MEF

Peligra un millón de empleos por quiebra de 300 mil empresas: Urge aprobar Ley de Arrastre de Pérdidas

"Congreso de la República y Ministerio de Economía y Finanzas tienen en sus manos una decisión clave para la estabilidad económica del país: la aprobación del Proyecto de Ley N°9433/2024-CR, que propone extender excepcionalmente el plazo para que las pequeñas y medianas empresas puedan arrastrar las pérdidas tributarias generadas en los años 2020, 2021 y 2022 generadas desde la pandemia del COVID 19."

La situación que se busca corregir es grave y concreta. Durante los años mencionados, miles de empresas peruanas —de todos los sectores, pero especialmente en turismo, hotelería, comercio, manufactura y servicios— registraron importantes pérdidas debido a la pandemia del COVID-19, las restricciones sanitarias y la recesión global. A esto se suman factores internos como la criminalidad, la inestabilidad política y los conflictos sociales. 

Estos impactos no se disolvieron con el fin del estado de emergencia: muchas de esas empresas aún arrastran deudas, sufren baja liquidez y ven afectada su rentabilidad real. Es importante tomar en cuenta que los efectos de la pandemia aun no se han superado completamente y la recuperación requiere de más tiempo. 

Edmundo Lizarzaburu, profesor de administración y finanzas de la Universidad ESAN, advierte sobre los riesgos de no aprobar el Proyecto de Ley N°9433. Señala que muchas empresas podrían cerrar o trasladarse a la informalidad, lo que afectaría negativamente el empleo y la economía. 

Aclara que no se trata de condonar impuestos, sino de facilitar una recuperación financiera que fortalezca la sostenibilidad tributaria a largo plazo. En términos de crecimiento económico, advierte que sin la extensión de los plazos el PBI podría estancarse en 3.3%, mientras que con el apoyo adecuado podría alcanzar entre 4% y 5%. Además, de no aprobarse el proyecto, muchas empresas podrían recurrir a fuentes de financiamiento informal y riesgosas, como el crédito ‘gota a gota’, lo cual tendría consecuencias sociales y económicas negativas. 

Según estimaciones del sector privado, más de 600 mil empresas arrastran perdidas desde el inicio de la pandemia. Estas empresas podrían verse directamente afectadas —en su mayoría pequeñas y medianas— y están en riesgo de tributar sobre una renta ficticia, es decir, sobre ingresos netos que en realidad no existen, lo que podría llevarlas a la quiebra o a una paralización definitiva de actividades. No se trata solo de una medida técnica, sino de una acción de justicia tributaria y de preservación del aparato productivo nacional. Juan Carlos Tafur, menciona que las mipymes representan el 99.5% de las empresas formales del país. De no aprobarse la Ley, el futuro de más de 300 mil empresas formales que registraron pérdidas entre 2020 y 2022 estarían en alto riesgo de quiebra. 

Para Jimmy Romero, politólogo y agroexportador, el número mencionado de empresas aún arrastran perdidas y están en peligro de desaparecer. También agrega que “no es un simple tema de recaudación, es la supervivencia del sector (agroexportador) que más empleos formales genera en el país.”

Leydy Hernández, auditora financiera y socia gerente de Alto Asesores SAC, mencionó que “un millón de empleos está en juego. Cada empresa que cierra no es solo un número más en las estadísticas: es una familia que deja de percibir ingresos.”.  También indica que esta ley no es un favor. Es una decisión estratégica para proteger la columna vertebral económica del país. “Si las empresas sobreviven, tributarán; si quiebran, no habrá impuestos, ni empleo, ni inversión que sostener”, puntualiza.

CONTRADICCIÓN EN EL MEF

A pesar de la urgencia del tema, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) emitió una opinión desfavorable al proyecto. En el Informe N°0038-2025-EF/61.01, el MEF argumenta que extender el plazo de arrastre vulneraría el principio de no retroactividad de las normas tributarias y tendría un impacto fiscal negativo, estimado en más de S/.5,000 millones. Sin embargo, esta cifra no ha sido sustentada técnicamente y omite un punto central: esas pérdidas aún no han sido compensadas, por tanto, la norma no actúa sobre hechos consumados, sino sobre una situación jurídica en curso.

