Parodi, Aldo

El derecho (y el deber) a la insurgencia

“Los peruanos tenemos entonces a la Constitución como nuestro escudo y al derecho a la insurgencia como estandarte…”

A lo largo de la historia, han ocurrido episodios donde la ciudadanía, por diversos motivos y cansada de la situación en la que vivían, optaron por tomar las calles y forzar la salida de sus gobernantes.

Una de las insurgencias más famosas fue la revolución francesa, donde los ciudadanos de toda Francia indignados por la indiferencia de su rey, Luis XVI, y entonando las emotivas notas de La Marsellesa, enrumbaron a Paris para destruir el símbolo de la opresión, la prisión de la Bastilla. Aún luego de esta victoria épica, Luis XVI continuó en el poder y en aras de la gobernabilidad intentó ir hacia una monarquía constitucional, la cual fracasa rotundamente y culmina con la decapitación del rey y su esposa meses después.

Pasando velozmente por los siglos posteriores a la revolución francesa y múltiples insurgencias en todos los rincones del planeta, hace pocas semanas un movimiento de las clases medias en Sri Lanka, que fue tomando forma y creciendo ante la terrible crisis económica del país, logró tomar la residencia del presidente de Sri Lanka obligándolo a fugar del país, renunciando a los pocos días.

El Perú no es ajeno a este tipo de manifestaciones ciudadanas. En noviembre del 2020, y a raíz de la vacancia constitucional del presidente Vizcarra, asume temporalmente el Gobierno el presidente del Congreso, Manuel Merino. Ante ello surge un fervor inesperado de cierta clase política que, apoyada por la mayoría de medios de comunicación, orienta a un sector de la población a una protesta violenta que en 5 días acaba con el efímero gobierno de Merino y da comienzo a nueva transición de la mano de Francisco Sagasti.

El hambre, la indiferencia de las autoridades, el hartazgo ante la corrupción, la crisis económica o incluso, la polarización política, han sido causas de insurgencias a lo largo de la historia, algunas con sustento legal, otras (la mayoría), con legitimidad social.

La Constitución peruana menciona, en su artículo 46°, sobre el derecho que tenemos los ciudadanos a defendernos de un gobierno tirano y que a la letra dice: “Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador, ni a quienes asumen funciones públicas en violación de la Constitución y de las leyes. La población civil tiene el derecho de insurgencia en defensa del orden constitucional. Son nulos los actos de quienes usurpan funciones públicas“.

El presidente Castillo tiene ya un año en el poder, demostrando no solamente ineptitud para gobernar sino también, innumerables evidencias de violaciones a la Constitución y las leyes. Además, hay claros indicios de corrupción, tanto así que la Fiscalía de la Nación tiene abiertas 6 carpetas donde se investiga al presidente y a su círculo inmediato como son su familia, sus ministros y funcionarios, y sus amigos cercanos.

La pobreza en el Perú no deja de crecer, sobre todo aquella que llamamos pobreza extrema, lo que demuestra una indiferencia inhumana del presidente hacia los más necesitados. La falta de confianza que genera este gobierno, con políticas erráticas y populistas, y con discursos de odio azuzando la lucha de clase entre los peruanos, está impactando negativamente en la inversión privada, con fuga de capitales y de talentos, haciendo cada vez más difícil que nuestros compatriotas tengan un empleo digno y una luz de esperanza en el horizonte.

Los peruanos tenemos entonces a la Constitución como nuestro escudo y al derecho a la insurgencia como estandarte, el cual cada día que pasa se convierte más en un deber patriótico para salvar a nuestro país de las garras de la corrupción, de la ineptitud y de la indiferencia.

La ciudadanía tiene que mostrarle el camino a la clase política y a los medios de comunicación para que de una vez apoyen, sin dudar, un levantamiento masivo y nacional que presione, constitucionalmente, a una salida democrática. La doble vacancia de Castillo-Boluarte sería el medio para que una nueva mesa directiva del congreso elija a un (o una) presidente de consenso que nos lleve a elecciones generales en pocos meses.

Si a Merino la ciudadanía lo sacó en cinco días, habiendo sido constitucionalmente investido como presidente y sin haber podido efectuar ni siquiera la presentación de su gabinete al Congreso, tenemos muchísimas razones más para levantarnos y protestar bajo el amparo del artículo 46° de la Constitución política del Perú, y con la pasión y con la convicción de que solamente así, podremos soñar en un mañana mejor.

 

 

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Marchas, protestas

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