Liz Meléndez - Sudaca.Pe

Acoso judicial: de denunciantes a denunciadas.

Las mujeres en situación de violencia enfrentan una serie de barreras para acceder a la justicia, por ejemplo, las barreras de género, vinculadas con la permanencia de una serie de estereotipos que operan para que se descalifique a la víctima. Las barreras lingüísticas, culturales, geográficas y económicas; relacionadas con el limitado reconocimiento de la diversidad y casi nula adaptación intercultural de los servicios, la ausencia de intérpretes para la atención en lenguas originarias, el racismo, la lejanía de las instituciones estatales de parte del territorio nacional y la falta de autonomía económica. 

Sin embargo, existe una barrera poco visibilizada: el acoso judicial.  Esta es una estrategia común en agresores, quiénes en un claro despliegue de poder utilizan el sistema judicial para amedrentar a sus víctimas, amenazarlas, vulnerar su salud emocional, afectar su estabilidad económica y así perpetuar la impunidad. 

La Defensoría del Pueblo, a través de la Adjuntía para los derechos de la mujer, ha publicado su Informe Defensorial “Violencia contra las mujeres en forma de acoso judicial”, el cual, a partir del caso de Natalia Manso, detalla el calvario que tienen que vivir las mujeres afectadas por esta forma de hostigamiento, destacando el impacto de ello  en el derecho de las mujeres a acceder a la justicia y a vivir libres de violencia.

Según este reporte se entiende por acoso u hostigamiento judicial a una: “una especie de violencia psicológica y económica, que se configura con la indiscriminada utilización de los mecanismos legales de defensa, pero que tiene una finalidad distinta a la establecida en la ley, desnaturalizando así su esencia tuitiva.” (Defensoría del Pueblo 2021:5)

Natalia Manso, además de sufrir el incumplimiento del acuerdo conciliatorio de Antun Ucovich (ex pareja), tiene que enfrentar 18 procesos judiciales, 11 de los cuales han sido interpuestos por este, incluyendo 4 procesos por violencia psicológica sin fundamentos; utilizando para ello la Ley 30364, Ley contra la violencia hacia las mujeres y los integrantes del grupo familiar.

Es decir, las mujeres que denuncian hechos de violencia o se encuentran en algún proceso judicial ya sea de tenencia, alimentos o cualquier otro, son amenazadas y amedrentadas por sus agresores. Lo perverso de esto es que utilizan “mecanismos legales” y se amparan en la neutralidad de las leyes para seguir violentando; desnaturalizando así el principio de justicia y manipulando el sistema a su favor. 

Las víctimas pasan de ser denunciantes a denunciadas, lo que les genera angustia, inseguridad, mayor desconfianza en el Estado y el sistema de justicia, temor y un gran desgaste de tiempo y recursos que puede determinar no sólo el abandono de sus propias denuncias, sino además la perpetuación de la violencia.

Pero este no es el único caso, al Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán se han acercado víctimas de acoso sexual para reportar que sus agresores las amenazan o han denunciado por difamación.  Situaciones similares encontraremos en otras sobrevivientes de violencia física y tentativa de feminicidio, quienes con sorpresa toman conocimiento de denuncias hechas por sus agresores, las cuales – paradójicamente – suelen encontrar una mejor respuesta en el sistema. Es claro que necesitamos una justicia con enfoque de género. 

En efecto, una de las recomendaciones del Informe Defensorial es que se priorice el “fortalecimiento del Sistema Nacional de Justicia Especializado para la protección y sanción de la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, evitando la existencia de una multiplicidad de procesos vinculados a un mismo hecho” (Defensoría del Pueblo 2021: 16)

Finalmente, el acoso y hostigamiento judicial, que podríamos nombrar como el empapelamiento dirigido especialmente a las víctimas de violencia de género no son casos aislados; por lo que las autoridades deben encender las alarmas para prevenir que –  mediante la manipulación del sistema – se perpetúe la discriminación. 

 

1 Ver Informe Defensorial disponible en: 

https://www.defensoria.gob.pe/wp-content/uploads/2021/04/Informe-Final-Acoso-judicial-2.pdfhttps://www.defensoria.gob.pe/wp-content/uploads/2021/04/Informe-de-Adjunt%C3%ADa-Acoso-judicial.pdf

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Defensoría del Pueblo, Flora Tristán

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