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SUNAT: Regalos de bodas tendrían que justificarse desde 2023

Cuando el dinero o bienes regalados excedan los S/1,150 soles, será necesario contar con un documento que acredite el valor que los novios están recibiendo.

Esta semana, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el Decreto Legislativo 1527, que modifica la Ley del Impuesto a la Renta. En ella se establecen los documentos que pueden sustentar los incrementos patrimoniales a partir del 2023. Entre ellos, un elemento que ha causado sorpresa son los regalos de bodas.

Para Raúl Odría, profesor de ESAN Business Law, se trataría de una norma excesiva y que podría afectar a las personas naturales. Sudaca conversó con el docente quien explicó que “nadie está en desacuerdo con el combate a la defraudación tributaria, pero en aras de generar una mayor recaudación tributaria, algunas veces se cometen excesos en la regulación de la propuesta legales, como esta”.

Esta norma entraría en vigencia y sería aplicada por la SUNAT a partir del 1 de enero de 2023. “Todavía estamos a tiempo de hacer algunas precisiones o modificaciones, porque es una norma peligrosa. En el Código Civil se establecen las formalidades con la que se puede sustentar legalmente una donación. Cuando estos bienes muebles excedan el 25% del valor de una UIT, que son S/1,150, es necesario contar con un documento que acredite el valor que está recibiendo. Pero también precisa que esta formalidad no se aplica cuando los bienes son dados en el ámbito de un matrimonio”, explica Odría.

Esta medida, según indicó el MEF, tiene como objetivo alinear la regulación del impuesto a la renta a la establecida en el Código Civil y normas sectoriales, así como continuar con la lucha frontal contra la elusión y la evasión tributaria.

¿Qué hacer si la norma entra en vigencia y me caso en 2023?

“Hay muchas personas que están en preparativos para su boda el próximo año. Si bien la norma no hace una petición expresa pues solo menciona la justificación mediante un documento, yo sugiero que si se reciben donaciones de dinero, que estas sean realizadas a través de medios bancarios, por transferencia de cuenta”, indica el experto.

Esto permitiría a los novios tener la justificación del regalo o donación de dinero, con fecha, importe total, y cuenta de procedencia, en caso de que la SUNAT realice una fiscalización. “Igualmente, si el regalo es un bien mueble, podría servir un correo electrónico o una factura. Claro, sería de mal gusto solicitar esto a quien da el regalo, pero permitirá sustentar frente a la fiscalización”, indica Odría.

En el caso de las listas de novios, servicio ofrecido por distintas empresas retail, el proceso se hace más sencillo para la pareja. “Hay un control que no lo ejerces tú directamente, sino a través de esta empresa tercera, que mediante se hace la compra. Cuando se entregan los productos a los novios, hay  un comprobante de pago o un listado de los regalos que han sido recibidos”, explica.

Finalmente, Odría indica que el objetivo de estas normas es válido, pues es correcto buscar combatir la defraudación tributaria, pero no cuando los caminos que se utilizan son excesivos.

 

Fotoportada: Fotografía realizada por Joanna Pantigoso y tomada del portal www.zankyou.com.pe

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impuestos, Regalos de bodas, Sunat

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