Emprendedor: Esto es lo que debes saber sobre la Declaración de Impuestos 2020

La Sunat ha puesto a disposición la APP Personas y la opción de devolución por depósito en cuenta para evitar aglomeraciones en el proceso de la declaración. Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2020 inicia el próximo 25 de marzo.

Por Samanta Alva

Durante la última semana de 2020, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) publicó el cronograma de vencimientos, formularios y otras disposiciones para que los contribuyentes cumplan con presentar la declaración anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras respecto del ejercicio 2020. La Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2020 inicia el próximo 25 de marzo y pueden ver aquí el cronograma completo.

En este contexto de pandemia, la SUNAT insta a los contribuyentes a actualizar su Código de Cuenta Interbancario (CCI) en la web para evitar cobrar devoluciones vía presencial. Durante la campaña de Renta Anual 2019, cerca del 90% de las solicitudes de devolución presentadas por las personas naturales, por impuestos pagados en exceso, fueron atendidas mediante depósito en cuentas bancarias.

Para facilitar el proceso de la Declaración de Renta 2020, las personas naturales tienen a su disposición el Formulario Virtual 709 mediante la web de la SUNAT y el app Personas.

¿Quiénes deben presentar la declaración?

Las personas naturales que:

  • Han percibido exclusivamente Rentas de Quinta Categoría (planilla) y tengan un saldo a favor por la deducción de gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.
  • Perciben Rentas de Cuarta (independientes) y/o Quinta Categorías (planilla) y Rentas de Fuente Extranjera, y que tengan un saldo a favor.
  • Han percibido Rentas de Cuarta y/o Quinta Categoría que atribuyen gastos por arrendamiento a sus cónyuges o concubinos.
  • Determinen un saldo por pagar por Rentas de Primera, Segunda y Rentas del Trabajo y/o Rentas de Fuente Extranjera.
  • Tengan saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el impuesto y/o hayan aplicado contra los pagos a cuenta por Rentas de Cuarta Categoría.

Empresas que:

  • Son contribuyentes del Régimen General y del Régimen MYPE Tributario que han generado rentas o pérdidas en el ejercicio 2020.

Devoluciones online

Para registrar el Código de Cuenta Interbancario, las personas naturales pueden hacerlo desde la web de la SUNAT, ingresando al módulo SUNAT Operaciones en Línea con su Clave SOL. Luego, acceder a la opción “Otras Declaraciones y Solicitudes”, dar clic en “Mis Devoluciones/Devoluciones” y, finalmente, seleccionar “Código de Cuenta Interbancario”.

Para que el registro del CCI sea válido, la cuenta debe ser en moneda nacional, pertenecer al beneficiario de la devolución y no debe corresponder a una cuenta de CTS. Para más información sobre el proceso de devolución, ingresa aquí.

DATO:

Cronograma Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2020

Último dígito del RUC y otros

Fecha de vencimiento
 025/03/2021
126/03/2021
229/03/2021
330/03/2021
431/03/2021
505/04/2021
606/04/2021
707/04/2021
808/04/2021
909/04/2021
Buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC12/04/2021

 

 

 

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