[PIE DERECHO] En el Perú, una nación en la que la política es frecuentemente una tragicomedia recubierta de mediocridad, el Congreso de la República ha dado un paso más hacia el abismo moral. Acaba de aprobar una ley de amnistía que absolverá de enjuiciamiento y en algunos casos de condena a los oficiales militares y agentes de policía que cometieron crímenes durante el conflicto armado interno de 1980-2000. La amnistía incluye a aquellos mayores de 70 años y también a quienes no tienen sentencia definitiva y en cuyo caso, gracias a artimañas legales, han podido prolongar el juicio, que se abrió por sus actos, indefinidamente.
Lo que esta ley consagra no es justicia, sino impunidad. Estamos hablando de casos de desaparición forzada, ejecuciones extrajudiciales, fosas comunes de mujeres violadas por agentes del estado y campesinos asesinados bajo la suposición infundada de ser terroristas. Amnistiar a quienes cometieron tales atrocidades no solo infringe la letra de la constitución, sino también el alma de la nación.
Sus defensores citan el retraso en el procesamiento de los casos como su razón. ¡Qué ironía! Estos son los mismos retrasos que las defensas de los acusados han fomentado cuidadosamente como un medio de eludir la justicia con la dilación, la ruleta de jurados y la apelación perpetua. Y ahora quieren compensar esa elección con el olvido legal. Esto no se trata de cerrar heridas, sino de negarlas. No es expiación lo que quieren los perpetradores, sino borrado.
Lo más grave es el mensaje: que, en el Perú, es posible torturar, desaparecer, ejecutar civiles y luego, con el paso del tiempo y suficiente presión política, hacerlo desaparecer por decreto. Los asesinados están condenados al olvido y los asesinos exigen ser recordados como patriotas perseguidos.
Con esta ley, el Congreso no exorciza el pasado tanto como lo revictimiza. Ha optado por la cobardía de la amnesia sobre la valentía de la justicia. Y una vez más, ha demostrado que la política peruana no tiene ni memoria ni vergüenza. Se espera por ende que sea inaplicable, por mandato constitucional o por imperativo de las cortes internacionales a las que el Perú está adscrito.