[El dedo en la llaga] En esta segunda parte, continúo con el análisis de la tesis doctoral de mi hermano Erwin Scheuch, titulada “La crisis de los abusos sexuales de menores en la Iglesia. Una lectura desde la fe a partir de los informes de Estados Unidos, Australia, Alemania y Francia”.
Según Erwin, los abusos sexuales han disminuido porque las medidas tomadas por la Iglesia han sido efectivas:
«Según las estadísticas reveladas en los informes [de Estados Unidos, Australia, Alemania y Francia] que hemos visto, los abusos sexuales contra menores han disminuido notablemente en las últimas décadas, lo cual sugiere que las medidas impuestas en la enseñanza de la teología moral, en los centros de formación de las nuevas generaciones de sacerdotes, en el acompañamiento, tutelando la dignidad de las personas, y en la prevención surgieron efecto”.
Sin embargo, la afirmación de la disminución de abusos sexuales es dudosa, pues habría que suponer que hasta la fecha de corte de los informes ya se habrían hecho todas las denuncias de abuso sexuales referidas a los períodos de estudio, ignorando que podrían haber denuncias en el futuro que se sumen a los abusos ocurridos en fechas posteriores a las décadas de los 60 y 70, que es donde la tesis considera que se efectuaron la mayor cantidad de abusos. Además, no se considera la cifra oscura de las víctimas que por diversos motivos no denuncian.
Así como la tesis llega aquí a enunciados que no cuentan con sustento científico, lo mismo ocurrirá con otras afirmaciones, como, por ejemplo, la condena de la homosexualidad como un desorden psicológico y su vinculación con los casos de pederastia:
«…contrariamente a los que sostienen que no sería un factor relevante, en nuestra opinión, sí podemos concluir que tanto la homosexualidad, como la bisexualidad e incluso la llamada “confusión sexual” —todas incluyen la homosexualidad— expresan un desorden grave de la madurez sexual, desorden que sí fue determinante en la comisión de los abusos de menores».
Consideremos los abusos contra niñas y jovencitas menores de edad que, si bien fueron menores en número que los abusos contra varones menores de edad, también los hubo. ¿Hay que atribuirlo a la heterosexualidad de los abusadores? Siguiendo la misma lógica, ¿hay que condenar también la heterosexualidad —y, por lo tanto, toda actividad y orientación sexual— como lo hicieron los cátaros en la Edad Media?
Según los autores que han estudiado el fenómeno de la homosexualidad en la Iglesia católica, entre el 30% y 50% de los clérigos serían homosexuales y, por consiguiente, la gran mayoría de ellos no habrían cometido abusos sexuales en perjuicio de menores. Y no por ser homosexuales dejan de ser personas normales capaces de la misma madurez humana que las personas heterosexuales.
Pero es aquí donde Erwin realiza un acto de malabarismo intelectual para intentar demostrar que sólo los clérigos homosexuales que rompen su voto de celibato son realmente homosexuales:
«El sacerdote homosexual es quien mantiene relaciones y actos con personas del mismo sexo. Esta es una noción fundamental que, cuando se relativiza o elimina, sólo trae confusión, como sucede en los ejemplos de sacerdotes que dicen: “soy homosexual, pero soy célibe”. Según la doctrina, en términos estrictos un célibe no comete actos sexuales, y aun cuando puede sentir la atracción a personas del mismo sexo, si no comete actos no es homosexual».
¿Según que doctrina? Parece que según aquella que le sale del forro, pues la doctrina católica no dice eso.
En consecuencia, insistirá en el tema de la homosexualidad cuando intente definir el concepto de pederastia:
«Los informes [de Estados Unidos, Australia, Alemania y Francia], que no toman en cuenta criterios teológicos, sugieren que los abusos podrían haber sido causados por las dificultades que impone en algunos la exigencia del celibato sacerdotal.
