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¿Qué beneficios laborales le corresponden a un trabajador de una StartUp?

Distinto al régimen general, el trabajador de una pequeña empresa tiene derecho a 15 días calendario de descanso vacacional por cada año completo de servicio.

Al cierre de 2021, el número de empresas activas registradas en el Directorio Central de Empresas y Establecimientos ascendió a 2 millones 981 mil 98 empresas, cifra mayor en 7,3% en comparación con similar periodo del año anterior, informó el INEI en su más reciente informe técnico “Demografía Empresarial en el Perú”.

Son cada vez más las personas las que apuestan por formalizar su empresa pero no necesariamente cuentan con todos los conocimientos necesarios desde el primer día, como cuál es el procedimiento para contratar a un trabajador, cuando aún la empresa es una startup.

Herman Patow, abogado corporativo de Asesori, indicó a Sudaca que una startup es en realidad una empresa pequeña que tiene la característica de ser innovadora. “El término a veces genera confusión en el ecosistema emprendedor por un tema de marketing. La startup es una empresa distinta en cuanto al modelo de negocio”, indica.

Contratar a un trabajador en una startup

Patow indica que lo primero que estas pequeñas empresas deben hacer, es inscribirse en el Registro de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE). “Muchas personas se olvidan de este registro de la micro y pequeña empresa, que es un régimen laboral al cual se deben inscribir para no estar en el régimen general laboral, que es uno de los más costosos”, explica.

Al momento de la contratación de un trabajador en una pequeña empresa, esta debe informar claramente los beneficios laborales a la persona, que distan de los recibidos en el régimen general:

Gratificaciones: Los trabajadores de la pequeña empresa tendrán derecho a percibir dos gratificaciones en el año con ocasión de las Fiestas Patrias y la Navidad, siempre que cumplan con lo dispuesto en la normativa correspondiente, en lo que les sea aplicable. El monto de las gratificaciones es equivalente a media remuneración cada una.

Vacaciones: El trabajador tiene derecho a 15 días calendario de descanso vacacional por cada año completo de servicio.

CTS: Los trabajadores de la pequeña empresa tendrán derecho a la compensación por tiempo de servicios, con arreglo a las normas del régimen común, computada a razón de quince remuneraciones diarias por año completo de servicios, hasta alcanzar un máximo de noventa remuneraciones diarias.

Seguro de salud: ESSALUD – 9% de la remuneración. Dicho monto lo aporta el empleador en su integridad.

Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR): Los trabajadores de la Pequeña Empresa tienen derecho a un Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo a cargo de su empleador, cuando corresponda, y a un seguro de vida a cargo de su empleador.

Seguro de Vida Ley: Los trabajadores de pequeñas empresas tienen derecho al seguro de vida a cargo de su empleador, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales. En este caso, los trabajadores y conductores de microempresas no tienen derecho a este.

Indemnización por despido arbitrario: 20 remuneraciones diarias por cada año completo de servicios con un máximo de ciento veinte remuneraciones diarias. Las fracciones de año se abonan por dozavos.

Utilidades: Los trabajadores pertenecientes a las pequeñas empresas tienen derecho a participar en las utilidades.

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Beneficios laborales, startup, Vacaciones

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