Sin embargo, el Fiscal Pérez hizo caso omiso al archivamiento del “delito fuente” sobre el cual basa su acusación de “lavado de activos” contra Briceño. Lo lamentable es que el juez Víctor Zúñiga —que ha devuelto 9 veces la acusación fiscal— dejó pasar este extremo de la acusación contra Briceño. Sin embargo, si no hay delito fuente, no hay lavado de activos. Continuar la acusación es inconstitucional, viola un principio básico del debido proceso penal: a nadie se le puede acusar por una conducta no delictiva.
Briceño ha recurrido a la justicia constitucional a través de un hábeas corpus que ha sido visto por la Segunda Sala Constitucional de Lima el pasado 29 de marzo. Los jueces Roberto Vílchez Dávila (presidente), Eduardo Romero Roca y David Suárez Burgos, tienen en sus manos hacer justicia y encausar el caso “Cócteles” por el camino adecuado, sin manchar honras ni afectar derechos constitucionales básicos.