Debido a sus características, el término que mejor describe el fenómeno es la pederastia, que consiste en la actividad homosexual con jóvenes varones de cualquier edad con la intención del placer sexual o de afectos desordenados antinaturales, que es también aplicable al caso de jóvenes adultos que son seducidos por sus autoridades o maestros».
Este último párrafo, que parece redactado por Cantinflas, suscita algunas preguntas. Los autores de los informes, que tratan un problema que en el fondo poco o nada tiene que ver con fe o religión sino más bien con la psicología, la sociología y la criminología, ¿deben ser también cristianos creyentes o teólogos para poder abordar el problema, sólo porque los abusadores son clérigos? ¿Y los abusos con niñas o jovencitas menores de edad ya no constituyen pederastia? ¿Y tampoco hay que ser necesariamente menor de edad para poder ser víctima de pederastia?
Siguiendo este mismo estilo, cuando intente explicar las causas de la pederastia clerical, nos dará una explicación que no es otra cosa que una verdad de Perogrullo a la legua:
«Según las estadísticas de los informes revisados los abusos de menores no se explican por las patologías de la sexualidad. Como hemos señalado, la pedofilia pudo haber intervenido en el 10% de los caso, y la efebofilia en el 20%. Siendo así, el 70% de los casos, o más, quedarían sin explicación. […] si las causas no fueron las patologías, ¿qué explica la gran mayoría de los casos? En nuestra opinión los abusos fueron provocados por la fuerza de la concupiscencia, inherente a la condición humana como fruto del pecado. En ese sentido, se trata del viejo y conocido pecado de la lujuria, esto es, “el deseo o el goce desordenado del placer venéreo, separado de las finalidades propias del sexo”».
Como si hubiera descubierto la pólvora, Erwin nos dice que los abusos sexuales se deben a la búsqueda desordenada del placer sexual. ¿No se trata de una afirmación de sentido común, que no requiere de demostración y que todos sabemos antes de cualquier estudio o investigación del tema? ¿O acaso buscaban sexo para causarse sufrimiento y dolor? Lo que nunca explica Erwin es por qué ese desorden llevó a algunos clérigos a abusar sexualmente de menores. Ni siquiera la pretendida Revolución Sexual, que tanto Benedicto XVI como su lamebotas sodálite elevan a la categoría de una crisis de Occidente, explicaría este asunto. Erwin indica que «los elementos señalados que componían la crisis cultural y moral de Occidente provocaron un impacto en la preparación para el sacerdocio, la selección de candidatos, la vida de los clérigos y los religiosos, y la atención a los problemas que luego presentaron». Suponiendo que esos aspectos —no debidamente demostrados— fueran ciertos, explicarían el incumplimiento del voto de celibato por parte de clérigos y religiosos, pero no por qué ese incumplimiento tendría como objeto en algunos casos a menores de edad.
Insistiendo aún más en su perogrullada, Erwin cree encontrar en la falta de dominio personal la razón de los abusos sexuales en la Iglesia católica:
«En el fenómeno de los abusos sexuales de menores se evidencia que el dominio personal de la propia sexualidad jugó un papel determinado. Como hemos analizado con amplitud, con independencia de la inclinación o la atracción sexual, los abusos se producen cuando no hay un control interior de la persona, es decir, un dominio virtuoso que permita manejar racionalmente los impulsos, y no dejarse dominar despóticamente por éstos”.
Con relación a los abusos cometidos por sacerdotes, las estadísticas muestran que allí donde se promovió una libertad sexual sin frenos, y no se cumplía la obligación del celibato, se produjeron más abusos. Particularmente problemáticas fueron las “subculturas homosexuales” que se crearon en las diócesis y en los seminarios, donde varones homosexuales interactuaban sexualmente entre ellos o con gente externa, y que compartían experiencias, comprensiones y significados mutuos».
