de una arbitrariedad
El 11 de abril de 2023, el Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, a pedido de la Fiscalía de Lavado de Activos, ejecutó un megaoperativo de allanamiento e incautación contra la UAP. La medida fue dirigida por el fiscal Salazar Reque y autorizada por el juez Zúñiga Urday, y terminó con el despojo de más de 30 inmuebles, 50 vehículos, siete aeronaves y un simulador de vuelo, valorizados en aproximadamente S/ 500 millones.
Los bienes fueron entregados al Programa Nacional de Bienes Incautados (Pronabi) y rápidamente cedidos a entidades públicas como la Policía Nacional, Migraciones y gobiernos regionales. Algunos inmuebles, como el ubicado en Jesús María entregado a Migraciones, se encontraban bajo fideicomiso, por lo que eran legalmente inembargables, hecho que fue ignorado.
La incautación se ejecutó, además, con una orden judicial vencida, lo que agrava aún más la ilegalidad del procedimiento.
Dos nulidades judiciales que el Estado se niega a cumplir
La Universidad Alas Peruanas apeló la medida. La Segunda Sala Penal de Apelaciones Nacional declaró nula la incautación por graves irregularidades, entre ellas la ausencia de motivación, la falta de proporcionalidad y la omisión de analizar, bien por bien, si existía algún vínculo con actividad ilícita.
Pese a ello, el juzgado de primera instancia volvió a disponer la incautación. La UAP apeló nuevamente y, el 10 de noviembre de 2025, la misma Sala Penal anuló por segunda vez la medida, reiterando que no existían elementos legales ni probatorios que justificaran el despojo de los bienes.
Una ilegalidad que persiste sin respaldo judicial
Lo más grave es que, pese a estas dos nulidades, los bienes no han sido restituidos. Desde el 11 de abril de 2023 hasta enero de 2026 han transcurrido 1,034 días sin que exista una orden judicial válida que ampare la retención.
“Hoy, los inmuebles continúan ocupados por entidades públicas sin título legal alguno, bajo administración del Pronabi, en una situación abiertamente inconstitucional. La incautación ya no existe jurídicamente, pero el despojo continúa en los hechos”, agrega la fuente.
La situación es comparable a que a una persona se le anule dos veces la prisión preventiva y, aun así, permanezca detenida. En este caso, el castigo es patrimonial: lucro cesante, deterioro de activos, pérdida financiera acumulada y daño institucional severo.
Una crisis de legalidad que exige intervención inmediata
“La magnitud de este abuso —una incautación inexistente que sigue produciendo efectos reales— ha dejado de ser un problema judicial aislado y se ha convertido en una crisis de legalidad institucional. Frente a un escenario tan evidente de ilegalidad e inconstitucionalidad sostenida en el tiempo, resulta inevitable preguntarse si el Fiscal de la Nación y la Junta Nacional de Justicia (JNJ). ¿No deberían actuar de oficio? para evaluar la conducta de los fiscales y magistrados involucrados, así como la persistente resistencia del aparato estatal a cumplir fallos judiciales firmes”, aseveró.
La permanencia de una medida anulada, la afectación continuada de derechos fundamentales y la notoriedad pública del caso configuran un escenario que no admite más dilaciones.
Actualmente, el expediente se encuentra bajo responsabilidad de la jueza Margarita Salcedo Guevara, del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, quien tiene la obligación legal y constitucional de poner fin a este atropello y disponer la restitución inmediata de los bienes, conforme a lo ya resuelto por la Sala Penal.
“Mientras ello no ocurra, el caso de la Universidad Alas Peruanas quedará registrado como una prueba de que, en el Perú, ni siquiera dos fallos judiciales bastan para frenar un abuso cuando el propio Estado decide incumplir la ley”, concluyó.