Lo más preocupante es que la postura del MEF contradice los compromisos asumidos por el propio ministro de Economía y Finanzas, José Salardi. En diversas intervenciones públicas, el ministro ha manifestado que el gobierno prioriza la promoción de las inversiones, la reactivación de las empresas y el fortalecimiento del empleo formal. Sin embargo, bloquear una norma que da un respiro tributario legítimo a las empresas más golpeadas por la crisis va en sentido contrario a esas promesas. El especialista Lizarzaburu explica que no se puede hablar de incentivar la inversión mientras se mantiene a las empresas atrapadas en un sistema que no reconoce el contexto extraordinario de los últimos años. 

Además, muchas de estas pequeñas y medianas empresas enfrentan un nuevo factor de riesgo: la inseguridad. En los últimos meses, se ha reportado un aumento significativo de extorsiones, robos y amenazas contra empresarios, especialmente en regiones como La Libertad, Piura, Lima y el Callao. A la asfixia tributaria se le suma ahora el crimen organizado, poniendo en riesgo la continuidad de negocios que generan empleo, tributos y desarrollo local.

El proyecto de ley es una necesidad 

Los argumentos a favor de la ley son múltiples y sólidos. En primer lugar, Leydi Hernández asegura que el derecho al arrastre de pérdidas no es un “beneficio” o “trato preferencial”, sino un mecanismo legítimo para garantizar que el impuesto a la renta se calcule sobre la ganancia real y no sobre una base ficticia. Este principio, conocido como el de renta neta o capacidad contributiva, está reconocido en la Constitución y en la legislación tributaria nacional. 

En segundo lugar, el sistema tributario ya contempla dos mecanismos para el arrastre de pérdidas: el sistema A, que permite arrastrar por cuatro años (cinco para el 2020), y el sistema B, que permite compensar sin límite de tiempo, pero solo hasta el 50% de la renta neta. El economista Lizarzaburu añade que la mayoría de las empresas optó por el sistema A, muchas veces por desconocimiento, por falta de asesoría o simplemente por necesidad. 

La propuesta legislativa no cambia esa elección, sino que busca extender el plazo hasta el año 2032, tal como se hizo parcialmente mediante el Decreto Legislativo N°1481 para el ejercicio 2020. La diferencia es que ahora también se incluirían las pérdidas de 2021 y 2022.

En tercer lugar, otros países de la región ya han adoptado medidas similares. En Bolivia se amplió el plazo de arrastre de pérdidas a cinco años; en Ecuador, hasta diez años para el sector turismo. Jimmy Romero destacó que el Perú no puede quedar rezagado si quiere competir por inversiones y fortalecer su tejido empresarial. El costo de no actuar ahora será mucho mayor: pérdida de empresas, aumento del desempleo, caída en la recaudación futura y mayor informalidad. 

En cuarto lugar, si bien el MEF señala que las ventas se han recuperado, esto no implica que las empresas hayan recuperado su rentabilidad o solvencia. La especialista Hernández recalca que aumentar ventas no significa tener utilidades. Muchas siguen operando al límite, con márgenes bajos o negativos, y enfrentan altos niveles de endeudamiento acumulado. 

Finalmente, según Lizarzaburu, esta medida no representa un gasto fiscal inmediato ni permanente. Al contrario, es una forma de asegurar mayor recaudación en el mediano y largo plazo, al darle a las empresas espacio para recuperarse, estabilizarse y generar utilidades reales sobre las que puedan tributar. 

Tags:

MEF, Ministerio de Economía y Finanzas, ministro José Antonio Salardi Rodríguez

Mas artículos del autor:

"Respuesta a una carta rectificatoria"
"Comisión de dumping y subsidios del Indecopi habría sido sorprendida en investigación de importación de alambrón chino"
"Flix Bus llega al Perú: ¿Progreso o Depredación Encubierta?"
x