Todo esto no explica cómo en instituciones tan conservadoras y tradicionalistas como los Legionarios de Cristo y el Sodalicio de Vida Cristiana —supuestamente fieles a la doctrina moral católica— haya habido tantos casos de abusos de menores de edad. Ni tampoco explica los abusos sexuales cometidos por clérigos ocurridos en la arquidiócesis de Boston, entonces gobernada por el arzobispo conservador Bernard Law, donde el escándalo de abusos en la Iglesia obtuvo resonancia internacional, gracias a la labor de investigación periodística del Boston Globe. Tampoco explica los casos de abusos ocurridos, debidamente documentados, que ocurrieron en la arquidiócesis de Múnich cuando su arzobispo era Joseph Ratzinger.
Cuando se trata del abuso de poder como causa de los abusos sexuales contra menores, Erwin no duda en relativizar este motivo, como se puede constatar en el siguiente texto:
«El abuso de la potestad de gobierno, de oficio o del cargo consiste en todo acto de violación de la ley eclesiástica realizado por quienes posee legítimamente el cargo o el poder. Para la designación de un oficio se debe cumplir los requisitos exigidos por la ley. El delito sólo es imputable cuando el abuso haya ocurrido durante el desempeño del cargo, y puede consistir en el uso perverso de la autoridad, interviniendo más allá de las competencias o de las normas que el derecho otorga, o imponiéndose arbitrariamente en ámbitos que deben estar regidos por la libertad, usando modos deshonestos. Esta potestad se ejerce en el fuero externo, y nunca puede decidir sobre el fuero de la conciencia, por lo cual se limita la libertad de acción. No se trata de abuso cuando se respetan las normas, que en algunos casos pueden ser exigentes, como es el caso en ciertas instituciones religiosas».
Se refiere aquí implícitamente al Sodalicio, donde el respeto a normas “exigentes” no habría constituido abuso, considerado como tal sólo por las víctimas que no habrían podido soportar estar sometidos a esas normas, las cuales además afectarían solamente el fuero externo, quedando la conciencia intacta, pudiendo discernir la víctima en ese momento si se trataba de un abuso o no. Que eso no ocurrió así en la realidad a Erwin le importa un bledo.
También relativiza el concepto de vulnerabilidad, distinguiendo entre una vulnerabilidad radical, «que se encuentra en todo ser humano que se abre al influjo de otro», y una vulnerabilidad especial, «cuando la fragilidad proviene de una condición especial (p.e. una enfermedad, una situación temporal, etc.)», señalando que esta última no se aplica en la mayoría de los casos a abusos en perjuicio de mayores de edad. Y sobre la primera vulnerabilidad señala que «es un dato antropológico, aplicable a todos, más aun cuando en la búsqueda de perfección y comunión la persona se deja influenciar por los demás. La vulnerabilidad permite abrirse al amor, y por ello, también a cualquier abuso. En ese sentido la formación de la conciencia es fundamental para evitar ser afectados por una influencia abusiva».
Dicho de otro modo, como todos somos vulnerables cuando nos abrimos al influjo de otro, la responsabilidad de evitar el abuso recae sobre cada uno de nosotros y no sobre la persona que ejerce el influjo. Se trata de una sutil manera de culpabilizar a la víctima del abuso que pudiera haber sufrido. Señala algo parecido cuando habla del abuso de conciencia: «El abuso también puede darse involuntariamente o puede ser provocado por la propia víctima que busca seguridad y se abandona».
Asimismo cuestiona la constatación hecha por muchos de que el abuso sexual suele darse en una situación de “abuso de poder”, trastocando el significado corriente del término, en un párrafo que, por lo absurdo que resulta, cae en el humorismo involuntario, y que provocarías más de una carcajada, a no ser porque aparentemente el autor de la tesis, dentro de sus limitaciones intelectuales, cree que lo que afirma es verdadero y acertado:
«…los abusos sexuales se han convertido en un vehículo para cuestionar y confrontar el poder, y eso también sucede en la Iglesia. Una consecuencia de esta lógica idealizada es explicar los abusos sexuales meramente como un abuso de poder. Sin embargo, es necesario especificar de cuál poder se trata, que en este caso es el abuso del poder sexual, que sin duda puede también comprometer otras facetas del poder humano».
