enfermedad

RRHH: ¿Qué hacer si me enfermo en pandemia?

Si los síntomas se dan en casa, indícale esto a tu empleador para consultar con un médico y permanecer en casa. Es importante descartar si se trata de coronavirus o una gripe leve.

Según el estudio Benchmarking de Recursos Humanos- COVID-19 de PricewaterhouseCoopers, el 89% de empresas peruanas planea continuar con el teletrabajo. ¿Pero qué sucede en temas de salud con aquellas que no vieron viable el trabajo remoto o ya retomaron labores presenciales? Estas deben seguir todos los protocolos y recomendaciones dadas por el Ministerio de Salud.

Algunas de estas son fomentar las buenas prácticas de higiene respiratoria en el centro laboral, como cubrirse la nariz y boca con el antebrazo o pañuelo desechable al toser o estornudar, y eliminar los pañuelos en un tacho cerrado. También brindar material higiénico apropiado y suficiente al personal, y adoptar protocolos de limpieza.

¿Qué hacer si me enfermé?

La recomendación del Ministerio de Salud es que si un trabajador tiene fiebre, tos o dificultad al respirar, lo mejor es evitar que se contacte con otro personal, que brinde atención al público y que esté en zonas públicas. Lo siguiente es dirigirse al tópico de la institución de forma inmediata, en caso algún síntoma aparezca en el centro laboral. En caso los síntomas se den en casa, el trabajador deberá indicarlo a su empleador para consultar con un médico y permanecer en casa. Es importante descartar si se trata de coronavirus o una gripe leve.

Si cuentas con síntomas leves, como tos, dificultad para respirar o fiebre menor a 38° C y estuviste en contacto con personas diagnosticadas como sospechosas, probables o confirmadas de COVID-19, el empleador deberá indicar aislamiento en tu domicilio por 14 días y notificarlo al 113 del Minsa.

¿Qué hacer si me contagié de Covid-19 en la oficina?

El laboralista Brian Aválos del Estudio Payet Rey Cauvi Pérez, explicó que, si el trabajador se contagió pese a que la empresa cubrió todas las medidas preventivas para evitar un posible contagio como el proveerle de mascarilla, guantes, entre otros instrumentos de seguridad y salud ocupacional, el empleador no asumiría ninguna responsabilidad.

Pero en caso el trabajador no haya recibido los implementos para resguardar su seguridad y la empresa no haya cumplido con acciones de prevención, podría demandar a su empleador, solicitando una indemnización por daños y perjuicios. Además, tendría que acreditar que la empresa que lo contrató no cumplió con las medidas preventivas para evitar un impacto negativo en su salud.

Tags:

Enfermedad, Pandemia, RRHH

Mas artículos del autor:

"Startup: ¿Cuáles son los sectores con mayor oportunidad de éxito?"
"Emprendedor gastronómico: ¿Por qué tu marca necesita presencia digital?"
"Día del Padre: ¿Cómo vender más en esta campaña?"
x