En otras palabras, el abuso se debería a la potencia sexual de la que goza el abusador. Creo que no hace falta escribir una tesis para llegar a esta conclusión, y es evidente que cuando se habla de “abuso de poder”, nadie se refiere a esto.
Otra cantinflada de esta tesis es su crítica al papel de los medios en la crisis de abuso sexual en la Iglesia católica:
«Finalmente, no podemos olvidar el poder mediático, es decir, el que ejercen los medios de comunicación, y hoy en día también las redes sociales. Mediante este poder se pueden cometer grandes abusos, destruyendo el buen nombre de los implicados en un caso de abuso, ya sea porque se desacredita al acusador, o se condena al acusado injustamente. No sin razón ha sido llamado el cuarto poder, por el cual se juzga a los implicados en la arena pública tomando partido y adelantando opinión mientras se desarrolla un juicio. Si bien la Iglesia, según sus normas, debe mantener la reserva en los procesos canónicos, se ha visto también como los mismos participantes del proceso utilizan a los medios para promover sus causas y presionar a quienes deben ejercer la justicia».
¿Nunca le han dicho a Erwin que la imparcialidad y el evitar adelanto de opinión le corresponden propiamente a un juez? ¿Y que los medios de comunicación no tienen la obligación de ser imparciales, sino solamente de ser objetivos y rigurosos en la información que proporcionan? ¿Y que si se remiten a sus fuentes de manera profesional, no pueden cometer la falta de adelanto de opinión? ¿Y que tampoco se les puede obligar a guardar silencio mientras haya un proceso judicial en curso, lo cual sería flagrante censura? ¿Y que las víctimas de abuso sexual en la Iglesia sólo han logrado obtener justicia cuando sus casos se hicieron públicamente conocidos a través de los medios?
La tesis termina con un alegato de defensa a favor de los acusados de abuso, presentándolos como víctimas de las nuevas estrategias judiciales introducidas por el Papa Francisco para luchar contra el flagelo de la pederastia eclesial:
«…algunos casos vienen siendo procesados mediante procesos extrajudiciales, los cuales ofrecen menos garantías de defensa para el acusado que en un juicio. El recurso al proceso extrajudicial es razonable en situaciones muy evidentes que no ameritan dilatar el proceso, pero es también una ocasión en la que el Ordinario puede cometer un abuso sin brindar todas las garantías para una defensa adecuada. A eso hay que añadir un asunto particularmente complejo y no resuelto: un juez puede imponer el silencio a las partes en algunas cusas, cuando al mismo tiempo se considera que el el acusador no puede ser silenciado, como establece Vos Estis Lux Mundi. Ello deja al acusado en una posición desventajosa respecto del acusador.
Finalmente, un acto de justicia es reparar el daño cometido. Se ha incorporado en el Nuevo Libro Penal el deber de reparación de las víctimas de abuso. Pero nada se dice respecto al deber de reparar el daño que se comete a los indagados, muchas veces lesionados por las acciones de los acusadores o de las autoridades. Varias acusaciones ventiladas en la prensa, que luego fueron probadas falsas, han dañado profundamente a sacerdotes o religiosos acusados. La autoridad tiene el deber de restituir el buen nombre del acusado, más aún si éste ha sido afectado por acciones de la autoridad. Ello, que debería ser una acción regulada por la ley, sólo es posible si la persona dañada exige esa reparación mediante una demanda judicial».
Después de todo lo señalado, es indudable que esta tesis doctoral elaborada por un cortesano del Sodalicio caído en desgracia pretende proporcionar elementos y herramientas para favorecer a los abusadores, sobre todo a aquellos pertenecientes a esa suprimida sociedad de vida apostólica, que aún buscan mantener en pie la impunidad de que gozaron durante décadas.